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Gobierno del Distrito Federal vs. Hugo Aldave Larios y Margarita Riovalle Tenorio

Número de expediente

JuzgadoSEXTO DE LO CIVIL
Expediente1052/2016
Extinción de Dominio CivilSECRETARÍA “A”Año 2016
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Último aviso: jueves 2 de mayo de 2024. Revisamos hasta el boletín del martes 22 de septiembre de 2026.

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  • Si eres parte del juicio: consulta el expediente digital en Mi Tribunal, la plataforma del Poder Judicial de la Ciudad de México.
  • En persona: acude al juzgado con estos datos: SEXTO DE LO CIVIL, expediente 1052/2016.
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Texto del aviso en el boletín

Es el texto del aviso tal como sale en el PDF, no el del acuerdo. Extracto aproximado.

Gobierno del Distrito Federal ; b) Titular de la Alcaldía Xochimilco; c) Titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno de la Alcaldía Xochimilco ; d) Titular de la Dirección Jurídica; e) Titular de la Subdirección de Legalidad, adscrita a la Dirección Jurídica, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno de la Alcaldía Xochimilco; f) Titular de la Subdirección de Verificación y Reglamentos, adscrita a la Dirección Jurídica, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno de la Alcaldía Xochimilco ; g) Titular de la Dirección de Gobierno, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno de la Alcaldía Xochimilco ; h) Titular de la Subdirección de Reordenamiento, Mercados y Panteones, adscrita a la Dirección de Gobierno, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno de la Alcaldía Xochimilco; i) Titular de la Dirección General de Desarrollo Social de la Alcaldía Xochimilco; j) Titular de la Dirección de Servicios Culturales, Recreativos y Deportivos, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Social de la Alcaldía Xochimilco ; y k) Titular de la Subdirección de Centros y Módulos Deportivos, adscrita a la Dirección de Servicios Culturales, Recreativos y Deportivos, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Soci al de la Alcaldía Xochimilco; por razón de turno y competencia territorial, a su vez, el 24 (veinticuatro) de junio de ese mismo año, el Juzgado Primero de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México (hoy Juzgado Primero en Materia de Derechos Humanos de Derechos Humanos de la Ciudad de México) recibió la demanda en cuestión. 2. El 29 (veintinueve) de junio de 2022 (dos mil veintidós), el Juez Primero de Tutela de Derechos Humanos, radicó la demanda bajo el número ***/*****, sin embargo, en el mismo auto declinó la competencia a favor del Juzgado Segundo Mixto en materia Penal del Sistema Tradicional y de Tutela de Derechos Humanos (actualmente Juzgado Sexagésimo Séptimo en Materia Penal de Proceso Escrito y de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México). 3. El 1 uno de julio de 2022 dos mil veintidós, el Director de Turno de Consignaciones Penales y de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, remitió a dicho Juzgado al Juzgado Segundo Mixto en Materia Penal del Sistema Tradicional y de Tutela de Derechos Humanos (actualmente Juzgado Sexagésimo Séptimo en Materia Penal de Proceso Escrito y de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México), los autos originales del expediente **/**, del índice del Juzgado Primero de Tutela de Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México (hoy Juzgado Primero en Materia de Derechos Humanos de Derechos Humanos de la Ciudad de México). 4. Por auto de fecha 5 cinco de julio de 2022 dos mil veintidós, la Jueza Segundo Mixto en Materia Penal del Sistema Tradicional y de Tutela de Derechos Humanos (actualmente Jueza Sexagésimo Séptimo en Materia Penal de Proceso Escrito y de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México), radicó la demanda bajo el número ***/*** y en el mismo no se admitió a trámite la Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos, presentada por ****** *****, ******* ********* ****** ******. 5. Inconformes con la determinación anterior, el 8 ocho de julio de 2022 dos mil veintidós, ****** ******, ****** ****** ***** ******, interpusieron Recurso de Queja, en términos del artículo 723 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), de apli cación supletoria en términos del artículo 14 de la Ley de la Sala C onstitucional, tanto para los Jueces de Tutela de Derechos Humanos como para esta Sede Constitucional, cuyo trámite inició el 12 (doce) de julio de 2022 (dos mil veintidós), radicado en esta Sala Constitucional bajo el expediente ****/***/****. 6. Por estricto turno, correspondió al Magistrado Jorge Ponce Martínez fungir como Instructor para conocer y resolver el citado recurso, quien con fecha 14 catorce de julio de 2022 dos mil veintidós, lo declaró infundado. 7. Inconformes con la resolución dictada en el Recurso de Queja ****/****/****, el 8 ocho de agosto de 2022 dos mil veintidós, ****** ******, ****** ****** ****** ******, interpusieron Recurso de Reclamación en términos del artículo 65, fracción II, de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la 45 46 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso Jueves 2 de mayo del 2024 Ciudad de México. 8. - Por auto de 11 once de agosto de 2022 (dos mil veintidós), el entonces Presidente de esta Sala Constitucional ordenó la radicación del recurso de reclamación interpuesto, y se turnó a la Señora Magistrada Sara Patricia Orea Ochoa, para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. 9. En sesión de 23 (veintitrés) de septiembre de 2022 (dos mil veintidós), por mayoría de votos del Pleno de esta Sala Constitucional no se aprobó el proyecto de resolución propuesto por la Magistr ada Instructora y se ordenó returnar el asunto a un Magistrado distinto del Instructor para la elaboración de un nuevo proyecto. 10. El 28 veintiocho de octubre de 2022 dos mil veintidós, el Pleno de esta Sala Constitucional resolvió, por mayoría, confirmar el auto dictado el 14 catorce de julio de 2022 dos mil veintidós, en el Recurso de Queja ****/*****/****. 11. Inconformes con la resolución antes citada, ****** ******, ****** ******** ****** ******, promovieron Amparo Directo, del que conoció el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, bajo el número ** *****/****, y por ejecutoria de fecha 22 (veintidós) de febrero de 2024 (dos mil veinticuatro), se les otorgó el amparo y protección de la justicia federal, en términos de los artículo 73 a 77 de la Ley de Amparo, con la finalidad de restituir a la parte quejosa en el goce del derecho violado, ordenando: “Deje insubsistente la sentencia reclamada y dicte otra en la que, de acuerdo con lo expuesto en esta ejecutoria, determine que la demanda de protección efectiva de derechos humanos, es procedente” CONSIDERANDO: PRIMERO. Como cuestión de orden, es necesario previamente establecer el carácter y función de la Sala Constitucional, y posterior a ello, analizar los presupuestos procesales del Recurso de Reclamación, a saber. CONTROL CONSTITUCIONAL LOCAL De forma preliminar, es imperante para esta sede establecer que esta Sala Constitucional, es la máxima autoridad local en materia de interpretación de la Constitución Política de la Ciudad de México. Encargada de garantizar la defensa, integridad y supremacía de la Constitución y la integridad del sistema jurídico local, sin perjuicio de lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: lo anterior, en plena armonía jurídica con lo dispuesto por el artículo 36, apartado A, de la Constitución Política de la Ciudad de México. COMPETENCIA Esta Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, es competente para resolver el presente Recurso de Reclamación en términos de lo dispuesto por el artículo 36, apartado B, numeral 1, inciso g) de la Constitución Política de la Ciudad de México, así como los artículos 65 , 66, 67 y 68 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, Reglamentaria del artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México, que así lo faculta. SEGUNDO. Previo al análisis de fondo del presente Recurso de Reclamación, resulta necesario analizar las cuestiones relativas al tema de legitimación y oportunidad, es decir, verificar si el recurso que nos ocupa fu e interpuesto en tiempo y forma, por las personas legitimadas para tal efecto; asimismo estudiar si en el recurso planteado no se actualiza alguna hipótesis que impida su procedencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36, apartado B, numeral 2, inciso g) de la Constitución Política de la Ciudad de México; y 65, 66, 67 y 68 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México. Por lo que hace a la legitimación, esta se encuentra satisfecha; en efecto, ****** ******, ****** ******** ****** ******, cuentan con legitimación para promover el presente recurso de reclamación, pues son la parte inconforme en la Queja ****/****/*****, donde se declaró infundado el recurso que promovieron en contra del auto de 5 (cinco) de julio del 2022 (dos mil veintidós), dictado por la Jueza Segundo Mixto en Materia Penal en el Sistema Tradicional y de Tutela de Derechos Humanos (actualmente Jueza Sexagésimo Séptimo en Materia Penal de Proceso Escrito y de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México), de la Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos ***/****. En relación a la oportunidad, es decir, a los plazos para la interposición del Recurso de Reclamación que nos ocupa, debemos atender lo dispuesto por los artículos 10, fracción II y 17 de la Ley de la Sala Constitucional que establecen las reglas sobre las cuales se computarán los plazos y términos, así como el momento a partir del cual surtirán sus efectos las notificaciones en la materia de control constitucional en la Ciudad de México. En ese sentido, la interposición del recurso de reclamación fue oportuna, en virtud de que la resolución recurrida se notificó a la parte recurrente el 3 (tres) de agosto de 2022 (dos mil veintidós), por lo que el plazo para inconformarse con la misma comenzó al día siguiente, es decir, el 4 (cuatro) del mismo mes y año, de conformidad con el artículo 10, fracción II, de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México. Así, el plazo de 5 (cinco) días previsto por el artículo 66 de la ley en cita, transcurrió del 4 (cuatro) al 10 (diez) de agosto de 2022 (dos mil veintidós). De esa manera, si el recurso de reclamación fue presentado el 8 (ocho) de agosto de 2022 (dos mil veintidós), es evidente que dicha presentación se realizó dentro del plazo otorgado en la ley para tal efecto. TERCERO. El recurso de reclamación es procedente en términos del artículo 65, fracción II, de la Ley de Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, ya que se interpuso en contra de la resolución de 14 catorce de julio de 2022 dos mil veintidós, por la cual el Magistrado Jorge Ponce Martínez, integrante de esta Sala Constitucional e Instructor en la Queja *****/*****/*****, declaró infundado el recurso de queja mencionado que interpusieron ****** ******, ******* ******** ****** ******, en contra del auto de 5 (cinco) de julio de 2022 (dos mil veintidós), dictado por la Jueza Segundo Mixto en Materia Penal en el Sistema Tradicional y de Tutela de Derechos Humanos (actualmente Jueza Sexagésimo Séptimo en Materia Penal de Proceso Escrito y de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México), de la Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos ***/****. CUARTO. A fin de estar en aptitud de resolver el recurso que nos ocupa, es necesario confrontar las consideraciones que fundan la determinación impugnada, con los agravios hechos valer por las personas inconformes. En ese sentido, Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso en el auto combatido, el Magistrado Instructor resolvió: “SEXTO. Es infundado el recurso de queja interpuesto por ****** ******, ******* ****** ****** *****. Al respecto, el suscrito Magistrado considera que fue acertado que la Jueza no admitiera el reclamo de tutela, porque efectivamente los actos que los quejosos atribuyen a las autoridades señaladas como responsables no corresponden a violaciones directas a preceptos de la Constitución Política de la Ciudad de México, sino a cuestiones relacionadas con el principio de legalidad: el análisis sobre si el actuar de las autoridades responsables es acorde a la normatividad que lo regula. Debe decirse que aun cuando este argumento lo relaciona la Jueza con su observación de la no actualización de alguno de los supuestos del artículo 26 de la Ley Orgánica de la S ala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (en tanto la solicitud de los quejosos no versa sobre la decisión u omisión en torno a la constitucionalidad de normas locales de carácter general, ni al establecimiento de la interpretación directa a un precepto de la Constitución local) los que, como lo hacen notar los quejosos, está previsto expresamente respecto de la competencia de la Sala Constitucional y no para los Jueces de tutela, le asiste la razón a la Jueza de Tutela al establecer que el análisis propuesto en la demanda más que a una cuestión de constitucionalidad incumbe a una revisión de legalidad que no es propia de los jueces de tutela, cuyo establecimiento en la normatividad constitucional no tuvo como propósito convertir a tal figura (acción de tutela de derechos humanos) en una instancia judicial más, sino en un mecanismo subsidiario enfocado directamente a violaciones de derechos fundamentales. Por ende, deviene inexacto lo que argumentan los quejosos cuando sostienen q ue : ‘...se cumplió puntualmente con los requisitos del artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México...De tal manera que, si se colmaron los requisitos para la presentación de la demanda, no había lugar a la no admisión de la misma, y me nos porque en la especie no se actualiza ninguna de las hipótesis del artículo 68 de la citada Ley Orgánica. Por lo que hace a los argumentos sustentados en los artículos 26 de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional de la Ciudad de México: 31 fracción VI y 32 fracción II de la Ley de la Sala Constitucional de la Ciudad de México, para no admitir la demanda planteada, cabe señalar que el primero de ellos (artículo 26) se refiere a dos supuestos en los que se puede recurrir las sentencias (resoluciones definitivas) de los jueces de tutela, recurso que es de la competencia de la Sala Constitucional, que nada tiene que ver con la procedencia y admisión de la demanda de tutela, el artículo 31 fracción VI se refiere a la improcedencia de los medios de control constitucional contra normas locales de carácter general o actos cuando no se haya agotado la via legalmente prevista para la solución del propio conflicto o la demanda se presentara fuera de los términos previstos en la ley, pero la demanda de tutela no es un medio de control constitucional en términos del Título Segundo de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional de la Ciudad de México...’. Argumento de los inconformes que no es admisible porque la acción de protección efectiva de derechos si es un mecanismo de control concreto de constitucionalidad, precisamente por estar incorporado como tal en el contenido del artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México (denominado incluso como "Control constitucional local"), en su apartado B, numer al 3, inciso a); y una recta interpretación a la normatividad constitucional y a la de las leyes ordinarias que rigen la actuación de los jueces de tutela, pone de manifiesto que no se trata de una via expedita para la resolución de un conflicto o para la obtención de un determinado resultado, pues la figura de la tutela (implicada en la acción de protección efectiva de derechos humanos) no tiene como objetivo ONST desplazar o reemplazar a los medios de defensa judicial de carácter ordinario, sino que su in tervención se justifica solamente de manera subsidiaria cuando se esté en presencia de una violación de derechos humanos irreparable, situación que no se advierte en el caso concreto puesto que, como bien destacó la Jueza en su resolución recurrida, los actos que los quejosos reclaman de diversas autoridades pertenecientes a la Alcaldía de Xochimilco de esta Ciudad, están relacionados con el ‘procedimiento relativo al expediente ****/*****-****, ya de recuperación o cualquier otro sus efectos y consecuencias relativo a las bodegas de los puestos *** y *** con giros **Loncheria, **-**-** Antojitos, Refrescos y Dulces, el cual desconocemos por no haber sido parte en el mismo, dado que no fuimos llamados ni vencidos en los conforme a la ley y al procedimiento establecido para tal efecto conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho [...]. El cual también está referido en el acta circunstanciada del 30 treinta de mayo del año 2022 dos mil veintidós ante la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, ya que al indicar que los locales afectos al presente asunto les fueron colocados sellos en los que se observa la siguiente leyenda "EXP ****/***/****-** LOCAL RECUPERADO ADMINISTRATIVAMENTE ALCALDÍA XOCHIMILCO’ Referencia a la que aluden los propios accionantes en su demanda presentada ante la Jueza de Tutela y de la cual es dable inferir que en efecto los ahora quejosos tenían conocimiento de que los actos que reclaman provienen propiamente de un procedimiento administrativo, del que aun cuando dicen no haber tenido conocimiento previo del texto de su demanda se desprende la referencia a que sí se enteraron con antelación, porque en el apartado 11 once de los hechos relatados, se relata que irregularmente y “…mediante oficio de 5 de mayo de 2022, con número ******/*****/******/*****, suscrito por el Licenciado Francisco Pastrana Basurto, Director General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno en Xochimilco, me fue notificado el oficio apercibimiento, por el que se me hizo saber que debería acreditar que cuento con la autorización y el permiso para operar y tener en funcionamiento dos bodegas y 23 puestos metálicos, en un término de 24 horas a partir de la recepción de dicho oficio, con advertencia de que en caso de no hacerlo, se procedería al procedimiento administrativo (sin mencionar cuál) y al retiro de estructuras con las cuales se construyó el puesto metálico y/o bodega, enseres, mercancías, muebles y cualquier otro objeto hallado en el interior...". Cabe agregar al respecto que, si bien los quejosos mencionan que por ser irregular el apercibimiento que les hizo la autoridad no pudieron atenderlo, lo cierto es que sí están en posibilidad de concurrir ante la autoridad administrativa requirente debido a que manifiestan los datos de identificación de la misma. En este orden de ideas, es correcta la argumentación contenida en la resolución impugnada en el sentido de la existencia de la vía ante la que deben canalizar su inconformidad los quejosos en cuanto a lo determinado por la autoridad en el procedimiento administrativo a que se alude, porque en términos 47 48 Aviso BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 del artículo 40, numeral 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México, es competente para intervenir el Tribunal de Justicia Administrativa, facultado para dirimir controversias entre alca ldías y particulares (numeral 2, fracción 1), así como para resolver los recursos que interpongan las y los ciudadanos por incumplimiento de los principios y medidas del debido proceso relativos al derecho a la buena administración (numeral 2, fracción V), para lo cual cuenta incluso con una Sala Especializada para resolver controversias en materia de derecho a la buena administración, siendo a tal autoridad a la que incluso le corresponde, en todo caso, proveer sobre las medidas cautelares que los quejosos solicitaron en su demanda y no a la Jueza de Tutela. Por último, es atendible también el argumento de la Juzgadora acerca de que en función de lo dispuesto por el artículo 36, párrafo primero y numeral 5, de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, lo inherente al derecho humano a la buena administración (previsto en el artículo 7, apartado A, numeral 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México), corresponde al Tribunal de Justicia Administrativa y se tutela a través de los procedimientos ante dicho órgano jurisdiccional (de conformidad al artículo 40 de la propia Constitución local), por ser la vía prevista para la solución de esos conflictos de naturaleza administrativa, pero al no haberse agotado para la solución del conflicto a que se refieren en su demanda los quejosos ****** ******, ****** ****** ****** ******, se actualiza la causal de improcedencia que in genere establece para los medios de control constitucional la fracción VI del artículo 31 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, Reglamentaria del artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México (que a su vez hace aplicable la hipótesis de sobreseimiento de la fracción II del artículo 32 del mis mo ordenamiento). Sin que le asista la razón a los recurrentes al afirmar que no debe observarse lo dispuesto por la fracción VI del citado artículo 31, por considerar que la acción de protección efectiva de derechos humanos no es un medio de control constitucional, pues lo contrario se desprende incluso de la normatividad constitucional según quedó expuesto con anterioridad, por lo que las causales de improcedencia que de forma genérica establece dicho precepto legal sí es dable hacerlas extensivas al medi o de control concreto constitucional como lo es la acción de protección efectiva de derechos humanos”. Por su parte, las personas inconformes alegaron, esencialmente, en motivos disenso lo siguiente: * El argumento donde el Magistrado instructor resolvió que los actos que se atribuyen a las autoridades responsables no corresponden a violaciones directas a preceptos de la Constitución Política de la Ciudad de México, sino a cuestiones relacionadas con el principio de legalidad, es infundado, porque indicar on que en la demanda alegaron violación a su derecho humano al trabajo, ingreso o salario remunerador en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, dignidad humana, desarrollo económico justo, equitativo, social y solidario, desarrollo sustentable, igualdad de oportunidades, legalidad, no discriminación, derecho a la justicia, a la buena administración y las garantías al debido proceso. * La resolución impugnada no precisa a qué se refiere con revisiones de legalidad -lo cual vulnera la garantía de seguridad jurídica-, sin embargo, si por violaciones a la legalidad el Magistrado Instructor se refirió a violaciones al debido proceso, violaciones a la garantía de audiencia y violaciones del derecho de acceso a la justicia, éstas violaciones no son de mera legalidad sino violaciones a derechos humanos y sus garantías, pues la violación a la garantía de audiencia y el debido proceso son violaciones al derecho humano de acceso a la justicia. * La acción de tutela es una instancia más, de entre todas las q ue existen, para combatir violaciones a derechos humanos, y es una instancia más puesto que las otras son aquellas que se pueden intentar mediante el juicio de amparo, los recursos que prevé la Ley del Procedimiento Administrativo, y sólo depende de la vía que elija el quejoso, ya que la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México y la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, dejan al arbitrio del quejoso la posibilidad de elegir la vía de defensa de sus derechos humanos y no lo limitan a agotar unas vías antes que otras. * La resolución que se impugna es inexacta e imprecisa en lo que se refiere al señalamiento de que la tutela es un mecanismo subsidiario, dado que no describe cuál sería el procedimiento principal para combatir violaciones a derechos humanos, y si se pretende que los juicios de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa o los recursos que prevén las normas administrativas son los principales. * La acción de protección efectiva de derechos humanos es un medio de control constitucional, por ende, es ilegal la resolución combatida, puesto que confirmó el desechamiento de la demanda planteada ante la Juez de Tutela, en la cual se alegaron diversas violaciones a los derechos humanos previstos en la Constitución Política de la Ciudad de México. * Es infundado que la acción de protección efectiva de derechos humanos no es una vía expedita para la solución de conflictos o la obtención de un determinado resultado, dado que el conflicto que se pretende se resuelva es entre la parte quejosa y la autoridad responsable, derivada de una violación de derechos humanos y el resultado que se pretende es obtener la reparación de esa violación. * Es infundado que la parte quejosa emplearan el juicio de protección efectiva de derechos como una acción que sustituye los medios de defensa ordinarios, pues se hicieron valer violaciones a derechos humanos y a sus garantías, y más allá de catalogar a sus argumentos como argumentos que burlan los medios de defensa ordinarios, debe entrarse al fondo de su estudio. * Pretender que la parte quejosa acuda al Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México a presentar la respectiva demanda, sólo busca descargar la responsabilidad de los Jueces de Tutela en otros tribunales, ya sea por la carga de trabajo o porque desconocen la materia o porque sencillamente no quieren tramitar los juicios de tutela. * Si bien existe una sala especializada en el Tribunal d e Justicia Administrativa, que atiende violaciones a derechos humanos a la buena administración, en la cual se revisan los actos de los titulares de las alcaldías, también lo es que no existe disposición legal que establezca que por las violaciones a esos derechos no se pueda acudir a los Jueces de Tutela, o que sólo pueden conocer de ellas la referida sala especializada. * Es absolutamente inexacto que al juicio de protección efectiva de derechos se apliquen causales de improcedencia y sobreseimiento establecidos en la Ley de la Sala Constitucional de la Ciudad de México, pues estas disposiciones no son de aplicación para los Jueces de Tutela. Consecuentemente, si se precisa cuáles son los supuestos de procedencia del juicio de protección efectiva de derechos y no se prevé en el artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso Judicial de la Ciudad de México que se aplicara de manera supletoria la Ley de la Sala Constitucional de la Ciudad de México, nada faculta a los Jueces de Tutela aplicar disposiciones no pre vistas de manera expresa por el legislador en el trámite de juicios de protección de derechos. En relación a lo expuesto por las personas inconformes en el primer motivo de disenso de su escrito de agravios, el mismo resulta esencialmente fundado; en efecto, en la determinación materia del presente recurso de reclamación, se expuso en primer término que resultó acertado que la Jueza de Tutela de Derechos Humanos no admitiera el reclamo de tutela, porque a juicio del Magistrado Instructor los actos atribuid os a las autoridades señaladas como responsables no corresponden a violaciones directas a preceptos de la Constitución Política de la Ciudad de México, sino a cuestiones relacionadas con el principio de legalidad y en ese sentido como la revisión de la leg alidad no es propia de los Jueces de Tutela de Derechos Humanos, a quienes solamente corresponde analizar cuestiones de constitucionalidad, confirmó la determinación impugnada a través del correspondiente recurso de queja. Sin embargo, como lo resolvió el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el juicio de Amparo Directo ** ****/****, lo resuelto por la Jueza de Tutela de D erechos Humanos resulta inexacto; lo anterior, porque de lo expuesto por las personas inconformes en su demanda de Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos, y como las mismas lo manifestaron en el agravio que se analiza, éstas no sólo alegaron cuestiones de legalidad, sino también vulneración de su derecho humano al trabajo, ingreso o salario remunerador en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, dignidad humana, desarrollo económico justo, equitativo, social y solidario, desarrollo sustentable, igualdad de oportunidades, legalidad y no discriminación. En efecto, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, destacó que las personas recurrentes alegaron que son vendedores pertenecientes a un grupo indígena, comerciantes de la tercera edad a los que la alcaldía no tolera ni regulariza, ni brinda oportunidades de desarrollo económico, laboral y social y que los actos de las autoridades que señalaron como responsables vulneraron su derecho al trabajo no asalariado en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, así como los derechos de igualdad, no discr iminación, al trabajo digno y sus libertades fundamentales para la consecución de una sociedad más justa y equitativa. Que adicionalmente a lo anterior, las personas disidentes también alegaron vulneración a su derecho humano a la justicia, a la buena administración y a las garantías del debido proceso. Lo que es importante destacar, porque el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en su resolución precisó la regulación que existe en torno al derecho a la buena administración, como del procedimiento previsto para reparar sus violaciones. En ese sentido, destacó que el derecho a la buena administración se encuentra reconocido en los artículos 7, apartado A, y 60, punto 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México, 36 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México y 2 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. Numerales que dijo tutelan el derecho a la buena administración en sus dos vertientes, esto es, como derecho fundamental de las personas y como principio de actuación para los poderes públicos, y proporcionan un piso mínimo de los medios y fines para garantizar el mencionado derecho. En cuanto a su modo de exigibilidad, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, precisó que en el último párrafo del punto 1 del artículo 60 de la Constitución Política de la Ciudad de México, se establece que la efectividad del derecho a la buena administración será garantizada a través de las vías judiciales y administrativas establecidas en el propio ordenamiento. También destacó que, el artículo 36, apartado B, numeral 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México, establece competencia a favor de los Jueces de Tutela de Derechos Humanos para conocer de la acción de protección efectiva de derechos. En el mismo sentido, el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México faculta a los Jueces en Materia de Tutela de Derechos Humanos para conocer de manera directa de las posibles violaciones a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de la Ciudad de México. Asimismo, que el numeral 69 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México establece los req uisitos mínimos que debe colmar la demanda y regula el procedimiento de la Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos; y de los diversos 67 y 68 de ese mismo ordenamiento, se desprende que las reclamaciones de tutela son procedentes en contra de la acción de alguna autoridad y órgano autónomo que constituya una probable violación, que viole o que haya violado los derechos reconocidos en la ley fundamental local. Por último, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito e nfatizó que de los artículos 2, 3, 4, 6, 9, 10 y 11 de la Constitución Política de la Ciudad de México, se desprende que la Ciudad de México es intercultural, tiene una composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural sustentada en sus habitantes, sus pueblos y barrios originarios históricamente asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes, la que se funda en la diversidad de sus tradiciones y expresiones sociales y culturales. Asimismo, se establece que la dignidad humana es principio rector supremo y sustento de los derechos humanos. Se reconoce a toda persona la libertad y la igualdad en derechos y, que la protección de los derechos humanos es el fundamento de esa Constitución y toda actividad pública estará guiada por el respeto y garantía a éstos. Se señala que la Ciudad de México asume como principios, entre otros, la no discriminación, la inclusión, la accesibilidad, la rectoría del ejercicio de la función pública apegada a la ética. La Ciudad de México garantiza la igualdad sustantiva entre todas las personas sin distinción por cualquiera de las condiciones de diversidad humana. Las autoridades adoptarán medidas de nivelación, inclusión y acción afirmativa. Se prohíbe toda forma de discriminación, formal o de facto, que atente contra la dignidad humana o tenga por objeto o resultado la negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de los derechos de las personas, grupos y comunidades, motivada por origen étnico o nacional, apariencia física, color de piel, lengua, género, edad, discapacidades, condición social, situación migratoria, condiciones de salud, embarazo, religión, opiniones, preferencia sexual, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, estado c ivil o cualquier otra. También se considerará discriminación la misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, islamofobia, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia. La negación de ajustes razonables, proporcionales y objetivos, se considerará discriminación. Asimismo, se reconocen, entre otros, el derecho a la vida digna, al trabajo y a las personas de identidad indígena. 49 50 Aviso BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 En ese sentido, conforme a lo resuelto por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, de lo expuesto por las personas inconformes en su demanda de Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos, y como las mismas lo manifestaron en el agravio que se analiza, éstas no sólo alegaron cuestiones de legalidad, sino también vulneración de su derecho humano al trabajo, ingreso o salario remunerador en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, dignidad humana, desarrollo económico justo, equitativo, social y solidario, desarrollo sustentable, igualdad de oportunidades, legalidad y no discriminación. Sin que se advierta que la demanda de Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos se encuentre en los supuestos de improcedencia previstos en el artículo 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, por lo que es fundado el primer motivo de disenso expuesto por las personas inconformes en su escrito de agravios. Ahora, en torno a lo expuesto por las personas inconformes en el motivo de disenso noveno de su escrito de agravios, se consideró en su momento por criterio mayoritario que el mismo también resulta fundado; en efecto, en la determinación materia del presente recurso de reclamación, se expuso qu e resultó acertado que la Jueza en Materia de Tutela de Derechos Humanos resolviera que existe una vía ante la cual deben canalizar su inconformidad contra lo resuelto por la autoridad en el procedimiento administrativo, pues puntualizó que el Tribunal de Justicia Administrativa es competente para dirimir controversias entre alcaldías y particulares, así como para resolver los recursos que interponga la ciudadanía por incumplimiento a los principios y medidas del debido proceso relativos al derecho a la buena administración. Sin embargo, como lo resolvió el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en juicio de Amparo Directo ** ****/****, dicha determinación resulta también inexacta; lo anterior debido a que la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México en sus artículos 33, fracción V y 34, apartado b), fracciones V y IX establecen que dicho tribunal conocerá de los juicios que se promuevan contra las resoluciones que ahí se indican, que pueden ser de carácter definitivo, actos administrativos y procedimientos, que también cuenta con facultades para resolver los recursos que se interpongan por las y los ciudadanos por incumplimiento de los principios y medidas del debido proceso referentes al derecho a la buena administración, a través del procedimiento respectivo que se ventilará ante la Sala especializada. No obstante lo anterior, la parte quejosa sostuvo que si en el caso, no se advierte una disposición constitucional o legal que establezca de manera expresa, qué casos deben ser del conocimiento del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y cuáles del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, c uando se aleguen violaciones a la Constitución Local, si por lo contrario destaca el tribunal de amparo, que existe disposición legal de que uno y otro tribunal pueden conocer de violaciones a derechos humanos, por lo que, si la demanda se promovió ante la Juez en Materia de Tutela de Derechos Humanos, resulta válido afirmar que se hizo valer en la vía correcta, y por ende, deviene procedente que se admita a trámite la Acción de Protección Definitiva de Derechos Humanos. Asimismo, el Tribunal Colegiado destacó, que no se advierte que la demanda de protección efectiva de derechos humanos se encuentre en los supuestos de improcedencia previstos por el artículo 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, por lo que la Sala responsable debió declarar fundado el recurso de reclamación, para el efecto de que el juez de tutela la admita a trámite. Que derivado de lo anterior, resulta igualmente fundado lo expuesto por las personas inconformes en los motivos de disenso tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo de su escrito de agravios, porque todos ellos se enderezaron a controvertir las consideraciones del Magistrado Instructor donde éste sostuvo la improcedencia de la Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos que plantearon, en función de la naturaleza de los actos atribuidos a las autoridades señaladas como responsables, pero fundamentalmente porque resolvió que el Tribunal de Justicia Administrativa es competente para dirimir controversias entre alcaldías y particulares, así como para resolver los recursos que interponga la ciudadanía por incumplimiento a los principios y medidas del debido proceso relativos al derecho a la buena administración. Lo anterior, toda vez que el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, resolvió que, para garantizar el pleno cumplimiento al derecho a la buena administración, la Constitución Política de la Ciudad de México, en su artículo 36, apartado B, numeral 3, estableció la competencia a favor de los Jueces de Tu tela de Derechos Humanos de la Ciudad de México para conocer de la Acción de Protección Efectiva de Derechos Humanos en contra de la acción de alguna autoridad u órgano autónomo de la misma entidad, que constituya una probable violación, que viole o que haya violado los derechos reconocidos en la ley fundamental local. Pero, fundamentalmente, porque en su demanda de protección efectiva de derechos humanos, éstas no sólo alegaron cuestiones de legalidad, sino también vulneración de su derecho humano al tra bajo, ingreso o salario remunerador en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, dignidad humana, desarrollo económico justo, equitativo, social y solidario, desarrollo sustentable, igualdad de oportunidades, legalidad y no discriminación. Agravio que también resulta fundado, atendiendo a lo dispuesto expresamente por el artículo 1º de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, que dispone que “ Las disposiciones de esta Ley son de orden público, regirán en la Ciudad de México, su aplicación corresponde al Poder Judicial de la entidad, a través de la Sala Constitucional y tiene por objeto reglamentar el artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México” ; aunado a lo anterior, tal como lo sostuvo la parte quejosa, si no se advierte una disposición constitucional o legal que establezca de manera expresa, qué casos deben ser del conocimiento del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y cuáles del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, cuando se aleguen violaciones a la Constitución Local, como ya se señaló anteriormente, si por lo contrario, destaca el tribunal de amparo, que existe disposición legal de que uno y otro tribunal pueden conocer de violaciones a derechos humanos, por lo que, si la demanda se promovió ante la Juez en Materia de Tutela de Derechos Humanos, resulta incuestionable qu e se hizo valer en la vía correcta, y por ende, deviene procedente que se admita a trámite la Acción de Protección Definitiva de Derechos Humanos. Por lo antes expuesto, el Pleno de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judici al de la Ciudad de México, en cumplimiento a la Ejecutoria de Amparo antes reseñada, procede a revocar la determinación de 14 de julio de 2022, dictada en el Recurso de Queja ****/****/*** y en puntual obsequio a una pronta y expedita administración de justicia, deberán devolverse los presentes autos a la Jueza Sexagésimo Séptimo en Materia Penal de Proceso Escrito y de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México , a efecto de que admita a trámite la demanda de protección efectiva de derechos humanos (sic) en el expediente ***/***, promovida por ****** ******, ******* ******** ****** *****, y resuelva lo que conforme a derecho proceda. Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso RESUELVE: PRIMERO. En estricto cumplimiento a la Ejecutoria dictada en el Juicio de Amparo promovido por los quejosos ****** ******, ******* ******** ****** ******, por Acuerdo de fecha 28 (veintiocho) de febrero de año en curso, se declaró insubsistente la resolución de fecha 28 (veintiocho) de octubre de 2022 dos mil veintidós, materia del Juicio de Amparo *.*. ****/*****, lo que se hizo del conocimiento de la autoridad federal al día siguiente. SEGUNDO. Al ser fundado el Recurso de Reclamación interpuesto, se revoca la determinación de 14 de julio de 2022, dictada en el Recurso de Queja ****/****/*****, y por ser procedente la demanda de protección efectiva de derechos humanos, deberán devolverse los presentes autos a la Jueza Sexagésimo Séptimo en Materia Penal de Proceso Escrito y de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México , a efecto de que, admita a trámite dicha demanda, en el expediente **/****, promovida por ****** *****, ******* ******** ****** ******, y resuelva lo que conforme a derecho proceda, y una vez que dé el cumplimiento correspondiente, se sirva informarlo al Pleno de esta Sala Constitucional TERCERO. Notifíquese la presente resolución a las personas recurrentes y dese el debido cumplimiento en sus términos. Envíese copia autorizada de la presente resolución al Octavo Tribunal Colegiado en Administrativa del Primer Circuito, en términos de lo dispone el párrafo primero del artículo 192 de la Ley de Amparo, solicitando a esa Autoridad Federal que, en términos del numeral 196 de propia Ley en cita tenga a bien dictar resolución en que se dé por cumplida la ejecutoria en el juicio de garantías antes señalado y se nos envíe constancia de esa determinación para todos los fines legales conducentes. Asimismo, envíese copia autorizada de esta resolución al Magistrado Instructor en el Recurso de Queja ****/****/*****, Jorge Ponce Martínez, para su conocimiento. CUARTO. Publíquese esta resolución en el Boletín Judicial de la Ciudad de México, conforme a lo establecido en los artículos 58 de la Ley de la Sala Constitucional y 180 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, una vez que se tenga por cumplida la Ejecutoria de Amparo. Así lo aprobaron por unanimidad de votos de las Magistradas Sara Patricia Orea Ochoa, Cruz Lilia Romero Ramírez, Adriana Canales Pérez (en su carácter de Presidente) y María Rosario Marenco Ortega, y del Magistrado Rogelio Antolín Magos Morales (en su carácter de Instructor); todos integrantes de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México , que participaron en la sesión del Pleno de la Sala Constitucional, sin la intervención del Magistrado Jorge Ponce Martínez, por fungir como Instructor en el Recurso de Queja ****/**/****; ante el Doctor Jaime López Ruelas, Secretario General de Acuerdos, quien autoriza y da fe. Doy Fe. Adriana Canales Pérez Sara Patricia Orea Ochoa Magistrada Presidenta Magistrada Cruz Lilia Romero Ramírez María Rosario Marenco Ortega Magistrada Magistrada Rogelio Antolín Magos Morales Magistrado Instructor Seis Rúbricas. Publiquese en Boletín Judicial. Ciudad de México, a 30 de abril de 2024. Mgda. Adriana Canales Pérez. Presidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México. 51 52 Aviso BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO MAG. INSTRUCTORA: MTRA. MARÍA ROSARIO MARENCO ORTEGA SALA CONSTITUCIONAL SECRETARIO GENERAL: MAESTRO JAIME LÓPEZ RUELAS. RECURSO DE QUEJA RQ8/20/2022 RECURRENTE: C. ****** ***** *******. CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIA DE AMPARO ***-****/***** Ciudad de México, a once de enero de dos mil veinticuatro. V I S T O S NUEVAMENTE los autos del cuaderno formado con motivo del RECURSO DE QUEJA RQ8/20/2022 interpuesto por ***** ********* ****** en contra del AUTO de trece de junio de dos mil veintidós, dictado por la C. JUEZ SEGUNDO MIXTO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA PENAL DEL SISTEMA TRADICIONAL Y DE TUTELA DE DERECHOS HUMANOS, HOY JUEZ SEXAGÉSIMO SÉPTIMA EN MATERIA PENAL DE PROCESO ESCRITO Y DE TUTELA DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO -por cambio de nomenclaturaen los autos del juicio referente a la ACCIÓN DE PROTECCIÓN EFECTIVA DE DERECHOS HUMANOS promovido por ***** ********* ********,, número **/*****,, A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA DE AMPARO ** **/***,, pronunciada por el DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO el veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés, y; RESULTANDO 1.- El proveído recurrido, a la letra dice: “A AUTO. Ciudad de México, 13 trece de junio de 2022 dos mil veintidós. VISTA la razón que antecede, en términos del artículo 67 del Código de Procedimientos Civiles para esta entidad, se ordena agregar a los autos los instrumentos de cuenta, para que obren como corresponda y para que surtan los efectos legales a que haya lugar; por lo que atento a su contenido, se considera oportuno acordar en los siguientes términos: 1. En relación al escrito presentado por el actor ***** ******* ********, registrado con el número de folio ****, a través del cual solicita le sea validado el acceso al Sistema integral de Consulta de Resoluciones SICOR, para efecto de que se le envíen por correo electrónico, SMS los acuerdos y resoluciones que se emitan en el presente expediente; así mismo, solicita que una vez hecha la validación solicitada, le sea liberado electrónicamente el acceso al Sistema Integral de Consulta de Resoluciones SICOR, lo anterior con la finalidad de estar en condiciones de iniciar las consultas electrónicas a las resoluciones emitidas en este juicio. Hágasele saber al actor la improcedencia de su petición, toda vez que los Juzgados de Tutela de Derechos Humanos no tienen acceso a la plataforma denominada SICOR ya que la plataforma de consulta de expedientes es la denominada Sistema Integral de Gestión Judicial, la cual se encuentra habilitada para la consulta de los acuerdos y resoluciones que se deriven de cada expediente. 2. Con relación a su escrito registrado con el número de folio ****, se le tiene desahogando la prevención ordenada por auto de fecha 3 tres de junio de 2022 dos mil veintidós, se le tienen por transcritos los argumentos vertidos a fin de evitar inútiles repeticiones, y se procede a proveer en los siguientes términos: El quejoso ****** ****** ******, señala que en términos de lo dispuesto por los artículos 36 apartado B numeral 3 base b) y vigésimo tercero transitorio, decimo párrafo de la Constitución Política de la Ciudad de México y 21 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, el procedimiento establecido para la sustanciación de las acciones de protección efectiva de derechos, se encuentra previsto en los artículos 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75 y 76 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, y precisa el quejoso que el procedimiento de referencia no establece que las acciones de protección de derechos necesitan ser admitidas, ya que por el contrario, el artículo 71 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, precisa que recibida la acción efectiva, el Juez de tutela en un plazo no mayor a tres día(sic) hábiles requerirá a la autoridad o autoridades que intervinieron rindan un informe sobre los hechos controvertidos, mismo que deberá rendirse dentro de los dos días hábiles siguientes a su notificación. Sin embargo, esta Juzgadora advierte que el quejoso ****** ****** ********, no desahogó la prevención en términos de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, ya que se requirió al quejoso que acreditara ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo a l inicio y/o durante la sustanciación de algún procedimiento competencia de la Administración Pública, ya que ello es el presupuesto para reclamar la acción de protección efectiva de derechos humanos. En efecto, para acreditar que la omisión en que alguna autoridad ‘de la función pública’ de esta Ciudad, violentó los derechos humanos del quejoso y, en específico, la buena administración pública previsto en el artículo 7 apartado A de la Constitución Política de la Ciudad de México, no es suficiente que ****** ****** ****** hiciera la solicitud en el Sistema Unificado de Atención Ciudadana (SUAC), para que sean colocadas las tapas de las tres luminarias ubicadas en ******* ******, ******* **** ***** ******* ******* ******* ******* ****** ******* ****** ****** ***********, sino que además, ya que no acreditó ser titular de un derecho o de Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 un interés legítimo individual o colectivo respecto de la acción de protección efectiva de derechos humanos que trata hace valer, pues únicamente se limitó a señalar la falta de tres tapas en las luminarias anteriormente citadas, señalando como autoridad responsable al Jefe de la Unidad Departamental de Alumbrado Público de la Alcaldía de Coyoacán en la Ciudad de México, circunstancia que en el caso concreto no corresponde a una violación directa a los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de la Ciudad de México, es decir, no afecta directa o colectivamente algún derecho del cual sea titular el actor ****** ****** ******. En efecto, para exigir la tutela de un derecho es necesario que el gobernado que acude ante cualquier autoridad ya sea administrativa o jurisdiccional, debe verse afectada su esfera de derechos subjetivos y así, tener la necesidad de ser restituido o resarcido en ellos; pues debe entenderse por legitimación el interés jurídico, legítimo individual o colectivo e interés simple: a) Definido como aquél que supone la afectación a un derecho subjetivo del cual la persona es titular; por lo que los elementos constitutivos del interés jurídico son: a) la existencia del derecho subjetivo que se dice vulnerado; y b) que el acto de autoridad afecta ese derecho, de donde deriva el agravio correspondiente. Por tanto, el interés jurídico podría ser entendido con la existencia de un agravio o perjuicio directo e inmediato en la esfera jurídica del quejoso (persona física o moral), quien debe ser titular de un derecho subjetivo. b) Es decir, el interés legítimo individual (persona física) o colectivo (persona moral), se refiere al carácter y/o personalidad jurídica que tenga aquél que aduzca la violación de los derechos reconocidos por nuestra Constitución y que se advierta que con ello se afecta de manera real y actual, la esfera jurídica del quejoso, ya sea directamente o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico, por lo que cualquier persona no puede promover la acción. c) es aquél que le pertenece a todo miembro de una comunidad en que las autoridades cumplan con las normas de derecho objetivo, sin que ese incumplimiento implique un beneficio personal; es decir, es el mero interés del ciudadano por la legalidad, el cual no lo faculta para promover la acción efectiva de tutela, sino sólo la denuncia o la acción popular cuando las leyes lo permitan. Luego entonces, es evidente que el quejoso ****** ****** ******, carece de legitimación para hacer uso del Sistema Unificado de Atención Ciudadana (SUAC), y exigir que sean colocadas las tapas de las tres luminarias ubicadas en ******* ******, ******* **** ***** ******* ******* ******* ******* ****** ******* ****** ****** **********, puesto que dentro de su escrito no aportó elementos o argumento de convicción para acreditar ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo respecto de la acción de protección efectiva de derechos humanos que trata hacer valer. Esto es, no se advierte que el quejoso **** ****** ****** tenga domicilio ******* ******, ******* **** ***** ******* ******* ******* ******* ****** ******* ****** ****** **********, siendo que el hecho de que la falta de tres tapas en las luminarias constituya una violación directa a los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de la Ciudad de México, es decir, no afecta directa o colectivamente algún derecho del cual pueda dolerse el quejoso. Sin que se omita exponer que, tampoco le asista(sic) la razón cuando indica que es falso que su petición haya sido atendida, ya que anexa la impresión del folio ****************, en el que se demuestra que sí se le han dado seguimiento a su solicitud, puesto que aun cuando si bien exhibe impresiones fotográficas de las luminarias, esto no demuestra que sean las mismas a las que hace referencia ni tampoco puede determinarse en qué fecha se tomaron estas impresiones fotográficas, con las que pretende señalar que no se ha contestado su solicitud. En tal sentido, se aprecia que, en el caso en concreto, los actos de molestia que atribuye ****** ******** ****** al Jefe de la Unidad Departamental de Alumbrado Público de la Alcaldía Coyoacán, como autoridad responsable no corresponde a violaciones directas a precepto de la Constitución Política de la Ciudad de México, sino situaciones relacionadas con el Principio de Legalidad, es decir, versa respecto al análisis sobre el actuar de la autoridad responsable y si es acorde a la normatividad que la regula; lo que nos lleva a señalar que en la acción efectiva de tutela no se actualiza ninguno de los supuestos de procedencia que establece el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México; ya que la solicitud del quejoso no versa sobre la decisión u omisión en torno a la constitucionalidad de normas locales de carácter general y tampoco se estableció la interpretación directa a un precepto de la Constitución Política de la Ciudad de México. Por lo que resulta importante precisar que si bien tanto en la Acción Efectiva de Protección de Derechos Humanos como en su escrito de impugnación, el quejoso refirió lo siguiente: “...Toda vez que hasta el momento la Alcaldía Coyoacán, en específico el Jefe de la Unidad Departamental del Alumbrado Público, ha sido omiso en prestarme el servicio de alumbrado Público que solicité desde el día 21 de diciembre de 2021, resulta evidente que con su conducta está violentando mi derecho humano a una buena administración pública previsto en el artículo 7 aparatado A de la constitución Política de la ciudad de México, y desarrollado en el numeral 36 de la Ley Aviso 53 54 Aviso BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad México..." no obstante dicha circunstancia no versa sobre la constitucionalidad de normas locales y siendo que existen vías legalmente previstas para la solución de dichos conflictos; al respecto el artículo 40 de la Constitución Política de la Ciudad de México en su numeral 1 refiere que la Ciudad de México contará con un Tribunal de Justicia Administrativa que forma parte del sistema de administración de justicia, dotado de plena autonomía jurisdiccional, administrativa y presupuestaria para el dictado de sus fallos; el numeral 2 de dicho artículo refiere que el tribunal tendrá a su cargo, fracción I: dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública de la Ciudad de México, las alcaldías y los particulares y la fracción V, señala: que es facultad del Tribunal recibir y resolver los recursos que interpongan las y los ciudadanos por incumplimiento de los principios y medidas del debido proceso relativos al derechos a la buena administración, bajo las reservas de ley que hayan sido establecidas; para tal efecto, el tribunal contará con una Sala Especializada en dirimir las controversias en materia de derecho a la buena administración. Asimismo, y en el mismo sentido la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus garantías de la Ciudad de México en su artículo 36 primer párrafo refiere que la buena administración constituye un derecho fundamental de las personas y un principio de actuación para los poderes públicos, e implica que las autoridades traten y resuelvan sus asuntos de manera imparcial y equitativa dentro de un plazo razonable, de conformidad con el debido proceso administrativo, a través de mecanismos accesibles e incluyentes, así como el numeral 5 ‘… la buena administración pública deberá centrarse en la persona, conforme a los principios de generalidad, uniformidad, derecho a la información, transparencia, regularidad, continuidad, calidad, rendición de cuentas, participación ciudadana y uso de tecnologías de la información y la comunicación. Para tales efectos, la administración pública se regirá bajo los principios de gobierno abierto…´ El derecho a la buena administración comprende que la prestación de los servicios públicos, se realice en condiciones de trato digno y respetuoso… prontitud… accesibilidad… De conformidad con lo que dispongan las leyes, las personas podrán impugnar cualquier acto u omisión de las autoridades que vulnere su derecho a la buena administración, para lo cual será suficiente acreditar un interés legítimo. La Ley de Justicia Administrativa establecerá un mecanismo ágil y accesible para reparar de forma oportuna el daño derivado de las violaciones al derecho a la buena administración de la autoridad… cualquier resolución o acto administrativo de las instancias de la Administración Pública de la Ciudad que a juicio de los afectados vulnere sus derechos humanos podrá ser recurrido ante el Tribunal de Justicia Administrativa de conformidad con el artículo 40, numeral 2, fracción V, de la Constitución Local.’ De lo anterior se desprende, que la vigilancia al derecho humano a la buena administración consagrada(sic) en el artículo 7, apartado A, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México corresponde al Tribunal de Justicia Administrativa y dicho derecho se encuentra tutelado a través de los procedimientos que se pueden interponer ante dicho órgano jurisdiccional de conformidad al artículo 40 de la Constitución Política de la Ciudad de México, es decir existe una vía legalmente prevista para la solución de esos conflictos, siendo de naturaleza administrativa, y encontrándose entre ellos, la relacionada e invocada por el aquí quejoso ******* ******* ******** y el Jefe de la Unidad Departamental del Alumbrado Público, con relación a que sean colocadas las tapas de las tres luminarias ubicadas ******* ******, ******* **** ***** ******* ******* ******* ******* ****** ******* ****** ****** *********; por lo que la suscrita Juzgadora aprecia, que en el caso no se surten los supuestos de procedencia del medio de control constitucional que establece el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, para que resulta(sic) procedente la acción efectiva de tutela de derechos humanos y por lo mismo, se actualiza la causal de improcedencia regulada por el artículo 31 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México en su fracción VI que dispone la improcedencia contra actos cuando no se haya agotado Ia vía legalmente prevista para la solución del propio conflicto; y por lo tanto, se actualiza también la causal de sobreseimiento contemplado(sic) en el artículo 32 fracción ll que refiere que el sobreseimiento procederá cuando durante el juicio apareciere alguna de las causas de improcedencia a que se refiere el artículo anterior. Por lo que, en atención a lo señalado en líneas que anteceden, NO SE ADMITE A TRÁMITE la solicitud de acción de protección efectiva de derechos presentada por el promovente ***** ****** *********, teniendo expeditos sus derechos para hacerlos valer en la vía administrativa como se ha señalado en el cuerpo de la presente resolución. A través de cedula de notificación hágase del conocimiento al quejoso ****** ******** ******** el presente proveído, asimismo se instruye al Secretario de Acuerdos a fin de que realice la publicación del presente en la plataforma del Sistema Integral de Gestión Judicial. NOTIFICACIÓN …” 2.- Inconforme con la anterior determinación, el ****** ******* ********* planteó en su contra RECURSO DE QUEJA, el cual se tuvo por interpuesto por la C. JUEZA del conocimiento mediante proveído de veintiuno de junio de dos mil veintidós, ordenándose remitir los autos originales del expediente ****/*****, así como el INFORME JUSTIFICADO correspondiente a la precitada queja, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 723, BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 Aviso fracción I, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, de aplicación supletoria a la Ley de la Sala Constitucional, conforme al artículo 14 de esta última. 3.- Por oficio número ***** de veintitrés de junio de dos mil veintidós, la entonces C. JUEZ SEGUNDO MIXTO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA PENAL DEL SISTEMA TRADICIONAL Y DE TUTELA DE DERECHOS HUMANOS, RINDIÓ EL INFORME JUSTIFICADO correspondiente, manifestando como cierto que mediante el proveído recurrido en queja determinó no admitir a trámite la solicitud de acción de protección efectiva de derechos por el aquí quejoso, dejándose a salvo sus derechos para que los hiciera valer en la vía administrativa. 4.- Recibidos por esta Sala mediante proveído de veintisiete de junio de dos mil veintidós el informe con justificación y las constancias procesales respectivas, se designó a la suscrita como Magistrada Instructora a efecto de realizar el estudio correspondiente al recurso que nos ocupa y resolver lo que en derecho correspondiera, dictándose sentencia en el recurso de queja el cuatro de julio de dos mil veintidós. 5.- Inconforme con la determinación señalada en el inciso anterior, ********* ******* ******** promovió juicio de amparo directo, del que conoció el DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, que el veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés dictó sentencia que concedió el amparo al quejoso, para los efectos que más adelante se precisarán. 6.- Uno de tales efectos es la INEFICACIA JURÍDICA de la sentencia reclamada en el amparo, razón por la cual la misma queda insubsistente y en su lugar, SE PROCEDE A DICTAR UNA NUEVA RESOLUCIÓN en cumplimiento a dicha ejecutoria de amparo. CONSIDERANDO I. DE LOS LINEAMIENTOS Y EFECTOS DEL AMPARO. Para mejor comprensión del tema, se estima conveniente puntualizar que, el quejoso planteó en sus conceptos de violación, que la resolución del recurso de queja no puede resolverse de forma UNITARIA porque el artículo 725 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, establece que dentro de los cinco días siguientes a la recepción de las constancias procesales respectivas, la sala decidirá lo que corresponda en el recurso de queja. Señaló el quejoso que la persona magistrada designada como instructora en el recurso, carece de atribuciones para decidir en tal calidad el recurso de queja, porque éste debe ser resuelto por EL PLENO DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO y no así por uno solo de sus integrantes. Que el artículo 56 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, dispone que las resoluciones de la Sala Constitucional, se toman por unanimidad o por mayoría de votos. Ahora bien, la autoridad federal consideró lo que a continuación se transcribe: “Los argumentos son esencialmente fundados y suficientes para conceder el amparo solicitado. De manera inicial, este tribunal colegiado considera oportuno hacer las siguientes precisiones en relación con la regulación que existe, tanto del derecho a la buena administración, como del procedimiento previsto para reparar sus violaciones. El derecho a la buena administración se encuentra reconocido en los artículos 7, apartado A, y 60, punto 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 36 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México; y 2º de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. … De los numerales transcritos se advierte que esos ordenamientos jurídicos tutelan el derecho a la buena administración en sus dos vertientes: como derecho fundamental de las personas y como principio de actuación para los poderes públicos, proporcionando un piso mínimo de los medios y fines para garantizar el mencionado derecho, dentro de los cuales podemos precisar lo siguiente:   Toda persona tiene derecho a una buena administración pública a través de un gobierno abierto, integral, honesto, transparente, profesional, eficaz, eficiente, austero incluyente, y resiliente que procure el interés púbico y combata la corrupción. La buena administración pública deberá centrarse en la persona, conforme a los principios de innovación, generalidad, uniformidad, derecho a la información, transparencia, regularidad, continuidad, calidad, rendición de cuentas, gobierno abierto, atención y participación ciudadana, uso de tecnologías de la información y la comunicación y plena accesibilidad con base en diseño universal, simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia, proporcionalidad, buena fe, integridad, imparcialidad, honradez, lealtad, eficiencia, profesionalización y eficacia; respetando los valores de dignidad, ética, justicia, lealtad, libertad y seguridad. 55 56 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso      El derecho a la buena administración comprende que la prestación de los servicios públicos se realice en condiciones de trato digno y respetuoso, claridad, prontitud, disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad, aceptabilidad, adaptabilidad, calidad y con la participación ciudadana, a fin de garantizar el ejercicio de los derechos de las personas. El combate a la corrupción y la profesionalización de los servicios públicos son componentes del derecho a la buena administración. El derecho a una buena administración pública implica: el trámite imparcial, equitativo y oportuno de sus asuntos; garantía de audiencia; acceso a la información pública y al expediente administrativo; obligación de fundar y motivar toda resolución que le afecte, y derecho a la reparación por los daños que indebidamente le cause la conducta activa u omisa de la administración pública. Las autoridades administrativas deberán garantizar la audiencia previa de los gobernados y resolver de manera imparcial y equitativa, dentro de un plazo razonable y de conformidad con el debido proceso administrativo. Todo servidor público, garantizará en el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento y observancia de los principios generales que rigen la función pública de acuerdo con lo establecido en esa Constitución y en la legislación aplicable. En cuanto a su modo de exigibilidad, en el último párrafo del punto 1 del artículo 60 de la mencionada Constitución Política de la Ciudad de México, el constituyente local estableció que la efectividad del derecho a la buena administración será garantizada a través de las vías judiciales y administrativas establecidas en la propia Constitución de la entidad. Para garantizar el pleno cumplimiento al derecho a la buena administración, la Constitución Política de la Ciudad de México, en su artículo 36, apartado B, numeral 3, establece competencia a favor de los jueces de tutela de derechos humanos de la Ciudad de México para conocer de la acción de protección efectiva de derechos, conforme a lo siguiente: Artículo 36 Control constitucional local *…+ 3. Las y los jueces de tutela de derechos humanos de la Ciudad de México conocerán de la acción de la acción de protección efectiva de derechos, la cual se sujetará a las siguientes bases: a) Se interpondrá para reclamar la violación a los derechos previstos en esta Constitución, sin mayores formalidades y a través de solicitud oral o escrita. Se suplirá siempre la deficiencia de la queja; b) La ley determinará los sujetos legitimados y establecerá los supuestos de procedencia de la acción; c) Las resoluciones deberán emitirse en un plazo no mayor a diez días naturales y serán de inmediato cumplimiento para las autoridades de la Ciudad de México. La ley establecerá medidas cautelares y de apremio, así como las sanciones aplicables a las personas servidoras públicas en caso de incumplimiento; d) La o el quejoso podrá impugnar ante la Sala Constitucional las resoluciones de las o los jueces de tutela, en los plazos y conforme a los procedimientos previstos en la ley; e) Cualquier magistrado o magistrada del Tribunal Superior, de la Sala Constitucional o la persona titular del Instituto de Defensoría Pública podrá solicitar que se revise algún criterio contenido en una resolución o para resolver contradicciones en la interpretación constitucional, para aclarar el alcance de un derecho o evitar un perjuicio grave; f) Los criterios de las resoluciones de la Sala Constitucional con relación a la acción de protección efectiva de derechos humanos serán vinculantes para las y los jueces de tutela; y g) El Consejo de la Judicatura a través de acuerdos generales, establecerá juzgados de tutela en las demarcaciones territoriales. Jueves 2 de mayo del 2024 Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso En congruencia con lo anterior, el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México faculta a los jueces de tutela para conocer de manera directa de las posibles violaciones a los derechos humanos reconocidos en la Constitución de la Ciudad de México; además, en dicho ordenamiento jurídico se establecen los requisitos mínimos que debe colmar la demanda y se regula el procedimiento de la acción de protección efectiva de derechos, conforme a lo siguiente: ‘Artículo 69. La acción de protección efectiva de derechos se interpondrá en cualquier momento sin mayores formalidades y a través de solicitud oral o escrita y en todos los casos se aplicará la suplencia en la deficiencia de la queja. Para la promoción de la acción de protección efectiva, el quejoso deberá expresar como mínimo lo siguiente: I.- Nombre del sujeto legitimado, debiendo señalar domicilio para recibir notificaciones dentro de la Ciudad de México; II.- Indicar una relación sucinta de los hechos que describan la posible violación de un derecho reconocido por la Constitución; III.- Señalar a la autoridad o autoridades que intervinieron; y IV.- En su caso las pruebas con que se cuenten;’ ‘Artículo 71. Recibida la acción efectiva, el Juez de Tutela en un plazo no mayor a tres días hábiles requerirá a la autoridad o autoridades que intervinieron rindan un informe sobre los hechos controvertidos, mismo que deberá rendirse dentro de los dos días hábiles siguientes a su notificación. En caso de que la autoridad o autoridades no rindan el informe correspondiente dentro del plazo señalado, se tendrá por ciertos los hechos descritos por el quejoso.’ … De igual forma resulta oportuno transcribir el contenido de los artículos 67 y 68 de la mencionada Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, que establecen los supuestos de procedencia e improcedencia de la acción. ‘A Artículo 67. Las reclamaciones de tutela son procedentes en los siguientes casos: I.- En contra de la acción de alguna autoridad u Órgano Autónomo de la Ciudad de México que constituya una probable violación, que viole o que haya violado los derechos contemplados en la Constitución; y II. En contra de la omisión de alguna autoridad de la Ciudad de México u Órgano Autónomo de la Ciudad de México que constituya una probable violación, que viole o que haya violado los derechos contemplados en la Constitución.’ ‘A Artículo 68. Son improcedentes las reclamaciones de tutela en los siguientes casos: I.- Contra las resoluciones judiciales emitidas por otros órganos jurisdiccionales. II.- Cuando se trate de un hecho consumado, salvo cuando continúe la acción u omisión que haya violado los derechos contemplados en la Constitución. III.- Los temas que fueron expresamente excluidos en la Constitución. *…+ De los preceptos transcritos deriva que las reclamaciones de tutela son procedentes cuando por acción u omisión de alguna autoridad u órgano autónomo de la Ciudad de México viole o haya violado o haga posible la conculcación de los derechos establecidos en la Constitución de la Ciudad de México. En el numeral 68 transcrito se señala expresamente la improcedencia de las reclamaciones de tutela tratándose de: i) resoluciones judiciales emitidas por otros órganos jurisdiccionales; ii) Hechos consumados (exceptuando cuando se continúe la acción u omisión 57 58 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso Jueves 2 de mayo del 2024 que haya violado los derechos contemplados en la Constitución) y iii) temas expresamente excluidos en la Constitución. Los artículos 25 y 26 de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México prevén competencia para que la sala conozca de las impugnaciones a las resoluciones emitidas por los jueces de tutela al conocer de la acción de protección efectiva de derechos, pero expresamente limita esa impugnación a dos supuestos cuando exista: I. II. Se haya decidido u omitido decidir sobre la constitucionalidad de normas locales de carácter general, en un ejercicio de control difuso a la luz del contenido de la Constitución Política de la Ciudad de México, cuando hubieren sido planteadas; Se haya establecido la interpretación directa de un precepto de la Constitución Política de la Ciudad de México, o se haya omitido decidir sobre tales cuestiones cuando hubieren sido planteadas. Sin embargo, no existe precepto alguno en la legislación especializada que regule el medio de impugnación procedente para combatir las resoluciones dictadas por los jueces de tutela ante el desechamiento de la acción de tutela. 1 Por eso, ante esa laguna en la resolución impugnada, la magistrada instructora de la sala pretendió justificar su competencia para conocer del ‘recurso de queja’ interpuesto por el accionante, precisamente en contra del desechamiento de la acción de protección efectiva de derechos, en lo dispuesto en el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria en términos de lo previsto en el artículo 14 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, reglamentaria del artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México. Los artículos 723 a 727 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, disponen: [los transcribe] Además, la competencia de la Sala Constitucional para conocer de dicho medio de impugnación deriva del artículo 36, apartado B, numeral 1, inciso g) de la Constitución Política de la Ciudad de México, en relación con el artículo 2 fracción V, de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México. Asimismo, en los artículos 38 al 51 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, reglamentaria del artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México, el legislador estableció las reglas comunes en la instrucción, dentro de tales preceptos resultan de relevancia para este asunto lo establecido en los artículos siguientes: ‘Artículo 38. Recibida la demanda, el Presidente de la sala designará, según el turno que corresponda, al magistrado instructor a fin de que ponga el proceso en estado de resolución.’ ‘Artículo 39. El magistrado instructor examinará el escrito de demanda y si encontrare motivo manifiesto e indudable de improcedencia, la desechará de plano.’ ‘Artículo 4:. Admitida la demanda, el magistrado instructor ordenará emplazar a la parte demandada para que dentro del término previsto en esta ley produzca su contestación y dará vista a las demás partes para que dentro del mismo término manifiesten lo que a su derecho convenga.’ ‘A Artículo 50. Una vez concluida la audiencia, el magistrado instructor someterá a la consideración del Pleno de la Sala Constitucional el proyecto de resolución respectivo en los términos previstos en la presente ley.’ ‘Artículo 56. Las resoluciones de la Sala Constitucional se tomarán por unanimidad o mayoría de votos. *…+’ La lectura de esa resolución pone en evidencia que la magistrada instructora declaró improcedente el recurso de queja, primordialmente sustentó su decisión en razones de fondo; por eso, asiste razón a la quejosa al argumentar que la autoridad responsable carece de atribuciones para resolver en cuanto al fondo el recurso de queja, pues, correspondía a la sala constitucional, funcionando en pleno, tomar esa decisión. 1 Resaltado propio de esta sentencia. Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 De acuerdo con los preceptos 39 y 56 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, reglamentaria del artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México y 725 del Código de Procedimientos Civiles para la ahora Ciudad de México, la magistrada instructora se encuentra habilitada para desechar una instancia de alzada únicamente de encontrar motivo manifiesto e indudable de improcedencia; por ende, la instructora puede verificar si se actualiza un supuesto de improcedencia y eventualmente de no colmarse los presupuestos procesales necesarios para la procedencia, desechar el medio de impugnación, pues soslayar tales exigencias equivaldría a dejar de observar los principios constitucionales y legales que rigen su función. Apoya lo anterior, la jurisprudencia 2a./J. 98/2014 (10a.) de la Segunda Sala del máximo tribunal, que establece: ‘DERECHO DE ACCESO A LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA. SU APLICACIÓN RESPECTO DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES QUE RIGEN LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL. Si bien los artículos 1o. y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , así como el diverso 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, reconocen el derecho de acceso a la impartición de justicia -acceso a una tutela judicial efectiva-, lo cierto es que tal circunstancia no tiene el alcance de soslayar los presupuestos procesales necesarios para la procedencia de las vías jurisdiccionales que los gobernados tengan a su alcance, pues tal proceder equivaldría a que los Tribunales dejaran de observar los demás principios constitucionales y legales que rigen su función jurisdiccional, provocando con ello un estado de incertidumbre en los destinatarios de esa función, pues se desconocería la forma de proceder de esos órganos, además de trastocarse las condiciones procesales de las partes en el juicio.’ Como la ley no prevé una competencia expresa para que el instructor pueda resolver el fondo del asunto, por el contrario, si determina que es atribución de la Sala Constitucional resolver el asunto por unanimidad o mayoría de votos, entonces la instructora en lo individual solo puede desechar por razones de notoria e indudable improcedencia, pero no resolver en cuanto al fondo del recurso. En aras de respetar el derecho de acceso a la justicia y en uso de la figura de aplicación supletoria, la instructora estimó procedente tramitar el medio de impugnación, atendiendo a la regulación establecida para el recurso de queja; luego, si la propia legislación supletoria aplicable establece que es la sala quien debe decidir lo conducente, no existe una base lógica razonable y jurídica para que el instructor resuelva el fondo del recurso. Máxime que las razones que expuso la magistrada responsable para confirmar el auto recurrido, no corresponden propiamente a los presupuestos procesales previstos en las normas y jurisprudencia, pues al margen de que no exista regulación expresa sobre esa exigencia, lo cierto es que los supuestos procesales son intrínsecos de cualquier instancia o medio de impugnación, como podría ser, no sujetarse a los plazos previstos en la ley, falta de firma de la promoción, competencia, etcétera; pero el análisis de ninguno de esos aspectos derivó en la improcedencia del recurso que nos ocupa. Las anteriores consideraciones encuentran apoyo en el amparo directo ****/****, en que se resolvió un asunto con similar problemática y que dio origen a la tesis I. 18.A. 16 A (11a.), de este órgano colegiado, de rubro y texto: PLENO DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. ES COMPETENTE PARA RESOLVER EL FONDO DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN INTERPUESTOS EN CONTRA DE LAS RESOLUCIONES DEFINITIVAS DICTADAS POR LOS JUECES DE TUTELA EN LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN EFECTIVA DE DERECHOS, MIENTRAS QUE EL MAGISTRADO INSTRUCTOR SÓLO PUEDE DESECHARLOS POR UN MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA. Hechos: La quejosa obtuvo un dictamen de transmisión de pensión por causa de muerte de su concubino, por parte de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México y, posteriormente, impugnó a través de la acción de protección efectiva de derechos la orden de dejarlo sin efecto. La acción se calificó de improcedente por la Jueza de Tutela de Derechos Humanos del Poder Judicial local y en contra de tal decisión se promovió recurso de queja, el cual se desechó por el Magistrado instructor de la Sala Constitucional de dicho Poder, pero no por improcedente, sino por considerarlo infundado. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el Pleno de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México es competente para conocer de las impugnaciones en contra de las resoluciones definitivas emitidas por los Jueces de tutela y que el Magistrado instructor de dicha Sala Constitucional, en lo individual, sólo puede verificar si se actualiza un motivo manifiesto e indudable de improcedencia y, eventualmente, de no colmarse los presupuestos procesales, requisitos o condiciones de procedencia, desechar de plano el medio de impugnación, pero no puede resolver el fondo. Aviso 59 60 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso Jueves 2 de mayo del 2024 Justificación: El artículo 2, fracción V, de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México prevé la competencia de la Sala Constitucional para conocer de las impugnaciones a las resoluciones definitivas emitidas por los Jueces de tutela; asimismo, en icho ordenamiento el legislador estableció reglas comunes en la instrucción, de las cuales deriva que el Magistrado instructor sólo puede analizar el escrito de demanda y si se actualiza un motivo manifiesto e indudable de improcedencia, desecharlo de plano. En ese contexto, si la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, Reglamentaria del Artículo 36 de la Constitución Política local no prevé competencia para que el Magistrado instructor resuelva el fondo del recurso, pero su artículo 56 establece que las resoluciones de la Sala Constitucional se tomarán por unanimidad o mayoría de votos, entonces, el instructor en lo individual no puede desechar por razones de fondo el recurso interpuesto en contra de la resolución recaída a la acción de protección efectiva de derechos, lo cual corresponde al Pleno de dicha Sala Constitucional.” Consecuentemente, son esencialmente fundados los conceptos de violación y, por ende, lo procedente conforme a derecho es conceder el amparo solicitado, cuya consecuencia inmediata y directa es la ineficacia jurídica de la sentencia reclamada, debiendo la magistrada instructora de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México emitir otra en la que tome en consideración que si el motivo de improcedencia incide en el tema de fondo de la litis no podrá resolver el recurso de queja de manera individual, al no existir disposición legal alguna que faculte a los magistrados instructores a pronunciarse sobre el fondo del recurso." 2 II. CUESTIÓN PREVIA. Competencia. Esta Sala Constitucional, como máxima autoridad local en materia de interpretación de la Constitución Política de la Ciudad de México, resulta competente para conocer y resolver el presente recurso de queja por inadmisión de la demanda -solicitud- en la que se pretende ejercitar la ACCIÓN DE PROTECCIÓN EFECTIVA DE DERECHOS, por parte del hoy quejoso, C. ******** ****** *****, por propio derecho. Lo anterior, tiene su fundamento y razón de ser en lo dispuesto por el artículo 36, Apartado B, numeral 1, inciso g) de la precitada Constitución, así como por lo ordenado en el artículo 14 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, en relación con los artículos 723 a 727 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, por ser este último, aplicable a falta de disposición expresa en la Ley de la propia Sala Constitucional, además, de los artículos 38, 39, 40, 50 y 56 de la Ley en cita. Así, en principio, se analizarán los requisitos PROCESALES para la procedencia del recurso de queja así como su idoneidad, cuestiones que no fueron objeto de concesión del amparo que hoy se cumple. Procedencia e idoneidad del Recurso de Queja. Procedencia. La “solicitud” a que se refiere el escrito inicial del hoy quejoso, en realidad constituye una demanda en la que se ejercita en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México, específicamente, en este caso, del Jefe de la Unidad Departamental de Alumbrado Público de la Alcaldía Coyoacán, la ACCIÓN DE PROTECCIÓN EFECTIVA DE DERECHOS, por considerar el justiciable, que se violó por dicha autoridad administrativa su derecho humano a la buena administración pública, previsto en el artículo 7 apartado A de la Constitución Política de la Ciudad de México. En ese orden de ideas, es menester precisar que la Ley de esta Sala Constitucional, no prevé un sistema de recursos en contra de las decisiones que se toman por los Jueces de Tutela de Derechos Humanos, justamente en el ejercicio de una acción como la que nos ocupa, tratándose de la inadmisión de la demanda. Por tanto, si por disposición expresa del ya invocado artículo 14 de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, ahora Ciudad de México es aplicable a falta de disposición expresa en dicha norma especializada, entonces, el sistema de recursos que contempla dicho código procesal civil -en contra de resoluciones definitivas iniciales, como es la inadmisión de la demanda- resulta aplicable en este tipo de acciones, cuestión que fue incluso avalada por la autoridad federal en la resolución que nos ocupa. Máxime, si se considera que ante la ausencia de regulación específica, cobran relevancia los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte, por lo que debe atenderse también a la convencionalidad, y en ese sentido, resulta aplicable el artículo 25, inciso 1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que establece como tal, es decir, como un derecho humano, el acceso de los gobernados a un recurso sencillo y efectivo, porque ello permite un efectivo acceso, a su vez, a la tutela jurisdiccional y constitucional. Idoneidad. Establecida la procedencia del recurso, se califica también de idóneo, ya que el artículo 723 del Código de Procedimientos Civiles, dispone en su fracción I, que es el medio de impugnación para combatir, como ocurre en el caso, la inadmisión de una DEMANDA. 2 Resaltado propio de esta sentencia. Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 III. Aviso DE LOS AGRAVIOS (SÍNTESIS). El quejoso expresó como agravios, en síntesis, los siguientes: AGRAVIO PRIMERO  Violación a los artículos 1, 14, 16 y 17 de la Constitución Política de la Ciudad de México, y artículo 6, apartado H de la Constitución Política de la Ciudad de México por falta de fundamentación y motivación de la resolución.  No existe disposición alguna en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México que le otorgue facultades a la Jueza para no admitir a trámite las Acciones de Protección Efectiva de Derechos y que por ello el acuerdo combatido es ilegal. SEGUNDO AGRAVIO  La prevención decretada mediante acuerdo de tres de junio de dos mil veintidós consistió en que se acreditara ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo respecto de la acción de protección efectiva que trataba de hacer valer el actor, no obstante lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, porque no existe disposición expresa que establezca como requisito para interponer una acción como la ejercida, acreditar la titularidad de un derecho, pues por el contrario, el artículo 69 del ordenamiento legal en cita establece lo que se debe expresar en el escrito por el cual se promueva la acción que se ejerció, sin que en el mismo se señale el requisito de referencia; por lo que dicha prevención es violatoria del derecho humano de tutela judicial efectiva.  Corresponde en todo caso a las autoridades investigar y acreditar que no existió la violación a los Derechos Humanos del solicitante, por lo que el aquí quejoso no está obligado a acreditar la titularidad del derecho que ejercita, de tal forma que al haberse requerido por la jueza que acreditara ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo respecto de la acción de protección efectiva al promoverla, es innecesario y constituye un formalismo exagerado. TERCER AGRAVIO  El proveído recurrido está indebidamente fundado porque no es aplicable el artículo 107 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos toda vez que la acción ejercida se encuentra prevista en la Constitución Política de la Ciudad de México y la Jueza trató de ajustar su razonamiento a la legislación inaplicable.  Con fundamento en el artículo 5, apartado B y 36 apartado B numeral 3, base a) de la Constitución Política de la Ciudad de México, en relación con la procedencia de la acción ejercida, toda persona puede ejercerla sin mayores formalidades por lo que no admitirla por no acreditar un interés jurídico ni legítimo violenta los numerales en cita. CUARTO AGRAVIO  La jueza confunde por una parte el derecho a solicitar la prestación de un servicio y por otra el derecho a interponer una acción de protección efectiva de derechos, pues tiene derecho a solicitar la prestación de cualquier servicio para lo cual no es necesario acreditar algún tipo de interés, y tampoco existe disposición jurídica que establezca que solo se puede solicitar la prestación de un servicio en su domicilio, fuera del mismo en su colonia o en su demarcación.  No tiene por qué acreditar ningún tipo de interés, por el simple hecho de que tiene derecho a una ciudad habitable, un medio ambiente sano, protección a los animales, vía pública, espacio público, movilidad, tiempo libre, seguridad urbana y protección civil, seguridad ciudadana y prevención de la violencia y del delito.  Al no existir evidencia verificable, confiable y concluyente de que su solicitud fue resuelta, es evidente que el Jefe de la Unidad Departamental de Alumbrado Público deberá acreditar que no violentó su derecho humano a la buena administración pública y que prestó el servicio que solicitó. QUINTO AGRAVIO  La jueza sin fundar ni motivar su actuación consideró de forma incongruente que los actos de molestia atribuidos al Jefe de la Unidad Departamental Alumbrado Público de la Alcaldía Coyoacán como autoridad responsable no corresponde a violaciones directas a preceptos de la Constitución Política de la Ciudad de México sino a situaciones relacionadas con el principio de legalidad, esto es, versa sobre el actuar de la autoridad responsable y si ésta es acorde a la normatividad que regula determinando incorrectamente, aduce, que por ello no se actualiza ninguno de los supuestos de procedencia de la acción, que establece el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México porque efectivamente en la acción de protección efectiva de derechos que ejerció no se actualiza ninguno de los supuestos de procedencia que establece el numeral en cita porque éste corresponde al medio de control relativo a la impugnación de resoluciones definitivas dictadas por los Jueces de Tutela. SEXTO AGRAVIO  No ha promovido ninguna impugnación, por lo que es incongruente lo señalado por la jueza en el segundo párrafo del anverso de la foja 3 del proveído que se recurre; y que lo transcrito por la jueza en el mismo, atribuido al aquí quejoso, jamás ha sido manifestado por éste. 61 62 Aviso  BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 Con fundamento en el artículo 73 apartado B numeral 3 base f) de la Constitución Política de la Ciudad de México, los criterios de las resoluciones de la Sala Constitucional con relación a la acción de protección efectiva de derechos humanos serán vinculantes para las y los “Jueces de tutela del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México” y la Sala Especializada del Tribunal de Justicia Administrativa, resultando que en la resolución de la Impugnación de Resolución Definitiva dictada por el Juez de Tutela número ***/**/*****, de quince de diciembre de dos mil veintiuno, la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, determinó la concurrencia de atribuciones entre los Jueces de Tutela del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y la Sala Especializada del Tribunal de Justicia Administrativa. IV . CALIFICACIÓN DE LOS MOTIVOS DE QUEJA, SU ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DEL RECURSO. (ESTUDIO DE FONDO DEL RECURSO) Cabe señalar que al no existir un motivo manifiesto e indudable de improcedencia del recurso en cuanto a los requisitos de procedencia y presupuestos procesales para la misma, se deben entonces analizar las cuestiones que atañen al fondo del recurso a fin de determinar si tiene razón el recurrente o no en sus señalamientos. Por tanto, al analizarse el fondo del recurso SE PROCEDE A DICTAR UNA RESOLUCIÓN COLEGIADA, POR EL PLENO DE LA SALA CONSTITUCIONAL, en acatamiento a la ejecutoria de amparo que se cumple. Cabe referir, en principio, que al rendir su informe, la jueza manifestó que es CIERTO el acto que se le atribuye, sin exponer nada más al respecto. Ahora bien, los motivos de queja se analizan en su conjunto por encontrarse estrechamente vinculados y son INFUNDADOS en parte y FUNDADOS pero INOPERANTES en otra. Contrario a lo que sostiene el quejoso, sí es necesario, como lo dijo la juez, que demuestre, para ejercer la acción efectiva de protección de derechos humanos, y que la demanda sea admitida a trámite, tener al menos un interés legítimo, individual o colectivo. Para avalar esta postura, se emiten los siguientes razonamientos. Contrario a lo que alega el quejoso, el artículo 36 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, establece que; de conformidad con lo que disponen las leyes, las personas podrán impugnar cualquier acto u omisión de las autoridades que vulnere su derecho a la buena administración, para lo cual será suficiente acreditar un interés legítimo; esto es, sí existe disposición expresa que obliga al aquí quejoso a acreditar su interés para ejercer la ACCIÓN DE PROTECCIÓN EFECTIVA DE DERECHOS respecto de la buena administración pública, y esto significa que para admitir la demanda se debe acreditar ante el juez de tutela, la existencia de ese interés, al menos, legítimo, y de no hacerse así, debe desecharse pues de entrada es improcedente ante la falta de interés del demandante, se insiste, al menos si no jurídico por lo menos legítimo-. Es decir, el artículo antes referido señala como un requisito PARA ACCIONAR, -a través de la demanda- que se ACREDITE un interés legítimo, esto es, la acreditación de ese interés no la dejó el legislador para el FONDO DEL JUICIO sino para la procedencia de la demanda, pues una vez cubierto el requisito, podrá seguirse un proceso válido, que culmine con una resolución que analice EL FONDO de la demanda, esto es, en SENTENCIA DEFINITIVA, o RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE FONDO por parte del Juez de Tutela de Derechos Humanos. Lo antes dicho, se robustece con lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, en el que se establece que la ACCIÓN DE PROTECCIÓN EFECTIVA -que es la ejercitada por el quejoso- corresponde al titular de un derecho o de un interés legítimo. No es óbice a lo anterior, el hecho de que; como lo alega el quejoso, el artículo 69 del ordenamiento legal citado en el párrafo inmediato anterior establezca los requisitos que el promovente del recurso debe expresar como mínimo al ejercer la acción de protección efectiva de derechos; pues el numeral en comento no elimina la necesidad de que se demuestre el interés legítimo o jurídico que tiene el interesado para promover la acción, sino que se refiere básicamente, a los requisitos mínimos para la admisión de la solicitud -demanda- y por el contrario, se desvirtúa el argumento del quejoso si se considera que en la fracción I del citado precepto legal se señala expresamente como requisito de su promoción (oral o escrita) el nombre del sujeto legitimado; por lo tanto, sí se requiere de la titularidad de un derecho o de un interés legítimo -individual o colectivo- como requisito mínimo para promover una acción como la que ejerció el quejoso. Así, es inconcuso que como lo señaló la jueza en el proveído impugnado al considerar que el aquí quejoso no acreditó ser titular de un derecho o de un interés legítimo fue correcto que no admitiera a trámite la acción de Protección Efectiva de Derechos. En este contexto, si bien es cierto que como lo alega el quejoso, en el proveído de tres de junio de dos mil veintidós se le previno para que acreditara “ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo”, no así para que acreditara ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo al inicio y/o durante la sustanciación de algún procedimiento competencia de la Administración Pública, pues ello se desprende del auto de prevención, de donde deviene lo fundado de ese agravio, sin embargo ello no es suficiente para revocar el proveído recurrido por la básica consideración de que el recurrente no acreditó la titularidad de un derecho o de un interés legítimo ni al inicio o durante la sustanciación de un recurso, ni fuera de éste, resultando por ello inoperante el agravio que nos ocupa. Ahora bien, el quejoso no desvirtúa que la consideración de la jueza al definir los términos de interés jurídico, legítimo individual o colectivo sea errónea ya que son conceptos universales, que tienen su origen justamente en la Constitución en su artículo 1º, así como en el 107, y en el 5º de la Ley de Amparo, que justamente es reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución. Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso El Interés Jurídico supone la existencia de un derecho dentro de la esfera jurídica particular de un individuo (derecho subjetivo), es decir, que se encuentra dentro de su status jurídico; en cambio, el interés legítimo no supone una afectación directa sino indirecta a ese status jurídico, en la medida en que la persona sufre una afectación no en sí misma, sino por encontrarse ubicada en una especial situación frente al orden jurídico que le permite accionar para lograr hacer respetar su interés jurídicamente tutelado, aunque no goce de un derecho subjetivo reflejo individual. Además, puede estimarse que la afectación al interés legítimo se da en la medida en que el sujeto forma parte de un ente colectivo que, de manera abstracta, tiene interés en que el orden opere de manera efectiva, lo que explica que se hable de un interés individual o colectivo, pero en el entendido de que la afectación individual, sólo podrá darse en la medida en que se forme parte de una colectividad interesada, pues, de lo contrario, se estaría en presencia de un interés jurídico. El interés jurídico es aquel por el cual, una persona ve afectada su esfera jurídica, cuando es titular de un derecho tanto objetivo como uno subjetivo para combatir un acto de autoridad. El reconocimiento que hacen las leyes de un derecho subjetivo, implica claramente que la persona pueda acudir a los tribunales porque el acto que reclama implica una violación directa susceptible de repararse; es decir, el interés jurídico, es aquel que se ha identificado con la titularidad de un derecho, con la posibilidad de hacer o querer determinada circunstancia y la posibilidad de exigir a otros su respeto. Por otra parte, el interés legítimo consiste en una categoría diferenciada y más amplia que el interés jurídico, al no tratarse de la generalización de una acción popular, sino del acceso a los tribunales competentes ante posibles lesiones jurídicas a intereses jurídicamente relevantes y, por ende, protegidos. El interés legítimo implica un vínculo entre una persona y una pretensión, de forma tal que la anulación o la reparación del acto que se reclama produce un beneficio o efecto positivo que; de alguna manera, trasciende en su esfera jurídica, ya sea actual o futuro pero cierto, es decir, se trata de un interés actual y real, no hipotético, pues ello se encontraría referido a un interés simple. En consecuencia, para que exista un interés legítimo, se requiere de la existencia de una afectación en cierta esfera jurídica –no exclusivamente en una cuestión patrimonial–, apreciada bajo un parámetro de razonabilidad, y no sólo como una simple posibilidad, ante lo cual, una eventual sentencia de protección constitucional implicaría la obtención de un beneficio determinado, el cual no puede ser lejanamente derivado, sino resultado inmediato de la resolución que en su caso llegue a dictarse. El interés legítimo y el interés jurídico comparten el elemento esencial de afectación a la esfera jurídica y el posible beneficio de concederse la acción o protección constitucional; y esto último no es más que la simple posibilidad de producir consecuencias jurídicas propias de toda sentencia. Atento a lo anterior, el interés legítimo se puede dividir en: a) b) Individual, en razón de que la afectación o posición especial frente al ordenamiento jurídico, sea una situación no sólo compartida por un grupo formalmente identificable, sino que provoque una afectación a una persona determinada que no pertenezca a dicho grupo. Incluso, podría darse la afectación de forma exclusiva en la esfera jurídica de una persona determinada, en razón de ciertas circunstancias en específico. Colectivo, en razón de que la afectación, únicamente se da en la medida en que se pertenece a un grupo, es decir, se refiere a todas las personas que forman parte de un grupo y que se encuentran unidas por un vínculo jurídico (sindicatos, asociaciones, etc). Y por último, existe una tercera clase de interés, denominado como simple, que es aquél que pertenece en general a toda la sociedad, sin que le reporte beneficio a una persona en particular, por lo que bajo este concepto, tampoco podría el promovente accionar al órgano jurisdiccional. Por tanto, es correcto por parte de la jueza que haya aplicado en el auto materia de esta queja los conceptos de interés, al referirse al jurídico y al legítimo, como se ha visto ya en esta resolución. Asimismo, el argumento de disenso consistente en que con fundamento en el artículo 21 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, en todo caso corresponde a las autoridades investigar y acreditar que no existió la violación a Derechos Humanos, por lo que el aquí quejoso no está obligado a acreditar la violación alegada, es FUNDADO porque el numeral en comento así lo establece, pero es INOPERANTE porque la acreditación de la violación a los derechos humanos no es el motivo por el que se inadmitió la solicitud o demanda de origen, ya que una cosa es la prueba del acto ilícito o del que se hace derivar la incorrecta administración pública, y otra, muy distinta, es manifestar y evidenciar, así como demostrar el interés jurídico o legítimo individual o colectivo para poder accionar, siendo esta última situación la que la jueza consideró toralmente en este punto, para desechar dicha demanda. Se explica. Es así porque, como ya se dijo y aquí se concretiza, el interés legítimo se vincula con la exigencia de alegar una violación a un derecho constitucional y resentir una afectación en la esfera jurídica del promovente , por la especial situación que éste ocupa frente al ordenamiento jurídico, lo cual permite a las personas combatir actos que estiman lesivos de sus derechos humanos, sin la necesidad de ser titulares de un derecho subjetivo; de tal forma que el interés legítimo radica en un agravio diferenciado que sufre una persona por virtud de su especial situación que tiene en el orden jurídico; se trata, pues, de un interés personal –de carácter individual o colectivo– que es cualificado, actual, real y jurídicamente relevante, el cual debe estar garantizado por un derecho objetivo, en tanto que la acreditación a la violación de derechos humanos es justamente la comprobación de esa violación, es decir, es objeto de justipreciación por el juzgador, al resolver en el fondo, la acción que se intenta. De igual manera el argumento de disenso consistente en que no obstante que desahogó la prevención la jueza al no admitir a trámite la acción de protección efectiva de derechos omitió tomar en consideración lo manifestado en ese ocurso, violentando el principio de exhaustividad, es INFUNDADO porque del escrito de desahogo de prevención se desprende que el quejoso, -como lo consideró la jueza-, fue omiso en alegar haber resentido una 63 64 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso Jueves 2 de mayo del 2024 afectación en su esfera jurídica, como se desprende del mismo, de tal forma que no acreditó el interés legítimo y por ello no desahogó la prevención decretada en los términos en que le fue impuesta. Tampoco asiste razón al quejoso al sostener que la jueza no tomó en cuenta que tiene derecho a pedir la prestación de cualquier servicio a la administración pública, y que tiene derecho a pedir la protección efectiva de derechos para lo cual no requiere demostrar la titularidad de ningún derecho subjetivo -interés jurídico- ni tampoco demostrar el interés legítimo -ni individual ni colectivo-, porque la propia Constitución Política de la Ciudad de México le reconoce esos derechos, como son: a una ciudad habitable, medio ambiente sano, ciudad segura, y demás que menciona en su queja, pues aun cuando ello es cierto, existen formalidades esenciales del procedimiento, como el demostrar al accionar que se tiene el interés jurídico, o legítimo -individual o colectivo-, para poner en marcha al órgano judicial, como lo prevén las leyes especializadas en materia de derechos humanos a las cuales ya se hizo referencia en esta resolución y contemplan como requisito demostrar ese interés al promover la demanda de protección efectiva de derechos. Incluso, vale la pena refrendar lo que aquí se dice, con la tesis que se cita en la propia ejecutoria de amparo que se cumplimenta, de rubro: “DERECHO DE ACCESO A LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA. SU APLICACIÓN RESPECTO DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES QUE RIGEN LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL”, conforme a la cual, lo dispuesto en los artículos 1 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo ordenado en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, no tiene el alcance de soslayar los presupuestos procesales necesarios para la procedencia de las vías ju risdiccionales que los gobernados tengan a su alcance, pues tal proceder equivaldría a que los Tribunales dejaran de observar los demás principios constitucionales y legales que rigen su función jurisdiccional. En otro orden de ideas, es fundado pero inoperante el motivo de queja donde se refiere que es errónea la consideración de la jueza consistente en que los actos de molestia atribuidos al Jefe de la Unidad Departamental Alumbrado Público de la Alcaldía Coyoacán como autoridad responsable, no se refieren ni actualizan ninguno de los supuestos de procedencia que establece el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, y es fundado porque efectivamente no es lo alegado en la solicitud inicial, y corresponde al medio de control relativo a la impugnación de resoluciones definitivas dictadas por los Jueces de Tutela, lo que en el caso estudio no acontece; no obstante, la inoperancia deviene porque la falta de acreditación de interés legítimo que la jueza tuvo por no expresada ni demostrada, es suficiente para mantener el sentido del proveído recurrido. Por último, tiene razón el quejoso cuando aduce que la jueza debió considerar que ya existe una resolución de esta Sala constitucional, que le es vinculatoria, contenida en la Impugnación de Resolución Definitiva, ****/ /***/*****, que determinó en la parte que interesa, lo siguiente: “…En el caso particular, como bien lo indica la Juez Segundo de Tutela, el planteamiento propuesto por el quejoso se refiere a si la autoridad responsable actuó de conformidad o no a la legislación secundaria, lo que, como se ha establecido, puede calificarse como una cuestión de legalidad al implicar una violación indirecta de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de la Ciudad de México, misma que contempla el debido proceso administrativo en su artículo 7º, pero en todo caso, debe reconocerse que la inobservancia de las normativas que desarrollan un derecho humano invariablemente inciden en su ejercicio efectivo. Los derechos, recordemos, son mandatos de optimización que, por tanto, requieren necesariamente de un desarrollo legal posterior. Es por ello que el planteamiento no es si existe una vulneración directa o no de algún derecho constitucional, pues como se ha establecido, todos los tribunales se encuentran vinculados a su respeto y protección, sino el planteamiento debe enfocarse en los alcances y limites(sic) que le atribuyamos a la ‘acción de protección efectiva de derechos’, es decir, si la falta de legalidad en la actuación de una autoridad es una violación en sí misma de derechos humanos, ¿puede, por tanto, ejercerse este tipo de control en esta vía? Esta es la pregunta que no ocupa. … Más allá de la diferenciación entre los marcos normativos establecidos para uno y otro medio, el símil ayuda a fijar los alcances de la figura en estudio. Así, la jurisprudencia ha entendido que el juicio de amparo es un medio para el control de la legalidad, de la constitucionalidad y de convencionalidad. Por tanto, si entendemos que los Juzgados de Tutela tienen como finalidad verificar el respeto que las autoridades de la Ciudad deben a las normas generales que regulan su actuación (control de legalidad), así como a la Ley Fundamental Local (control de constitucionalidad), tendríamos que concluir que la acción de protección efectiva de derechos tiene como parámetro, al menos, esos dos tipos de control y su objeto serían los actos de autoridad lato sensu. Lo anterior es acorde a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, pues contempla que la acción de protección efectiva es un mecanismo por medio del cual los jueces tutelares conocen de manera directa las posibles violaciones a los derechos humanos reconocidos en la Constitución, contra las que se inconformen el titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo ‘aal inicio y/o durante la substanciación (control de legalidad) de algún procedimiento competencia de la Administración Pública’, por lo que la vulneración a la que hace referencia debe entenderse en términos amplios, es decir, ya sea por violación directa de la autoridad administrativa responsable o porque ésta dejó de atender o aplicó indebidamente la(sic) normas regulatorias del derecho humano vulnerado, solo de esta forma puede dotarse de auténtica entidad convirtiéndolo en un verdadero medio de tutela efectiva, pues de esta forma, la acción de protección efectiva velará por los derechos que pudieran violentarse en el ejercicio de la Administración Pública durante la substanciación de sus procedimientos. … Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso En este sentido, le asiste la razón al quejoso al señalar que los Juzgados de Tutela y el Tribunal de Justicia Administrativa tienen competencia concurrente, ya que ambos conocen de posibles violaciones de derechos derivados de actos administrativos. Como se citó anteriormente, el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México hace alusión al ‘inicio y/o durante la substanciación de algún procedimiento de la Administración Pública’, mientras el artículo 36, último párrafo, de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México señala que ‘Cualquier resolución o acto administrativo de las instancias de la Administración Pública de la Ciudad que a juicio de los afectados vulnere sus derechos humanos podrá ser recurrido ante el Tribunal de Justicia Administrativa de conformidad con el artículo 4:, numeral 2, fracción V, de la Constitución Local.’ Por tanto, hay que analizar la diferencia entre uno y otro. En efecto, el sistema de fiscalización de la Administración Pública en la Ciudad de México contempla tanto a los Juzgados de Tutela como al Tribunal de Justicia Administrativa para controlar la adecuación de los actos administrativos a los derechos reconocidos en la Constitución Local. Así, el juicio administrativo, como medio de control de legalidad, es claramente de naturaleza ordinaria, ya que cumple la exigencia de efectividad pues permite modificar, anular o revocar cierto tipo de actos emitidos por la Administración Pública. Por su parte, las acciones de protección efectiva de derechos también cumplen con esa misma exigencia de efectividad, ya que en términos del artículo 76 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, la declaratoria fundada de la acción tiene por objeto la restitución de derechos, ya sea restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación, ya sea obligando a la autoridad a obrar activamente en el sentido de efectivizar el derecho. Pero a su vez ejerce un control constitucional, no porque a través de éstas se ‘revise’ el actuar del Tribunal de Justicia Administrativa’ (como sí acontece en el amparo administrativo) sino porque se controla directamente el actuar de la Administración Pública con los derechos constitucionalmente reconocidos. Por tanto, acción de protección efectiva y procedimiento administrativo son dos vías con las que la ciudadanía cuenta para proteger sus derechos ante la injerencia indebida de la Administración Pública, tal y como lo prevé el artículo 7º de la Ley de Justicia Administrativa, pues en su primera parte, indica que ‘Cuando las leyes o los reglamentos establezcan algún recurso u otro medio (sic) defensa, será optativo para la persona física o moral agotarlo o intentar el juicio ante el Tribunal’ y va más allá, pues señala que ‘el ejercicio de la acción ante este Órgano Jurisdiccional (Tribunal de Justicia Administrativa), extingue el derecho para promover otro medio de defensa’, es decir que clausura la posibilidad de acudir a los órganos del Poder Judicial de la Ciudad de México a dirimir las controversias que hayan sido previamente planteadas en la Justicia Administrativa. En consecuencia, la acción de protección efectiva debe ser un ‘recurso’ sumarísimo, ágil y eficaz orientado a la defensa efectiva de derechos y dado que procede ‘al inici o y/o durante la substanciación de algún procedimiento competencia de la Administración Pública’, el control que en él se ejerce abarca tanto el de legalidad, al fiscalizar la adecuación de la autoridad a las leyes reglamentarias, como de constitucionalida d, al contrastar su actuación con los derechos reconocidos en la Constitución…” 3 Sin embargo, tal motivo de queja, aunque es fundado por esa razón, deviene inoperante porque no es suficiente para ordenar a la jueza que proceda a la admisión de la demanda, ya que subsiste la consideración y determinación del auto materia de la queja, en relación con el hecho de que el hoy quejoso no explicó ni menos aún demostró, su interés legítimo individual ni colectivo, y tampoco demostró tener un interés jurídico en la acción pretendida. V. CONCLUSIONES. 1.- Los requisitos de procedencia del recurso fueron colmados, por lo que no existió impedimento para su admisión a trámite, habiéndose admitido a trámite el recurso de queja que nos ocupa, culminando con esta resolución, que decide EL FONDO DEL RECURSO. 2.- Los argumentos de agravio expresados por el quejoso resultaron INFUNDADOS en parte y FUNDADOS pero INOPERANTES en otra para REVOCAR el proveído recurrido, por lo que esta Sala Constitucional estima que la resolución recurrida es apegada a la Constitución Política de la Ciudad de México en su artículo 36 Apartado B, numeral 1, inciso g), al no haber demostrado el interés legítimo individual o colectivo ni el interés jurídico para promover la acción efectiva de protección de derechos. 3.- Por otra parte, resultó incorrecto que la jueza introdujera como consideración y base para la inadmisión de la demanda, la competencia a favor del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, lo anterior por existir resolución de esta Sala Constitucional que abordó dicho tema, en la Impugnación de Resolución Definitiva **/**/**; no obstante ello subsistirá el sentido del auto impugnado a través de esta queja, en atención a la conclusión inmediata anterior a ésta. 4.- La presente resolución se dicta de manera colegiada en cumplimiento al amparo directo *.* *****/****, del índice del Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. Resolución publicada en el Boletín Judicial número 14, de fecha veintiocho de enero de dos mil veintidós, por mayoría de votos, con voto particular de la C. Magistrada Adriana Pérez Canales y abstención del C. Magistrado Jorge Ponce Martínez. 3 65 66 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso Jueves 2 de mayo del 2024 Por lo expuesto y fundado se: RESUELVE PRIMERO.- Son INFUNDADOS en parte y FUNDADOS pero INOPERANTES en otra los motivos de inconformidad expresados por el quejoso ******* ******* ********. SEGUNDO.- Se CONFIRMA el proveído recurrido de fecha trece de junio de dos mil veintidós, dictado por la C. JUEZA SEGUNDO MIXTO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA PENAL DEL SISTEMA TRADICIONAL Y DE TUTELA DE DERECHOS HUMANOS, HOY JUEZA SEXAGÉSIMO SÉPTIMA EN MATERIA PENAL DE PROCESO ESCRITO Y DE TUTELA DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO -por cambio de nomenclatura- en el expediente número **/*/**** del índice de dicho Juzgado, formado con motivo de la demanda relativa a la ACCIÓN DE PROTECCIÓN EFECTIVA DE DERECHOS, promovida por el *. ******* ******* ********. TERCERO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE al quejoso, *. ******* ***** ******* la presente resolución en términos del artículo 15 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, entregándosele copia simple de la misma, y en su oportunidad, remítase al Archivo de esta Institución el presente cuaderno de queja, como total y definitivamente concluido, para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Publíquese en su versión pública, la presente resolución en el Boletín Judicial, y remítase copia certificada de esta resolución al DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, informándole el cumplimiento que se ha dado a la ejecutoria de amparo precisada en el cuerpo de esta sentencia. A S Í, lo resolvió el PLENO DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, integrada por los CC. Magistrados JAVIER RAÚL AYALA CASILLAS, ADRIANA CANALES PÉREZ, ROGELIO ANTOLÍN MAGOS MORALES, MARÍA ROSARIO MARENCO ORTEGA -instructora en el presente recurso-, SARA PATRICIA OREA OCHOA, JORGE PONCE MARTÍNEZ y CRUZ LILIA ROMERO RAMÍREZ, ante el C. SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, JAIME LÓPEZ RUELAS, que autoriza y da fe. DOY FE._________________________ Mag. Javier Raúl Ayala Casillas Ocho Rúbricas. ___________________________ Mag. Adriana Canales Pérez. ________________________ Mag. Rogelio Antolín Magos Morales ___________________________________ Mag. María Rosario Marenco Ortega ________________________ Mag. Sara Patricia Orea Ochoa ____________________________ Mag. Jorge Ponce Martínez __________________________ Mag. Cruz Lilia Romero Ramírez. Publiquese en Boletín Judicial. Ciudad de México, a 30 de abril de 2024. Mgda. Adriana Canales Pérez. Presidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México. Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO RECURSO DE RECLAMACIÓN CONTRA AUTO QUE DESECHA DE PLANO LA IMPUGNACIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE JUEZ DE TUTELA. EXPEDIENTE: RR3/5/2024. RECURRENTE: APODERADO LEGAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL. RESOLUCIÓN DEL PLENO DE LA SALA CONSTITUCIONAL. RESOLUCIÓN. En la Ciudad de México, a 18 dieciocho de abril del 2024 dos mil veinticuatro. Visto el expediente RR3/5/2024, formado ante esta Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, con motivo del recurso de reclamación hecho valer por el Licenciado Carlos Mendieta Rivera, en su carácter de Apoderado Legal de la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, en contra del auto de fecha 07 siete de marzo de 2024 dos mil veinticuatro, a través del cual la Magistrada Instructora del expediente ***/*/**** desechó de plano el medio de control constitucional de impugnación hecho valer contra la resolución definitiva dictada (en el expediente **/****) por el Juez Primero en Materia de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México. RESULTANDO: ÚNICO. - Los antecedentes del presente recurso de reclamación son los siguientes: --1) Por sentencia de 14 catorce de febrero de 2024 dos mil veinticuatro, emitida en el expediente **/****, el Juez Primero en Materia de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México, declaró procedente la acción de protección efectiva de derechos humanos promovida por ****** ******* ******* ******** ******** ******* ******* ******** ******** ******. ---2) Dicha resolución fue impugnada ante la Sala Constitucional por el citado Licenciado Carlos Mendieta Rivera, en su carácter de Apoderado Legal de la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, lo que dio lugar al expediente ****/**/****, en el que, por acuerdo de 07 siete de marzo de 2024 dos mil veinticuatro, la Magistrada instructora (de ese medio de impugnación) desechó de plano la impugnación de la resolución definitiva dictada del referido Juez en Materia de Tutela de Derechos Humanos, señalándose en el punto resolutivo primero textualmente: “…Al no actualizarse el supuesto de la norma contenido en el artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México se desecha de plano el presente medio de control constitucional de impugnación de resolución definitiva dictada por Juez de Tutela, promovido por el Licenciado Carlos Mendieta Rivera, en su calidad de apoderado legal de la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, el catorce de febrero de dos mil veinticuatro, en la acción de protección de derechos humanos **/******…”. ---3) En contra de esa determinación de desechamiento emitida en el expediente ***/**/*****, Mendieta Rivera, en su carácter de apoderado legal de la Dirección General de Registro Civil de la Ciudad de México, interpuso recurso de reclamación que originó el diverso expediente RR3/5/2024, en el que por auto de 19 diecinueve de marzo de 2024 dos mil veinticuatro, se ordenó correr traslado a ***** ******* ******* ******** ****** ********* *********** para que alegaran lo que su derecho conviniese, en términos del artículo 67 de la Ley de la Sala Constitucional. --4) Por acuerdo de 2 dos de abril de 2024 dos mil veinticuatro, se tuvo por recibido un escrito signado por ******* ******* ******* ******** **********, **** **** ******* ******** ********* ******** ******** ********* *********** ********* ****** ******** ********, teniéndose por hechas las manifestaciones ahí contenidas y ordenándose su engrose al expediente, a efecto de estar en condiciones de elaborar el proyecto de resolución en términos de la segunda parte del artículo 67 de la referida Ley de la Sala Constitucional. CONSIDERANDO: PRIMERO. De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 67, en relación con el 65 fracción I, de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, el Pleno de esta Sala Constitucional es competente para conocer del presente recurso de reclamación interpuesto contra el desechamiento de plano del medio de control constitucional de impugnación de resolución definitiva dictada por el Juez Primero en Materia de Tutela de Derechos Humanos. Dicho recurso fue interpuesto en tiempo, porque si la resolución de la Magistrada instructora fue notificada al inconforme el 07 siete de marzo de 2024 dos mil veinticuatro, el plazo de cinco días para recurrir en términos del artículo 66 de la Ley de la Sala Constitucional, transcurrió del 08 ocho al 14 catorce del citado mes de marzo de la misma anualidad (descartándose los días 09 nueve y 10 diez por ser inhábiles), razón por la cual habiéndose presentado el escrito de reclamación el día 12 del citado mes y año, es evidente que el recurso se hizo oportunamente; y por otro lado, debe señalarse que el recurrente Carlos Mendieta Rivera se ha inconformado como apoderado legal de la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, carácter que le fue reconocido en su momento por auto de 22 veintidós de febrero del año en curso, emitido en el expediente ***/**/*******. SEGUNDO. La materia del presente recurso de reclamación lo constituye el auto de 07 siete de marzo de 2024 dos mil veinticuatro, dictado por la Magistrada instructora, Adriana Canales Pérez, dentro del expediente ****/**/****, en el que, en la parte considerativa, textualmente se lee: “…El artículo 39 dela Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, establece: ‘…Artículo 39.- El magistrado instructor examinará el escrito de demanda y si encontrare motivo manifiesto e indudable de improcedencia, la desechará de plano…’. En relación al estudio de la legitimación, es importante señalar que de conformidad con el artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, la impugnación contra resolución emitida por Juez de Tutela, sólo puede interponerse por la parte agraviada, entendiéndose por tal, toda persona, grupo o comunidad natural o jurídica a quien perjudique o esté en inminente peligro de ser perjudicada por toda acción u omisión de cualquier autoridad local, que viole los derechos individuales y colectivos reconocidos en la Constitución Política de la Ciudad de México; evidenciándose que la impugnación que nos ocupa fue presentada por el Licenciado Carlos Mendieta Rivera, en su calidad de apoderado legal de la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, el cual no reúne la calidad exigida en el ordinal en cita, en virtud de que no es una persona, grupo o comunidad 67 68 Aviso BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 natural o jurídica a quien perjudique o esté en inminente peligro de ser perjudicada por toda acción u omisión de cualquier autoridad local, que viole derechos individuales o colectivos reconocidos en la Constitución Política de la Ciudad de México; por tanto, carece de legitimación para promover el medio de control constitucional en estudio. Lo anterior, en virtud de que la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, es un ente oficial dotado de poder público, jurídicamente obligado a respetar y hacer cumplir los derechos humanos de las personas. Además, las actuaciones que son materia de controversia (acto reclamado), provienen, precisamente, del ejercicio de las facultades que las leyes les otorgan, para el cumplimiento de las funciones públicas que les son encomendadas, pues en ellos las personas morales oficiales fungen como entes de derecho público en ejercicio de las funciones o responsabilidades inherentes al imperio del cual están investidas, conforme las atribuciones señaladas en la ley. En este orden de ideas, si la autoridad señalada como responsable es un ente oficial dotado de poder público, en ejercicio de las facultades que las leyes le confieren para el cumplimiento de funciones públicas que le son encomendadas, es evidente que no reúne la calidad exigida en el artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México. Por tanto, al no haberse colmado el requisito de legitimación del presente medio de control constitucional de impugnación de resolución definitiva dictada por Juez de Tutela, esta autoridad estima que resultan inatendibles los agravios vertidos por el promovente. Por lo anterior, se desecha de plano el presente medio de control constitucional de impugnación de resolución definitiva dictada por Juez de Tutela, al no actualizarse el supuesto de procedencia que establece el artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México”. TERCERO. En su escrito de inconformidad el Licenciado Carlos Mendieta Rivera, en su carácter de Apoderado Legal de la Dirección General de Registro Civil de la Ciudad de México, expresó como agravios lo siguiente: PRIMER AGRAVIO. Causa agravio el hecho que la Sala Constitucional, omitió resolver el fondo de la cuestión planteada, pues como se ha venido señalando desde el informe rendido referente a la admisión de la acción de protección efectiva que nos ocupa, el Registro Civil es una Institución fundamental para la existencia del Estado Moderno de Derecho, ya que es la fuente de información pública para el mismo entorno del Estado respecto a los actos trascendentales de las personas físicas, que la legalidad presume como verdaderos y ciertos que hacen prueba plena, por consecuencia esta Institución deriva del valor que concibe la seguridad jurídica, la cual garantiza dos cuestiones fundamentales en la convivencia social, por una parte permite reglas claras precisas en torno al estado civil de los individuos y por otra parte nos indicia que la acción de la autoridad competente tendrá límites en su actuación como poder público, esto delinea la legalidad del poder público, ahora bien, se destaca que se ha dado un incremento significativo de las solicitudes de registro de niños y niñas, por parte de personas de nacionalidad extranjera, concebidos mediante técnicas de reproducción asistida (TRA), sin embargo se estima que resulta necesaria la intervención de los Jueces de lo Familiar, para que procedan a validar el contenido y legalidad de los contratos suscritos por los particulares, con la finalidad de que se pueda determinar de manera clara la filiación de dichos niños, lo anterior es así, pues la práctica por sustitución puede esconder situaciones contrarias a las normas penales que atentan contra el interés superior de la niñez y los derechos de la mujer como madres gestantes, (tráfico de menores, prostitución infantil, trata de personas, tráfico de órganos, etc.) tan es así que en el país de origen de los padres intencionales está restringida o no está regulada. SEGUNDO AGRAVIO. Resulta contrario al principio de legalidad, que las autoridades no puedan combatir las determinaciones dictadas por los Juzgados de Tutela mediante el control constitucional de impugnación, pues esa restricción puede generar una afectación de naturaleza irremediable. En el caso concreto, se deja en estado de indefensión al Registro Civil de la Ciudad de México, pues cuando se ordena a esta Institución la expedición del acta de un niño o niña, contrario al interés superior de esta, toda vez que, esta Dirección General se encuentra imposibilitada para realizar inquisición sobre la paternidad o maternidad, por lo que en las actas del estado civil de las personas sólo se establecerá la maternidad o paternidad del otro progenitor, siempre y cuando se presente a realizar el reconocimiento correspondiente o en su caso, se acredite mediante un acta de matrimonio o concubinato que la persona a registrar fue concebida durante el mismo. Lo anterior, deriva de que el único documento cierto con el que se cuenta es el certificado de nacimiento como lo señala la normatividad vigente en la Ciudad de México, mismo que hace prueba plena del día, hora y lugar en que ocurrió el nacimiento del seco del recién nacido y de la identidad de su madre. CUARTO. Por escrito de 22 veintidós de marzo de 2024 dos mil veinticuatro ******* ******** ******* ******* ******, ******* ******** ********** *** ***** ********** ******** ********** ************ ********** *********** ***********, con relación a los agravios expresados en el recurso de reclamación por el Licenciado Carlos Mendieta Rivera (en su carácter de Apoderado Legal de la Dirección General de Registro Civil de la Ciudad de México), en lo sustancial dijo: ---a. Que es improcedente el recurso de reclamación en términos del artículo 65 fracción II de la Ley de La Sala Constitucional ya que no se vulnera ningún derecho constitucional, el derecho a la identidad de una bebé mexicana de tres meses. Máxime que la Dirección General del Registro Civil es un ente oficial de poder público jurídicamente obligado a respetar y hacer cumplir los derechos humanos no causando agravio irreparable la ejecución de la sentencia dictada por el Juez de Tutela. ---b. Respecto al primer agravio esgrimido por el Licenciado Carlos Mendieta Rivera, en su carácter de Apoderado Legal de la Dirección General de Registro Civil de la Ciudad de México, indica que es inatendible ya que la filiación entre ***** y sus padres, per se, no conforman la Litis de la acción de protección efectiva de derechos humanos que nos ocupa. La litis versa exclusivamente, sobre los actos ejecutados por la Dirección General del Registro Civil, en exceso de las facultades y competencias que expresamente tiene establecidas en el Reglamento del Registro Civil, para emitir un acta de nacimiento de una persona nacida en la Ciudad de México. Y que al recurrente solamente le permiten emitir actas de nacimientos si los solicitantes cumplen con los requisitos establecidos en la Ley Vigente y, además, no debe confundir que, dentro de sus competencias, no está la labor jurisdiccional, es decir, el Registro Civil no está facultado para juzgar y discriminar quién sí y quién no puede tener un acta de nacimiento mexicana si los solicitantes del servicio público cumplen con todos los elementos requeridos por la ley para expedirla. ---c. Respecto al segundo agravio, es inatendible porque la autoridad responsable es un ente oficial dotado de poder público en ejercicio de las atribuciones que las leyes le confieren para el cumplimiento de sus funciones públicas, dentro de las cuales se encuentra la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso humanos del pueblo, y no al revés. Esto es la Dirección del Registro Civil, como organismo no tiene derechos humanos reconocidos en la constitución sujetos de protección por esta H. Sala Constitucional, toda vez que la actividad que desplegaron el acto de autoridad reclamado por los quejosos a través del presente juicio, derivó de una relación de supra a subordinación. Transcribe enseguida la tesis de la autoridad federal con registro digital *********: AMPARO DIRECTO. LA PERSONA MORAL QUE TUVO EL CARÁCTER DE AUTORIDAD DEMANDADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVERLO, AUN CUANDO EN LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN IMPUGNE LA CALIDAD QUE SE LE DIO EN DICHO JUICIO. Asimismo, invoca la tesis aislada con registro digital ********: RECURSOS EN EL JUICIO DE AMPARO. EL APODERADO GENERAL DE UNA PERSONA MORAL OFICIAL DESIGNADA COMO AUTORIDAD RESPOSABLE CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLOS. QUINTO. De lo expuesto en los considerandos precedentes de esta resolución, se advierte que es correcta la determinación de la Magistrada instructora, Adriana Canales Pérez, emitida en el expediente ***/**/****, (donde por auto de 07 siete de marzo de 2024 dos mil veinticuatro, desechó de plano el medio de control constitucional de impugnación de resolución definitiva dictada por el Juez Primero en Materia de Tutela de Derechos Humanos), por las siguientes razones: El argumento central contenido en el auto recurrido es correcto porque, efectivamente el artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, solamente autoriza la impugnación contra resoluciones definitivas emitidas por Juez o Jueza de Tutela, a la parte agraviada que necesariamente debe ser una persona, grupo o comunidad natural o jurídica, a la cual perjudique o esté en peligro inminente de ser perjudicada por una acción u omisión de cualquiera autoridad local que viole derechos individuales o colectivos reconocidos en la Constitución Política local. Sin que las entidades públicas como lo es la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, pueda considerarse como una persona, grupo o comunidad (natural o jurídica) a que se refiere el citado precepto legal (130) como destinatarios de la norma, ni mucho menos que sea titular de derechos humanos reconocidos constitucionalmente que puedan verse afectados o en peligro por la resolución definitiva dictada por la Jueza o Juez de Tutela. En ese sentido, resulta manifiesta la carencia de legitimación de Carlos Mendieta Rivera, en su carácter de Apoderado Legal de la Dirección General de Registro Civil de la Ciudad de México, para impugnar la resolución definitiva del Juez Primero en Materia de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México (de 14 catorce de febrero de 2024 dos mil veinticuatro, emitida en el expediente **/*****, relativo a la acción de protección efectiva de derechos humanos) pues, se reitera, tal entidad inconforme es un ente oficial dotado de poder público que jurídicamente está obligado a respetar y hacer cumplir los derechos humanos de las personas, por lo que no puede a sí mismo (como autoridad) arrogarse la titularidad de tales derechos y asumir como suya la facultad de impugnar las determinaciones definitivas del Juez de Tutela, porque ello le está vedado en los términos del artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, conforme al cual es incuestionable que carece de legitimación para realizar la impugnación que pretende, lo cual constituye motivo manifiesto e indudable de improcedencia en términos del artículo 39 de la ley antes citada, por lo que la Magistrada instructora del expediente ****/**/***** acertadamente desechó de plano el medio de control constitucional de impugnación de resolución definitiva de Juez de Tutela de que se trata. Cabe agregar que precisamente por ser dicha falta de legitimación causa manifiesta e indudable de improcedencia, deviene innecesario el estudio de las argumentaciones contenidas en el escrito de agravios del recurrente (Carlos Mendieta Rivera en representación de la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México), así como de los que en respuesta a tales agravios expresó la contraparte (***** ********** ************ ********* ******** ******** *******, ****** ******** ************** ***** ********* **********). Por tanto, se confirma la resolución de 07 siete de marzo de 2024 dos mil veinticuatro, emitida por la Magistrada instructora en el medio de control constitucional de impugnación de resolución definitiva dictada por Juez de Tutela ***/**/****. Finalmente, se ordena enviar copia certificada de la presente resolución a la Magistrada Adriana Canales Pérez, para que surta efectos en el expediente ***/**/**** del que es instructora; por otra parte, con copia certificada de esta resolución, devuélvase los autos originales del expediente **/***** al Juez Primero en Materia de Tutela de Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; notificar la resolución al recurrente Carlos Mendieta Rivera, así como a ****** ********* ******* ******** ********* *********** **************; publicar el texto de la presente resolución en el Boletín Judicial; y en su oportunidad, archivar el expediente RR3/5/2024 como concluido. Por tanto, es de resolver y se: RESUELVE: PRIMERO. Se confirma el auto de 07 siete de marzo de 2024 dos mil veinticuatro, a través del cual la Magistrada Instructora del expediente ***/**/**** desechó de plano el medio de control constitucional de impugnación hecho valer contra la resolución definitiva dictada por el Juez Primero en Materia de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México, en el expediente **/****. SEGUNDO. Remítase copia certificada de la presente resolución a la Magistrada Adriana Canales Pérez, para que surta efectos en el expediente ***/**/**** del que es instructora. TERCERO. Con copia certificada de la presente resolución, devuélvase los autos originales del expediente **/***** al Juez Primero en Materia de Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. CUARTO. Se ordena notificar la presente resolución personalmente al recurrente, Licenciado Carlos Mendieta Rivera, así como a ****** ********* ******** *********** ************ ******** ************, estos últimos por conducto de su apoderada. 69 70 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso Jueves 2 de mayo del 2024 QUINTO. Publíquese el texto de esta resolución en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en versión pública de conformidad con el artículo 58 de la Ley de la Sala Constitucional, en relación con el 180 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. SEXTO. En su oportunidad, archívese el expediente RR3/5/2024 como concluido. Así lo resolvió la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, por mayoría de votos de los MAGISTRADOS que intervinieron Rogelio Antolín Magos Morales (Presidente por suplencia), Javier Raúl Ayala Casillas, Jorge Ponce Martínez, en su calidad de instructor y Cruz Lilia Romero Ramírez, agregándose como parte de esta determinación por separado el voto disidente pronunciado por la Magistrada Sara Patricia Orea Ochoa, ante el Secretario General de Acuerdos Doctor Jaime López Ruelas, quien autoriza y da fe; sin la presencia de la MAGISTRADA Adriana Canales Pérez, por haber sido a su vez instructora en el medio de control constitucional del que se desprende el presente recurso de reclamación, conforme al artículo 67 de la Ley de la Sala del Poder Judicial de la Ciudad de México. _____________________ Rogelio Antolín Magos Morales Magistrado Presidente ___________________ Javier Raúl Ayala Casillas Magistrado _____________________ Jorge Ponce Martínez Magistrado Instructor _____________________ Cruz Lilia Romero Ramírez Magistrada _______________________ Doctor Jaime López Ruelas Secretario General de Acuerdos Cinco Rúbricas. Publiquese en Boletín Judicial. Ciudad de México, a 30 de abril de 2024. Mgda. Adriana Canales Pérez. Presidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México. Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Aviso Voto Particular Como ha ocurrido en los casos análogos al presente, la mayoría del Pleno de esta Sala Constitucional ha determinado desechar de plano la pretensión del recurrente al privilegiar los presupuestos formales por sobre el fondo de las controversias que se someten a nuestra jurisdicción; práctica que, como ya he mencionado en varias ocasiones, se ha instalado en este Tribunal mermando la posibilidad de desarrollar el incipiente sistema de control constitucional de nuestra entidad. Una vez más, en criterio de quien suscribe, la trascendencia del planteamiento que se puso en consideración de esta Sala exigía de nuestra parte el esfuerzo jurídico-hermenéutico para superar las restricciones formales que impiden el estudio de fondo; pues habría que considerar, en el caso particular, la importancia de los derechos que se ven comprometidos, así como a sus titulares, en tanto grupo vulnerable que constituye la infancia. En esa tesitura, sigo sosteniendo que, si bien es cierto que por regla general la autoridad señalada como responsable en una acción tutelar no cuenta con la legitimidad para interponer ante este Tribunal la Impugnación de Resolución Definitiva, en términos de lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional, que, al efecto, dispone que “La impugnación a resolución emitida por Juez de tutela, solo puede interponerse por la parte agraviada, entendiéndose por tal, toda persona, grupo o comunidad natural o jurídica a quien perjudique o esté en inminente peligro de ser perjudicada por toda acción u omisión de cualquier autoridad local, que viole los derechos individuales y colectivos reconocidos en la Constitución Política de la Ciudad de México”, no puede desconocerse que, en todo sistema normativo de derecho, las reglas, en su gran mayoría, prevén excepciones, pues ellas deben convivir armónicamente en la totalidad del sistema jurídico, es decir, con otras reglas, pero sobretodo con los principios y valores constitucionales. Un sistema en el que no se contemplen normas excepcionales, se vuelve un sistema ineficiente y problemático para regular las realidades concretas. En tal sentido, como he referido, este Tribunal Constitucional tiene que considerar la singularidad del caso concreto en el que se ven involucrados derechos de niños y niñas, por lo que, la aplicación restringida prevista en el artículo citado debe realizarse a la luz del interés superior de la niñez y en esa medida encontrar la interpretación más amplia a efecto de favorecer el estudio de fondo, pues en última instancia resulta deseable que este Tribunal Constitucional, en tanto, máxima autoridad jurisdiccional local, pueda pronunciarse sobre un fenómeno tan complejo como lo es el de la maternidad subrogada, cuya ausencia de regulación acarrea diversas problemáticas que van, desde la competencia de las autoridades jurisdiccionales hasta aspectos bioéticos de gran calado. En tal virtud, el artículo 3º de la Convención sobre los Derechos del Niño establece que: “1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño. 2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas. 3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.” En ese mismo sentido, la Ley General de los Derechos Niñas Niños y Adolescentes reconoce la necesidad de que las autoridades, en sus respectivos niveles de gobierno, adopten las acciones necesarias de protección especial para este sector específico de la población. “Artículo 2: Para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades realizarán las acciones y tomarán medidas, de conformidad con los principios establecidos en la presente Ley *…+ El interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes. Cuando se presenten diferentes interpretaciones, se atenderá a lo establecido en la Constitución y en los tratados internacionales de que México forma parte. Cuando se tome una decisión que afecte a niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales…” Por su parte, en el ámbito local, el artículo 4º, apartado B, numeral 4, de la Constitución Política de la Ciudad de México, establece que: “4. En la aplicación transversal de los derechos humanos las autoridades atenderán las perspectivas de género, la no discriminación, la inclusión, la accesibilidad, el interés superior de niñas, niños y adolescentes…” Como se advierte, tanto en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como en nuestra legislación nacional, tanto federal como local, el interés superior del niño ha adquirido una importancia destacada, no solo en el diseño de las políticas públicas, sino también en las prácticas jurisdiccionales, en las que se ha entendido que este principio implica un triple entendimiento: 1) como derecho sustantivo, 2) como principio jurídico interpretativo, y 3) como norma de procedimiento. Ello se traduce en que tenga una incidencia que no se reduce al momento decisorio de un caso particular, sino que también opera durante todo el procedimiento, desde favorecer el estudio de fondo de los diferentes casos que se plantean a las autoridades jurisdiccionales, hasta evaluar y ponderar las posibles 71 72 Aviso BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 repercusiones que puedan generarse con las determinaciones adoptadas . 1 En consecuencia, la interpretación del artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional que, se reitera, prevé la regla general sobre la legitimidad para interponer la Impugnación de Resolución Definitiva, debe realizarse en consideración al Interés Superior de la Niñez, y en tal sentido, no podemos desconocer que el mismo dispositivo nos brinda la posibilidad de realizar una interpretación extensiva que se adecue a tal principio rector, pues al señalar que la impugnación puede interponerse por la parte agraviada, también refiere que ésta debe entender como “toda persona, grupo o comunidad natural o jurídica a quien perjudique o esté en inminente peligro de ser perjudicada”. Es decir que la finalidad de la norma es, en última instancia, la protección de derechos de las personas y es precisamente el riesgo de que estos derechos pudieran verse afectados los que generan la legitimidad. En esa tesitura, como se ha plasmado, el interés superior de la niñez nos exige, en tanto juzgadores, remover los formalismos procesales y, en cambio, favorecer el estudio de fondo, lo que no implica de suyo otorgar razón al impugnante, sino simplemente analizar a profundidad la cuestión planteada, pues solo de esta forma es posible determinar si están o no en peligro esos derechos. Finalmente, no quisiera dejar de advertir que, aun considerando que la presente resolución se ajusta al criterio que ha venido sosteniendo la mayoría, ello no exime de la obligación constitucional de fundar y motivar las determinaciones judiciales que se adoptan; segundo aspecto de los cuales carece la sentencia ahora emitida. En efecto, hacía el final de la presente resolución, se alude a que, ante lo evidente y manifiesto de la improcedencia de su pretensión, deviene innecesario dar contestación a los agravios de la recurrente. Sin embargo, los magistrados constitucionales yerran en identificar el objeto de la pretensión de la inconforme, pues este era precisamente combatir, a través de la reclamación, la calificación de improcedencia de su Impugnación de Resolución Definitiva dictada por Juez de Tutela. Ello se advierte claramente del segundo de los agravios que formula el recurrente, en el que a grandes rasgos alude que, en su consideración, la limitante a las autoridades responsables de recurrir las determinaciones de los jueces tutelares atenta contra el principio de legalidad y más cuando los derechos que se pretenden defender pertenecen a un grupo vulnerable. Pues bien, este planteamiento, en contravención al derecho de petición consagrado constitucionalmente en el artículo 8º del pacto federal, quedó sin contestación alguna, ya que este Tribunal se limitó a fundar su determinación en el artículo 130 de la Ley de la Sala Constitucional, pero en ningún momento brindó las razones que explicaran precisamente por qué el presente caso se encuadra en el supuesto de hecho que regula la norma y menos por qué el planteamiento del recurrente deviene infundado, lo que implica una clara falta de motivación de la decisión mayoritariamente adoptada. Sara Patricia Orea Ochoa Magistrada Dos Rúbricas. Publiquese en Boletín Judicial. Ciudad de México, a 30 de abril de 2024. Mgda. Adriana Canales Pérez. Presidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México. T. 2a./J. 113/2019 (10a.) “DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR SE ERIGE COMO LA CONSIDERACIÓN PRIMORDIAL QUE DEBE DE ATENDERSE EN CUALQUIER DECISIÓN QUE LES AFECTE”, Gaceta del 1 Semanario Judicial de la Federación, Libro 69, agosto de 2019, T. III, p. 2328 Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Salas 73 SALAS PRIMERA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Abogado Quiroga Gabriel vs. Patricia Isabel Sánchez Reyes y César Abraham López Serrano Controv. Arrend. T. 77-2024-001 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Andrade Hernández Luis Enrique vs. José Rosario Yescas Monroy Ord. Civ. T. 84-2024-001, 002 y 003 Cuad. Amp. 02, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 84-2024-001 y 002 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Aseguradora Insurgentes S.A. de C.V. Grupo Financiero Aserta vs. Grupo Alutecnica Instalaciones S.A. de C.V., Inmobiliaria Pimo, S.A. de C.V. y Grupo Alutecnica S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 725-2023001 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Axa Seguros S.A. de C.V. vs. Chubb Seguros México S.A. y Grupo Idemusa S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 317-2023-002 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Banco del Bajío, S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Alcance Financiera, S.A. P. I. de C.V. Sofom, E. N. R., Leticia Sánchez Carrara y Héctor San Román Rivera Ejec. Merc. T. 421-2020-002 y 003 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Fernando Villa Hernández y María Eugenia Domínguez Fernández de Villa Esp. Hip. T. 1414-2000-012 y 013 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Barrioluengo Rettally Jorge Bernardo vs. González Morales Juan Pablo Ejec. Merc. T. 400-2023-001, 1 Acdo. Beristain Enzastiga Montserrat, antes Proyectos Adamantine, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada antes Scotiabank Inverlat S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Scotiabank Inverlat vs. Díaz Martínez Gerardo y Cervantes Guerrero Dulce María Esp. Hip. T. 20-2024-001 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Bienes Programados S a de C V vs. Óscar Javier Garay Luna Esp. Hip. T. 476-2023-001 Cuad. Amp. 01, 1 Acdo. Borr Drilling Contracting, S. de R. L. de C.V. vs. Mexiship Ocean Ccc, S.A. de C.V. Oral Merc. T. 301-2024-001, 1 Acdo. Cepeda Lechuga Cindy Rosaura, Quien También Utiliza en Nombre de Cindy R. Cepeda Lechuga vs. María Claudia Gómez Vargas y María Angélica Rojas Gabilondo Ejec. Merc. T. 251-2019-012, 1 Acdo. Chávez Ramírez Saúl vs. María Guadalupe Solares Carpio, Josefar Baltierra Efrén Controv. Arrend. T. 123-2024-002 Expedientillo. Chong García Soria Manuel vs. Francisca Hernández Velázquez Ord. Civ. T. 674-2023-001, 1 Acdo. Cosío Cosío María Isabel vs. Distrito Federal, Norma Patricia Avilés Serret y C. Director General del Instituto del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Morelos Ord. Civ. T. 3872017-023 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Cruz Corona Ma. Rosita y González Cruz Paulino Alejandro vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 734-2022-003, 1 Acdo. Elizabeth Guadalupe Cacio Ávila vs. Joel Reyes Hernández Ord. Civ. T. 825-2023-001 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Estrada Guitrón Carla Patricia vs. Mario Castillo Schmitz, Elizabeth Zentella Paredes Controv. Arrend. T. 592-2023-001 Cuad. Amp. 2, 1 Acdo. Fajardo Zavala Juan Manuel vs. Fajardo Zavala Félix y Graciela Méndez Ávila Ord. Civ. T. 831-2010-021 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 831-2010-021 Cuad. Amp. 2, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 831-2010-021 Cuad. Amp. 3, 1 Acdo. Fianza Asecam S.A. vs. Construcciones Alher S.A. de C.V., Hernández Rodríguez Martín y Alcaraz Corrales María Magdalena. Ejec. Merc. T. 739-2023-001 Cuad. Amp. 01, 1 Acdo. Flores Sierra Mariel vs. Instituto de Oftalmologia Fundación de Asistencia Privada Conde de Valencia I.A.P. y Otro Ord. Merc. T. 170-2023-003 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. García López Begoña y Roberto Parra Gurza vs. Obras Marisma S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 71-2023-002, 1 Acdo. no Publ. del 26 de Abril. Gasolina y Lubricantes Paso Limón S.A. de C.V. vs. Bp Estaciones y Servicios Energeticos S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 59-2024-004 Cuad. Amp. 01, 1 Acdo. Gaytán Calles Juan Félix y/o Gaytán Calles Juan su Sucesión vs. Isidro Mejía Medina Ord. Civ. T. 799-2023-002 Cuad. Amp. 01, 1 Acdo. Gobierno de la Ciudad de México vs. Primitivo López Domínguez su Sucesión y María del Refugio Mejía Delgado y/o Refugio Mejía Salgado en su Carácter de Parte Afectada. Ext. Dom. T. 7112023-002, 1 Acdo. Gómez García Angélica y López Cruz Rufino vs. María Cristina Luna Rosas, Claudia Edith Juárez Luna y Nora Elvira Juárez Luna Ord. Civ. T. 68-2023-006 Cuad. Amp. 3, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 68-2023006 Cuad. Amp. 4, 1 Acdo. Graciela su Sucesión Lira Yáñez vs. Marco Antonio Martínez Valverde Controv. Arrend. T. 42-2024-001 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Guido Guerra Tamia Hazel vs. Sámano Gaspar Guillermina Esp. Hip. T. 472-2019-014, 1 Acdo. Gutiérrez Salamanca Mara Teresa Araceli vs. Lázaro Pavila Crespo a Través de su Albacea Ord. Civ. T. 45-2021-004 Cuad. Amp., 1 Acdo. Hemda Sakal Jasqui vs. Ismael Francisco Guerrero Lázaro Ord. Civ. T. 302-2024-001, 2 Acdos. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC vs. Success Valley S.A. de C.V., Boris Raúl Ernesto Ulloa Cãmara Prov. Prec. Civ. T. 262-2021-008 Sent. Reposición. No Pub. de su Fecha. Infundada. Jardinera Organica S.A. de C.V. vs. Ingenieros Civiles Asociados S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 565-2021-006 Sent. Reposición. No Pub. de su Fecha. Infundada. Jorge Aníbal Rodríguez Tovar su Sucesión vs. Manuel Bonifaz Medina Controv. Arrend. T. 829-2023-001 Cuad. Amp. 01, 1 Acdo. Larrañaga Elizondo César, su Sucesión vs. Víctor Hugo Calderón Ahumada Vía Aprem. Civ. T. 771-2022-005 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. López Aceves María Emilia vs. María Esther López Ortiz, Claudia Angélica López Ortiz Prov. Prec. Civ. T. 794-2023-001, 1 Acdo. Manufacturera Plástica Tulti, S.A. de C.V. y Luciano Kubli Orozco vs. Ach Foods México, S. de R. L. de C.V. Ord. Merc. T. 16-2021-002, 1 Acdo. Mda Uno, S.A. de C.V. vs. Deutsche Bank México, S.A., Institución de Banca Múltiple, División Fiduciaria, como Fiduciario del Fideicomiso Irrevocable F/104 Controv. Arrend. T. 301-2020-002, 1 Acdo. Mejía Reyes Gabriela vs. María de Lourdes Morales Mendoza Ord. Civ. T. 510-2022-003 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Mustri Siday Eduardo, Jaime Cherem Tuachi, Alfredo Roffe Anzuart, José Elfon Mizrahi, Salomón Elfon Mizrahi, David Mistri Sadauy vs. Arturo Noguez Archundia, Martha Nora Rojas Meneses Controv. Arrend. T. 437-2023-003, 1 Acdo. Obregón Fonseca Arturo vs. Inmobiliaria Fervell S.A. de Cv, Fernando González Pérez, Guillermo González González Act. Perj. Civ. T. 6802023-001 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Osuna Cordero Isaac vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 303-2024-001, 1 Acdo. Pérez Oleta Alicia vs. Montepio Luz Saviñon Institución de Asitencia Privada Controv. Arrend. T. 691-2023-001 Cuad. Amp. 3, 1 Acdo. Ramírez Fernández Gilberto vs. Aurelio Francisco Cruz, María Guadalupe García de Jesús Ord. Civ. T. 68-2022-002, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 68-2022-003, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 68-2022-004, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 68-2022-005, 2 Acdos. Rojas Villamar José Luis vs. Clemente Ruíz Vázquez. Ord. Civ. T. 1932023-001 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Roldán Madrigal Verónica vs. Méndez Leonor Ord. Civ. T. 407-2023002 Cuad. Amp. 1, 1 Acdo. Trejo Castillo Fernando vs. Francisca Romero Miranda Vda. de Pérez su Sucesión Ord. Civ. T. 463-2023-002, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 4632023-003, 1 Acdo. Villanueva Nájera Antonio Alejandro vs. Sánchez Martínez Leonor, León Longinos Felipe Orlando, Sánchez Martínez Carmen, Villanueva Sánchez Gabriel, Villanueva Sánchez Argelia y Villanueva García Baruch Abed Ord. Civ. T. 358-2023-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. SENTENCIAS Aguilar Aguilar Virginia y Mora Aguilar Emmanuel vs. Eucebio Castillo Hernández Ord. Civ. T. 215-2020-004 Sent. no Publ. de su Fecha Pon. 3 Confirma. Alzate López Celia su Sucesión vs. Ramos Corral Jesús, Ramos Corral José Rodrigo, Ramos Corral José María, Ramos Corral María Felisa, Ramos Román Andrés, Ramos Román Javier, Ramos Román Jorge, Ramos Román Miguel, Licenciado Sergio SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA 74 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Navarrete Mardueño, Notario 128 de la Ciudad de México y Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México. Ord. Civ. T. 181-2024-001 Sent. no Publ. de su Fecha. Sin Materia. Ponencia 2. Banco Santander México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. María Elena Barranco Centeno Ejec. Merc. T. 199-2024-001 Sent. no Publ. en su Fecha Ponencia 2 Confirma. Contreras Ríos José Alfredo vs. Elena Emperatriz Contreras Rodríguez, su Sucesión También Conocida como Elena Contreras Rodríguez y Elena Contreras, Eduardo Hernández Jiménez, Ana Hernández Contreras, Juana Contreras Rodríguez, Jesús Hernández Hernández, Notario Público Número Ciento Quince de Esta Ciudad de México Licenciado Jorge Ríos Hellig y Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México. Ord. Civ. T. 243-2024-001 Sent. no Publ. de su Fecha. Q. Infundada. Ponencia 2. Maravilla Meza María del Rocío vs. Carolina Casaubon Hernández, Rosa Angélica Orozco Mora Ord. Civ. T. 74-2024-001 Sent. no Publ. de su Fecha Pon. 3 Confirma. Netro Reyes Mariana y Arturo Isaías Castellanos Alfaro vs. Axa Seguros S.A. de C.V. Ejecutivo Mercantil Oral Merc. T. 183-2024001 Sent. no Publ. de su Fecha P2 Excepción de Incompetencia Infundada. Prodinnv, S.A. de C.V. vs. Grupo Multifarma, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 48-2013-013 Sent. no Publ. de su Fecha P2 Confirma. Promotora de Hoteles S.A. de C.V. y Banco Nacional de México Sa Integrante de Grupo Financiero Banamex vs. María Esther Reséndiz Amézcua Ord. Civ. T. 832-2023-001 Sent. no Publ. de su Fecha Pon. 3 Revoca. Jueves 2 de mayo del 2024 Compañía Mexicana Proveedora de Automóviles, S.A. de C.V. vs. Super Autos de Xochimilco, S.A. de C.V. y Jesús Escudero Acosta Ejec. Merc. T. 3462-2003-022, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Dimensión Asesores, S.A. de C.V. vs. Hernández Rubio Heliodoro, Isabel del Sol, Eliseo Navia Rodríguez y Luis Fernando Flores Maximiliano Ord. Civ. T. 62-2021-006, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Esponda Riego Juan Armando vs. Banca Mifel, S.A., Institución de Banca Múltiple en su Carácter de Fiduciaria del Fideicomiso 1720/2013 y Capital Fund VIII, S.A. P. I. de C.V. Fideicomitente y Fideicomisario del Fideicomiso 1720/2013 Ord. Merc. T. 210-2020-004, 1 Acdo. Fajardo Garrido Araceli, Fajardo Garrido Simón Pedro, Fajardo Garrido María de la Paz y Fajardo Garrido Edith vs. Fajardo Garrido Aristeo y Román Valladarez Sonia Quien También Se Identifica como Ramón Valladares Sonia Ord. Civ. T. 55-2024-001, 1 Acdo. First Home Solutions, S.A. P. I. de C.V. Actualmente Soluciones Hipodigitales a la Medida S.A. P. I. de C.V. vs. Viajes Premier S.A. de C.V. y Junior Roberto Hernández Escamilla Ejec. Merc. T. 2002024-001, 1 Acdo. Garibay Badillo Enrique vs. Alejandro Arizmendi Díaz Ord. Civ. T. 4602023-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Gómez Pruneda Irma Cristina vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 403-2020-004, 1 Acdo. González Cisneros Jorge Adrián vs. Leyva Maciel Miguel Ángel Ord. Civ. T. 716-2022-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Horacio García Petrearce vs. Lagos Saldaña Levario y Graciela García Petriarse (O. Petriarce) Ord. Civ. T. 265-2024-001, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 265-2024-002, 1 Acdo. HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario a Través de su Administrador del Fideicomiso Irrevocable F/233595 vs. Ector Manuel Martínez Valadez y María Guillermina Hernández García Esp. Hip. T. 485-2023-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Huitrón Rivas Armando vs. Hospital Infantil de México Federico Gómez del Instituto Nacional de Salud Ord. Civ. T. 264-2024-001, 1 Acdo. Ignacio García Cardeña y Marta Guerrero González vs. Leonila González Cortés, Vicente González Cortés, Virginia González Cortés y Gabriela González Vázquez Ord. Civ. T. 117-2021-002, 1 Acdo. Inmobic Capital, S.A. P. I. de C.V. vs. Arturo Pacheco López y María Magdalena Téllez López de Pacheco Esp. Hip. T. 2200-2007-009, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Inmuebles San Jorge, S.A. vs. Eliaohu Nissani Nissani Controv. Arrend. T. 517-2023-003, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 517-2023-004, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 517-2023-005, 1 Acdo. Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de Los Trabajadores vs. Blanca Araceli Mayagoitia Flores Ejecutivo Mercantil Oral Merc. T. 266-2024-001, 1 Acdo. Leuenberger González Christian Tonatiuh vs. José Martín Rojas Cano Controv. Arrend. T. 234-2022-002, 1 Acdo. López Rodríguez Pedro por su Propio Derecho y en Representación de Los Niños de Iniciales A. G. L. R. y J. A. L. R vs. Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme Grupo Financiero Ord. Civ. T. 37-2021-004, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Maldonado Rodríguez Juan Manuel vs. Álvarez Albarrán Juan Manuel Controv. Arrend. T. 194-2024-002, 1 Acdo. Meza Sandoval Miguel vs. Benito de la Luz Uribe Ejec. Merc. T. 3942020-004, 1 Acdo. no Publ. del 30 de Abril. Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo como Fiduciaria del Fideicomiso Denominado Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México vs. Érika Jazmín López Illescas, José Daniel Nava Malagón, Georgina Illescas Hidalgo y Angélica Rosillo Sandoval Oral Merc. T. 270-2020-001, 1 Acdo. Ocegueda Roque Elba por su Propio Derecho y en Representación de Las Niñas de Iniciales T. E. G. O. y E. M. G. O. vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 473-2022-004, 2 Acdos. en Cuad. Amp. Operadora de Carteras Gamma, S.A. P. I. de C.V. vs. González Galván Mario Enrique y Ángel Espinosa Laura Esp. Hip. T. 569-2023-001, 1 Acdo. Pedro Díaz Vargas y Lorenia Díaz Herrera vs. Lilia Trejo Jaramillo Controv. Arrend. T. 618-2023-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Puente Romero Guillermo Ulises vs. Sofía Martínez Arana y Jesús Lucio Serna Cruz Controv. Arrend. T. 596-2023-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Ruíz Salazar Manuel También Conocido como Ruíz Salazar Eduardo Manuel su Sucesión vs. su Wood María de Jesús Tercero: Litisconsorte Pasivo Necesario: Eduardo Manuel Ruíz Zúñiga Ord. Civ. T. 846-2018-005, 1 Acdo. SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. LILIANA RUÍZ QUINTANA SEGUNDA SALA CIVIL SOLO CONSULTA ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aguilar González Kevin Eduardo y Morales Ortiz Jaquelíne vs. Seguros Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa Ord. Civ. T. 2552024-001, 1 Acdo. Arrendadora Actinver, S.A. de C.V. vs. más Radio Telecomunicaciones, S.A. P. I. de C.V. ; Fernández Prieto José Luis Guillermo y Fernández Prieto Alejandro Francisco Esp. Hip. T. 144-2024-001, 1 Acdo. Banca Mifel, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Mifel vs. Larod, S.A. de C.V. ; Angami, S.A. y Paola Lacorte Rodríguez Ejec. Merc. T. 83-2023-002, 1 Acdo. Banco del Bajío S.A., Institución de Banca Múltiple vs. Continental Produce, S.A. de C.V. ; Rigoberto Armienta Campaña, Silvina Dorotea Angulo Hernández y Olivia Campaña Molina Ejec. Merc. T. 1035-2013-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer hoy Anúnciate y Vende, S.A. de C.V. vs. María Luisa Alcayaga Valencia y José Francisco Garibay Gutiérrez Tercero: Tercero Excl. de Dominio: Alfredo Pérez Gutiérrez Esp. Hip. T. 1611-2008-005, 1 Acdo. Bienes Raíces Patos, S.A. de C.V. vs. BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer Esp. Hip. T. 746-2023-002, 2 Acdos. en Cuad. Amp. Bonatti, S. P. a vs. Mapfre Fianzas, S.A. Esp. Fian. T. 275-2023-001, 1 Acdo. Carhinsa, S.A. hoy su Cesionaria Fundos, Heredades y Patrimonios de México, S.A. de C.V. vs. Inmobiliaria Scotia Inverlat, S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 138-2019-009, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Casanova Victoria María Cristina y Victoria Sastre Luisa vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 71-2021-002, 1 Acdo. Castañeda Salgado M. Hilario vs. Prudencio Ricardo Ramos Arzate También Conocido como Ricardo Ramos Arzate Ejec. Merc. T. 652023-001, 1 Acdo. no Publ. del 30 de Abril. Chubb Fianzas Monterrey Aseguradora de Caución, S.A. antes Ace Fianzas Monterrey, S.A. vs. Palmexico, S.A. de C.V. ; Aceros Palmexico, S.A. de C.V. ; Carl Eric Palme Sierra y Marianne Palme de la Torre Prov. Prec. Merc. T. 252-2024-001, 1 Acdo., Prov. Prec. Merc. T. 252-2024-002, 1 Acdo., Prov. Prec. Merc. T. 2522024-003, 1 Acdo., Prov. Prec. Merc. T. 252-2024-004, 1 Acdo. Codepsa, S.A. de C.V. vs. Ingenieros Civiles Asociados, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 290-2021-007, 1 Acdo. no Publ. del 30 de Abril. SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Sánchez Becerra Enrique vs. Sánchez Becerra María del Carmen y Benito Sánchez Karina Tercero: Codemandado en la Reconvención: Gobierno de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 7812019-001, 1 Acdo. Sánchez Castillo María Luisa del Rocío vs. Sánchez Barrón Candelaria y Sánchez Barrón Socorro Ord. Civ. T. 308-2022-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Sb Target Media, S.A. de C.V. y Yadira Shmulkovsky Núñez vs. Juan Manuel Núñez Ortega y Enrique Ramón Álvarez Hernández Vía Aprem. Civ. T. 71-2023-001, 1 Acdo. Schettino Rojas Jorge Alberto hoy su Cesionario Miguel Campos Gutiérrez vs. Alfonso Salazar Rodríguez Esp. Hip. T. 1592-2011014, 1 Acdo. Scotiabank Inverlat, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Scotiabank Inverlat vs. Derileq, S.A. de C.V. y Tarova, S.A. de C.V. Esp. Hip. T. 127-2017-004, 1 Acdo. Silvia Campos Villavicencio y Silvia Cremades Campos vs. Blanca Irma Campos Villavicencio Ord. Civ. T. 263-2024-001, 1 Acdo. Silvia Elvira Sanz vs. María Magdalena Encarnación Herrera Oral Civ. T. 240-2023-001, 2 Acdos. en Cuad. Amp. Smart Solutions Company In The Cloud, S.A. de C.V. vs. Thona Seguros, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 274-2018-016, 11 Acdos. en Cuad. Amp. Sofom Inbursa, S.A. de C.V., Sofom, E. R., Grupo Financiero Inbursa vs. Laborie Lara Ricardo; Distribuidora Papelera Azteca, S.A. de C.V. y Joaquín González Leal Ejec. Merc. T. 183-2024-001, 1 Acdo. Vargas González Pedro vs. Gryshatova AnastasIIa Ord. Civ. T. 702021-002, 1 Acdo. Zaguan Inmobiliaria, S.A. de C.V. vs. Fernández Guerra Castillo David y Fernández Guerra Hernández David Controv. Arrend. T. 9322019-010, 1 Acdo. SENTENCIAS Cervantes Huerta Daniel, Cervantes Huerta Cynthia Patricia y Cervantes Huerta Rosa Elena vs. BBVA Seguros México, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA México Anteriormente Seguros BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer Ord. Civ. T. 743-2023-001, Sent. Pon. 3. Constructora Tiloxtoc, S.A. de C.V. vs. Be Grand 1, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 867-2017-011, Sent. Pon. 3. Cuéllar Morales Jaime su Sucesión vs. Teléfonos de México, S.A. B. de C.V. antes Teléfonos de México S.A. de C.V. Especial Mercantil Merc. T. 23-2024-001, Sent. Pon. 3. García Muñoz Humberto vs. Margarita Cruz Guillermo y María del Socorro Cruz Guillermo Controv. Arrend. T. 689-2022-002, Sent. Pon. 3., Controv. Arrend. T. 689-2022-003, Sent. Pon. 3. Georgina Derbéz Roque vs. María Cristina Larrazabal Cinta y José Alfredo Gómez Rosales Controv. Arrend. T. 344-2023-001, Sent. Pon. 3. Grupo Inmobiliario Afe, S.A. de C.V. vs. Grupo Semedic de México, S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 117-2024-001, Sent. Pon. 3. Gutiérrez Mena Rubén vs. Esther Mena de Gutiérrez y C. Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 696-2023-001, Sent. Pon. 3. Herrera Delgado Angélica vs. Florentina María Guadalupe Torres Alonso Ord. Civ. T. 802-2022-003, Sent. Pon. 3. Imelda Durand Salcedo También Conocida como Rosa Imelda Durand Salcedo vs. Claudia Guadalupe Ramírez Rea Controv. Arrend. T. 476-2022-005, Sent. Pon. 3. Orihuela Torres Fernando vs. Zarazúa García Constanza Ord. Civ. T. 157-2024-001, Sent. Pon. 3. Ramos Jiménez Alejandra y Ramos Jiménez Emma vs. Agustín Ramos Sánchez Ord. Civ. T. 165-2024-001, Sent. Pon. 3. Rivera Báez Teresita de Jesús También Conocida como Rivera Báez Teresa de Jesús vs. Óscar Antonio Velázquez Rivera Controv. Arrend. T. 32-2024-001, Sent. Pon. 1. Ruíz González Esteban Asghar vs. Skandia Life, S.A. de C.V. Oral Merc. T. 158-2024-001, Sent. Pon. 2. Schettino Rojas Jorge Alberto hoy su Cesionario Miguel Campos Gutiérrez vs. Alfonso Salazar Rodríguez Esp. Hip. T. 1592-2011014, Sent. Pon. 1 en Cuad. Amp. Sierra Sánchez Mónica Marlen vs. Pedro Sierra Reynoso Ord. Civ. T. 626-2023-001, Sent. Pon. 1. Zarco Gómez Gerardo en Subrogación de Andrés Zarco Castro vs. Gerardo de la Rosa Castillo Controv. Arrend. T. 146-2024-001, Sent. Pon. 3. Salas 75 TERCERA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aja y del Valle María Teresa vs. Gregorio Flores Frías. Controv. Arrend. T. 1907-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Arévalo López Mónica Isabel vs. Lino Isaac Vázquez Alonso. Controv. Arrend. T. 226-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Arturo Adolfo García Artigas vs. Jorge Castell Márquez, en su Carácter de Representante de Rec 21, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 636-2024, 1 Acdo. Arvizu Hernández Vadir Israel vs. Ohno Murata Masayoshi. Ord. Civ. T. 301-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp., Ord. Civ. T. 301-2023, 1 Acdo. en Cuad. Incidental de Daños y Perjuicios. Banco Inmobiliario Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple vs. Pascual Ramírez Villalobos y Otra. Esp. Hip. T. 1548-2023, 1 Acdo. en Cuad. de Const., Esp. Hip. T. 1548-2023, 1 Acdo. Banco Invex Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple Invex Grupo Financiero Fiduciario en su Carácter de Fiduciario Unicamente en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso Número Mil Trescientos Uno vs. Eduardo Ventura Gil y María de Los Ángeles Bonola Pineda. Esp. Hip. T. 628-2024, 1 Acdo. Banco Invex, S.A. Institución de Banca Múltiple Invex Grupo Financiero vs. Distribuciones Gp, S.A. de C.V., Guiza Montiel Gabriel, Guiza Montiel Reynaldo y Perlo Kurian Jonathan. Ejec. Civ. T. 516-2024, 1 Acdo. Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte antes Hipotecaria Nacional, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. María del Rosio Nava Mendoza. Esp. Hip. T. 1306-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Luis Roberto Donis Jarquín. Esp. Hip. T. 1371-2023, 1 Acdo. Banco Ve por Más, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Ve por más vs. Sinergia Rural, S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 386-2024, 1 Acdo. BBVA Bancomer S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer hoy Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Mariana Saucedo Pérez. Esp. Hip. T. 590-2024, 1 Acdo. BBVA Bancomer Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Ceja Martínez Rogelio y Montes de Oca Chávez María Patricia Esp. Hip. T. 27-2022, 1 Acdo. Becerril Hernández Germán vs. Comercializadora de Suplementos Deportivos, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable y Otra. Controv. Arrend. T. 528-2024, 1 Acdo. en Cuad. de Const., Controv. Arrend. T. 528-2024, 1 Acdo. Bolaños Méndez María Elena vs. Bioambi Biotecnologia Ambiental, S.A. de C.V. por Conducto de Quien Lo Represente y Jiménez González Cosío Antolín. Controv. Arrend. T. 564-2024, 1 Acdo. en Cuad. de Const., Controv. Arrend. T. 564-2024, 1 Acdo. Camarena Puga José Eduardo vs. Octavio Alonso Barrón. Juris. Vol. Civ. T. 76-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Centro Social y Cultural y Deportivo Videografo A.C. vs. Radiomovil Dispsa, S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 521-2024, 1 Acdo. Conde Aragón David y Fernández Soto Jesús Aldair vs. Flamamex, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 135-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Cornejo Cardon Florencia vs. Scotiabank Inverlat, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Scotiabank Inverlat División Fiduciaria y Telesforo Ortigoza Carcamo. Ord. Civ. T. 1849-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Del Río Mejía María Francisca, en Representación de Sus Menores Hijos Rosario Francisca y José Adán de Apellidos Bermúdez del Río vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 17502023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Delgadillo Peniche Arturo vs. Notmusa S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 11432022, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Flores Cedillo Mónica Lorena vs. Hugo Sergio Flores Cedillo. Ord. Civ. T. 1884-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Gleason Mobiliaria e Inmobiliaria, S.A. de C.V. vs. Corporación Integral de Servicios Técnicos, S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 634-2024, 1 Acdo. en Cuad. de Const., Controv. Arrend. T. 634-2024, 1 Acdo. Gómez Morales Eduardo Manuel vs. Raúl Gómez Castillo y María del Carmen Pomposa Ruíz Hernández. Ord. Civ. T. 364-2024, 1 Acdo. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. ROMÁN MONTOYA CASTRO 76 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 González García Víctor Manuel y Otro vs. Fideicomiso Número 5, 496 Formalizado en la Escritura Pública Número 9, 676 Representado por Conducto de su Fiduciario Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones División Fiduciaria por Conducto de su Representante Legal y Delegado Fiduciario Manuel Velasco Velázquez. Ord. Merc. T. 371-2024, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 553-2024, 1 Acdo. Grillasca Velázquez Rosa su Sucesión vs. Óscar González Martínez y Otros. Ord. Civ. T. 625-2024, 1 Acdo. Gs I Más, S.A. P. I. de C.V. vs. Soja, S.A. de C.V. y Otros. Ejec. Merc. T. 70-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Gutiérrez Lujano Andrea Viviana vs. Gabriela Aguilar Ramírez. Esp. Hip. T. 1567-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Guzmán Ramírez Humberto, su Sucesión vs. Adriana Isabel Antonio Primavera. Ord. Civ. T. 629-2024, 1 Acdo. en Cuad. de Const., Ord. Civ. T. 629-2024, 1 Acdo. José Pactzin Valdez de Jesús, Albacea de la su Sucesión de Juan Felipe Valdez López vs. Edificaciones y Vivienda Iztaccihuatl, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 295-2024, 1 Acdo. no Publ. del 25 de Abril., Ord. Civ. T. 504-2024, 1 Acdo. no Publ. del 25 de Abril. Juárez Ávila José Luis vs. Toyota Financial Services México S.A. de C.V. y Otro. Ord. Civ. T. 1340-2022, 1 Acdo. Lara Encarnación Aurelio vs. Patricio Romero Hernández y Farías Estrada Norma. Esp. Hip. T. 1545-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Líderes en Proyección Empresarial, S.A. de C.V. vs. Trespass, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 584-2022, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Lomelín Anaya Alfonso su Sucesion; Lomelín Peña Alfonso su Sucesión, También Conocido como Lomelí Peña Alfonso, su Sucesión y Otros vs. Pável Antonio Velázquez García y María del Carmen Álvarez López. Ord. Civ. T. 631-2024, 1 Acdo. Lores Puentes Eugenia vs. Marco Antonio Soto Mejía y Armando Joel Ruíz Orta. Controv. Arrend. T. 127-2024, 1 Acdo. en Cuad. de Queja. Macazaga Montalvo Adrián y Gloria García Torres vs. Sociedad General de Bienes Inmubles, S.A. de C.V. y Administradora General de Sociedades, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 1841-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Mapfre Fianzas, S.A. vs. Alta Ingeniería Mkn, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 594-2024, 1 Acdo. Margarita Juana Galindo Montes vs. Héctor Esau Cedillo Nájera. Ord. Civ. T. 1518-2023, 1 Acdo. Moreno Zapata Armando vs. Multibanco Comermex, S.A., hoy Scotiabank Inverlat, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inverlat y Otro. Ord. Civ. T. 630-2024, 1 Acdo. Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo en su Carácter de Fiduciaria del Fideicomiso Irrevocable Identificado Con Número 80730 vs. Ho Speed Racing, S.A. de C.V. y Otro. Ord. Merc. T. 457-2023, 2 Acdos. en Cuad. Amp. Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo en su Carácter de Fiduciaria del Fideicomiso Irrevocable Identificado Con Número 80730 vs. Ho Speed Racing, S.A. de C.V. y Víctor Hugo de Jesús Oliveras Aguilar. Ord. Merc. T. 450-2023, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 453-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp., Ord. Merc. T. 455-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp., Ord. Merc. T. 456-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Novoa Gómez María Katherina y Novoa Zepeda Miguel su Sucesión vs. Mónica Esparza Marín. Ord. Civ. T. 260-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Oceanografia S.A. de C.V. vs. Banco Nacional de México S.A., Integrante del Grupo Financiero Banamex y Otros. Oral Civ. T. 8172023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Operadora Internacional de Propiedad Fraccional S.A. de C.V. vs. Banco Invex Sa Institución de Banca Múltiple Invex Grupo Financiero en su Carácter de Fiduciaria del Fideicomiso de Administración Número 2461, Presidente Club de Viajes S.A. de C.V., Braulio Antonio Arzuaga Losada, Bernaldo de Quirós González Pacheco, Daniel Camargo Meléndez, Ismael Arredondo Pérez, Forea S.A. P. I de C.V. Med. Prep. Merc. T. 634-2023, 2 Acdos. en Cuad. Amp. Pérez Jiménez María de Los Ángeles vs. Muñoz Lewels María Marcela Oral Civ. T. 1913-2016, 1 Acdo. en Expdllo. Portillo Salinas Juan Manuel vs. Madariaga Guevara Teodoro y Madariaga Guevara Guadalupe Bertha. Ord. Civ. T. 633-2024, 1 Acdo. en Cuad. de Const., Ord. Civ. T. 633-2024, 1 Acdo. Quesada Ceballos Antonio su Sucesión vs. Zavala Solís Yermain. Controv. Arrend. T. 167-2024, 1 Acdo. en Cuad. de Const., Controv. Arrend. T. 167-2024, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 5712024, 1 Acdo. Jueves 2 de mayo del 2024 Rakennus Uno, S.A. de C.V. vs. Martín Macías Sandoval. Ejec. Merc. T. 155-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Rico Cortés María Amparo También Conocida como Amparo Rico Cortés vs. Zanabria Martínez Juan José y Otro. Controv. Arrend. T. 381-2022, 1 Acdo. en Cuad. de Const. Rico Cortés María Amparo También Conocida como Amparo Rico Cortés vs. Zanabria Martínez Juan José y Otro. Controv. Arrend. T. 213-2024, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 642-2024, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 643-2024, 1 Acdo. Rojas López José Isaac vs. García Sánchez Leticia y García Martínez Rosa. Ord. Civ. T. 347-2024, 1 Acdo. Ruíz Rojo Gabriela y Colmenares Zavala Sergio vs. Grupo Nacional Provincial, S.A. B. Ord. Merc. T. 1241-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Sacyr Urbanización y Edificación S.A. de C.V. y Sacyr Construcción México S.A. de C.V. vs. Ci Banco, S.A. Institución de Banca Múltiple, en su Calidad de Fiduciario en el Fideicomiso Número Cib/2414. Ord. Merc. T. 1735-2022, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Sánchez Arciniega Alma Alicia y Otros vs. Sánchez Arciniega José y Sánchez Arciniega Alfredo. Ord. Civ. T. 5-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Sánchez Hidalgo Lorenzo vs. Prestadora de Servicios Azco, S.A. de C.V. y Otros. Ord. Merc. T. 1780-2019, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Sandovalesco, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada vs. Ficen, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Limitado, Actualmente Ficen, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada. Ejec. Merc. T. 626-2024, 1 Acdo. Santamaría García Isabel, También Conocida como Santa María de Vieyra Isabel, Vieyra y Arriaga Joaquín Luis vs. Vieyra Santamaría Blanca Flor. Ord. Civ. T. 1905-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Santiago Juárez Rigoberto y Otra vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 627-2024, 1 Acdo. Const., Ord. Civ. T. 6272024, 1 Acdo. Santos Pasantes Elena vs. Propietarios Fondo de Habitaciones Populares (Hoy Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares Fonhapo) y Otros. Ord. Civ. T. 417-2024, 1 Acdo. Sk Shipping Co. Ltd. vs. Seguros Atlas, S.A., Tap la Junta, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 632-2024, 1 Acdo. Soto Martínez Jesús vs. José Antonio Alvarado Ortiz. Ord. Civ. T. 9312023, 2 Acdos. en Cuad. Amp., Ord. Civ. T. 931-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Suárez Marina Gabriel vs. Banco Azteca, S.A., Institución de Banca Múltiple, Dirección Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso F/1132 y Terra Capital Partners, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 414-2024, 1 Acdo. Téllez Granados Antonio y María del Carmen García de Téllez vs. Marco Antonio Rosas Ruíz. Ord. Civ. T. 514-2024, 1 Acdo. Trimmer Siliceo María Griselda vs. Andreu Cervantes Luis Ángel. Ejec. Merc. T. 1349-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Valero de León Guadalupe vs. Erasmo Juan Santos Ramírez y Otros. Ord. Civ. T. 329-2024, 1 Acdo. Zamora Aizpuru Patricia vs. Matías González Juan Francisco. Ord. Civ. T. 232-2024, 1 Acdo. SENTENCIAS Acon Latam Management, L. L. C vs. Dd3 Capital Partners, S.A. de C.V. y Otros. Prov. Prec. Merc. T. 351-2024, Sent. Pon. 1. BBVA Bancomer Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Ceja Martínez Rogelio y Montes de Oca Chávez María Patricia Esp. Hip. T. 27-2022, Sent. Pon. 3. Gómez Morales Eduardo Manuel vs. Raúl Gómez Castillo y María del Carmen Pomposa Ruíz Hernández. Ord. Civ. T. 364-2024, Sent. Pon. 2. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) vs. Olvera León José Luis y García Soto Norma Azucena. Esp. Hip. T. 559-2024, Sent. Pon. 2. José Pactzin Valdez de Jesús, Albacea de la su Sucesión de Juan Felipe Valdez López vs. Edificaciones y Vivienda Iztaccihuatl, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 295-2024, Sent. Pon. 3. no Publ. del 25 de Abril., Ord. Civ. T. 504-2024, Sent. Pon. 3. no Publ. del 25 de Abril. Lleana Carem Díaz Sánchez vs. Seguros Inbursa, S.A. Grupo Financiero Inbursa. Ord. Civ. T. 477-2024, Sent. Pon. 2. Margarita Juana Galindo Montes vs. Héctor Esau Cedillo Nájera. Ord. Civ. T. 1518-2023, Sent. Pon. 2. Medical Recovery S.A. de C.V. vs. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Los Trabajadores del Estado Ejecutivo Mercantil Oral Merc. T. 387-2024, Sent. Pon. 3. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Palacios Calderón Matías, por su Propio Derecho y en Representación de Sus Menores Hijos de Iniciales J. A. P. R., E. A. P. R. y X. G. P. R vs. Grupo Nacional Provincial, S.A. B. Ord. Civ. T. 459-2024, Sent. Pon. 2. Promotora de Desarrollos Bienes-Tar, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable vs. José Ortega Ríos y Ayax Ramón Medina Guzmán. Esp. Hip. T. 558-2024, Sent. Pon. 3. no Publ. del 29 de Abril. Promotora de Desarrollos Bienes-Tar, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable: vs. José Ortega Ríos y Ayax Ramón Medina Guzmán. Esp. Hip. T. 557-2024, Sent. Pon. 3. no Publ. del 29 de Abril. Rojas López José Isaac vs. García Sánchez Leticia y García Martínez Rosa. Ord. Civ. T. 347-2024, Sent. Pon. 1. Santos Pasantes Elena vs. Propietarios Fondo de Habitaciones Populares (Hoy Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares Fonhapo) y Otros. Ord. Civ. T. 417-2024, Sent. Pon. 1. Valero de León Guadalupe vs. Erasmo Juan Santos Ramírez y Otros. Ord. Civ. T. 329-2024, Sent. Pon. 1. Salas 77 Bufete de Mantenimiento Predictivo e Ingeniería, Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Banco Nacional de México S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex y/o Grupo Financiero Citibanamex S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 285-2021-007 Cuad. Amp. 2, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 285-2021-007 Cuad. Amp. 3, 1 Acdo. Bufete Levy & Salame, Sociedad Civil vs. Noé Méndez Torres Esp. Hip. T. 136-2019-004 Cuad. Amp., 1 Acdo. Cruz Báez Francisco Manuel vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 352-2022-008, 1 Acdo. De la Fuente Reta Sergio Erick vs. Karina Escudero Chávez Ord. Civ. T. 204-2024-001, 1 Acdo. Díaz Jurado Mario También Conocido como Díaz Jurado Leopoldo Mario su Sucesión vs. María Elvira de la Luz Díaz Jurado, Notario Público Número 142 del Distrito Federal (Hoy Ciudad de México), Humberto Hassey Perezcano, Notario Público Número 185 del Distrito Federal (Hoy Ciudad de México), Daniel Luna Ramos y José Luis Aviña Díaz Ord. Civ. T. 110-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Edmundo Eliseo Villareal Manjarrez vs. José Aquiles Refugio Calderón Trejo a Quien También Se Le Conoce Con El Nombre de Aquiles Calderón Trejo Y Natividad Elsa Sánchez Vilchis a Quien También Se Le Conoce Con el Nombre de Elsa Sánchez Vilchis Ejec. Merc. T. 53-2024-001 Cuad. Amp., 2 Acdos. Exhibidora Mexicana Cinépolis, S.A. de C.V. vs. Centro de Movilidad Rehdoma S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 231-2023-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. García de la Riva José Baltazar vs. Alejandro Rodríguez Ángeles y Leonardo Rodríguez Segura su Sucesión Ord. Civ. T. 10-2024001, 1 Acdo. Gómez López Héctor vs. Carolina Alcocer Ávila su Sucesión y Álvaro Gómez López Ord. Civ. T. 637-2018-001, 1 Acdo. Hernández Romero Itzel Guadalupe vs. José Delfino Delgado López Ord. Civ. T. 65-2024-001, 2 Acdos., Ord. Civ. T. 65-2024-002, 2 Acdos. Ingrid Gabriela Moreno Grupe y Juan Martín Moreno Grupe vs. Manuel Sierra Rodríguez Ord. Civ. T. 601-2022-006, 1 Acdo. Inmobiliaria Lomas Intercountry, S.A. de C.V. y Proyectos Inmobiliarios Ecatepec, S.A. de C.V. vs. Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, Ramón García Hernández, Tania Colín Jiménez, Luis Zubieta Estrada, Notario Público Número Setenta y Nueve del Estado de México, Licenciado Raúl Name Neme, por Conducto del Notario Interino Licenciado José Manuel Huerta Martínez, Ángel Eduardo Díaz Ahedo, Cmj Tecnología Industrial S.A. de C.V., Notario Público Número Doscientos Treinta y Siete de la Ciudad de México Licenciado Alfredo Ayala Herrera, Plaq, S.A. de C.V. e Instituto de la Función Registral de Los Municipios de Naucalpan y Huixquilucan Ord. Civ. T. 5732022-005, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 573-2022-006, 1 Acdo. Jacobo Hanono Askenazi Titular de Los Derechos Litigiosos y de Crédito, Así como del Gravamen Real (Hipoteca) en Virtud de la Cesión Onerosa de Derechos Litigiosos y de Crédito Celebrado Con la Actora por la Parte Actora Unión de Crédito para la Contaduría Pública, S.A. de C.V. vs. Equipos Neumáticos Petrotec, S.A. de C.V., Cervantes Romero Soledad y Salvador Corvera Vega su Sucesión Esp. Hip. T. 614-2011-026, 1 Acdo. Jiménez Noriega Luis Bernardo vs. Medina Perea Óscar Ord. Civ. T. 392-2021-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Lima Sandoval Claudia María vs. Mariana Botas Lima Ord. Civ. T. 607-2023-002 Expdllo., 1 Acdo. María Félix Montes González vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 592-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo., Ord. Civ. T. 592-2023-001, 1 Acdo. Martínez Guzmán Fernando vs. Fernando Martínez Ruesga y Liliana Rodríguez Méndez Ord. Civ. T. 550-2023-001, 2 Acdos., Ord. Civ. T. 550-2023-002, 2 Acdos., Ord. Civ. T. 550-2023-003, 2 Acdos., Ord. Civ. T. 550-2023-004, 2 Acdos., Ord. Civ. T. 550-2023-005, 2 Acdos., Ord. Civ. T. 550-2023-006, 2 Acdos., Ord. Civ. T. 550-2023-007, 1 Acdo. Mendieta Pacheco Alejandra y Graciela Vázquez Jiménez vs. Elvira Villalva Mateos, También Conocida como Elvira Villalva Mateos de Estévez, Jesús Humberto Villalva Mateos, Ricardo Villalva Mateos, Nohemí del Carmen Villalva Mateos, Sucesión de Nohemí Mateos Uscanga y/o Nohemí Mateos Uscanga Vda. de Villalva y/o Nohemí Mateos y Otro Ord. Civ. T. 611-2017-024 Cuad. Amp., 1 Acdo. SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. ELSA ZALDÍVAR CRUZ CUARTA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Ana María Esperanza Reynal Saavedra en su Carácter de Albacea de la Sucesión a Bienes de Guillermo Reynal Barberena y/o Guillermo Reynal y Barberena su Sucesión vs. Mauro Mario Ríos Gómez Ord. Civ. T. 850-2022-003, 1 Acdo. Arroyo Pérez Gilberto vs. Castro Pérez Bárbara Ord. Civ. T. 5942023-001, 1 Acdo. Arroyuelo Romero Adrán vs. Andrade Universidad S.A. de C.V. y Suzuki Motor de México S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 311-2021-002 Cuad. Amp., 1 Acdo., Ord. Civ. T. 311-2021-002, 1 Acdo. Artemio Romero Torres vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 645-2023-001, 1 Acdo. Banco Actinver, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver en su Calidad de Fiduciario del Fideicomiso Revocable de Administración y Traslado de Dominio, Identificado Con el Número 4244 vs. Jorge Armando Sánchez Legorreta Controv. Arrend. T. 96-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Banco del Bajío, S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Blindarte S. de R. L. de C.V. y Jorge Arturo Cosme Sarquis Ejec. Merc. T. 2342022-005, 1 Acdo. Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. María Teresa Méndez García Esp. Hip. T. 589-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo., Esp. Hip. T. 589-2023-001, 1 Acdo. Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, hoy José Luis Ramos y Fusther de Flota vs. Fernando Martín Ramos Arévalo Esp. Hip. T. 40-2024-001, 1 Acdo. Banco Santande México, S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Contreras Godínez Claudia Esp. Hip. T. 478-2023-002, 1 Acdo. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Gutíerrez Vallejo Job y Castillo Romero Guadalpe. Esp. Hip. T. 640-2019-002 Cuad. Amp., 1 Acdo., Esp. Hip. T. 640-2019-002, 1 Acdo. Banco Santander México, S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Contreras Godínez Claudia Esp. Hip. T. 478-2023-001, 1 Acdo. Banco Shinhan de México, S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Winiadaewoo Electronics Home Appliance de México, Sociedad Anónima de Capital Variable y/o Winia Electronics Home Appliance de México, Sociedad Anónima de Capital Variable Ejec. Merc. T. 220-2024-001, 1 Acdo. Barroso Arnaud Renata vs. Banco Azteca, S.A. Institución de Banca Múltiple Ord. Merc. T. 623-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. BBVA Bancomer, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer Ahora su Cesionaria Proyectos Construcción y Suministro S. I.A.P., S.A. de C.V. vs. Grupo Inmobiliario K-Sa Metropolitana, S.A. P. I. de C.V., K-Sa Construcciones, S.A. de C.V., Manuel Darío Lugo Goytia y K-Sa 2003, S.A. de C.V. Esp. Hip. T. 579-2012-018, 1 Acdo. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA 78 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Moreno Grupe Ingrid Gabriela y Moreno Grupe Juan Martín vs. Manuel Sierra Rodríguez Ord. Civ. T. 601-2022-002, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 601-2022-003, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 601-2022-004, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 601-2022-005, 1 Acdo. Patrimonio, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada vs. Maribel Brito Ruíz y Francisco Miguel Gutiérrez Baleon Esp. Hip. T. 4052023-001, 1 Acdo. Picazo Sánchez Leticia vs. Subcondominio Puerta Alameda, Torre Oriente del Condominio Magno Puerta Alameda (Unidad Privativa Fase III) Ord. Civ. T. 111-2024-001, 1 Acdo. Ponce Solís Karina vs. Adalberto Gutiérrez Muñoz y Quálitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 254-2024-001, 1 Acdo. Pulido Rojas Yolanda hoy su Cesionaria Luz María Pimentel Díaz hoy su Cesionario Héctor Negrete Govantes vs. Guerra de la Garza Gilberto y Carolina Treviño Villarreal Ejec. Merc. T. 167-2010005, 1 Acdo. Ramos Namihira Claudia Eugenia vs. Materiales Eléctricos Nava, S. de R. L. de C.V. Controv. Arrend. T. 51-2021-006, 1 Acdo. René Irra Ibarra vs. Grupo Tmm S.A. B. Ord. Civ. T. 512-2023-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Ricardo Espejel López vs. Uriel Carrillo Kanareck y Desarrolladora Nova Force, S.A. P. I. de C.V. Controv. Arrend. T. 286-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 286-2023-001, 1 Acdo. Rodríguez Rodríguez Antonio, Norma Hernández Cazares y Norma Andrea Rodríguez Hernández vs. Qualitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 143-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Rosa María Vázquez Mendoza vs. Juris. Vol. Civ. T. 104-2024-001, 1 Acdo. Santillán Licóna Natividad, García Santillán Crescenciano, García Santillán Crispina, García Santillán Norberta y García Santillán José vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 4462021-003, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 446-2021-004, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 446-2021-003 Cuad. Amp. 2, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 446-2021003 Cuad. Amp., 1 Acdo. Santoyo Molina Antonio vs. Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. ; Santoyo Ruíz Porfirio su Sucesión; Y, C. Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 716-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Superalarm, S.A. de C.V. vs. Residencial Acapulco, A.C. Oral Merc. T. 247-2024-001, 1 Acdo. Tarelo Arzola Juan vs. Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme Grupo Financiero Ord. Civ. T. 140-2023-002, 1 Acdo. Tokio Marine Hcc México Compañía Afianzadora, S.A. de C.V. vs. As5, S.A. de C.V. Esp. Fian. T. 235-2024-001, 1 Acdo. Universidad Autónoma Metropolitana vs. Constructora Gen S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 140-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Vilchis Noriega María del Pilar vs. Bersalia, Sociedad Anónima de Capital Variable, Exkina. Com Inmobiliaria, Anastacia Saynes Enríquez y Verónica Aguirre Garibay Ord. Civ. T. 653-2023-001, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 653-2023-002, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 6532023-003, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 653-2023-004, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 653-2023-005, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 653-2023-006, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 653-2023-007, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 653-2023-008, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 653-2023-009, 1 Acdo. Villazón Trabanco Juan Ramón Jesús, Villazón Trabanco Guadalupe, También Conocida como María Guadalupe Villazón Trabanco, Villazón Trabanco María del Carmen Ramona y Villazón Trabanco José Antonio de Jesús vs. Amelia Catalina Villazón Trabanco También Conocida como María Amelia Catalina Villazón Trabanco, Ángel Clemente Villazón Trabanco, Ana Rosa Villazón Trabanco y María Jesús Villazón Trabanco Ord. Civ. T. 262-2023-001 Cuad. Amp. 2, 1 Acdo. SENTENCIAS Barrera Camacho María de la Luz Emma vs. Pashkova Giliakova Olga Quien También Acostumbra a Usar el Nombre de Olga Pashkova y Antonio Gil Sánchez Ord. Civ. T. 229-2020-002, Sent. Pon. 1., Ord. Civ. T. 229-2020-003, Sent. Pon. 1. Controladora de Activos Miles, Sociedad Anónima Promotora de Inversión hoy su Cesionario David Abraham Peña Chaparro vs. Edmundo Villegas Muñoz, su Sucesión y Armida Guadalupe Reyes Márquez Esp. Hip. T. 718-2023, Sent. Pon. 3. García Palomares Juan Manuel vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 145-2024-001, Sent. Pon. 3. Manjarrez Román Angelina vs. Paulo César Montoya Orduña Ord. Civ. T. 89-2024-001, Sent. Pon. 2. Jueves 2 de mayo del 2024 Martínez Pérez Hortensia vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 663-2022-003, Sent. Pon. 1. no Publ. del 29 de Abril. LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. CLAUDIA ALONDRA ALCÁNTARA ISLAS QUINTA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Argoytia Anguas María del Pilar y Otros vs. Rafael Antonio Olver Amézcua y Otros Ord. Civ. T. 506-2022-005 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. José Antonio Viloria Reyes y Otro Esp. Hip. T. 212-2022-008 Cuad. Amp., 1 Acdo. Brian Emil Syska vs. Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte Dirección Fiduciaria Ensu Carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso 10003840 y Otros. Ord. Merc. T. 385-2023-001, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 385-2023-002, 1 Acdo. Campa Roldán Marco Antonio y Otro vs. Mauricio Estrada Medina y Otro. Ord. Civ. T. 267-2024-001, 1 Acdo. Cannizzo Ortiz y Asociados, S. C vs. Arendal, S. de R. L. de C.V. y Otro Ord. Civ. T. 884-2023-005, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 884-2023-006, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 884-2023-003, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 884-2023004, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 884-2023-007, 1 Acdo. Cerón Báeza Carlos Ernesto y Otro vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 446-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Chamosa Díaz Teresa Edith vs. Carlos Hesles Martel su Sucesión. Ord. Civ. T. 13-2024-001 Cuad. Amp. I, 1 Acdo. Corporativo Internacional Mexicano S. de R. L. de C.V. vs. Gómez Cuetara Hermanos S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 359-2018-006 Cuad. Amp. I N, 1 Acdo. De Lascurain Cortina Miguel vs. Fabiola Alejandrina Galves Mares Controv. Arrend. T. 339-2022-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Elizalde Toledo Rosalinda vs. Carlos Ruíz González y Otros Ord. Civ. T. 1232-2003-021 y 023 Cuad. Amp. A, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 12322003-021 y 023 Cuad. Amp. B, 1 Acdo. Femat Castañeda Alicia vs. Jesús Cuevas García y Otro. Ord. Civ. T. 93-2024-001, 1 Acdo. Flores Solorio David Eugenio vs. Jorge Eduardo Flores Salorio y Otros. Ord. Civ. T. 428-2020-006 Cuad. Amp., 1 Acdo. Franco Velázquez Clemente Francisco vs. Marco Antonio Vázquez Hernández Controv. Arrend. T. 62-2023-002 en Inc. de Daños y Perjuicios de Cuad. Amp. Ganem Álvarez Icaza Nasre Antonio vs. Universal de Agroequipos S.A. de C.V. y Otro Esp. Hip. T. 77-2020-003 Cuad. Amp., 1 Acdo. García Lozano José Alejandro vs. Ramos Lupertin Juana y Otro Ord. Civ. T. 584-2023-002 Cuad. Amp., 2 Acdos. González Reyes Elia y Otro vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 271-2021-005 y 006 Cuad. Amp. II, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 271-2021-005 y 006 Cuad. Amp., 1 Acdo. Hernández Delgadillo María Angélica vs. Ricardo Gutiérrez Vargas y Otro. Ord. Civ. T. 52-2024-001, 1 Acdo. Il Diagnostics, S.A. de C.V. vs. Sofimex Institución de Garantías, S.A. Esp. Fian. T. 831-2022-002, 1 Acdo., Esp. Fian. T. 831-2022003, 1 Acdo. Inmobiliaria Taherose, S.A. de C.V. vs. Erik Iván Galicia Villanueva Esp. Hip. T. 987-2019-006 Cuad. Amp., 1 Acdo. Ireowo, S.A. de C.V. vs. María Teresa Olvera Sánchez. Controv. Arrend. T. 308-2021-002, 1 Acdo. López López Isabel vs. Héctor Mondragón Olivares Ord. Civ. T. 8662019-005 y 015 Cuad. Amp. I Diez(10), 1 Acdo., Ord. Civ. T. 8662019-005 Cuad. Amp. Siete (7), 1 Acdo., Ord. Civ. T. 866-2019005 y 015 Cuad. Amp. Nueve (9), 1 Acdo. Mares Montaño Mario Francisco vs. Virginia Montaño Aldana También Conocida como Virginia Montaño Vda. de Mares su Sucesión. Ord. Civ. T. 266-2024-001, 1 Acdo. Núñez Olvera Virginia vs. Héctor Betancourt Valdez y Otros Ord. Merc. T. 73-2024-006 y 007 Cuad. Amp., 1 Acdo. Operadora Inmobiliaria Biquantica S.A. de C.V. y Otro vs. Chaker Roberto Hakim Atala Ord. Merc. T. 64-2024-004 y 005 Cuad. Amp., 1 Acdo. Ortiz Duarte Rosa su Sucesión vs. Ariel Ortiz Reyes y Otro Ord. Civ. T. 712-2016-039 Cuad. Amp. A, 1 Acdo. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Pirelli Neumáticos de México, S.A. de C.V. vs. Refacciones Acosta de Calera, S.A. de C.V. y Otros. Esp. Hip. T. 574-2019-005, 1 Acdo. Popup Design, S. de R. L. de C.V. vs. Altum Cp, S.A. P. I. de C.V. Prov. Prec. Merc. T. 268-2024-002, 1 Acdo., Prov. Prec. Merc. T. 2682024-001, 1 Acdo. Quality Tools, S.A. de C.V. vs. Ixe Banco, S.A. In Stitución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte y Otro. Ord. Merc. T. 63-2023003, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 63-2023-002, 1 Acdo. Rivera Gudiño María Eugenia vs. Lourdes Angélica Rivera Martínez Ord. Civ. T. 110-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Rocha Martínez Román vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 269-2024-001, 1 Acdo. Sierra Ramírez Ricardo vs. Raquel Albarrán Chamorro Controv. Arrend. T. 893-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Torres Ávila Jorge vs. Claudia Alvarado Torres Controv. Arrend. T. 117-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Uribe Ambriz Elena vs. Jesús Molina Flores Ord. Civ. T. 746-2023004 Cuad. Amp., 1 Acdo. Villalva Amaro Arnulfo su Sucesión vs. Matc Digital S. de R. L. de C.V. Controv. Arrend. T. 78-2024-001 y 002 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Zapico Ramírez Rubén vs. Vázquez Martel María Guadalupe y Otros Ord. Civ. T. 28-2022-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. SENTENCIAS Ceballos Zamora Celia de Jesús También Conocida como Celia de Jesús Ceballos Zamora de Escobar y Otro vs. Brenda Benítez Posada. Ord. Civ. T. 912-2022-003, Sent. Pon. 3. Credix Gs, S.A. de C.V. Sofom. E. N. R vs. José Armando Ruíz Massieu Quién También Acostumbra Usar el Nombre de Armando Ruíz Massieu. Vía Aprem. Civ. T. 63-2024-003, Sent. Pon. 2. García Figueroa Cortez Raymundo su Suc. vs. Lucía Vázquez Valdivia y Otros. Oral Civ. T. 803-2023-001, Sent. Pon. 3. Inmobiliaria Marco Polo, S.A. vs. Ld Simetrap, S.A. de C.V. y Otro Controv. Arrend. T. 233-2024-001, Sent. Pon. 2. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit vs. Víctor Manuel Cabrera Morales. Esp. Hip. T. 2212024-001, Sent. Pon. 2. Martínez Jiménez José Guadalupe vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 226-2024-001, Sent. Pon. 2. Msr Consulting Consultores de Tecnología S.A. de C.V. vs. Procesar, S.A. e C.V. O. Procesar S.A. de C.V. Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional Sar. Ord. Civ. T. 499-2022-002, Sent. Pon. 1. no Publ. del 29 de Abril. Pérez Martínez Lázaro y Otro vs. Seguros Afirme, S.A. de C.V. Afirme Grupo Financiero. Ord. Civ. T. 206-2024-001, Sent. Pon. 2. Promociones México Coliseo y Revolución, S. C vs. Jesús Juárez Rosales. Ord. Civ. T. 862-2023-002, Sent. Pon. 3. Prorsus Corp. S.A. de C.V. y Otros vs. Corporativo Inmobiliario Sr. & R, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 193-2024-002, Sent. Pon. 3. Thr3 Media Group, S.A. de C.V. vs. Lydia Gabriela Olivarez Celia. Ord. Merc. T. 206-2020-007, Sent. Pon. 2., Ord. Merc. T. 206-2020006, Sent. Pon. 2. Trinidad Aguilar Hugo Alan y Otros vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 243-2024-001, Sent. Pon. 2. Zárate Martínez Carlos Alberto y Otro vs. Miriam Liliana Martínez Mejía. Ord. Civ. T. 157-2024-001, Sent. Pon. 2. Salas 79 Ord. Merc. T. 856-2021-004 Cuad. Amp., 1 Acdo. Barrera Casillas Alejandro vs. Meza Peña Everardo Luis Ord. Civ. T. 569-2022-001 Cuad. Amp., 1 Acdo., Ord. Civ. T. 569-2022-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Barrera Zaragoza María de Los Ángeles vs. Seguros Atlas, S.A. y Otra. Ord. Civ. T. 465-2022-003, 1 Acdo. BBVA Bancomer, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Grupo Fortco, S.A. de C.V. y Otros. Ejec. Merc. T. 311-2024-001, 1 Acdo. Becerril Zetina Germán vs. Tlahuacali, S.A. de C.V. y Otro. Controv. Arrend. T. 591-2020-002, 1 Acdo. Flores Olguín Jesús Mauricio vs. Sucesión de Jesús Olguín Torres por Conducto de su Albacea Olguín Torres Enrique y Otra. Ord. Civ. T. 314-2024-001, 1 Acdo. García Coral José Alberto vs. Ramón Marcos Sethon y Otros Ord. Merc. T. 2094-2019-009 Cuad. Amp., 1 Acdo. González Olvera Juan Carlos vs. 4e Global, S.A. P. I. de C.V., Kimberly -Clark de México, S.A. B. de C.V., Bernardo Aguado Ortiz, Omar José Gutiérrez Hernández Ord. Merc. T. 221-2024-002, 1 Acdo. en C. Incidental. Herminia Rodríguez Arguello vs. Romero Vargas de Saldaña Adriana y Otro. Esp. Hip. T. 312-2024-001, 1 Acdo. Hernández Oseguera Gilberto vs. Camarena Estrada Roberto Carlos Controv. Arrend. T. 68-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Innovación en Electroconstrucción, S.A. de C.V. vs. Rivera Reynoso José Antonio y Otra. Esp. Hip. T. 313-2024-001, 1 Acdo. en Queja. La Vicentina, S.A. de C.V. vs. Bp Estaciones y Servicios Energéticos, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 48-2023-002, 1 Acdo. Leyva Martínez Guadalupe Ariadna vs. Del Valle González Antonio. Controv. Arrend. T. 320-2024-001, 1 Acdo. Lira Galván Eduardo, su Sucesión vs. Industrias Ferreti, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 622-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Moreno Chávez José Alberto vs. Ramírez Valenzuela María de la Paz Elvira. Controv. Arrend. T. 315-2024-001, 1 Acdo. Palomares Nevárez Francisco de Jesús y Otros vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 317-2024-001, 1 Acdo. Peña Insaustegui Enrique, su Sucesión vs. Pérez Villar Teresa y Otro. Ord. Civ. T. 627-2023-002, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 627-2023-003, 1 Acdo. Ponce Hernández Adriana Erandeli por su Propio Derecho y en Representación de la Menor Con Iniciales L. V. R. P. de Identidad Reservada vs. Seguros Inbursa, S.A. Grupo Financiero Inbursa. Ord. Civ. T. 276-2024-001, 1 Acdo. Popomeya Jiménez Miguel Ángel vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 631-2022-005, 1 Acdo. Provivienda Mexicana, A.C. vs. Barroso Arévalo Marco Antonio. Ord. Merc. T. 362-2005-002, 1 Acdo. Ramos Pérez Ruy vs. Alin Desarrolladora, S.A. de C.V. y Otros. Ord. Merc. T. 111-2022-003, 1 Acdo. Robert Bosch, S. de R. L vs. Rowan Technologies, S.A. de C.V. y Otro. Ejec. Merc. T. 316-2024-001, 1 Acdo. Rodríguez Flores Elke vs. Godínez Cortázar Francisco. Controv. Arrend. T. 213-2022-003, 1 Acdo. Romero Torres Leticia vs. Gangoiti Ruíz Gerardo Ord. Civ. T. 1452024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Rosas Servín Hugo, su Sucesión vs. Servín Pineda Rosa, su Sucesión Ord. Civ. T. 175-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Ruíz Ortega Cosme Justina vs. Miranda Cruz Daniel y Otra Ord. Civ. T. 1219-2019-001 Cuad. Amp., 2 Acdos. Salinas Salazar Teresa vs. Olivares Cárdenas María Amanda y Otro. Controv. Arrend. T. 319-2024-001, 1 Acdo. Sánchez Fernández Juan Pablo vs. Carmona Ocaña Carla. Ord. Civ. T. 243-2024-001, 1 Acdo. Stup de Colombia, S.A. S vs. Thyssenkrupp Industrial Solutions (México), S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 1968-2019-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Zúñiga Maldonado Juan David y Otra vs. Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. y Otras Ord. Civ. T. 283-2024-001, 1 Acdo. SENTENCIAS Becerra López Teresa También Conocida como Becerra y López María Teresa vs. Raya Alonzo Claudio Javier y Otra. Ord. Civ. T. 291-2024-001, Sent. Pon. 2. González Barrios Verónica Concepción vs. Residencial Eje 8, Sociedad Anónima de Capital Variable y Otros. Ord. Civ. T. 7352020-002, Sent. Pon. 3., Ord. Civ. T. 735-2020-003, Sent. Pon. 3. González Hernández Rubén vs. Castro Ramírez José David. Controv. Arrend. T. 107-2024-001, Sent. Pon. 1. no Publ. del 30 de Abril. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. ZAYDA MARINA SALDIERNA SEVILLA SOLO CONSULTA SEXTA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Abascal Medina María del Carmen vs. Villalobos Magaña José Ángel Notario Público Número 9 de la Ciudad de México y Otros Ord. Civ. T. 1485-2019-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Autofinanciamiento Total S.A. de C.V. vs. Arroyo Bernal Patricia Ord. Civ. T. 1094-2012-005, 1 Acdo. Banca Mifel, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Mifel, en su Carácter de Fiduciaria del Fideicomiso Número 1772/2013 vs. Ximal Gastronómica, S.A. de C.V. y Otro. Controv. Arrend. T. 528-2022-002, 1 Acdo. Banco Internacional S.A. vs. Vulcanizadora Xochimilco S.A. de C.V. y Otros T. 1330-1960 Expdllo., 1 Acdo. Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Desarrollo Inmobiliario su Casa, S.A. de C.V., Merino Sosa Marco Antonio y Merino Sosa Mauricio 80 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 López Martínez Marco Antonio vs. López Martínez José Juan. Ord. Civ. T. 193-2024-001, Sent. Pon. 3. Proyectos en Administración Inmobiliaria, S.A. de C.V. y Otra vs. Irasoqui Rosas Rubén Martín y Otra. Ord. Merc. T. 264-2024001, Sent. Pon. 2. Pulido Ross Ruth Eunice vs. Ortega Robles Miguel Ángel. Controv. Arrend. T. 210-2024-001, Sent. Pon. 2. Sierra Núñez Sergio vs. Delgado Valencia Nelida y Otro. Ord. Civ. T. 200-2024-001, Sent. Pon. 2. Sofimex, Institución de Garantías, S.A. vs. Comercializadora, Infraestructura y Maquinaria el Alto, S.A. de C.V. y Otros. Esp. Fian. T. 246-2024-001, Sent. Pon. 1. Valencia López Elizabeth vs. Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo como Institución Fiduciaria en el Fideicomiso Número 1936 Denominado Fondo Nacional de Infraestructura y Otro. Ord. Civ. T. 764-2019-003, Sent. Pon. 1. Jueves 2 de mayo del 2024 Banamex vs. Agroquimicos y Semillas de Puebla, S.A. de C.V. y Gunter Ransenberg Beltrán Octavio Alberto Esp. Hip. T. 6262024, 1 Acdo. Banco Nacional de México, S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex vs. Inoxidables y Procesos, S.A. de C.V., Productos Inoxidables para la Industria, S.A. de C.V., Aceros y Metales Internacionales, S.A. de C.V., Gerardo Aguirre Quiroz y Alejandra Cervantes Galindo Ejec. Merc. T. 748-2019-005, 1 Acdo. no Publ. del 29 de Abril. Banco Nacional de México, S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex, División Fiduciario del Fideicomiso 11784-4 vs. Innova Surfaces de México, S.A. de C.V., Pisos Europeos, S.A. de C.V., Pisos Premium, S.A. de C.V., Pisos Creativos, S. de R. L. de C.V., Industrias del Tablero, S.A., León Passy Sarnow y Alper Haras Ord. Merc. T. 1455-2018-002 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Banco Ve por Más, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Ve por más vs. Davis Mejía Patricia y Bou Claisse Francisco Xavier Ejec. Merc. T. 309-2021-008, 1 Acdo. BBVA Bancomer, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Grupo Comercial Fernandelli de Guerrero, S.A. de C.V., Grupo Fernandelli de México, S.A. de C.V. y Fernando Rosendo Fernández Pérez Ejec. Merc. T. 1679-2019-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. BBVA México S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA México vs. Inmobiliaria Pamaragom S.A. de C.V. Esp. Hip. T. 1423-2023 Cuad. Amp. I, 1 Acdo. Casa Marzam, S.A. de C.V. vs. Administración y Comercialización de Franquicias Internacional, S. R. L. de C.V., Eduardo Almeida Navarro y Construcciones Corporativas Inmobiliarias, S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 51-2018-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. no Publ. del 25 de Abril. Cervantes Muñiz Luis Alfonso vs. González Olvera Jorge y González Olvera Juan Carlos Ord. Civ. T. 89-2023 Cuad. Amp. I, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 89-2023 Cuad. Amp. II, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 89-2023 Expdllo., 2 Acdos., Ord. Civ. T. 89-2023-001 Expdllo., 2 Acdos. Clarin Granados Magdalena vs. Morán Reyes Francisco Rafael Controv. Arrend. T. 1092-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Click Seguridad Jurídica, S.A. P. I. de C.V., S. O. F. O. M. E. N. R. (Fiduciaria Dentro del Fideicomiso 334) vs. Ponce Moguel Gerardo Mauricio y Urban Group Constructores Inmobiliarios, S.A. de C.V. Proced. Judicial de Ejecc. de Garantía Otorgada Mediante Prenda Sin Transmisión de Pos. Merc. T. 625-2024, 1 Acdo. Croix Ain Alianza Inteligente de Negocios, S. C vs. Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte en su Calidad de Fiduciaria del Fideicomiso 741827 Denominado Prosoft Innovación Fondo Sectorial de Innovación Ord. Civ. T. 537-2022 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. De la Vega y García Xicoténcatl vs. Instituto Ingles Mexicano, S. C. y Raygo, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 669-2023-004, 1 Acdo. Econ Soluciones Energeticas Integrales, S.A. P. I. de C.V. vs. Banco Invex, S.A. Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero en su Calidad de Fiduciario del Fideicomiso Irrevocable No. 2379, Climate Wedge Mx Llc, y Banco Interamericano de Desarrollo en su Carácter de Administrador del Clean Technology Fund Actuando a Través de su Agente la Corporación Interamericana de Inversiones Ord. Merc. T. 928-2021-002 Cuad. Amp. I, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 928-2021-002 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Famania Gastélum Carlos Fernando antes HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC vs. Ismael Antonio Santana Coussirat y María Leticia Fernández Cano Corona Esp. Hip. T. 642-2024, 1 Acdo. Fujifilm de México, S.A. de C.V. vs. Editorial Matro, S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 214-2021-004, 1 Acdo. Fundación Monte Fénix A.C., Espinosa Rugarcia Guadalupe vs. Larrea Espinosa Jaime y Cosío Espinosa Moisés Ord. Civ. T. 633-2024, 1 Acdo. García Galván Abogados, S. C vs. Fibra Hd Servicios, S. C. y Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Actinver en su Carácter de Fiduciaria, Respecto del Fideicomiso Denominado Fideicomiso Irrevocable F/1523 Ord. Civ. T. 4162023-002, 1 Acdo. García Gómez Gabriel vs. Elías Chara Salum Esp. Hip. T. 7-2022, 1 Acdo. Gutiérrez Poire Eloísa vs. Gutiérrez Poire Gloria Beatriz Ord. Civ. T. 316-2022-003, 1 Acdo. mal Publ. del 30 de Abril. Herrera Trejo Alejandro Aurelio vs. Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. ESTEBAN MISAEL SALINAS RAMÍREZ SÉPTIMA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aguilar Frías María del Consuelo vs. Germán Martínez Aguado y María de la Luz Patiño Aranza de Martínez Esp. Hip. T. 629-2024, 1 Acdo. Álvarez Banda Viridiana vs. María de Lourdes Ruíz Zamarripa y Héctor Gilberto Avendaño Delgado Esp. Hip. T. 718-2023-002, 1 Acdo. mal Publ. del 30 de Abril. Andrzej Maciej Nitecki su Sucesión vs. López Aboytes Diana Agustín Ord. Civ. T. 685-2022 Cuad. Amp., 1 Acdo. no Publ. del 26 de Abril. Antonio Juan Marcos Issa y Otros vs. Grupo Industrial Durandco, S.A. de C.V. y Otros Ord. Merc. T. 16-2022-001, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 16-2022-002, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 16-2022-003, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 18-2022, 1 Acdo. Arick Zadoth González Madrigal Luna vs. Crea Ingeniería, S.A. de C.V., José Arturo León Gutiérrez y Guillermo Valenzuela Gorozpe Ord. Merc. T. 1746-2023 Cuad. Amp., 1 Acdo. Badillo Cruz Enrique vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 5972024, 1 Acdo. Balbuena López Raúl vs. María Loreto López Álvarez Ord. Civ. T. 1865-2023, 2 Acdos. Ballinas Ocharan Minerva vs. Simón Paul Turnbull Proced. Judicial de Reconoc. y Ejecc. de Laudo Arbitral Civ. T. 571-2024, 1 Acdo. Banca Mifel, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Mifel División Fiduciaria Fideicomiso Identificado Con el Número 651/2005 vs. Pando Rodríguez Ramón, Prenda Pague, S.A. P. I. de C.V., Pando Leyva Ramón Elías Antonio, Rodríguez González Adriana María, Pando Rodríguez Rodrigo, Tarrats Suárez Gerardo y Opencap Holding, S.A. P. I. de C.V. Sofom E. N. R. Vía Aprem. Civ. T. 1849-2022-004 Cuad. Amp., 1 Acdo. no Publ. del 26 de Abril. Banca Mifel, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Mifel en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso 1059/2009 vs. Poder Judicial de la Ciudad de México a Través del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México Controv. Arrend. T. 1558-2023 Cuad. Amp., 1 Acdo. Banco del Bienestar, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo como Fiduciario en el Fideicomiso Denominado Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a Sus Ahorradores vs. Operadora de Recursos Reforma, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 489-2024, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 489-2024-001, 1 Acdo. Banco Inbursa, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa vs. A+Z Automatización S. de R. L. de C.V. y Otra Esp. Hip. T. 72-2022-006 Cuad. Amp., 1 Acdo. Banco Invex, S.A. Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero, Fiduciario del Fideicomiso Irrevocable de Administración e Identificado Con el Número F/1301 vs. Valdovinos Hernández Arturo Vía Aprem. Civ. T. 114-2024, 1 Acdo. Banco Nacional de México, S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex hoy el Cesionario Antonio Hernández Salomón vs. Ricardo Mario Vejar Nava y Luz María Gómez García de Vejar Esp. Hip. T. 614-2024, 1 Acdo. Banco Nacional de México, S.A. Integrante del Grupo Financiero SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 México y Oficina Registral del Instituto de la Función Registral Con Residencia en Ecatepec de Morelos, Estado de México Esp. Hip. T. 166-2024 Cuad. Amp., 1 Acdo. Hotel Habita, S.A. de C.V. vs. Sinodo del Valle, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 342-2021-003 Expdllo., 1 Acdo. Instituto Electoral del Distrito Federal vs. Chubb Fianzas Monterrey Aseguradora de Caución, S.A. Esp. Fian. T. 849-2022-005 Cuad. Amp., 1 Acdo. Ion Financiera, S.A. P. I. de C.V. Sofom, E. R vs. Terán Valle Juan Francisco y Campo Verde Packing, S.A. de C.V. Esp. Hip. T. 6162024, 1 Acdo. José Luis Rubén Mayen Caballero vs. Mónica Isabel Hernández Soto, Marcos Ocampo Hernández, Elisa Rodríguez Ramírez y Rafael Álvarez Martínez Ord. Civ. T. 1819-2023 Cuad. Amp., 1 Acdo. Langenscheidt Fernández Patricia, María del Carmen Langenscheidt Fernández, María del Rosario Beatriz Langenscheidt Fernández vs. Instituto de Cirugía Estetica y Reconstructiva, S.A. de C.V. y Constantino Sánchez Esther Controv. Arrend. T. 763-2021-001, 1 Acdo. Liliana Meza Peña vs. Alejandro Barrera Casillas Ord. Civ. T. 1842023 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Maquinaria L. R. S.A. de C.V. vs. Zurich Compañía de Seguros, S.A. Ord. Merc. T. 1238-2021-002 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Martínez Campos Guillermo Javier vs. Martínez Johannesen Maya Lourdes Ord. Civ. T. 627-2024, 1 Acdo. Méndez Cruz Panuncio Eleazar vs. Érika Jazmín Vázquez Hernández Ord. Civ. T. 381-2024, 1 Acdo. Mendoza Montes Ricardo Michel vs. Awp México, S.A. de C.V. (Allianz Partners) Ord. Civ. T. 628-2024, 1 Acdo. Merchant Moreno Rosa Eugenia, Elvira Gabriela Escudero Beas, Adrián Ivanhoe Hernández Escudero, Yibeleny Alejandra Nephtaly Ascencio Miranda, Gabriela Livier Hernández Escudero por su Propio Derecho y en Representación de su Menor Hijo H. D. L. H vs. Kia México, S.A. de C.V. (Antes Kia Motors de México, S.A. de C.V. ) Ord. Civ. T. 630-2024, 1 Acdo. Mora Valeriano Alejandra Néstora vs. María del Carmen Mora Valeriano Ord. Civ. T. 184-2024 Cuad. Amp., 1 Acdo. Navalmex Combustibles, S.A. de C.V. vs. Sapura Energy Mexicana, S.A. P. I. de C.V., Alta Navegación de México, S. de R. L. de C.V., Tmm División Marítima, S.A. de C.V., Navarro Shopping, S. de R. L. de C.V., Steuart Maritime México, S. de R. L. de C.V. y Compañía de Apoyo Marítimo del Golfo, S.A. de C.V. Oral Merc. T. 1560-2023, 1 Acdo. Negrin Potenciano Candelaria su Sucesión, Lázaro González Negrin, Rodolfo González Negrin, Benito González Negrin y Ramón Reyna Negrin vs. Chubb Seguros México, S.A., BBVA Bancomer, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer Ord. Merc. T. 1638-2023, 1 Acdo. Núñez Hernández Jesús Cecilio por Medio de su Sucesión (Eduardo Manuel Núñez Herrera) vs. Rodríguez Sierra Carmelo Ord. Civ. T. 408-2024, 1 Acdo. Olivo Martínez Honey Araceli y Olivo Martínez Edith vs. Qualitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 745-2021-003 Cuad. Amp. II, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 745-2021-003 Cuad. Amp. III, 1 Acdo. Ordóñez Alcázar Pablo Ignacio vs. José Agustín Rosas Trochi y María Miriam Pachecho Ledesma Esp. Hip. T. 293-2024 Cuad. Amp., 1 Acdo. Orozco Guzmán Víctor Manuel vs. Rogelio Verduzco Briceño y Qualitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 7-2024 Cuad. Amp. I, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 7-2024 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Peralta Montero Ximena vs. Rodríguez Ponce de León Juan Carlos y Clínica Quirurgica Berlin, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 40-2023-003, 2 Acdos. Poo Mantecon Antonio vs. Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, Actuando como Fiduciario del Fideicomiso Empresarial Número 2736 y San Flores, S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 130-2024 Cuad. Amp., 1 Acdo. Puga Aguilar Artemio Omar vs. Palma Ramos David y C. Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 1792-2023 Cuad. Amp., 1 Acdo. Ray González Francisco vs. Imagen Corporativa Ann Carol, S.A. de C.V., Farca Belsaguy Lilia, Bronsoiler Krieger Harry y Bronsoiler Farca Iván Ejec. Merc. T. 495-2022-006 Cuad. Amp., 1 Acdo. Romero Cuevas Diego Gerardo de Jesús vs. Hipotecaria México, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Limitado y Crédito Inmobiliario, S.A. de C.V. Sofom E. N. R. Esp. Hip. T. 615-2024, 1 Acdo. Salas 81 Ruzali Cárdenas Farah Made vs. Arce Navarijo Carlos Iván y Otros Ord. Merc. T. 1502-2019-004 Cuad. Amp. Iv, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 1502-2019-004, 1 Acdo. Salazar García Adriana Ibeth, por su Propio Derecho y en Representación de su Menor Hijo J. A. L. S vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 1826-2023 Cuad. Amp., 1 Acdo. Sánchez Álvarez Roberto Cesionario de Scotiabank Inverlat, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Scotiabank Inverlat vs. Flores Espinosa Sergio Alejandro y Mobarak Prado María del Pilar Esp. Hip. T. 606-2023-002, 1 Acdo. Santiago Pérez José Luis en Representación de J. L. S. e vs. Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México y Axa-Assistance México, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 1044-2023 Cuad. Amp. I, 1 Acdo. no Publ. del 25 de Abril. Servicio de Administración y Enajenación de Bienes Sae Actualmente Instituto para Devolver Al Pueblo Lo Robado Indep vs. Paniagua Luna Ramón Ramiro y Camarillo Méndez Rubén Ejec. Merc. T. 272024, 3 Acdos. Sofimex Institución de Garantías, S.A. vs. Jorge Erasmo Villavicencio Bernal y Luis Daniel González González Prov. Prec. Merc. T. 5952024, 1 Acdo. Suárez Morales Flavio Marcelo vs. Corporación Impulsa, S.A. de C.V., José Arturo Agustín Díaz Amador, Carlos A. Vaquero III y Merrill Lynch & Co., Inc. Group Of Companies Ord. Civ. T. 1721-2014003, 1 Acdo. Uber México Technology & Software, S.A. de C.V. vs. Ci Banco, S.A. Institución de Banca Múltiple en su Carácter de Fiduciaria del Fideicomiso Número F 00892; Comité Técnico del Fideicomiso Número F 00892; Torre Diana Management, S. C. ; Reichmann International; y Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Actinver Controv. Arrend. T. 782-2023 Cuad. Amp. I, 2 Acdos. no Publ. del 24 de Abril. Vázquez Ramírez María Yolanda vs. Vázquez Saldaña Mauricio su Sucesión Ejec. Merc. T. 551-2021-005, 1 Acdo. SENTENCIAS Caro Iturrios Miguel Ángel vs. Servicio Panamericano de Protección, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 976-2020-003, Sent. Pon. 2. no Publ. del 29 de Abril. Gómez de Luna Alma Sonia su Sucesión, Dolores Juana de Luna Sánchez y Lázaro Arturo Gómez Gallegos vs. A. N. A. Compañía de Seguros, S.A. de C.V., José Iván Soto Marín, Dagoberto Hernández Escorza y Puebla Cholula y Anexas, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 2242024, Sent. Pon. 2. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores vs. Javier Eduardo Reyes Miranda y Érika Rodríguez Gómez Esp. Hip. T. 493-2024, Sent. Pon. 1. Lazcano Gómez Enrique vs. Juárez Nava Aurelia Ord. Civ. T. 11172022, Sent. Pon. 2. Méndez Cruz Panuncio Eleazar vs. Érika Jazmín Vázquez Hernández Ord. Civ. T. 381-2024, Sent. Pon. 1. Picker Ortega Norma Lilia También Conocida como Piker Ortega Norma Lilia vs. Rosa Elena Peniche Franco, Rosa Elena Franco Portillo y Goldman House Servicios Inmobiliarios, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 212-2024-001, Sent. Pon. 1. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. JONATHAN MOISÉS ORTIZ RAMÍREZ SOLO CONSULTA OCTAVA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Abc Holding, Sociedad Anónima, Promotora de Inversión de Capital Variable vs. Elena Pérez Antonio, Mineida Apipilhuasco Pérez, Marlene Apipilhuasco Pérez, Melina Apipilhuasco Pérez y Osiel Apipilhuasco Pérez. Esp. Hip. T. 563-2024, 2 Acdos. Alban Vanderpol Alfred vs. Reyes Duarte Miguel Ángel y Otros Esp. Hip. T. 357-2021, 1 Acdo. en Expdllo. Alvarado Álvarez Saúl vs. Corona López María Dolores y Otros T. 590-2012, 1 Acdo. en Expdllo. Ambriz Salinas María del Carmen vs. Ruíz Chavarría Jorge Luis y Navarro Sánchez Carmen Controv. Arrend. T. 347-2024, 1 Acdo. Banco Nacional de México, S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex vs. Comercializadora y Promotora Juárez S.A. de C.V., José Epigmenio Juárez Delgado; Emma Liz Mendoza del Ángel; Acacio Juárez Delgado; y Proveedora y Abastecedora Victoria S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 643-2021, 1 Acdo. 82 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Banco Santander México Sa Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Internacional Química de Cobre S.A. de Cv, Juan Manuel Ramírez González y Juan Manuel Ramírez Muro Ejec. Merc. T. 1391-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Barradas Aguilar Thelma vs. Karem Haydee Barrón Sánchez y Óscar Omar Hernández Barradas Ord. Civ. T. 559-2024, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 559-2024-001, 1 Acdo. Barrera Vázquez Agustín, Barrera Delgado Pamela Edna Guadalupe y Barrera Delgado Bernardo Elden Manuel vs. Jorge Alberto Calderón Ocampo, María del Rosario Mendoza Gómez, Jorge Barrera Vázquez, su Sucesión y C. Registrador de la Propiedad del Distrito de Tlalnepantla, Estado de México y Juan José Ruíz Ortega Notario Público Número 99 del Estado de México. Esp. Hip. T. 1221-2023, 1 Acdo. Barrón Noches Carlos vs. Hernández Martínez Rogelio y/otros Controv. Arrend. T. 293-2021, 2 Acdos. en Cuad. Amp. Bautista Espinosa Gustavo Javier vs. Nueva Walmart de México, S. de R. L. de C.V. y Efigente, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 1157-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Benítez García Blanca vs. Marina Benítez García y Esteban Raúl Torres Benítez Ord. Civ. T. 549-2024, 1 Acdo. Ckd Activos 8, S.A. P. I. de C.V. vs. Francisco Javier Olvera Hernández Esp. Hip. T. 557-2024, 1 Acdo. Delgado Soto Juan vs. Delgado Soto Carlos y Carlos Delgado Sánchez Ord. Civ. T. 396-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Diez González Cossío Máximo Eugenio Francisco vs. Juan José Diez del Rincón, Notario Número Doscientos Uno de la Ciudad de México, Licenciado Héctor Manuel Cárdenas Villarreal y Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Michoacán Ord. Civ. T. 607-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp., Ord. Civ. T. 607-2023, 1 Acdo. Duclaud Ampudia Liliana vs. El Universal Compañía Periodística Nacional, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 528-2024, 1 Acdo. Flores García Gabriel vs. Comisión Federal de Electricidad Ord. Merc. T. 207-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. García Gómez Felipe de Jesús vs. Esparza Torres Norma Controv. Arrend. T. 1192-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. García Hernández Raquel y Condóminos del Condominio Ex Hacienda Tarango, por Conducto de su Administradora Érika Uribe Albarrán vs. Arrendadora Estrategia, S.A. de C.V. y Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 5612024, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 561-2024-001, 1 Acdo. Gaxiola Cortés Marcela Claudia vs. Construrita S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 609-2022, 1 Acdo. González López Silvia Adriana vs. Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, Graham Montejo Luis, González Jiménez Román, C. Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, Nacional Financiera Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo y Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (Sae). Ord. Civ. T. 5622024, 1 Acdo. Hernández Arreola Linda Eyleen y Gil Alarcón Guillermo vs. Érika Isabel Huerta Buis, José Fernando Olaya Vargas, su Sucesión, Erik Fernando Olaya Huerta, María Fernanda Olaya Huerta, José Fernando Olaya Huerta, Notario Público Ciento Dieciseis de la Ciudad de México, Licenciado Ignacio R. Morales Lechuga y Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 1457-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Hernández Cruz Arcadio por su Propio Derecho y en Representación de Sus Hijos Ángel Gabriel y Wendy Marisol de Apellidos Hernández Rubio vs. Axa Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 5952022, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Hernández Jiménez María del Carmen y María de la Cruz Hernández Jiménez, su Sucesión vs. Malinaly Hernández Gutiérrez, Celtizn Atquetzaly Hernández Gutiérrez, Claudia Hernández Gutiérrez y Aída Gutiérrez Lara. Ord. Civ. T. 1364-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. HSBC México S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso Irrevocable, de Administración y Fuente de Pago y Garantía Número F/258024 vs. Rosa Patricia Mata Aranda y Ernesto Manuel Leyva Cárdenas Esp. Hip. T. 149-2024, 1 Acdo. Iamsa Real Estate S.A. P. I. de C.V. vs. Cibanco S.A. Institución de Banca Múltiple en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso Cib/3280, Inversionistas en Autotransportes Mexicanos S.A. de C.V. y Grupo Viva Aerobus, S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 1002024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Jueves 2 de mayo del 2024 Ibarra Navarro Rosa María del Pilar vs. Baños Navarro Héctor e Irma Soto Díaz, su Sucesión Ord. Civ. T. 390-2024, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 567-2024, 1 Acdo. Inmobiliaria Jerónimo S.A. de C.V. vs. Pista de Hielo de Cuernavaca, S.A. de C.V., y Pista de Patinaje Sobre Ruedas, S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 946-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Inmobiliaria Taherose, S.A. de C.V. vs. García Márquez José Antonio Esp. Hip. T. 1085-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Inmobiliaria Taherose, S.A. de C.V. vs. Simón Harari Louzieh Esp. Hip. T. 1511-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Jiménez Muciño Gustavo, su Sucesión y María del Rosario Segura Muciño, su Sucesión vs. Epifania Esquivel Reyes Ord. Civ. T. 2162024, 1 Acdo. en Expdllo. Juárez Guerra María del Carmen vs. Antonio Torres Gil, su Sucesión Ord. Civ. T. 1441-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Larios Pérez Tania Nanette vs. Cadena Tres I, S.A. de C.V. por Conducto de su Representante Legal y Grupo Imagen Medios de Comunicación, S.A. de C.V. por Conducto de su Representante Legal Ord. Civ. T. 275-2024, 1 Acdo. López Sánchez Rominna Sarai vs. Irma Rossana Sánchez Delgado, su Sucesión Oral Civ. T. 352-2024, 1 Acdo. Mexichem Fluor, S.A. de C.V. vs. Servicios Corporativos Qb Industrias, S.A. de C.V. e Idustrial Química de México, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 1457-2019, 1 Acdo. en Cuad. Amp., Ord. Merc. T. 1457-2019, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 1457-2019-001, 1 Acdo. Muñoz González Fernando vs. Georgina Guadalupe Olivares Trejo Controv. Arrend. T. 1309-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Ogando Herranz Amalia vs. Francisco Javier Marcelo Castillo Controv. Arrend. T. 128-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Olguín Coronel Juana vs. Atilano José López Jiménez, Guadalupe López Jiménez y Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 1553-2023, 1 Acdo. Ordóñez González Ricardo vs. Jesús Hugo Estrada Montaño Ord. Civ. T. 1306-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Osorio Téllez Mónica vs. Grupo Aduanal Daibry S. C. Juris. Vol. Civ. T. 173-2024, 2 Acdos. en Cuad. Amp. Otero Arnaiz Marta Adriana vs. Rosalba Márquez Corral Ord. Civ. T. 1405-2023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Park Auto S.A. de C.V. vs. Francisco Castillo Bonilla, su Sucesión Controv. Arrend. T. 355-2022, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Paz Chávez Alejandro vs. González Guzmán Roberto Ord. Civ. T. 1392024, 1 Acdo. Quesada Fox Vicente y Quesada Reynoso María Magdalena vs. Jorge Alejandro Guerra Arias y Carmen Arias Ibarra Esp. Hip. T. 566-2024, 1 Acdo. Revilla Pérez Lucio vs. Claudia Martínez Sánchez Ord. Civ. T. 15172023, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Reyes Meléndez Esther vs. Teresa Alcalá Soledad Ord. Civ. T. 5602024, 1 Acdo. Rodríguez Sánchez Laura vs. María del Refugio Cornejo Gallegos y/o Ma. Refugio Cornejo Gallegos, José de Jesús Moreno Cornejo, Alicia Moreno Cornejo, Israel Moreno Cornejo, Maricela Moreno Cornejo, Leslie Grisel López Moreno, Edgar Leonel López Moreno, Aura Elisa López Moreno y Héctor Iván Carrera Moreno Ord. Civ. T. 46-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. no Publ. del 30 de Abril. Rojas Martínez Olga Beatriz vs. Juana Gutiérrez Martínez, su Sucesión Ord. Civ. T. 565-2024, 1 Acdo. Secner Hr S.A. de C.V. vs. Aseguradora Aserta S.A. de C.V. Grupo Financiero Aserta Esp. Fian. T. 558-2024, 1 Acdo., Esp. Fian. T. 558-2024-001, 1 Acdo. Sedas Bravo María Dolores vs. Ignacia Lourdes Flores Clement y José Luis Abud Semerena Controv. Arrend. T. 552-2024, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 552-2024-001, 1 Acdo. Tovar Pérez Karla Angélica vs. Autos Sf S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 5562024, 1 Acdo. Valleco S.A. de C.V. vs. Díasa Internacional S.A. de C.V. y José Luis Villar Arguero. Controv. Arrend. T. 219-2024, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Velarde Méndez Mónica María Antonieta, Velarde Méndez Adriana María Dolores y Velarde Méndez Fabiola María del Carmen vs. Sergio Velarde Méndez y Paola María Luisa Michelin Méndez Ord. Civ. T. 354-2024, 1 Acdo. Villaverde López Salvador vs. Ángel Margain Barraza y Ramón Flores García. Ord. Civ. T. 81-2022, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Zúñiga Ramírez Raúl vs. La Buena Estrella Ediciones, S.A. de C.V. y Antonio Hernández Estrella Ejec. Civ. T. 564-2024, 1 Acdo. SENTENCIAS SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Eduardo Pureco López Esp. Hip. T. 4462024, Sent. Pon. 3. Billboard México, S.A. de C.V. vs. Screencast S.A. P. I. de C.V. Controv. Arrend. T. 477-2024, Sent. Pon. 1. Coldwell Banker Affiliates de México, Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Accord Corretaje y Bienes Raíces, Sociedad Civil y Gabriela García Curiel. Ejecutivo Mercantil Oral Merc. T. 4282024, Sent. Pon. 1. Gómez Álamo Marco Antonio vs. Desarrollos Capitalizables Sociedad Anónima de Capital Variable Esp. Hip. T. 471-2023, Sent. Pon. 3. Ortiz Licóna Domingo, su Sucesión vs. Gobierno del Distrito Federal hoy en Día Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 291-2024, Sent. Pon. 2. Tejada Caro del Castillo Rolando vs. Pendulum, S. de R. L. de C.V., Fc Acquisitions, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, Notario Público Número Cinco del Estado de México, Licenciado Gabriel Escobar y Ezeta Ord. Merc. T. 367-2024, Sent. Pon. 3. Tu Casa Express, Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Inmobiliaria Santa Lucía, S.A. de C.V., Fernando Cendón Cordero y José Antonio Cendón Cordero Esp. Hip. T. 491-2024, Sent. Pon. 3. Salas 83 Octavo de Lo Civil Ord. Civ. T. 223-2024, 1 Acdo. Dadin S.A. de C.V. vs. Fachadismo S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 2562020-002 Cuad. Amp. y 3, 1 Acdo. García León Irene También Conocida como García Irene su Sucesión vs. Juana Santos Eugenio Controv. Arrend. T. 308-2024, 1 Acdo. García Martínez Eloísa vs. Meneses Fernández Javier y Fernández Nava Consuelo Controv. Arrend. T. 887-2022-003, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 887-2022-004, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 887-2022-005, 1 Acdo. Gay Gómez Martha Kenia vs. Administradora de Recursos Humanos y Corporativos, S.A. de C.V. y Otros Ord. Civ. T. 241-2016-007, 1 Acdo. Gusaca Inmuebles, S.A. vs. Luis Daniel Arroyo Torres y Eleuteria Alarcón Romero Controv. Arrend. T. 269-2024, 1 Acdo. Hernández Ramírez Eustaquio vs. Reyes García María del Carmen Ojeda Rivas, Blanca Yazmín García Ojeda y Jorge Armando García Ojeda Ord. Civ. T. 67-2024 Cuad. Amp., 1 Acdo. Ion Tu Casa, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable vs. Islas Monteslaura y Martínez González Nashely Guadalupe Esp. Hip. T. 398-2023 Cuad. Amp. Y1, 1 Acdo. Jaime Hernández María Concepción vs. Carlos Barbosa Villarauz; José de Jesús García Medina; Coordinador General de la Central de Abasto de la Ciudad de México, Banco Santander Mexicano, S.A. Fiduciaria del Fideicomiso para la Construcción y Operación de la Central de Abasto de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 8012023, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 801-2023-001, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 801-2023-002, 1 Acdo. Justo Antas Ramón vs. José Vilas Durán Ejec. Merc. T. 326-2019009 Cuad. Amp., 1 Acdo. Kostovetzky Slepak Emilio, su Suc. vs. Banco Nacional de México, S.A. Ejec. Gar. Prenda Extrajud. Merc. T. 337-2014-039 Cuad. Amp., 1 Acdo. Macías Márquez Aurelio vs. Love Stores, S.A. de C.V. y Uriel Maximiliano Valdez Aguilar Amante. Controv. Arrend. T. 2972016-008 Cuad. Amp., 1 Acdo. Meraz Ríos José Luis vs. Pingarrón García Carlos Mauricio Ejec. Merc. T. 726-2019-008, 1 Acdo. Moreno Reyes Francisco Emmanuel vs. BBVA México Sa Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA México Ord. Civ. T. 559-2023 Cuad. Amp., 1 Acdo. Opardiv S.A. de C.V. vs. Lonas Lorenzo S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 1162021-005 Cuad. Amp. y 6, 1 Acdo. Ruíz Santaolalla Héctor vs. Rodrigo Ramírez Arciniega Controv. Arrend. T. 162-2023, 1 Acdo. Sergio Michel Pérez Mendoza vs. Click Pyme, S.A. de Cv, S. O. F. O. M., Enr Controv. Arrend. T. 384-2023 Cuad. Amp., 1 Acdo. Sofía Salazar Salazar vs. Marco Antonio Marín Ramírez, Jhon César Gómez Flores y Sergio González López Ord. Civ. T. 669-2023 Cuad. Amp., 1 Acdo. Somilleda Álvarez Hermenegilda vs. Vásquez Torres Claudia Samantha Yari Ord. Civ. T. 148-2024 Cuad. Amp., 1 Acdo. Svanstrom Corona Mauricio vs. Astrid Ingmarie Poumeyrol, E. P. Svanstrom Corona Quien También Acostumbra Usar el Nombre de Astrid Poumeyrol, Notario Público Número 145 de la Ciudad de México, Licenciado Francisco José Visoso del Valle y Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 313-2024, 1 Acdo. Torres González Gonzalo Daniel vs. Meza Hernández Aurora Ord. Civ. T. 145-2021, 1 Acdo. Torres Sesin Javier vs. Solución de Conflictos Legales S. C. y María Eugenia Villegas y Sánchez Controv. Arrend. T. 243-2022-003, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 243-2022-005, 1 Acdo. Unifin Financiera S.A. B. de C.V. Sofom E. N. R vs. Omega Innovation S.A. de C.V. y Jorge Alonso Puente Sosa Ejec. Merc. T. 599-2022001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Villuendas Monjardin María del Carmen vs. Eduardo González Monjardin y Julia Domínguez Gallardo Ord. Civ. T. 93-2024, 1 Acdo. AUDIENCIAS Centro Cultural el Plaza, S.A. de C.V. vs. Operadora de Centro de Espectáculos, S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 514-2022-010, 2 Auds. SENTENCIAS Aragón Noriega Ángel vs. All In One México, S. de R. L. de C.V. y Procuraduría Social de la Ciudad de México Juris. Vol. Civ. T. 2402024, Sent. Pon. 2. Carmona Muñoz Abogados, S. C vs. Aerovías de México, S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 180-2023, Sent. Pon. 1. SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. ROSA MARÍA MONTALVO MONTERO NOVENA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Administradora Team Pro, S.A. P. I. de C.V. vs. José Sasson Chayo e Inmobiliaria Escape 21, S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 159-2023-010, 1 Acdo. Alonso Jiménez Daniel vs. Carlos Alvarado González Ejec. Merc. T. 548-2001-001, 1 Acdo. Ballesteros Luna Mario vs. Gildardo Torres Reyna, María Nicolasa Nieto y Cruz de Torres Oral Civ. T. 686-2023, 1 Acdo. Banco Regional, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero. Demandado: Equipos Computacionales de México, S.A. de C.V. vs. Equipos Computacionales de México, S.A. de C.V. Esp. Hip. T. 309-2022-003, 1 Acdo. Banco Santander (México) S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Operaciones Internacionales de Servicios S.A. de C.V. y Otros Ejec. Merc. T. 208-2017-004, 1 Acdo. Belmont Bobadilla Elizabeth vs. Claudia Abigaihl Rendón Yedra Ord. Civ. T. 386-2022-003 Cuad. Amp., 1 Acdo. Bustamante Figueroa Sergio Hugo vs. Libertad Servicios Financieros., S. F. P., Operadora de Inmuebles del Centro, S.A. de C.V. y Jesús Guevara Aguilar Ord. Civ. T. 242-2020-004 Cuad. Amp., 1 Acdo. Cárdenas Ramírez Amalia, Moguel Cárdenas David y Moguel Cárdenas Raúl Claudio vs. Parrilla Cárdenas Víctor Hugo Ord. Civ. T. 266-2024, 1 Acdo. Centro Cultural el Plaza, S.A. de C.V. vs. Operadora de Centro de Espectáculos, S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 514-2022, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 514-2022-001, 1 Acdo. Chavero Robles Rosalba Julia vs. Héctor Raúl Gómez Castro Controv. Arrend. T. 232-2024, 1 Acdo. Cisneros Alcántara Guillermo Miguel, Cisneros Echeverría Magaly y Cisneros Echeverría Miguel vs. Fletes Chihuahua, S.A. de C.V., la Latinoamericana Seguros, S.A., Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo en su Carácter de Institución Fiduciaria del Fideicomiso Número 1936 Denominado Fondo Nacional de Infraestructura y Grupo Nacional Provincial, S.A. B. Ord. Civ. T. 282-2023-001, 1 Acdo. Corrales Martínez Omar Candelario vs. Seguros Inbursa, S.A. Grupo Financiero Inbursa Ord. Civ. T. 225-2024, 1 Acdo. Cueto Cañizo María Celsa vs. Operadora de Hospitales Ángeles, S.A. de C.V. y Eric Alejandro Santamaría Linares Ord. Civ. T. 117-2023, 1 Acdo. Cuidado Ocular, S.A. Dec. V vs. Aída Rodríguez Torres, Florencia Rodríguez Torres, Leonardo Rodríguez Torres, Nora Rodríguez Torres, Paul Furzyfer Mostkow, Fernando Sarmiento Luna, Juzgado Cuadragésimo Segundo de Lo Civil, Juzgado Décimo SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA 84 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC vs. Inmobiliaria Azo, S.A. de C.V. ;Inmobiliaria Saned, S.A. de C.V. ; Eduardo Abraham Kanan y Justo Olvera Caballero Ejec. Merc. T. 187-2024, Sent. Pon. 2. Inmobiliaria Lomo Lomas Verdes, S.A. de C.V. vs. Alejandro Barrón Figueroa Controv. Arrend. T. 233-2024, Sent. Pon. 2. Instituto Pro-Infancia y Juventud Femenina, A.C. vs. Centro de Estudio Aztlan, A.C. Moisés Aguilar Lugo, María del Rosario Silva Hernández de Aguilar Controv. Arrend. T. 1-2024, Sent. Pon. 2. Julia Guiomar Minguez de Arroita vs. Santa Teresa, Institución Gineco Obstetrica S.A. de C.V. y Médica Sur S.A. B. de C.V. Ord. Civ. T. 213-2024, Sent. Pon. 2. Proa Vaca Rosa vs. C. Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Esta Ciudad y Rodolfo Reyes Aguilar Ord. Civ. T. 220-2024, Sent. Pon. 3. Scotiabank Inverlat, Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Scotiabank Inverlat vs. Lucía Iliana Ramírez Ortega Esp. Hip. T. 436-2022-001, Sent. Pon. 1. Tiburcio Sáinz Irma Gabriela vs. Leopoldo Hernández del Real Ord. Civ. T. 779-2022-001, Sent. Pon. 2. Tolse Liner, S.A. de C.V. y Voser, S.A. de C.V. vs. Osterman Plastics de México, S. de R. L. de C.V. Ord. Merc. T. 221-2024, Sent. Pon. 2. Zaldívar Valverde Norma vs. Banco Mexicano Somex, S.A. (Por Conducto de su Causahabiente Banco Santander (México), S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Ord. Civ. T. 45-2024, Sent. Pon. 2. Jueves 2 de mayo del 2024 Blanco Rodríguez Francisco de Jesús vs. Martín Blanco Tagle Esp. Hip. T. 451-2020-002, 1 Acdo. Bravo Malpica Hugo Francisco Jaime vs. Instituto Leonardo Bravo, A.C., Bravo Bonilla Angélica Lizbeth, Bonilla Herrera Norma Cecilia, Notario Público 164 del Estado de México y Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México. Ord. Civ. T. 903-2019-004, 1 Acdo. Camacho Vivanco Catherine Haydee vs. Gerardo Rico Hernández. Ord. Civ. T. 320-2022-006, 1 Acdo. Castro Martínez María vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 240-2024-001, 1 Acdo. Delgado Torres María Ángeles y Baltazar Delgado José Ismael vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 61-2021-006 Cuad. Amp. I, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 61-2021-006 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Desarrollo de Ingeniería Civil y Tecnología, S.A. de C.V. vs. Georgina Leticia Ibáñez Pulido, Salvador Berumen Sandoval, Alfredo Vega Domínguez Prov. Prec. Merc. T. 293-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Díaz Ávalos Hugo vs. Santander Vivienda, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada. Ord. Merc. T. 580-2021-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Elizalde Castillo Jorge Octavio vs. Submedia, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 300-2020-003 Cuad. Amp., 2 Acdos. Flores Marini Alfonso vs. Impulsora Classe S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 289-2019-003, 1 Acdo. Galicia Gallegos José Manuel vs. Paulina Gayosso Márquez Controv. Arrend. T. 801-2023-001, 1 Acdo. Galicia Villaluz Guillermo vs. Víctor Pérez Galicia Ord. Civ. T. 7372023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. García Sánchez Angélica vs. Cuidado a la Vanguardia S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 150-2024-001, 1 Acdo., Ord. Merc. T. 150-2024-002, 1 Acdo. González Sandoval Federico vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 242-2024-001, 1 Acdo. Grupo Parve S.A. de C.V. vs. Grupo Inmobiliario Mariscal Medina S.A. de Cv, Verónica Hood González Controv. Arrend. T. 99-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Guzmán López Maximino Miguel vs. Calonico de Rivera Martha También Conocida como Calonico de Rivera Marta, y C. Director General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Esta Ciudad Ord. Civ. T. 279-2024-001, 1 Acdo. Hemsani Dahab José su Sucesión vs. De Coss Carrasco de Hemsani Sonia Edith, Hemsani de Coss Diana, Hemsani y Chama Dinana, Notario Público 47 de Tonala Estado de Chiapas y C. Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 328-2019-010 Cuad. Amp., 1 Acdo. Hernández Romo Manuel de Jesús, Leticia Urdanivia Ávila, Ambos por Propio Derecho y en Representación del Infante de Identidad Reservada D. M. H. U vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civ. T. 582-2021-003 Cuad. Amp., 1 Acdo. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC vs. Top Star S.A. de C.V., Girault Ruíz Ivonne. Ejec. Merc. T. 53-2017-001, 1 Acdo. Inclán Huitrón Fernando vs. Villa Mil Sosa Irma Ord. Civ. T. 641-2021004 Cuad. Amp. I, 1 Acdo. Inmobiliaria Ayb S de R.L. de C.V. vs. Iberdrola Ingeniería y Construcción México S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 279-2023001, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 279-2023-002, 1 Acdo. Inmobiliaria Gen, Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Carlos Arturo Soria Arriaga, Adriana Ramírez Pérez Controv. Arrend. T. 788-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Inmuebles Srom S.A. de C.V. vs. Romat Food S.A. de Cv, Jorge Carlos Bravo López, María del Carmen Modesta Caldelas Martínez Controv. Arrend. T. 373-2023-002, 1 Acdo. Jochabar, S.A. de C.V. vs. Financiera Cualli, S.A. P. I. de C.V., S. O. F. O. M., E. N. R., Weiji, S.A., Promotora de Inversión de Capital Variable Ord. Civ. T. 113-2024-001 Cuad. Amp., 3 Acdos. Labra Trejo Sara y Miguel Ángel Gaona Ramírez vs. Luis Manuel Gaona Ramírez Ord. Civ. T. 80-2024-001, 1 Acdo. Lara Trejo Rafael Alejandro vs. Mauricio Plata Andrade, Juan Manuel Herrera Navarro Controv. Arrend. T. 632-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Larguer Guerrero Olga vs. Roberto Jarillo Ibarra y María Elena Alcalde Reyes. Esp. Hip. T. 227-2017-004, 1 Acdo. Lozano Ávila Irene vs. Antonio Portillo Flores y Gabriela Regalado Sandoval Ord. Civ. T. 191-2024-001, 1 Acdo. SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. MARÍA DE LA LUZ ALONSO TOLAMATL DÉCIMA SALA CIVIL ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Abundes Mondragón José Edgar vs. Silvia González Campos Ord. Merc. T. 506-2023-003 Cuad. Amp., 1 Acdo. Apl Logistics Warehouse Management Services de México, S.A. de C.V. vs. Operadoras en Servicios Comerciales, S.A. de C.V. Ejec. Merc. T. 562-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Arrendadora Monex S.A. de Cv, antes Arrendadora Avance S.A. de C.V. vs. Playopack Suministros Industriales S.A. de C.V. y Rubén Galaz Segura Ejec. Merc. T. 222-2024-001, 1 Acdo., Ejec. Merc. T. 222-2024-002, 1 Acdo. Banco Actinver Sa Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Actinver en Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso de Administración Número F 4879 vs. Inmobiliaria Interceramic S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 28-2024-001 y 002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Banco Invex S.A. Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable de Centro de Capital Identificado Bajo el Número 860 vs. Martell Rodríguez Sergio Esp. Hip. T. 281-2024-001, 1 Acdo. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Ferrellyr, S.A. de C.V. y Guillermo Jiménez Hernández, su Sucesión Ejec. Merc. T. 182-2024-001, 1 Acdo. Banco Monex Sa Institución de Banca Múltiple Monex Grupo Financiero Exclusivamente en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso F 10353, Legorreta Gómez y Asociados S de R.L. de C.V. vs. Coppel S.A. de C.V. Med. Prep. Oral Merc. T. 219-2024001, 1 Acdo. Banco Santander México S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Sánchez Márquez Carlos y Hernández Huerta Humberto Ejec. Merc. T. 267-2019-005 Cuad. Amp., 1 Acdo. Bayata y Asociados S. C vs. Pérez Gavilan Arias Eduardo Ord. Civ. T. 438-2009-015, 1 Acdo. BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Inmobiliaria Grupo de Oro S.A. de C.V. y Otros Ejec. Merc. T. 745-2023-001, 1 Acdo. Beatriz Sanabria de Torres Quien También Utilizo el Nombre de Beatriz Sanabria Coronel, su Sucesión, Así como Gilberto Torres García Quien de Igual Manera Utilizó el Nombre de Gilberto Torres y García su Sucesión y por Luis Gilberto Torres Sanabria su Sucesión vs. Alma Edith Solís Reyes Ord. Civ. T. 613-2023-001 Cuad. Amp., 2 Acdos. Benet Sa vs. Colegio Guadalupe Sc, Urbe Sa Vía Aprem. Civ. T. 8022023-002 Cuad. Amp., 4 Acdos. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Lozano Montalvo Alfredo su Sucesión vs. Fernando Lozano Martínez Controv. Arrend. T. 5-2024-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. Luis Rogelio Pedroza Vallejo vs. Rubí Esther Vidal Sandoval, Jorge de la Torre Ascencio, Luis Alfonso Guardia Gaudiano, C Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México Ord. Civ. T. 34-2024-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Merino Lanzilotti Rosa Angélica vs. Basculas Esher S.A. de C.V. y Sara Margarita Hernández Barba Controv. Arrend. T. 275-2024001, 1 Acdo. Nazario Linares Epifania su Sucesión vs. María de Lourdes Chávez Flores Ord. Civ. T. 176-2023-004, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 176-2023005, 1 Acdo. Ordas Escourido José Luis y Otro vs. María Margarita Hernández Álvarez y Otros Ord. Civ. T. 506-2021-003 Cuad. Amp., 1 Acdo., Ord. Civ. T. 506-2021-003 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Ortega Mendoza Georgina vs. Aurecell S. R. L. de C.V. y Otro Ejec. Merc. T. 277-2024-001, 1 Acdo., Ejec. Merc. T. 277-2024-002, 1 Acdo. P-I Corporarivo, S.A. P. I de C.V. vs. Monclova Pirineos Gas S.A. de C.V., Constructora Industrial de Monclova, S.A. de C.V., Alianz Petroleum, S.A. de C.V., Vetra Energía S. L., Vetra Exploración y Producción Colombia, S.A. S., Vetra Energy Group, Llc, Miramar Energías, S. L., Energías Mejicanas, S. L., Vetra Mpg Holding, S.A. de C.V., Avanzia, S.A. de C.V., y Steel Serv, S.A. de C.V. Ord. Merc. T. 119-2020-015, 1 Acdo. Padilla Camacho Margarito vs. Isidro Rodríguez Regino Ejec. Merc. T. 521-2023-004, 2 Acdos. Pechoux Jean René Andre Adam vs. Peronnet Cedric Jocelyn y Otros Ord. Merc. T. 893-2022-004 Cuad. Amp. V, 1 Acdo. Pérez de León Ocampo Nina, Jorge David Pérez de León Ocampo vs. María de la Luz Ereri Pérez de Lara Rivera, Volviendo a Lo Natural S.A. de C.V. Controv. Arrend. T. 659-2023-001 Cuad. Amp., 1 Acdo. Pérez Vertti Tenorio Saúl Iván vs. Soto Sánchez Alicia Ord. Civ. T. 1952024-001, 1 Acdo. Proyectos en Administración Inmobiliaria S.A. de Cv, Banco Nacional de México Sa Integrante del Grupo Financiero Banamex vs. María Elena Ubando Leyva, También Conocida como María Elena Ubando Leyva de Lizárraga Ord. Merc. T. 280-2024-001, 1 Acdo. Rosenbaum Juárez Alberto Marcial, Teodoro Alberto Rosenbaum Alatriste vs. Jorge Arnal Palomera Controv. Arrend. T. 551-2022003 Cuad. Amp., 1 Acdo. Sala Arce Miriam Guadalupe vs. Miguel Ramos Islas, Samuel Johnson Okhuysen, Ricardo Samuel Johnson Okhuysen, Francisco William Johnson Okhuysen, Dolores Johnson Okhuysen, Sofía Margarita Johnson Islas, Eduardo Andrés Johnson Islas, María Ana Johnson Islas, María Cristina Johnson Islas Ord. Civ. T. 806-2023-002 y 001 Cuad. Amp., 1 Acdo., Ord. Civ. T. 806-2023-002, 1 Acdo. Sánchez Rosado Esperanza vs. Marco Antonio Buendía Fernández y Otros Ord. Civ. T. 270-2023-003 Cuad. Amp., 2 Acdos. Sánchez Valle Jesús Antonio y José Antonio Sánchez Escobar vs. David Alejandro Sánchez Escobar Prov. Prec. Civ. T. 813-2023003, 1 Acdo. Valle López América Natali vs. Antunez Díaz Humberto y Otra Ejec. Merc. T. 732-2023-002, 1 Acdo. Valles Santo Tomás Maricela vs. Reyes Montiel Mayra y Palma Suárez Francisco Miguel Ord. Civ. T. 508-2023-001 Cuad. Amp., 2 Acdos., Ord. Civ. T. 508-2023-001, 1 Acdo. en Cuad. Amp. Vázquez Pedraza María Cristina vs. Martín Palacios Pérez Ord. Civ. T. 778-2023-001 Cuad. Amp. I, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 7782023-001 Cuad. Amp. II, 1 Acdo., Controv. Arrend. T. 778-2023001 Cuad. Amp. III, 1 Acdo. Verónica Valencia Castillo vs. Heriberto Ortiz Flores, su Sucesión Ord. Civ. T. 325-2023-001 Cuad. Amp. I, 1 Acdo., Ord. Civ. T. 3252023-001 Cuad. Amp. II, 1 Acdo. Villaseñor Costa Benjamín, Francisco José Villaseñor Espinosa, José Alejandro Villaseñor Íñiguez, José Salvador Villaseñor Zepeda y Grupo Corvi, S.A. de C.V. vs. Logística Bosques S.A. P. I. de C.V. y Otros Ord. Civ. T. 517-2021-001, 1 Acdo. Zapata Marti Ricardo vs. María Victoria Zapata Bueno Controv. Arrend. T. 262-2024-001, 1 Acdo. Zepeda Villalpando Patricia Guadalupe vs. María Virginia Valle González y Otros Ord. Civ. T. 796-2023-002 Cuad. Amp., 1 Acdo. SENTENCIAS BBVA México Sa Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Alberto Romero Sánchez Esp. Hip. T. 5652022-005, Sent. Pon. 1. Salas 85 Inmuebles Srom S.A. de C.V. vs. Romat Food S.A. de Cv, Jorge Carlos Bravo López, María del Carmen Modesta Caldelas Martínez Controv. Arrend. T. 373-2023-002, Sent. Pon. 2. Núñez Rodríguez José Arturo vs. Hugo de la Barrera Mares, Luis de la Barrera Mares Yjuan de la Barrera Mares Ord. Civ. T. 1732024-001, Sent. Pon. 1. Unifin Financiera, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad No Regulada vs. Silvia Cuautle Vázquez. Esp. Hip. T. 635-2019-002, Sent. Pon. 2. Vallejo Almanza Armando vs. Sergio Viveros Vázquez Ord. Civ. T. 354-2023-002, Sent. Pon. 1. Zesati Farías Lucía Paola vs. Maricela Balestra Aguilar Ord. Civ. T. 722024-001, Sent. Pon. 3., Ord. Civ. T. 72-2024-002, Sent. Pon. 3. SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. IVONNE ANGULO GALLARDO PRIMERA SALA FAMILIAR ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Alonso de Florida Rivero Fernando y Neus Peniche Sala Div. Sin Causa Inc. de Guar. y Cust. Def. y Al Inc. de Pens a 634-2022-00 Cuad. de Amp. Aut del 30 Alonzo del Río Dalía Regina vs. Hugo Salvador Oliver Morales Fam. de Proc Oral Enlace en Ctro Just para Mujer Perd. Pat Pot 9422024-00 Aut del 30 Alonzo del Río Dalía Regina vs. Hugo Salvador Oliver Morales Fam. de Proc Oral Enlace en Ctro Just para Mujer Perd. Pat Pot 9472024-00 Aut del 30 Alonzo del Río Dalía Regina vs. Hugo Salvador Oliver Morales Fam. de Proc Oral Enlace en Ctro Just para Mujer Perd. Pat Pot 9512024-00 Aut del 30 Argüeta Ponce Orlando y Beatriz Laredo Gómez Div. Sin Causa, Vía de Apremio 772-2024-00 Aut del 29 P1 Arias Oliva Sinahi Elebed vs. Víctor Manuel Toledo Álvarez Controv. Fam. 477-2024-00 Cuad. de Amp. Aut del 30 Barroso Hernández Leonardo vs. Edgar Manuel Barroso Morales Controv. Fam. Pago de Una Pens Alim. Prov y en su Momento Def. 933-2024-00 Aut del 29 Caballero Vélazquez Gloria Itzel vs. Alan Axel López López Controv. Fam. Alimentos Guar. y Custodia 1474-2023-00 Cuad. de Amp. Aut del 30 P3 Cabrera Ramírez Norma Guillermina y Miguel Ángel Bonilla Tenorio Div. Sin Causa Inc. de Fijación de Pensión Alimenticia Tomo III 9322024-00 Aut del 29 Carbellido Marín Evelyn Daniela vs. Miguel Ángel Fuentes Vargas Controv. Fam. Guarda y Cust., Alimentos 753-2024-00 Aut del 26 P3 Carrera Durán Agustín Suc. Test. a Bienes de Inc. de Adición Al Inventario y Avaluo 1948-2019-00 Aut del 29 Castro Baños Alejandra Itzel vs. Irvin Alann Jiménez Mora Otros Oral Fam. Reconoc. de Paternidad 1380-2022-00 Cuad. de Amp. II Aut del 29 Cohen Acevedo Yliana Victoria y Patrick Kokou Gbele y-o. Kokou Gbele Div. Sin Causa Inc. de Camb. de Guar. y Custodia 941-202400 Aut del 30 Domínguez Marín Cristopher David vs. Nancy Beatriz Vélazquez Durán Controv. Fam. Inc. de Incumplimiento de Conv. Camb. Guar. y Cust. y Reg. Vis 323-2024-00 Aut del 30 Fajardo Vaca Marco Antonio vs. Gabriela Muñoz Pérez Controv. Fam. Guarda, Cust., Reg. de Visitas y Convivencias 583-2024-00 Aut del 29 Flores Lozano Verónica y Juan Carlos Griera Hernando Div. Fam. de Proceso Oral, Sin Causa Vía de Apremio III 1879-2023-00 Cuad. de Amp. Aut del 30 Flores Sánchez Martha vs. Miguel Ángel Espinosa Valencia Controv. Fam. Inc. de Cancel. de Pensión Alimenticia 790-2024-00 Aut del 30 P1 García Vázquez Cecilia vs. José Trinidad Rodríguez Gallegos Controv. Fam. Alimentos por Comparecencia 884-2024-00 Aut del 30 P2 Gómez Álvarez Rosa Elena vs. Enrique Curiel Río Controv. Fam. Aut del 30 Expdllo. 5536 P3 Gregg Guereque Juan Francisco y Karla Giacinti Torres Div. Sin Causa 694-2024-00 Aut del 30 Guzmán Mercado Kenia Esteli y Giovanni Goanni Chávez Sánchez Div. Sin Causa Inc. de Reduc. de Pensión Alimenticia 668-2024-00 Aut del 30 SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA 86 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Hernández Raya Adriana Guadalupe vs. Ricardo Andrés González Hernández Controv. Fam. Alimentos 2347-2023-00 Aut del 30 Hernández Rodríguez Maira Citlalli vs. Carlos Javier Chávez Pantoja Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 2344-2023-00 Aut del 29 O1 Hernández Vázquez Martha Araceli vs. René Mendoza Díaz Controv. Fam. Violencia Rec. de Q. 1292-2023-00 Cuad. de Amp. Aut del 29 Ignacio Gerardo Limón Priede Otros Especial Hipotecario Aut del 29 Expdllo. 5535 José Ramírez Bernardino Suc. Intest. a Bienes de Inc. de Remoción de Albacea III 396-2024-00 Aut del 30 Kleriga Blanco Elizabeth Regina vs. Raúl Martínez Varea Controv. Fam. Alimentos Guar. y Custodia 313-2024-00 Aut del 30 López Jurado Cruz Armando y Iris Gabriela Moctezuma Ramírez Div. Sin Causa 934-2024-00 Aut del 29 Lozanova Elena Bogomilova y Francisco Javier Cedillo Oshea Div. Sin Causa Inc. de Camb. de Guar. y Custodia 2121-2022-00 Aut del 25 Macías Magaña Diana Lisbeth vs. Abraham Rojas García Controv. Fam. Tomo III 936-2024-00 Aut del 29 Martínez Espinosa María Elena vs. Jesús Fernando Gallardo Pineda Controv. Fam. Alimentos por Comparecencia 2367-2023-00 Cuad. de Amp. 2 Auts del 29 Martínez Ramírez Gloria vs. Adalberto Garduño Arriaga Controv. Fam. Alimentos por Comparecencia 622-2023-00 Aud. del 30 Mendieta Zavala Rosario vs. Paulina Esthefania Galicia Mendieta Controv. Fam. Alimentos Tomo II 944-2024-00 Aut del 30 Mercado Contreras Erasmo Suc. Test. a Bienes de 937-2024-00 Aut del 29 Ortiz Duarte Fernando Suc. Test. a Bienes de Secc IV Participación y Adjudicación Tomo II 277-2022-00 Cuad. de Amp. Aut del 30 Osorio Gasca Vanessa vs. Gerardo Alonso Vélazquez Romero Ord. Civ. Div. Nec Inc. de Preservación de Derechos del Menor Rec. de Q. 1297-2016-00 Aut del 29 Ostos Mañón María Gabriela y Sergio Antonio Ramírez Martínez Div. Sin Causa Inc. Pgo. de Increm de Pens Alim. Retroactivo y a 26042023-00 Cuad. de Amp. Aut del 29 Pasquel Ruíz Enriqueta Adriana y Arturo José Saval Pérez Div. Sin Causa 755-2018-00 Aut del 29 Pasquel Ruíz Enriqueta Adriana y Arturo José Saval Pérez Div. Sin Causa 824-2018-00 Aut del 29 Quijano Escorcia Edgar vs. Rosalba Griselda Luján Darío Controv. Fam. Rec. de Q. 928-2024-00 Aut del 29 Rodríguez Mendoza Roberto Salvador y Otro vs. Dora Librada Rodríguez Mendoza y Otros Ord. Civ. Nul. de Test. 1015-2023-00 Cuad. de Amp. Aut del 29 Rodríguez Sánchez Joshua vs. Frida Viviana Mendoza Amaya Controv. Fam. Régimen de Visitas y Convivencias 935-2024-00 Aut del 29 Rodríguez Solares Rafael Suc. Test. a Bienes de 845-2024-00 Aut del 30 Silva Munguía Leopoldo Suc. Test. a Bienes de Inc. de Remoción de Albacea 456-2023-00 Cuad. de Amp. Aut del 30 Tapia Roque Juan Miguel vs. Yazmín Moctezuma Montaño Controv. Fam. Tomo II 1152-2023-00 Cuad. de Amp. Aut del 29 Tramini Poli Marie José y-o. Marie José Tramini de Paz Suc. Intest. a Bienes De: Secc. Cuarta Tomo Iv, Acum Al Exp. 1067-1998 Rec. de Q. 938-2024-00 Aut del 29 Tramini Poli Marie José y-o. Marie José Tramini de Paz Suc. Intest. a Bienes De: Secc. Cuarta Tomo Iv, Acum Al Exp. 1067-1998 Rec. de Q. 939-2024-00 Aut del 29 Tramini Poli Marie José y-o. Marie José Tramini de Paz Suc. Intest. a Bienes De: Secc. Cuarta Tomo Iv, Acum Al Exp. 1067-1998 Rec. de Q. 940-2024-00 Aut del 29 Trejo Medel Maura Genoveva vs. Guillermo de la Cruz Roque Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia Excep. de Incom. por Decl. 3672023-00 Aut del 29 Turrent Hernández María Fernanda y Edgar González Peredo Div. Sin Causa Rec. de Q. 927-2024-00 Aut del 29 Vázquez del Rosario Mónica Daniela vs. Alexis Vera Cornejo Controv. Fam. 2092-2023-00 Aut del 30 Vila Burguete Carlos Alberto y Marcela María Alva de Huerta Div. Sin Causa 931-2024-00 Aut del 29 Villagrán Lores María del Rocío vs. José Antonio Vargas Rubio Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 2490-2023-00 Cuad. de Amp. Aut del 30 Jueves 2 de mayo del 2024 Zavala Palacios Aranza Juris. Vol. Interdicción de 1386-2022-00 Cuad. de Amp. Aut del 30 SENTENCIAS Cardona Medina Alma Bernarda y Luis Pereda García Div. Sin Causa 681-2024-00 Sent del 26 P1 Cardona Medina Alma Bernarda y Luis Pereda García Div. Sin Causa 346-2024-00 Sent del 26 P1 Gil Rivera Luz María Suc. Test. a Bienes De: Inc. de Remoción de Albacea 780-2024-00 Sent del 30 P3 Mercado Contreras Erasmo Suc. Test. a Bienes de Rec. de Q. 8662024-00 Sent del 30 P3 Pardo Carballeda Benigno Suc. Test. a Bienes de 2264-2023-00 Sent del 30 P1 Sánchez Pedroza Misael vs. Amalinalli Farfán Carrillo Controv. Fam. Alimentos Inc. de Modif de Guar. y Custodia 805-2024-00 Sent del 30 P3 SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. LUIS NAVA ANTONIO SEGUNDA SALA FAMILIAR ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aguilera Ramírez Érika vs. Arturo García Jiménez Nul. de Matr. 2365-2023-003 Cuad. de Amp. Acdo. del 29 Aguirre González Javier y Ana Laura Fuentes Serrano Div. Inc. Inc. de Reduc. de Pensión Alimenticia 2434-2023-002 Cuad. de Amp. Acdo. del 29 Amacosta Muñoz Liliana Verónica vs. Gonzalo Castan Castillo Controv. Fam. Alimentos Guar. Custodia 300-2024-003 Cuad. de Amp. Acdo. del 26 Bunkoed Chanaporn vs. Julio César Noguerón Sandoval Controv. Fam. 2392-2023-000 Acdo. del 29 Cardoso Capistrán Verónica y Pedro Serret Hernández Div. Inc. Inc. de Modificación de Convn. 920-2024-008 Acdo. del 29 1 más en Const Cedillo Rodríguez Jael Azenat y Llanos Carmona Miguel Ángel Div. Inc. Inc. de Cancel. y Reduc. de Pensión Alim. 924-2024-002 Acdo. del 29 1 más en Const Chávez García Diana vs. Arvizu Espinosa Yran Joan Controv. Fam. Guarda Cust. y Pensión Alimenticia 344-2024-012 Cuad. de Amp. Acdo. del 29 Colorado Solís Martha Leticia y Manuel Gascón García Div. Inc. Inc. de Pgo. de Pensión Alimenticia Def. y Una Compensa 10902022-013 Cuad. de Amp. Acdo. del 30 Amp. 111-24 Flores Frías Cinthia vs. Francisco Villatoro Rodríguez Controv. Fam. Guarda Cust. y Pensión Alimenticia 766-2024-000 Acdo. del 29 1 más en Const García Pérez Guillermo Ricardo vs. Marisol Cervantes Aguado Controv. Fam. Inc. de Pgo. de Pensiones Alimenticias Vencidas y No Pagadas 547-2024-000 Acdo. del 29 Juárez Ángeles Esperanza Mónica Suc. Intest. Inc. de Objeción Impugnación a la Segunda Rendición de Ctas 2462-2023-013 Acdo. del 29 Morales Larrinaga Luis vs. Ania Martínez Álvarez Controv. Fam. 1993-2023-006 Cuad. de Amp. Acdo. del 29 Noreña López Silvia y Mario Carrillo Sánchez Div. Inc. 297-2024000 Cuad. de Amp. Acdo. del 26 Núñez Prieto José Francisco y Gabriela Quesada Ortiz Div. Inc. 21252023-006 Acdo. del 29 Olea Dorantes Anadell vs. Alfredo Alemán Vinalay Controv. Fam. Alimentos Excep. de Incom. por Decl. 929-2024-000 Acdo. del 29 Pedrazzini Pagani Pierino Juris. Vol. Declar. de Formalidad de Validez de Tes. Hecho en 922-2024-000 Acdo. del 29 1 más en Const Peñaloza Sandoval David y Ivelitz Chebaux Fernández Div. Inc. 16402023-000 Cuad. de Amp. Acdo. del 29 Pérez Paredes Norma Angélica vs. Alejandro Martínez Nava Controv. Fam. Inc. de Modificación de Convn. 1758-2023-000 Cuad. de Amp. Acdo. del 29 Amp. 1289-23 Ramos Villar Yaresi Andrea y María del Rocío Villar del Prado vs. Juan Manuel Ramos Controv. Fam. Alimentos 1953-2023-000 Cuad. de Amp. Acdo. Pon1 Rodríguez Lamas Patricia vs. Franco Carrillo Óscar René Controv. Fam. Alimentos Inc. de Reduc. de Pensión Alimenticia 921-2024004 Acdo. del 29 1 más en Const SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Rosales Rodríguez Itzel y José Luis Luna Gachuz Div. Inc. 16262023-000 Cuad. de Amp. Acdo. del 29 Amp. 127-23 I Salinas Falcón Germán Benito vs. María de Los Ángeles Gómez Parrilla Controv. Fam. Régimen de Visitas y Convivencias 5802024-002 Acdo. del 29 Sánchez de la Barquera Morales Delfina Suc. Test. 1558-2023-009 Acdo. del 29 Expedientillo Tanamachi Ramos Jesús Keiki y Sthephanie Andrea González Gerard Div. Inc. Inc. de Cump. de Reg. de Visitas y Convivencias 876-2024-000 Acdo. del 29 Vera Vera María Edith vs. Pelcastre Pablo Enrique Ord. Civ. Div. Nec 930-2024-000 Acdo. del 29 Vieyra Moreno Ana Laura y Rosales Salazar Raúl Rubén Div. Inc. 2241-2023-019 Cuad. de Amp. Acdo. del 26 Vieyra Moreno Ana Laura y Rosales Salazar Raúl Rubén Div. Inc. Inc. de Liq. de Soc. Cony. y Fijación de Pensio 2243-2023-021 Cuad. de Amp. Acdo. del 26 Villafana Richard Yaznelli vs. Pérez Rodríguez Salvador Controv. Fam. Alimentos Guar. y Cust. Inc. de Modificación y Adición de 4512019-006 Cuad. de Amp. 2 Acdo. del 30 Tomo II Villar Otero María Esther y Luis Federico Moreno Treviño Div. Inc. Inc. de Liq. y Pgo. de Pensión Alimenticia 36-2024-006 Cuad. de Amp. Acdo. del 26 Villegas Romero Héctor Enrique vs. Baston Patiño Julieta Paola Controv. Fam. 486-2024-012 3 Acdos. del 29 SENTENCIAS Alejandre Galaz Omar Ernesto y Lizette Andrea Guerrero Arteaga Div. Inc. Inc. de Modificación de Convn. Respecto Al Reg. de Convi 863-2024-000 Sent. Pon3 Ávila García Guadalupe y Ledesma García Mario Div. Inc. Inc. de Liq. de Soc. Conyugal 422-2024-000 Sent. Pon1 Bernal Franco Rodolfo y María del Rocío Buendía Garrido Div. Inc. Inc. de Fijación de Pgo. de Pensión Alimenticia Compensatori 7812024-000 Sent. Pon3 Fragoso Serralde Romina Paola y Luis Manuel Pérez López Div. Inc. 742-2024-000 Sent. Pon1 Hernández González Leonardo Daniel vs. Magaly Merced Noveron Controv. Fam. Guarda y Custodia 782-2024-000 Sent. Pon3 Jiménez Peralta Jorge vs. Susana Elizabeth Bisueto Flores Controv. Fam. 701-2024-003 Sent. Pon1 Tagle Barrios Evangelina del Carmen vs. Gilberto Bravo Reyes Controv. Fam. Inc. de Liq. de Pensión Alimenticia 589-2023-014 Sent. Pon3 C-E Salas 87 Al Div. 2039-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Flores Poblano Ana Lilia vs. Carlos Tirado García Controv. Fam. Alim. Inc. de Canc. de Pens. Alim. 116-2024-00 Cuad. de Amp. Aut. Gallardo Vargas Adriana vs. Mario Vílchis Vidal Otros Oran en Materia Fam. Acciones Derivadas e la Patr. Potest. Perd. de la Patr. Potest. 929-2024-00 Aut. García Padilla Omar Carlos Suc. Intest. a Bienes 920-2024-00 Aut. García Velasco Alondra antes Velasco Zires Alma Rosa vs. Sergio García Arroyo su Sucesión Ord. Civ. Rec. de Pater. Quinto Tomo Rec. de Q. 926-2024-00 Aut. García Vigil Laura vs. Fernando Jesús de Iturbide Ampudia Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Ejec. de la Claús. Sexta del Conv. Aprobado en Sent. de Fecha 17 de Octubre de 2014 925-2024-00 Aut. González Yarza Alejandra vs. Gonzalo Jorge Casímiro Trujique Otros Oral Fam. Acciones Derivadas de la Filia. Rec. de Pater. 25122023-00 Cuad. de Amp. Aut. Hernández Luisa vs. Julieta Chávez Hernández Controv. Fam. Alim. Excep. de Incom. por Decl. 825-2024-00 Aut. Herrera Aragón Salvador vs. Minerva Castañeda Morales Juic. de Div. Sin Causa Segundo Tomo del Inc. de Cesación de Alim. 22542023-00 Cuad. de Amp. Aut. Jiménez Santos Janett vs. Eduardo Fernández del Busto Estrada Juic. de Div. Sin Causa 336-2024-00 Aut. Lara Lara Ángel Rubí vs. Marcos Méndez Guzmán Controv. Fam. Segundo Tomo 927-2024-00 Aut. Luján Irastorza Jesús Estuardo vs. Alexandra Volin Bolok Lovett Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Guar. y Cust. y Fijación de Pens. Alim. 1018-2023-00 Aut. Luján Irastorza Jesús Estuardo vs. Alexandra Volin Bolok Lovett Juic. de Div. Sin Causa 628-2023-00 Aut. Luján Irastorza Jesús Estuardo vs. Alexandra Volin Bolok Lovett Juic. de Div. Sin Causa 486-2023-00 Aut. Manrique Sánchez José de Jesús Suc. Intest. a Bienes de Inc. de Rem. de Albacea 922-2024-00 Aut. Matus López María Patrocinia Suc. Intest. a Bienes de 1882-202300 Cuad. de Amp. Aut. Mayorga Martínez Carlos Alejandro vs. Natasha Karina Molina Makoveeva Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Pens. Alim. 923-202400 Aut. Medellín Cabrera Bertha María de Lourdes vs. Óscar Alberto Medellín Cabrera Albacea de la Suc. a Bien Ord. Civ. Inof. de Test. Segundo Tomo 1-2024-00 Aut. Muñoz Tapia Luis Roberto vs. Ana Karen López Salinas Controv. Fam. Reg. de Visitas y Conv. 921-2024-00 Aut. Ocampo Cruz Francisco Javier vs. Sharon Karen Espinosa Ortiz Controv. Fam. Segundo Tomo 456-2024-00 Cuad. de Amp. Aut. Pereda Godínez Manuela Suc. Test. a Bienes de Segundo Tomo 1032024-00 Cuad. de Amp. Aut. Pérez Bolde Villarreal Guillermo Augusto vs. Lina Elizabeth Rodríguez González Juic. de Div. Sin Causa Vía de Apremio Ejec. de Conv. 854-2024-00 Aut. Poirier Escárcega Roland Yves R vs. Regina Cervantes Félix Otros Oral Fam. Modif. de Conv. Vía de Apremio 1240-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Revelo Sánchez Olenka Stephanie vs. Luis Adrián Montes Castrocerio Controv. Fam. Guar. y Cust. y Alim. 190-2024-00 Cuad. de Amp. Aut. Rodas Otazu Sandra Mariel vs. Jerónimo José Coutiño Mata Controv. Fam. Guar. y Custodia 840-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Rodas Otazu Sandra Mariel vs. Jerónimo José Coutiño Mata Controv. Fam. Guar. y Cust. Tercer Tomo 137-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Ruíz Martínez Cuauhtémoc vs. Guadalupe Pérez Flores Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Canc. de Pens. Alim. 924-2024-00 Aut. Santana Rosas Dulce Isabel Berenice vs. Óscar Gordillo de la Rosa Controv. Fam. Alim. 157-2024-00 Cuad. de Amp. Aut. Santiaguillo Roldán Esther vs. Óscar Alberto Vera Lechuga Controv. Fam. Inc. de Cumpl. de Conv. 654-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Santos Yáñez José Luis vs. Karina Marlene Mejía Paz Otros Oral en Materia Fam. Acciones Derivadas de la Filiación, Desc. de Pater. 137-2024-00 Cuad. de Amp. 2 Auts. Saumonneau Francois Diego Paul vs. Eloísa Zayola Medina Rest. de Menor Restitución Internacional de la Menor Saumonneau Zayola Juliette Tercer Tomo 84-2023-00 Cuad. de Amp. II. Aut. Soto Bravo Cindy Teresa vs. Ángel Abraham Morales Urban Controv. Fam. Alim. 931-2024-00 Aut. Trejo Gómez Daniela Samantha vs. David Adán Gómez Castañeda SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. WENDY GPE. CRUZ RIVERON TERCERA SALA FAMILIAR ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Abdo Mina Suhayla vs. Pedro Maalouf Shaadi Controv. Fam. Segundo Tomo 1620-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Acosta Uriegas Laura Verónica vs. Eduardo Latapi Artigas Juic. de Div. Sin Causa Vía de Apremio 955-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Almaraz Oliva Manuel Guadalupe vs. Isabel Jasso Hernández Juic. de Div. Sin Causa Rep. de Autos Inc. de Falta de Identidad de Bien Inmueble 396-2024-00 Cuad. de Amp. Aut. Álvarez y Rivero José Carlos del Sagrado Corazon de Jesús y Suc. Test. a Bienes de Inc. de Rem. de Albacea 702-2024-00 Aut. Carbajal de Nova Marisol Suc. Intest. a Bienes de Excep. de Incom. por Decl. 1671-2023-00 Aut. Carrera Soria María de la Luz vs. Otilio Leandro Castillo Duarte Controv. Fam. Alim. Segundo Tomo del Inc. de Cesación de Pens. Alim. contra Karla Fabiola y Mariana Odette de Apellidos Castillo Carrera 1258-2023-00 Cuad. de Amp. 2 Auts. Chávez Durán María Guadalupe vs. Geovanni David Torres Butanda Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Modif. de Conv. Sobre Guar. y Custodia 758-2024-00 Aut. Collazo Loeza Irma Guadalupe vs. José Domingo Pérez Valdez Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. Inc. de Camb. de Guar. y Custodia Rec. de Q. 928-2024-00 Aut. Colmenero Téllez María Marina vs. Rodolfo Martínez Ramírez Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Canc. de Pens. Alim. 4-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Flores Magón Jiménez Daniel vs. Gabriela Bustamante Herrera Juic. de Div. Sin Causa Inc. para Regular Las Consecuencias Inherentes SOLO CONSULTA 88 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Controv. Fam. Alim. Guar. y Custodia 930-2024-00 Aut. Uribe Flores Noé vs. Anayeli Padilla Gordon Juic. de Div. Sin Causa 737-2024-00 Aut. Vélazquez González Javier vs. Beatriz Adriana Ventura Grimaldo Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Consecuencia Inherente a la Disol. del Vinculo Matr. Alim. Guar. y Custodia 1614-2023-00 Cuad. de Amp. II. Aut. Zavala Elguera María del Rosario vs. Mario Zavala Elguera Controv. Fam. Alim. 62-2024-00 Cuad. de Amp. Aut. Zúñiga Razo Ángeles vs. Rita Antonia Zúñiga Razo en su Carácter de Albacea de la Suc. Ord. Civ. Nul. Absoluta del Test. Publ. Abierto Contenido en el Instrumento Notarial Núm. 49327 Otorgado por Juana Razo Pérez 2594-2023-00 Aut. Expdllo. SENTENCIAS Acosta Uriegas Laura Verónica vs. Eduardo Latapi Artigas Juic. de Div. Sin Causa Vía de Apremio 250-2024-00 Sent. Acosta Uriegas Laura Verónica vs. Eduardo Latapi Artigas Juic. de Div. Sin Causa Vía de Apremio 251-2024-00 Sent. Arellano Díaz Valeria Darene vs. José Salvador de la Ó Hernández Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. Inc. de Canc. de Pens. Alim. 2097-2023-00 Sent. Cumpl. de Ejec. Arellano Díaz Valeria Darene vs. José Salvador de la Ó Hernández Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. Inc. de Canc. de Pens. Alim. 2098-2023-00 Sent. Cumpl. de Ejec. Castro Rodríguez Victoria y-o. Victoria Castro Rodríguez Flores y-o. Victoria Castro Rodríguez Vda. de Flores y-o. Victoria Castro de Flores y-o. Victoria Rodríguez Castro y-o. Victori Suc. Test. a Bienes de Inc. de Rem. de Albacea 800-2024-00 Sent. Cazares Cacique Gisele y Felipe Rodríguez Magallón Juris. Vol. Aprobación de Conv. Inc. de Actual. de Pens. Alim. 500-2024-00 Sent. Díaz Chablet Maribel vs. Roberto Ávila Arregui Juic. de Div. Sin Causa 482-2024-00 Sent. Duarte Quezada Omar vs. Aída Fernández González Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. Segundo Tomo 676-2024-00 Sent. Gertz Loizaga Victoria Samantha vs. Julián Antuñano Olvera Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Fijación de Pens. Alim. Def. y de Declar. de Descuido y Abando en el Cuidado de Los Hijos del Matr. Rec. de Q. 884-2024-00 Sent. Madero Rivero Andrea vs. Marcelo Carrandi Esmenjaud Controv. Fam. 785-2024-00 Sent. Madero Rivero Andrea vs. Marcelo Carrandi Esmenjaud Controv. Fam. 786-2024-00 Sent. Nolasco Medina María Dolores vs. Alejandro Retana Moreno Juic. de Div. Sin Causa Inc. de Rev. de Medidas Cautelares y Guar. y Cust. Def. 760-2024-00 Sent. Sánchez Rodríguez Guillemo Suc. Test. a Bienes de 753-2024-00 Sent. Santoyo Gómez Mauro Suc. Test. a Bienes de Inc. de Test. 7792024-00 Sent. Uribe de la Huerta Francisco David vs. Violeta Guadalupe Solano Rivera Controv. Fam. 776-2024-00 Sent. Vélazquez García Yadira vs. Oliver Moreno Martín Controv. Fam. Alim. Guar. y Custodia 784-2024-00 Sent. Jueves 2 de mayo del 2024 Controv. Fam. Inc. de Cesación de Pens. Alim. 562-2024-00 Aut. Bibiana Ruíz Valdés vs. Cruz Alberto Martínez Rangel Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. 916-2024-00 Aut. Bonilla Herrera Norma Cecilia vs. Hugo Francisco Jaime Bravo Malpica Div. Inc. de Comparec. y Participación de Bienes 14052023-00 Cuad. de Amp. Aut. Camacho Alegría Alfonso Suc. Test. 899-2024-00 Aut. de su Fecha Camacho Orozco Sara Suc. Intest. a Bienes de Inc. de Objeción a la Rend. de Ctas Rendición de 74-2024-00 Aut. Candano Conesa Diego vs. Ana María González Cimadevilla Div. Div. Inc. Excep. de Incom. por Decl. 1329-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Cececer Valenzuela María Cristina vs. Mauricio Javier Mendieta Aznar y Guzmán Div. Inc. Inc. que Reg. Las Cons. Inh. a la Dis. del Vinc. Matrim 897-2024-00 Aut. Chamosa Ruíz Adriana María Eugenia vs. Antonio Luna Guerra Otr. Perdida de la Pat. Potest. 882-2023-00 Aut. Cortés Gómez Leonor Suc. Intest. 570-2024-00 Aut. Cortés Gómez Leonor Suc. Intest. Inc. de Opos. a la Rend. de Ctas. de la Albacea 240-2024-00 Aut. Cruz Millán Jéssica Irais vs. Tito Gabriel Sánchez Pérez Controv. Fam. Alim. 1447-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Díaz García María de la Luz vs. Miguel Ángel Padilla Rivera Controv. Fam. Pens. Alim. 736-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. de su Fecha Expllo Esparza Fernández Antonio y Otros vs. Emma Pruneda Perdomo Ord. Civ. Pet. de Heren. 42-2024-00 Cuad. de Amp. Aut. Espinoza López Ana María vs. Arturo Reséndiz López Div. Inc. de Liq. de Soc. Conyugal 1810-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. de su Fecha Farah Rivadeneyra Héctor vs. Gerardo Arévalo Ramírez y Rocío del Socorro Feliz Cruz Otr. Reconoc. de Paternidad 70-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. de su Fecha García Carrillo Norma vs. Joel Francisco Espinosa Antunes Controv. Fam. Alim. 88-2024-00 Aut. de su Fecha García López Patricia vs. Delfino Villalva Montañez Controv. Fam. Inc. de Cancel. de Pens. Alim. 1359-2023-00 Aut. García Muñoz Paula Suc. Intest. 830-2024-00 Aut. Giordano Acuña Martha Alejandra vs. Benito Neme Sastre Div. Div. Inc. Inc. para Reg. Las Cons. Inherentes a la Dis. Mat 1410-202300 5 Autos de su Fecha González Rodríguez Silvia Beatriz vs. Ariel Arturo Granados Cerecero Controv. Fam. Vía de Apremio 847-2023-00 Aut. González Torres María del Carmen vs. Bernardo Palma Reyes Controv. Fam. 1198-2023-00 2 Autos de su Fecha González Uscanga Lissette vs. Juan José Lara Hernández Controv. Fam. Guarda y Cust. Alim. 2323-2018-00 Aut. González y Servín María Luisa vs. Middalia Evelia Vélazquez Ábrego Otr. 1713-2023-00 Aut. Hernández Acevedo Roberto Carlos vs. Hernández Jaime Ana Paola Div. Inc. de Pens. Alim. 2533-2023-00 2 Autos de su Fecha Huitrón Sánchez Araceli Ivonne vs. Juan Carlos Gómez Jaimes Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. 120-2024-00 2 Autos de su Fecha Jiménez Abad Santiago vs. Sofía de la Torre Calderón Controv. Fam. 1527-2022-00 Aut. de su Fecha -Amp Jiménez Abad Santiago vs. Sofía de la Torre Calderón Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. 2100-2023-00 2 Autos de su Fecha Jiménez Abad Santiago vs. Sofía de la Torre Calderón Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. 2098-2023-00 2 Autos de su Fecha Jiménez Abad Santiago vs. Sofía de la Torre Calderón Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. 2095-2023-00 2 Autos de su Fecha Jiménez Abad Santiago vs. Sofía de la Torre Calderón Controv. Fam. Alim. 1551-2023-00 2 Autos de su Fecha Jiménez Abad Santiago vs. Sofía de la Torre Calderón Controv. Fam. Alim. Guar. y Cust. 2101-2023-00 2 Autos de su Fecha Jiménez Abad Santiago vs. Sofía de la Torre Calderón Controv. Fam. Alim. Guar. y Alim. 2103-2023-00 2 Autos de su Fecha Jiménez Marañon Cecilia Ivonne vs. Víctor Hugo Cruz Acevedo Controv. Fam. Alim. 905-2024-00 Aut. Lara Mondragón Juan Suc. Test. 915-2024-00 Aut. López Reyes Omar Octavio vs. Atenea Tirado Navarro Div. Inc. de Cons. Inherentes Al Matr. 2456-2023-00 2 Autos Lozano Espíndola Gudelia Suc. Test. 917-2024-00 Aut. Lujano López Rosa María vs. Daniel León Orozco Controv. Fam. Alim. por Comparec. (Inc. de Pens. Alim. Vencidas y No Pagadas 152024-00 Aut. Manríquez González Érika Paola vs. Manuel Carlos Alpizar Zavala Controv. Fam. Inc. de Act. de Pens. Alim. 2565-2023-00 Aut. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. LUIS ALBERTO RAMÍREZ GARCÉN SOLO CONSULTA CUARTA SALA FAMILIAR ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aguilar Galván Olga Jacqueline y Otro Juris. Vol. Inc. de Ejecc. de Convn. 702-2024-00 Aut. Alatorre Ocampo Itzel vs. Raquel Méndez Hernández Controv. Fam. 1894-2022-00 Aut. -Amp Amaya Sánchez Mario Salvador vs. Lus María Amaya Rodríguez y -O. Controv. Fam. 918-2024-00 Aut. Arias Peñaloza Gisela vs. C. Director del Reg. Civ. de la Ciudad de México Otr. Nul. de Actas 2161-2023-00 Aut. Ávila Talonia Jaquelín Gimena vs. Juan Alberto Rocha Hernández Otr. Oral Fam. Acc. Deriv., de la P. P. P. 151-2017-00 Aut. Barrera Osorno Manuel Suc. Test. Inc. de Rendición de Ctas. 9202024-00 Aut. Barrera Osorno Manuel Suc. Test. Inc. de Rendición de Ctas. 9192024-00 Aut. Barrón García Rosa Martha vs. Mario Alejandro Randle Vázquez Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Méndez Rodríguez Teresa Suc. Test. Inc. de Opos. de Al Proyecto de Partición y Distrib. 2459-2023-00 Aut. Mondragón Ramírez Irene Suc. Intest. 2521-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Morales Mora María de la Luz vs. Antonio Cuevas Molina Controv. Fam. 601-2024-00 Aut. de su Fecha Morales Toledo Iliana vs. Rodolfo Laurent Iglesias Controv. Fam. Guarda. Cust. y Alim. 41-2024-00 Aut. Muñohierro Ríos Mariana vs. René Carrilo Torres Controv. Fam. Guarda y Cust. y Alim. 617-2024-00 Aut. Nava Nivon Imelda Adriana Patricia vs. Carlos Alberto Martínez Moreles Div. Inc. para Reg. Las Cons. Inh. Al Div. 898-2024-00 Aut. de su Fecha Orozco Bonilla Enrique Armando vs. Frida Mariana Chávez Razo Controv. Fam. 922-2024-00 Aut. Ortiz Rubio Anzorena Valeria vs. José Renan Mijangos Mandujano Div. Vía de Apremio 2321-2023-00 Aut. Paz Noguez Érika Alejandra vs. Larrañaga Carrasco César Octavio Div. 948-2023-00 Aut. Peñaloza Rueda Fabián vs. Rosa María Vega García Div. 807-202400 Aut. Pérez Lerma Laura Andrea vs. Francisco Javier Alvarado Revuelta Controv. Fam. Inc. de Imcumpl. de Conv. 536-2024-00 Aut. de su Fecha Pérez López Nelly vs. Juan Ramón Ballesteros Hernández Controv. Fam. Guarda y Cust. Alim. 1748-2023-00 Aut. Pérez Ortega Sofía vs. Carlos Jesús Carrillo Arias Controv. Fam. Guarda y Cust. Pens. Alim. 1396-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Pineda Rodales Rosario vs. Marco Antonio Hernández Reyes Div. 2306-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Piza González Anna Isabel vs. Juan Enrique Trueba Calleja Controv. Fam. Inc. de Reduc. de Pens. Alim. 1057-2022-00 Cuad. de Amp. Auito Puerta Serrano Edder Octavio vs. Martha Itzel Domiguez Rivera Controv. Fam. Alim. Guar. Cust. 540-2024-00 Aut. Ramírez Salazar Luis Eusebio vs. Ocotlán Gutiérrez Carcamo Div. Inc. de Guar., Cust. y Alim. 921-2024-00 Aut. Ratkovich Martínez Vanesa vs. Manuel Gallardo Elizalde Controv. Fam. Inc. de Canc. Alim. 934-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Razo Pérez Samuel Suc. Test. Inc. de Opos. de Ctas. de Admón. Rec. de Q. 913-2024-00 Aut. Regalado González María de Lourdes vs. Abel Vázquez González Div. Inc. de Comparec. 2423-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Reyes Pérez Cecilia Mafalda vs. Miguel Ángel Cevada Monterrosas Controv. Fam. Alim. 1210-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. Reyes Rojas María Xóchitl vs. Marco Antonio Ramos Vázquez Controv. Fam. Alim. 1679-2013-00 Aut. de su Fecha Reyes Salgado Anayelli vs. Pedro Félix Martínez Ruíz Controv. Fam. Guarda y Cust. y Pens. Alim. 2253-2022-00 Aut. Roblero Vélazquez Armando vs. Flor Lissete Roblero Gutiérrez Controv. Fam. Alim. 62-2022-00 Cuad. de Amp. Aut. Rojas Pruneda Héctor vs. Elsa Garrido Machuca Controv. Fam. Guarda y Cust. 120-2022-00 Cuad. de Amp. Aut. Rojas Pruneda Héctor vs. Elsa Garrido Machuca Controv. Fam. Guarda y Cust. 121-2022-00 Cuad. de Amp. Aut. Romano Cabrera Araceli vs. César Alberto Ancira Islas Controv. Fam. Guarda y Cust. 2130-2018-00 Cuad. de Amp. Aut. Romero Torres Pablo Suc. Test. Inc. de Tercera Excl. 2591-202300 Cuad. de Amp. Aut. Ruíz Zurbia Flores Angélica vs. Máximo Francisco Bustamante Arias Div. Inc. de Entrega y Des. del B. Inmob. Deriv. de la Dis. del VI 9092023-00 Cuad. de Amp. Aut. Sánchez Yedra Pedro y-o. Sánchez Hiedra Pedro Suc. Intest. 7542024-00 Aut. Sánchez Yedra Pedro y-o. Sánchez Hiedra Pedro Suc. Intest. 7532024-00 Aut. Vargas Torres Luis Eduardo vs. Andrea Romero Oliva Controv. Fam. Regim. de Visit. y Conv. 1653-2018-00 Cuad. de Amp. Aut. Villanueva Otamendi Angélica vs. Edgardo López Alquicira Div. Div. Inc. Inc. de Reducc. de Pens. Alim. 2502-2023-00 Cuad. de Amp. Aut. de su Fecha Wenning Kebe Roberto Suc. Intest. 1723-2022-00 Cuad. de Amp. Aut. SENTENCIAS Antar Achar Edward vs. Rosa Cojab Gutman Div. 1494-2023-00 Cuad. de Amp. Sent. P. 1 Cump. de Ejec. Bazán Martínez Yadira Yazmín vs. Raúl Alejandro Reguera López Salas 89 Controv. Fam. Alim. 273-2023-00 Sent. de su Fecha (Rec. de Rep. ) P. 3 Gutiérrez Vega Magdalena Suc. Intest. Inc. de Nul. de Actuaciones 731-2024-00 Sent. P. 2 Juárez Aguilar Roberto vs. Norma Elizabeth González Reyes Ord. Civ. Div. Nec. Inc. de Canc. de Pensión Alim. Prov 2592-2023-00 Sent. de su Fecha P. 3 Ramírez González Ana Karen vs. Telma González Bonilla Controv. Fam. Alim. 685-2024-00 Sent. P. 2 Ramírez Moreno Liliana vs. Roberto Ron Delgado Controv. Fam. 2438-2023-00 Sent. D su Fecha P. 1 Rivas Plata Héctor Enrique vs. Sol de María López Aguilar Div. Inc. de Comparec. Econ. 659-2024-00 Sent. de su Fecha P. 3 Romero Serrano Cosett vs. Juan Manuel Vega Tapia Controv. Fam. 722-2024-00 Sent, P. 3 Romero Serrano Cosett vs. Juan Manuel Vega Tapia Controv. Fam. 721-2024-00 Sent. P. 3 Torres Casas Benito Suc. Intest. Inc. de Liquidación 208-2024-00 Sent. P. 3 SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. GERARDO ESCOBAR SANTOS QUINTA SALA FAMILIAR ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aguirre Sánchez Silvia vs. Enrique Martínez Quintos Ord. Civ. Incdte. de Liq. de Soc. Conyugal 605-2023-00 Cuad. de Amp. Acdo. Albarenque Analia Claudia vs. Omar Noé Tovar Carbajal Controv. Fam. Guarda y Custodia 697-2024-03 Acdo. Albarenque Analia Claudia vs. Omar Noé Tovar Carbajal Controv. Fam. Guarda y Custodia 698-2024-04 Acdo. Ángel Esquivel Iván vs. Adriana Ibarra Flores Otros Div. Sin Expresión de Causa 823-2024-11 Acdo. Báeza César Mara Alejandra vs. Mario García Ponce. su Suc. Ord. Civ. Inof. de Test. 812-2024-00 Acdo. Barajas Reyes Esperanza y-o. Esperanza Barajas y-o. Esperanza Barajas Reyes de Martínez Suc. Test. 1381-2023-00 Acdo. Bautista San Juan Marisela vs. Josué Carrasco Mejía Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 637-2024-00 Acdo. Bravo Horet María Fernanda vs. Alejandro García Contreras Controv. Fam. 36-2024-04 Acdo. Carmona Carranza Karina Ivonne vs. Óscar Andrés Castiblanco Vaquiro Controv. Fam. 2420-2023-02 Acdo. del 26 Celis Rodríguez Christian Israel vs. Paola de Anda López Controv. Fam. Incdte. de Suspens. de Reg. de Vis. y Conviv. 431-2024-03 Cuad. de Amp. Acdo. Centeno López Yazmín del Carmen vs. Alexander Israel Montufar Martínez Controv. Fam. 408-2024-03 Acdo. del 26 Cevallos Almada María Guadalupe vs. Miguel Adolfo Rosillo Sánchez Otros Div. Sin Expresión de Causa 784-2023-19 Acdo. Chávez Miguel Gloria Suc. Test. 618-2023-02 Cuad. de Amp. 3 Acdos. Cuevas López Francisco Javier vs. Guillermo García Olvera. su Suc. a Través de Sus Albaceas. F Ord. Civ. 182-2024-00 Acdo. Elizarrarás Vázquez María Gabriela vs. Israel Sánchez González Controv. Fam. Guarda, Cust. y Alimentos 836-2023-02 Acdo. Feria Levario Edgardo vs. María de Lourdes Hernández Hernández Controv. Fam. 1022-2021-02 Acdo. del 29 Fernández González María Laura Suc. Test. 1195-2023-00 Acdo. García Jiménez Paula Isabel y-o. García Jiménez Isabel y-o. García Jiménez María Isabel y-o. García Jiménez Paula Suc. Intest. 8252024-05 Acdo. García Olvera Daniel vs. Consuelo Guzmán Estrada Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. de Liq. de la Soc. Conyugal 813-202400 Acdo. García Rodríguez Ilse Meredith vs. Jonathan Lugo Rosales Otros Oral Familiar. Reconoc. de Paternidad 120-2024-00 Acdo. González Mendoza Elizabeth vs. Juan José Ramírez Cruz Controv. Fam. Alimentos por Comparecencia 558-2024-00 Acdo. González Orduna Karen Aylin vs. Leonardo Santillán Santamaría Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 2471-2023-00 Acdo. Gudino Osorno José Carlos vs. Luz Gabriela Hernández Ramírez Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. de Pgo. de Adeudo de Pensión Alimenticia 688-2024-00 Acdo. Hernández Mendoza Dolores vs. Ayax Martínez Carranza. Leticia SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA 90 Salas BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Carranza Chávez y José Luis Controv. Fam. Incdte. de Liq. de Pensiones Alimenticias No Pagadas 820-2023-14 Cuad. de Amp. Acdo. Herrera Rocha Héctor Alejandro vs. Érika Berenice Garrido Ortigosa Controv. Fam. Régimen de Visitas y Convivencias 1370-2023-00 Cuad. de Amp. Acdo. Hidalgo Rebollo Ofelia Giselle vs. Jarillo Arroyave Mauricio Andrés Controv. Fam. Alimentos por Comparecencia 1147-2023-00 Acdo. Jiménez Jiménez Maurilio y-o. Amado Maurilio Jiménez Cruz Suc. Test. 711-2024-00 Acdo. Juan Reyes Karla Michelle vs. Raymundo Uriel Rayas Ruíz Controv. Fam. 714-2024-00 Acdo. Expdtllo. del 29 Kleyff Berdowsky Karen vs. Víctor Cassab Charabati Ord. Civ. Investigación de Paternidad 606-2024-33 Acdo. Le Bihan Soazik Marie José vs. Salvador Nunez Moreno Controv. Fam. Alimentos 818-2022-05 Cuad. de Amp. Acdo. Leduc García Luis Rafael y Luz María Cira Anaya Villa Div. Vol. 7922023-00 Cuad. de Amp. Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 1990-2023-15 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 1992-2023-17 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 1994-2023-19 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 2237-2023-21 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 2236-2023-20 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 2238-2023-22 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia Rec. de Q. 2239-2023-00 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia Rec. de Q. 1272-2023-00 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 1582-2023-08 Acdo. del 29 Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 1583-2023-09 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 1584-2023-10 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 1734-2023-14 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia Rec. de Q. 1897-2023-00 Acdo. Lee Bonilla Magda Eugenia vs. Alejandro Vega Silva Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 1991-2023-16 Acdo. López Esquivel Carmen Patricia vs. Alejandro Chávez Uriostegui Controv. Fam. Incdte. de Cancel. de Pensión Alimenticia 8092024-00 Acdo. Luna Martínez Janeth Yadira vs. Martín Atenco Moreno Controv. Fam. Alimentos. Incdte. de Nul. de Emplaz. 593-2024-00 Acdo. Marín Baltazar Jorge Alberto vs. Alicia Nayeli Díaz González Controv. Fam. 815-2024-03 Acdo. Márquez López Dustin París vs. Tania Zazily Pena Robles Controv. Fam. Régimen de Visitas, Convivencias y Alimentos. Incdte. de Reduc. de Pensión Alimenticia 640-2024-00 Acdo. Martínez González Marco Antonio Suc. Intest. Rec. de Q. 190-202400 Cuad. de Amp. Acdo. Martínez Herrera María de Jesús Estefany vs. Miguel Rubio Osornio Controv. Fam. Alimentos. Incdte. de Modificación y Reduc. de Pens. Alim. 633-2023-00 Cuad. de Amp. Acdo. del 29 Mejía Sánchez Rosalba vs. Marco Antonio Alan Romero Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 2497-2023-00 Cuad. de Amp. 2 Acdos. Mercado Vázquez Mayra Copelia vs. Ricardo Rodríguez Gracia Controv. Fam. Alimentos por Comparecencia. Incdte. de Reduc. de Pensión Alimenticia 811-2024-00 Acdo. Murat Macías José Adolfo vs. Iveth Lagos Galindo Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. de Guar., Cust., Reg. de Visitas y Convivencias, Pensión Alimentaria y Garan. de Pensión Alimentaria 822-2024-08 Acdo. Nazario Cazares Norma Patricia vs. Hugo Enrique Reyes Reyes Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. de Liq. de Soc. Conyugal 342-2024-02 Acdo. Oropeza López Sara Inés vs. Miguel Ángel Martínez Matus Controv. Fam. Alimentos 817-2024-00 Acdo. Jueves 2 de mayo del 2024 Paz Hernández Patricia y-o. Paz Patricia Suc. Test. 254-2024-00 Acdo. del 29 Pineda Pérez Xóchitl Citlali vs. Rodolfo Sánchez Zepeda Otros Div. Sin Expresión de Causa 1676-2023-02 Acdo. Pliego de la Rosa Jorge Fernando vs. Leticia Torres San Martín Otros Div. Sin Expresión de Causa 808-2024-00 Acdo. Quinones Reyes Lidia Juris. Vol. Interdicción 2364-2023-00 Cuad. de Amp. Acdo. Reyes Gómez Jonatan Eric vs. Tania Yadira González Santos Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. de Gda., Cust. y Pensión Alimenticia 810-2024-00 Acdo. Ricaldi Lizárraga Brenda Leticia vs. Francisco Javier Cruz López Controv. Fam. Incdte. de Modificación de Reg. de Visitas y Convivencias 2248-2019-03 Acdo. del 29 Rivera González Adriana Genoveva vs. Enrique Cuéllar Rivera Controv. Fam. Cump. de Convn. 1275-2023-05 Cuad. de Amp. Acdo. Rojas Martínez María del Sol vs. José Hernández Hernández Controv. Fam. Alimentos 135-2019-00 Acdo. Expdtllo. Rojo Malacara Francisco Suc. Intest. 1903-2019-00 Acdo. del 29 Sales Sarrapy Carlos Leopoldo vs. Laura Elena Ortiz Chapa Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. de Modific. de Convn. para Regular Las Cuestiones Inherentes a la Disol. del Vinculo Matrimonial (Cambio de Gda. y Cust. ) 1516-2018-83 Cuad. de Amp. Acdo. (Amparo-Iv) Servín Moreno María Leticia vs. Edgar Heriberto Ocampo Gudino Otros Oral Familiar. Pérd. de la Pat. Potest. 653-2023-02 Acdo. Solano Patino Soledad Juris. Vol. 816-2024-00 Acdo. Terrones López Rodolfo vs. Rosa María Bautista Rivera Otros Div. Sin Expresión de Causa 286-2024-00 Cuad. de Amp. Acdo. Tinajero Tejeda Salvador vs. Marlen Martínez Martínez Controv. Fam. Régimen de Visitas y Convivencias 2039-2023-04 Cuad. de Amp. Acdo. Uribe Ortega Ernesto vs. Janeth Eusebio León. Lázaro Eusebio Solís y Amalia León Gerónimo Controv. Fam. Guarda, Cust. y Alimentos. Incdte. de Nul. de Actuaciones 2117-2023-04 Acdo. Urzua López Zaira Mariana vs. Cristian Jesús Salazar Sánchez Controv. Fam. Alimentos, Guar. y Custodia 712-2024-00 Acdo. Valverde Castillo Jorge Luis vs. Chantal Carius Estrada Controv. Fam. 820-2024-04 Acdo. Valverde Castillo Jorge Luis vs. Chantal Carius Estrada Controv. Fam. 821-2024-05 Acdo. Vega Martínez María del Rosario vs. Víctor Aguirre Reveles Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. para Resolver Las Consecuencias Inherentes a la Disol. del Vinculo Matrimonial 102-2022-05 Acdo. del 29 Ventura Cabello Manuel y-o. Ventura Manuel Suc. Test. 213-202400 Cuad. de Amp. 3 Acdos. Vogel Fernández de Castro Bernardo Francisco vs. Maha Christiane Schekaiban Tohme Otros Div. Sin Expresión de Causa 814-202400 Acdo. Vogel Fernández de Castro Bernardo Francisco vs. Maha Christiane Schekaiban Tohme Otros Div. Sin Expresión de Causa 819-202400 Acdo. Zepeda Juárez Ángela Juris. Vol. Interdicción. Incdte. de Oposición a la Rendición de Ctas. del Ano Dos Mil Veintiuno 1621-2023-03 Acdo. Zepeda Juárez Ángela Juris. Vol. Interdicción. Incdte. de Oposición a la Rendición de Ctas. del Ano Dos Mil Veintidos 1622-2023-04 Acdo. Zepeda Juárez Ángela Juris. Vol. Interdicción 818-2024-05 Acdo. SENTENCIAS Ángel Esquivel Iván vs. Adriana Ibarra Flores Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. de Pensión Alimenticia para Menor de Edad 881-2023-04 Cuad. de Amp. Sent. Pon. 1 Cump. de Ejec. Arenas Bernal Edna Mariana vs. Edson Daniel Jiménez Pomar Otros Div. Sin Expresión de Causa. Incdte. de Gda. y Cust., Pens. Alim. Def. y Reg. de Vis. y Conviv. 623-2024-05 Sent. Pon. 3 Cruz Hernández Yael vs. Mario Cruz de Jesús Controv. Fam. 1352024-02 Sent. Pon. 3 Ortiz Palafox Miguel Óscar Suc. Test. 530-2024-00 Sent. Pon. 1 Pérez García Juan Martín vs. Nisaly Brito Ramírez Controv. Fam. 458-2024-04 Sent. Pon. 1 Vázquez Reyes Sara Isabel vs. Jenifer Aguilar Tolentino Controv. Fam. Incdte. de Cump. de Convn. 671-2024-00 Sent. Pon. 3 SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. CARLA ERNESTINA CARRERA CORREA BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Jueves 2 de mayo del 2024 91 JUZGADOS DE LO CIVIL PRIMERO DE LO CIVIL SECRETARÍA “A” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Afianzadora Sofimex, S.A. vs. César Zaragoza López y Otra. Ejec. Merc. Dilig. Actuarial. 3 Acdos. Núm. Exp. 307/2009. Am Capital, S.A. de C.V. vs. Rangel Aguilar Virgilia y Martínez García Juan Carlos. Especial Hipotecario Civil Desechar Demanda. 1 Acdo. Núm. Exp. 401/2024. Autofinanciamiento México S.A. de C.V. vs. Ordaz Fuentes Senorina y Sánchez Utrera Ricardo. Ejecutivo Mercantil Exh. a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 525/2023. Banco Mercantil del Norte Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte vs. Rodrigo Santisteban Maza. Especial Hipotecario Civil Turno Cédula. 1 Acdo. Núm. Exp. 117/2020. Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte vs. Vidaña Vidaña María Nela. Especial Hipotecario Civil Turno Cédula. 1 Acdo. Núm. Exp. 199/2024. Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Luis Campos Uribe y Rosa María García Flores. Especial Hipotecario Civil Exhibe Edictos. 1 Acdo. Núm. Exp. 1059/2017. Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Castillo Sánchez Enrique. Juris. Voluntaria Civil Razón Actuarial. 1 Acdo. Núm. Exp. 639/2022. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Martha Selene García Cruz. Especial Hipotecario Civil Exh. a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 1055/2022. Banco Santander México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Coromoto Mambell Lucena Zoleyda. Ejecutivo Mercantil Oficios a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 541/2023. Chávez Moreno de Zavala Esther vs. Zavala Amézcua Roberto. Ord. Civil Perito Actora Acepta Cargo. 1 Acdo. Núm. Exp. 1095/2023. Ci Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso Número F/00399 vs. Ignacio Gabriel Velázquez Velázquez. Especial Hipotecario Civil Aud. Remate Pasa Sentencia. 1 Acdo. Núm. Exp. 189/2008 Tomo II. Cohen de Achar Sofía vs. Dana Halabe Rafael y Mustri Penhos David. Ord. Civil No Se Obsequia Petición. 2 Acdos. Núm. Exp. 457/2022 Tercer Tomo. Comliv S.A. de C.V. vs. Juan David Yáñez Bollas. Ejecutivo Mercantil Devolución Poder. 2 Acdos. Núm. Exp. 717/2022. Díaz Contreras Clemente vs. Inmobiliaria Tagasti S.A. de C.V. Ord. Civil Rebeldia No Contesto Demanda. 1 Acdo. Núm. Exp. 1345/2023. Espinosa Orozco Maricela vs. Martínez Flores Román y González Hinojosa Eva Isela. Controversias de Arrendamiento Civil Fecha Audiencia, Cedulas para Emplazar. 1 Acdo. Núm. Exp. 1239/2023. Flores Rojas Harol vs. Ramírez Sánchez Yolanda. Ord. Civil Fecha Aud. Conciliación. 1 Acdo. Núm. Exp. 259/2024. Gerbera Capital S.A. de C.V. Sofom Entidad No Regulada vs. Avances Luminicos Plus S.A. de C.V. y Salomón Marcovich Goldberg. Ejecutivo Mercantil Oficio a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 1325/2019 Tomo VI. Hernández Rubí María Cristina vs. Guadalupe Castro Avianeda. Ord. Civil No Se Obsequia Petición. 1 Acdo. en Tercería. Núm. Exp. 525/2019 Terc. Excl. de Dominio. HSBC México Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC vs. Luisa Angélica Contreras Salto. Especial Hipotecario Civil Lanzamiento. 2 Acdos. Núm. Exp. 49/2019 Tomo II. HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria, en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso 234036 vs. Rucobo López Miguel José y Salcido Castillo Ana Cecilia. Juris. Voluntaria Civil Exh. a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 1185/2023. Huerta Vicartte Santa Bertha vs. Alicia Arciniega Sánchez. Ejecutivo Mercantil Llegada de Autos. 1 Acdo. Núm. Exp. 211/2019. Ibáñez Venegas Edgar Rafael vs. Agustín Simón Ibáñez Venegas su Sucesión. Ord. Civil Expedillo Turno Oficio. 2 Acdos. Núm. Exp. 617/2019. Inmobiliaria Pamaragom, Sociedad Anónima de Capital Variable. No Definido No Definido Amparo 963/2023- I. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 963/2023 Amparo 963/2023- I. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit vs. Rarael Eduardo Martínez Aque. Especial Hipotecario Civil Acuerdo. 1 Acdo. Núm. Exp. 1055/2018. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit vs. Manzano Olivera Mario Miguel y Bucio Reyes Brenda. Especial Hipotecario Civil Dilig. Actuarial. 1 Acdo. Núm. Exp. 443/2023. Martínez García Miriam Rocío vs. Elizabeth Pérez Peña. Vía de Apremio Civil Apel. Tramitación Inmediata. 1 Acdo. Núm. Exp. 749/2019. Méndez Altamirano Rosa María vs. Ranero Barrera Amilcar Agustín y Sánchez Pontones Martha Luz. Controversias de Arrendamiento Civil Exh. a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 411/2024. Ochoa Martínez Mireya y Ochoa Martínez Luis Enrique y Ochoa Martínez Juana Angélica vs. Inversiones Transmar S.A. Ord. Civil Prevención. 1 Acdo. Núm. Exp. 437/2024. Operadora Internacional de Propiedad Fraccional S.A. de C.V. vs. Presidente Club de Viajes S.A. de C.V. y Arzuaga Losada Braulio Antonio y de Quirós González Pacheco Bernaldo y Camargo Meléndez Daniel y Arredondo Pérez Ismael y Forea Sapi de C.V. Medios Preparatorios Mercantil Amparo 520/2024- I. 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 381/2021 Amparo 520/2024- I. Piña Becerril Jorge Armando vs. Ríos Mejía Narciso y Ríos Espinoza Narciso. Ejecutivo Mercantil Oficios a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 1335/2023. Piña Morales También Conocido como Piña Morales José Niceforo José y Piña Morales Artemio vs. Juan Guillermo Domínguez Meneses en su Carácter de Notario Público 159 del Distrito Federal y Chang Reyes María Luisa y Castillo Sánchez Gloria Alicia y Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Ord. Civil Cedula a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 245/2015 Tercer Tomo. Reyes Ramírez Ernesto vs. Herrera Valdez Construcciones, S.A. de C.V. Vía Apremio Turno Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 1643/2009. Salome Prado Juan Carlos vs. López Rangel Amynhe. Juris. Voluntaria Civil Turno Cédula. 1 Acdo. Núm. Exp. 39/2024. Sánchez Reyes Luis Efrén vs. Sánchez Reyes Héctor y Carreón Chávez Lourdes y Encargado del Registro Público de la Propiedad de la Cuidad de México. Ord. Civil Cierre Tomo I. 1 Acdo. Núm. Exp. 21/2022. Sánchez Reyes Luis Efrén vs. Sánchez Reyes Héctor y Carreón Chávez Lourdes y Encargado del Registro Público de la Propiedad de la Cuidad de México. Ord. Civil Oficio Sala. 2 Acdos. Núm. Exp. 21/2022 Tomo II. Secreto. Ejecutivo Mercantil no Publ. de su Fecha. 1 Acdo. Núm. Exp. 195/2023. Secreto. Ejecutivo Mercantil Admisión de Demanda. 1 Acdo. Núm. Exp. 445/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil Demanda Virtual. 1 Acdo. Núm. Exp. 453/2024. Sistema Único de Autofinanciamiento S.A. de C.V. vs. Reséndiz Monroy Elizabeth. Ejecutivo Mercantil Devolver Docum. Demandada. 1 Acdo. Núm. Exp. 441/2023. Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo en su Carácter de Fiduciario Sustituto del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda Fovi vs. Diana María Merlin Ávila. Esp. Hip. Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 547/2011. Sólis Alcantar Julio César vs. González Mendieta Mónica Cristal. Especial Hipotecario Civil No Se Obsequia Petición. 1 Acdo. Núm. Exp. 1347/2008 Segundo Tomo. Tapia González Israel vs. Monroy Herrera Aurelio Sergio y Titular de la Notaria 101 de la Ciudad de México Ana Leticia Ochoa Gómez y Archivo General de Notarias de la Ciudad de México. Ord. Civil Audiencia. 1 Acdo. Núm. Exp. 753/2022. Textiles y Maquiladores Unoseda S.A. de C.V. vs. Cervera Vázquez Celso Jesús. Exhortos Civil Tramite. 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 417/2024. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA 92 Juzgados De Lo Civil BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Ventosa y de Campo Carlos Leopoldo vs. Strategic Capital Agency Sapi de C.V. Medios Preparatorios Mercantil Admisión de Demanda. 1 Acdo. Núm. Exp. 447/2024. Del Monte María Elena y María Elena Garza María Elena Garza González de del Monte María Elena Garza González María Elena Garza del Monte María Elena Alaniz vs. González Robles Sánchez Berenice Jannette. Ord. Civil Prevención. 1 Acdo. Núm. Exp. 455/2024. NO PUBLICADOS Ángel Prestegui Irina vs. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Los Trabajadores del Estado a Través de su Fondo de la Vivienda Fovissste. Ord. Civil Autorizaciones. 1 Acdo. Núm. Exp. 375/2017 Tomo II. Domínguez Trejo Ángel vs. Díaz Jiménez Ramón y Rodríguez Villanueva María Socorro. Ord. Civil no Publ. de su Fecha. 2 Acdos. Núm. Exp. 681/2023. Miranda Parra Yuliana Jazmín vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civil no Publ. de su Fecha. 2 Acdos. Núm. Exp. 797/2023. SENTENCIA INTERLOCUTORIA NO PUBLICADOS Pérez López Gerardo vs. Miguel Ángel Carpio Alarcón y María Celia Alarcón Sagaon. Especial Hipotecario Civil Sent. Interl. no Publ. del 29 de Abril del 2024 1 Núm. Exp. 925/2009 Segundo Tomo Jueves 2 de mayo del 2024 Banco Nacional de México S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex División Fiduciario como Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable F 297 vs. Elia Alejandra Ramos Martínez. Especial Hipotecario Civil Acuerdo- Elaborar Cedula. 1 Acdo. Núm. Exp. 24/2021. Banco Santander México S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Blanco Espinoza Rosa Angélica. Providencias Precautorias Mercantil Acuerdo- Exhibe Acuse de Demanda. 1 Acdo. Núm. Exp. 72/2024. Banco del Bajío S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Ángel Martínez Aguilar y Gustavo Marco Antonio Razo Avilez. Ejecutivo Mercantil Cedula Practicada. 1 Acdo. Núm. Exp. 318/2014 Bis. 2 Segundo Tomo. BBVA Bancomer S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Morales Ruíz Rubén. Especial Hipotecario Civil Elaborar Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 1310/2019. BBVA México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA México vs. Tinoco Mendoza Salvador. Especial Hipotecario Civil Acdo. de Tramite. 1 Acdo. Núm. Exp. 314/2024. Castañeda Álvarez Roberto. Especial de Matriculación Judicial Civil Comparecencia. 1 Acdo. Núm. Exp. 712/2022. Cortés Galicia Armando vs. Inmavi S.A. de C.V. y Otros. Ord. Civil Copias Certificadas. 1 Acdo. Núm. Exp. 112/2020. Cruz Castillo Bertha Elizabeth vs. Servín Martínez Teresa. Juris. Voluntaria Civil Copias Certificadas. 1 Acdo. Núm. Exp. 440/2022. Desachy Espíndola José Luis y Desachy Espíndola Esperanza y Desachy Espíndola Angélica Santa y Desachy Espíndola Irma Alejandra y Desachy Espíndola Jesús su Sucesión y Desachy Espíndola Guillerma su Sucesión vs. Desachy Espíndola Marco Antonio. Ejecutivo Mercantil Cedula Practicada. 1 Acdo. Núm. Exp. 502/2021 Segundo Tomo. Díaz Contreras Clemente vs. Instituto Yurirense Asociación Civil. Ord. Civil Acuerdo- Reb. Ord. Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 1346/2023. Dorama Institución de Garantías Sociedad Anónima antes Fianzas Dorama Sociedad Anónima vs. Constructores y Asociados Lugasi Sociedad Anónima de Capital Variable. Ejecutivo Mercantil Periodo Ofrecer Pruebas. 1 Acdo. Núm. Exp. 1250/2023. Facoraje Spcoedad Anónima de Capital Variable Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada Afirme Grupo Financiero vs. Rodríguez Domínguez Jaime. Especial Hipotecario Civil Informe de Oficialia. 2 Acdos. Núm. Exp. 924/2019 Tomo II. Figueroa Murillo su Sucesión Jovita vs. Muñoz Figueroa Francisco Javier. Ord. Civil Se Da por Notif Demandado. 3 Acdos. Núm. Exp. 398/2023. Gam Alquier México S.A. de C.V. vs. Ingenieros Civiles Asociados S.A. de C.V. Ord. Mercantil Cierre de Tomo IV. 1 Acdo. Núm. Exp. 732/2016. Gamez Silva Bernardo vs. Reyes Viamonte Rodrigo Ernesto y Viamonte Ramírez Josefina de Lourdes. Ejecutivo Mercantil Oficio Siara. 2 Acdos. Núm. Exp. 732/2015 Tercer Tomo. González Hernández su Sucesión Amelia vs. Rebollo Hernández su Sucesión María Emigdia. Ord. Civil Autoriza Sicor. 1 Acdo. Núm. Exp. 274/2021 Segundo Tomo. González Hernández su Sucesión Amelia vs. Rebollo Hernández su Sucesión María Emigdia. Ord. Civil Contestación Agravios Apel. Inmediata. 2 Acdos. en Tercería. Núm. Exp. 274/2021 Terc. Excl. de Domi. Interpuesta por Juan Cabrera Cruz - II. Habilitados y Maquilas de Acero S.A. de C.V. vs. Ingenieros Civiles Asociados S.A. de C.V. Ord. Mercantil Aclaración de Auto. 1 Acdo. Núm. Exp. 462/2019 Tomo IV. Hernández Pérez Víctor Manuel. No Definido No Definido Amparo 860/2023. 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 860/2023 Amparo 860/2023. Hidalgo Ramírez Alicia y Hernández Linares Marvin Gamaliel y Salas Magaña María Guadalupe y Salazar Morales Liliana Madai vs. Partido Acción Nacional Pan y Partido Revolucionario Institucional Pri y Partido de la Revolución Democratica Prd y Coalición Fuerza y Corazon por México. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 454/2024. Hir Pyme S.A. de C.V. Sofom e. N. R vs. Avantkar S.A. de C.V. y Otros. Ejecutivo Mercantil Acdo. de Tramite. 2 Acdos. Núm. Exp. 174/2016 Bis. 2 Segundo Tomo. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable F/258024 vs. Arelle Caraveo Vanessa. Ord. Mercantil Informe de Oficialia. 1 Acdo. Núm. Exp. 1282/2019. SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. VÍCTOR HUGO GUZMÁN GARCÍA SECRETARÍA “B” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Alcántara Ávila Daniel Brígido vs. Albor Fragas María del Refugio su Sucesión y Herrera Sánchez Julio su Sucesión y C Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México. Ord. Civil Prevención. 1 Acdo. Núm. Exp. 450/2024. Alen del Norte Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Abastecedora de Alimentos la Chilanguita Sociedad Anónima de Capital Variable. Ejecutivo Mercantil Acuerdo- Deberá EstarseContestación de Agravios Extemporáneo. 4 Acdos. Núm. Exp. 78/2020 Segundo Tomo. Allende Rodea Zulay Clotilde vs. Díaz Durán María de la Luz y Campos Díaz Sofía. Juris. Voluntaria Civil Desechamiento Demanda. 1 Acdo. Núm. Exp. 312/2024. Álvarez Ayala Leopoldo y Álvarez Vilchis Maricela vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civil Acuerdo- Agregar a Expdllo. 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 464/2021 Bis. 2. Álvarez Flores Herminia vs. Hernández Álvarez Francisco y Rodríguez Nieto Emilia y Hernández Rodríguez Graciela. Ord. Civil Elaborar Cédulas. 1 Acdo. Núm. Exp. 1176/2023. Anuncios en Directorios S.A. de C.V. vs. Proyectos y Construcciones Industriales S.A. También Conocida como Procoin Sociedad Anónima. Ejecutivo Mercantil Acdo. de Tramite. 1 Acdo. Núm. Exp. 1380/2019. Aoki Frías Izumi Viviana vs. Mapfre México S.A. y Otros. Ord. Civil Apel. Adhesiva. 1 Acdo. Núm. Exp. 624/2017 Tomo V. Arellano Cortés. Mauricio Isidro vs. Merchand Cravioto Eduardo. Especial Hipotecario Civil Aclaración de Auto. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 216/2017 Amparo Directo (2). Auto Amecah S.A. de C.V. vs. Flores Montes Omar y Tinoco Izarraras Claudia Berenice y Ángeles Canal Edith. Ejecutivo Mercantil Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 8/2023. Banca Afirme S.A. Institución de Banca Múltiple, Afirme Grupo Financiero vs. Jaime Rodríguez Domínguez. Especial Hipotecario Civil Cierre de Tomo I. 1 Acdo. Núm. Exp. 924/2019. Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Blas Zetina Sindi Marlen. Especial Hipotecario Civil Acuerdo- Se Señala Nueva Fecha de Audiencia. 1 Acdo. Núm. Exp. 1600/2010 Bis. 2 Segundo Tomo. Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Martínez Guerra Rogelio y Ayala Tadeo María Concepción. Especial Hipotecario Civil Acuerdo- Ejecc. Salida del Domicilio- Elaborar Exhorto. 1 Acdo. Núm. Exp. 1564/2008 Segundo Tomo. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 HSBC México S.A. Inst. Bca. Mult. Gpo. Fno. HSBC Div. Fid. en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso Irrevocable Identificado Con el Número F/253936 vs. Venegas Solís Martín Gilberto. Especial Hipotecario Civil Acuerdo- Adjudicación Directa. 1 Acdo. Núm. Exp. 1138/2016. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria Única y Exclusivamente en su Carácter de Fiduciario en el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago F/258040 vs. Reyna Estrada Eduardo. Ord. Civil Elaborar Cédula. 1 Acdo. Núm. Exp. 1044/2023. HSBC México Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable Identificado Con el Número F303623 vs. López Jiménez María Quila. Vía de Apremio Civil Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 732/2023. HSBC México Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC vs. Castillo Rojas Rosalía y Lozada Castaneda Raymundo. Especial Hipotecario Civil Elaborar Cédula. 1 Acdo. Núm. Exp. 898/2023. Inmobiliaria Crusanta S.C. vs. Swadeshi S.A. de C.V. Controversias de Arrendamiento Civil Apelación. 1 Acdo. Núm. Exp. 1350/2023. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Los Trabajadores del Estado a Través de su Fondo de la Vivienda Fovissste vs. David Gutiérrez Nava. Especial Hipotecario Civil Minuta Exhorto. 1 Acdo. Núm. Exp. 904/2019. Intercam Banco S.A. Institución de Banca Múltiple Intercam Grupo Financiero vs. Fidelity Trading Group S.A. de C.V. y Otros. Especial Hipotecario Civil Desahogo de Vista. 3 Acdos. Núm. Exp. 1302/2018. Jerónimo Flores Irma vs. Eric Barragán Burgueño y Joaquín Aguilar Méndez. Especial Hipotecario Civil Inc. de Liquidación Intereses. 1 Acdo. Núm. Exp. 1012/2017. Lucía Garduño Orradre vs. Gustavo Vera Ortega y Otro. Especial Hipotecario Civil Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 1218/1997 Bis. 2 Segundo Tomo. Martínez Olivares José vs. María Azucena Correa Andrade y María Dolores Andrade Navarrete. Ord. Civil Amparo 1190/2023. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 782/2019 Amparo 1190/2023. Martínez Mabel Entzana vs. Alcon Andrade María Guadalupe y Cisneros Martínez Pascual. Ord. Civil Acdo. de Tramite. 1 Acdo. Núm. Exp. 582/2021 Segundo Tomo. Massague Benítez Edna vs. Herrera Carvajal Ma. Eugenia Elena. Ord. Civil Admisión Apel. Preventiva. 3 Acdos. Núm. Exp. 344/2023. Mendoza Alonso Kevin Asahel vs. Inmovent México Soluciones Patrimoniales S.A. de C.V. y Ángeles Romero Leonardo Daniel. Ord. Civil Tramite Apelación. 2 Acdos. Núm. Exp. 634/2023. Navistar Financial S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Serrano & Hr Arquitectos S.A. de C.V. y Otros. Providencias Precautorias Civil Se Reserva Proveido. 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 214/2020. Pasos Estrada Carolina vs. García Hernández Rafael. Providencias Precautorias Mercantil Desistimiento Instancia. 1 Acdo. Núm. Exp. 1202/2023. Pedraza Chávez Antonio vs. Higinio Martínez Treviño. Especial Hipotecario Civil Informe Sre. 1 Acdo. Núm. Exp. 944/2018 Tomo Tres. Reyna Cruz Andrea Alicia vs. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC. Especial Hipotecario Civil Acuerdo- Causa Ejecutoria Sent. Dictada por Segunda InstanciaElaborar Cedula. 1 Acdo. Núm. Exp. 100/2023. Ruíz Peña Humberto Emilio vs. Nka, S.A. P. I. de C.V. y Trans Unión de México, S.A., Sociedad de Información Crediticia y Dun & Bradstreet, S.A., Sociedad de Información Crediticia y Zéndere Financiera, S.A. de C.V., S. O. F. O. M., E. N. R. Ord. Mercantil Acdo. de Tramite. 2 Acdos. Núm. Exp. 20/2024. Santander Consumo, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Santander México vs. González de Alba Pablo César. Ejecutivo Mercantil Desiste y Autoriza. 1 Acdo. Núm. Exp. 570/2022. Socafi S.A. de C.V. vs. Pacheco Téllez Alejandro y Pacheco Isidro. Ejecutivo Mercantil Elaborar Exhorto. 1 Acdo. Núm. Exp. 10/2024. Tinoco Mendoza Salvador vs. Bermúdez Maravillas Fidencio. Especial Hipotecario Civil Contestación de Demanda. 1 Acdo. Núm. Exp. 150/2024. Juzgados De Lo Civil 93 Velázquez Guijarro Oswaldo Odilón vs. De la Cruz Álvarez Arturo. Exhortos Civil Amparo 384/2024. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 224/2024 Amparo 384/2024. Vivar Álvarez Guadalupe vs. Ponce Rivera Alejandro. Ord. Civil Apelación. 1 Acdo. Núm. Exp. 62/2024. La Fama Montañesa Fabrica de Hilados y Tejidos de Algodón S.A. vs. Valencia Trejo Isaac. Ord. Civil Sin Obsequiar Petición. 1 Acdo. Núm. Exp. 402/2023. MAL PUBLICADOS Cuevas Argumedo Adriana vs. Figueroa Hernández Laura. Ord. Civil 1 Acdo. mal Publ. el 26 de Abril de 2023. 5 Acdos. Núm. Exp. 1072/2022 Tomo II. Flores Ríos Zito Enrique vs. Ortega Morales Jorge y Morales Colín Pedro. Ord. Civil 1 Acdo. mal Publ. el 26 de Abril del 2024. 1 Acdo. Núm. Exp. 92/2021 Segundo Tomo. NO PUBLICADOS Estrada González Sandra Lilia vs. Tovar Morán Javier. Controversias de Arrendamiento Civil Elaborar Cédula. 1 Acdo. Núm. Exp. 1332/2023. Muñoz Romero Gisela Ivonne vs. González Bonifaz Jaime Manuel. Ord. Civil No Es Parte. 1 Acdo. Núm. Exp. 188/2023. AUDIENCIA Montesinos Fernández Margarita vs. Montesinos Fernández Jaime Augusto. Aud. Previa y de Concil. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 174/2024. De la Fuente Perea Silvia vs. Betancourt Villaseñor Max y Suárez de Betancourt Villaseñor Natalia. Aud. de Desahogo de Pruebs. y Alegatos Cita para Dictar Sent. Def. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 952/2023. SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. ALBERTO DÁVALOS MARTÍNEZ SEGUNDO DE LO CIVIL SOLO CONSULTA SECRETARÍA “A” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aceves Reséndiz María del Carmen vs. Fim Tierra Uno S de R.L. de C.V. Juris. Voluntaria Civil Exhibir Fisicamente, y por Terminadas Dilig. Juris. Vol. 2 Acdos. Núm. Exp. 207/2024. Aguirre Solís Elsa vs. Controladora de Portafolios Seeb, S. de R. L. de C.V. Ord. Mercantil Llegada de Autos, Elaborar Cedulas. 1 Acdo. Núm. Exp. 1115/2018. Banco Inmobiliario Mexicano Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple vs. Recursos de Obras y Materiales México Sociedad Anónima de Capital Variable y Mora Alvarado Albino. Ejecutivo Mercantil Exhibe Traslados. 1 Acdo. Núm. Exp. 1311/2023. Banco Invex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero, en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Número 1301 vs. José Miguel Palacios Sánchez y Luz Graciela Zárate Rodríguez. Especial Hipotecario Civil Of Recordatorio Archivo. 1 Acdo. Núm. Exp. 101/2014. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Zumarraga González Héctor. Especial Hipotecario Civil Corrección Oficialia. 1 Acdo. Núm. Exp. 257/2019. Banco Monex, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Monex Grupo Financiero, en su Carácter Única y Exclusivamente de Fiduciario del Fideicomiso Empresarial Irrevocable de Administración y Garantía Número F/3443 vs. Serteg Servicios Empresariales, S.A. de C.V. y David Isaac Solano Torres. Ejecutivo Mercantil Vista, Cnbv. 1 Acdo. Núm. Exp. 917/2016 Bis. 1 Tomo II. Banco Nacional de México S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex vs. Sosa Rendis Mario. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 449/2024. Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Chip Robles Juan José. Providencias Precautorias Mercantil Autorización. 2 Acdos. Núm. Exp. 873/2018. Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Corona Luna Reyes Efraín. Especial Hipotecario Civil Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 481/2018. SOLO CONSULTA 94 Juzgados De Lo Civil BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Banco Santander Mexicano S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander Serfín. hoy Banco Santander S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander hoy Banco Santander (México), S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander vs. Leonor Estrada Quintero, José Horacio Olguín Casio y Raquel Carlota Avilés. Ejecutivo Mercantil Se Ponen a su Dispo Las Listas. 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 299/2004 Bis. 2. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Barbosa Ayala Eduardo. Ejecutivo Mercantil Corrección Oficialia. 1 Acdo. Núm. Exp. 381/2024. Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Distribuciones Arlam, S.A. de C.V. y Mejía Álvarez Lorena. Ejecutivo Mercantil Fecha para Embargo. 1 Acdo. Núm. Exp. 447/2022 Tomo II. Banco Santander México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, como Fiduciario del Fideicomiso Número 2003913 vs. Enchanted Ventures Lcc y Otros. Ord. Mercantil Ratificar Manifestación B. P. 5 Acdos. Núm. Exp. 357/2024. Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Estebanes Chávez Amparo. Especial Hipotecario Civil Aud. de Remate. 1 Acdo. Núm. Exp. 375/2019 Segundo Tomo. Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Jiménez García Rafael. Ejecutivo Mercantil Vista, Imss. 1 Acdo. Núm. Exp. 537/2023. Banco Ve por Más, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Ve por más vs. Wolfe Neufeld Klass y Reddecop Fehr Elizabeth. Ejecutivo Mercantil Elaborar Edictos. 1 Acdo. Núm. Exp. 533/2020. Banco del Bajío S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Domínguez López Mauricio Arturo y Chávez Girón de Domínguez Verónica y Villalobos López Luisa Beatriz. Especial Hipotecario Civil Cedula Sin Diligenciar. 3 Acdos. Núm. Exp. 1219/2023. Bayardi Nava su Sucesión María del Carmen Mercela vs. Chávez Flores Adela. Juris. Voluntaria Civil Expedir Copias. 1 Acdo. Núm. Exp. 143/2024. Carral Gálvez Carlos Alberto vs. Ruíz Jasso Luis Javier. Juris. Voluntaria Civil Expedir Copias. 1 Acdo. Núm. Exp. 1153/2022. Ci Banco, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable F/00247 vs. Ventura Calvario Ricardo y Escobedo Ramírez Elizabeth. Especial Hipotecario Civil Actualizar Exhorto. 1 Acdo. Núm. Exp. 1001/2017 Tomo II. Ckd Activos 7, Sociedad Anónima Promotor Ade Inversión de Capital Variable vs. Flores López Óscar Armando. Especial Hipotecario Civil Desahogo Vista y Reiterar Petición. 1 Acdo. Núm. Exp. 69/2017 Tomo II. Clear Leasing S.A. de C.V. vs. Sistemas Especializados Brain, S.A. de C.V., Hermenegildo Luna Luna, Guadalupe Castillo Rodríguez, y Michel Mejía Héctor Guillermo. Proced. Convencional Mercantil Civil Desahogo Vista, Se Admite Apel. Efecto Dev. 1 Acdo. Núm. Exp. 131/2021 Tomo II. Condesa Financiera, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltipleentidad No Regulada vs. Silvia Fuentes Garfias. Ord. Merc. Deberá de Estarse. 1 Acdo. Núm. Exp. 855/2011. Cordero Culebro Jesús y Cordero Meza Jorge Antonio vs. Rodríguez Montoya Sergio y Rodríguez Montoya José de Jesús. Vía de Apremio Civil Debe Estarse. 1 Acdo. Núm. Exp. 429/2023. Cuad. de Amparo 2807/2023- III Promov. por Claudia Edith Vázquez Hernández. Ord. Civil 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 2807/2023. Cuad. de Amparo 695/2023- II Promov. por Fernando Andrade Flores. Ord. Civil 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 695/2023. Dessetec Desarrollo de Sistemas Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Compeán Castillo Raúl y Martínez Guerrero Araceli. Juris. Voluntaria Civil Se Ponen a su Dispo Las Listas. 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 609/2021. Electrónica y Medicina, S.A. vs. Referencia de Micro – Técnicas de Laboratorio Sociedad Anónima de Capital Variable. Ord. Mercantil Cedula Sin Diligenciar. 1 Acdo. Núm. Exp. 861/2017 Bis. 1 Tomo II. Flores Lemus María vs. Samaniego Álvarez Ignacio. Ord. Civil Ratificar. 1 Acdo. Núm. Exp. 415/2024. Jueves 2 de mayo del 2024 García Escalante Mónica América vs. Novo Gularte Gonzalo Gaston y Antonio Bailey /// Amparo Directo D. C. 238/2024- 13 Zulma. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 809/2022 Bis. 2. García Hernández Martín Sabás vs. Ana Laura Kiyoko Hashiki Correa. Ord. Civil Dada Nueva Cuenta Aclaración. 1 Acdo. Núm. Exp. 443/2020 Tomo II. García Velasco Gabriela vs. Jonathan Trosino Hernández. Ord. Civil Sin Obsequiar Petición. 1 Acdo. Núm. Exp. 389/2015. González Granillo Víctor Joaquín vs. Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal (Ahora Ciudad de México) y González Silva María de Lourdes Gerarda Georgina. Ord. Civil Se Reserva en el Expedientillo. 1 Acdo. Núm. Exp. 888/2018 Tomo III. Gutiérrez Farrera su Sucesíon Martha Lourdes vs. Lugo Quintana María del Corazon de Jesús y Quintana Lozada Administracíon y Contabilidad S. de R. L. de C.V. Controversias de Arrendamiento Civil Escrito Ilegible. 1 Acdo. Núm. Exp. 1185/2023. Guzmán Maldonado Guadalupe vs. Gracia Ibarrola José Antonio. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 393/2024. Hipotecaria Nacional, S.A. de C.V. vs. Saúl Rubén Palacios Aldaz// Cuad. de Amp. 1183/2024 Promov. por Saúl Rubén Palacios Aldaz. Especial Hipotecario Civil 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 63/2002. HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria, en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable F/243264 vs. Mario Ramírez Castillo. Especial Hipotecario Civil Of Recordatorio Archivo. 1 Acdo. Núm. Exp. 1253/2019. HSBC México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC hoy Banco Actinver S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, Exclusivamente en su Carácter de Fiduciario en el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración Identificado Con el Número 3049 vs. Infored, S.A. de C.V., e Inmobiliario Infored, S.A. de C.V., antes Inmobiliaria Medcom, S.A. de C.V. Especial Hipotecario Civil Ampliación del Térm. para Dictar Sent. Interl. Tomo Viii. 1 Acdo. Núm. Exp. 167/2008 Tomo Viii. HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso No. F/234036 vs. Arturo Martínez García. Especial Hipotecario Civil Devuelve Notario, Ced. Actora. 1 Acdo. Núm. Exp. 511/2016. HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en el Fideicomiso Número F/234036 vs. Vega Sánchez Julio César y Celis Aviña Karla Viridiana. Especial Hipotecario Civil Dada Nueva Cuenta. 1 Acdo. Núm. Exp. 647/2018 Tomo II. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores I N F O. N a V I T vs. Ruíz Carrillo Mario y Alonso Chávez Araceli. Especial Hipotecario Civil Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 459/2018. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores vs. García González Carlos Manuel y Soto Valdez Evangelina. Especial Hipotecario Civil Baja Documental. 1 Acdo. Núm. Exp. 371/2024. León Tabares Horacio vs. Torres Juárez María del Consuelo y López Esmediche Martín. Especial Hipotecario Civil Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 555/2022. M. R. O. Consultores Jurídicos, Sociedad Civil vs. Cruz Gómez // Cuad. de Inc. de Providencias Precautorias Promovidas por M. R. O. Consultores Jurídicos Sociedad Civil Raúl Armando. Ejecutivo Mercantil Vista, Imss. 1 Acdo. en Incidente. Núm. Exp. 273/2022 Incidentes de Providencias Precautorias. Mendoza Abella su Sucesión Alfonso vs. Mendoza Abella // Cuad. de Amp. D. C. 258/2024 Promov. por Estela Mendoza Abella Estela. Ord. Civil 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 545/2021. Montes de Oca Valdés Verónica vs. Valdés Medina Socorro. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 445/2024. Ortiz Oviedo Servando Ramón vs. Banca Cremi S.A. y Meléndez Robles María del Carmen y Otro. Exhortos Civil 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 457/2024. Padilla Torres María Dolores vs. Godoy Lugo María Luisa y Cortés Escalona Alfonso. Especial Hipotecario Civil Puesta a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 87/2021. Pérez del Moral María Yuliana y del Moral Rosales María Antonieta vs. Nuevo Grupo Lapostolle, S.A. de C.V., Condesa Style Desarrollos, S.A. de C.V. y Contreras López Irma y Almazán Contreras SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 María Martha y Almazán Contreras José Luis y Condesa Style Desarrollos, S.A. de C.V. Ejecutivo Mercantil Revocan y Autorizan Dom. y Pers. 2 Acdos. Núm. Exp. 1091/2017 Tomo II. Salcedo Bandala María Bárbara vs. Rosas Gutiérrez Edgar y Rosas Barrera Mariana Aranza. Controversias de Arrendamiento Civil Proporcionar R. F. C. 2 Acdos. Núm. Exp. 1321/2023. Secreto. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 401/2024. Soliz Herrera Javier y Herrera Villa Ma. Gertrudis y Soliz Corral Nandy Estephania y Corral Rodríguez Olivia vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civil Ced. Sin Diligenciar. 3 Acdos. Núm. Exp. 157/2024. The Bank Of New York Mellon, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, hoy Ci Banco Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple vs. Heriberto Espinoza López y Yarlín Armenta Bojórquez. Especial Hipotecario Civil Cedula Sin Diligenciar. 2 Acdos. Núm. Exp. 391/2015. Unidad Habitacional Picacho Ajusco, Asociación Civil vs. Carrera Mendieta Manuel Martín. Ord. Civil Exhiben Avaluos y Fecha Remate, Elab Edictos. 1 Acdo. Núm. Exp. 219/2019 Tomo II. Unifin Financiera, Sociedad Bursatil de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada vs. Incotec del Norte S.A. de C.V. y Garza Gómez Arturo. Ord. Mercantil Exhiben Publicaciones, Se Ordena Computo. 1 Acdo. Núm. Exp. 1/2020. Vázquez Flores Luis vs. Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. (Servimet) y C. Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Ord. Civil Girar Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 627/2018. AUDIENCIA Dorantes Barrón René vs. Salamanca Tlacuilo Carlos Antonio. Aud. de Ley Ejecutivo Mercantil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 845/2022. Núñez Machin Gabriel vs. Solares Ávila Gregorio. Aud. de Concil. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 355/2023. SENTENCIA INTERLOCUTORIA Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, antes BBVA Bancomer S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Aguilar Amador Héctor. Especial Hipotecario Civil Sent. Interl. 1 Núm. Exp. 1189/2019 Bis. 1 Tomo Ii Enciso López David vs. Sistemas de Diagnóstico y Evaluación, S.A. de C.V., Mariano González Ocaña, Margarita González Ocaña y Juan Tejeda Foncerrada. Ord. Mercantil Sent. Interl. Tomo II 1 Núm. Exp. 311/2014 Tomo Ii Juzgados De Lo Civil 95 Banco Santander México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Kaisa Informática y Servicios, S.A. de C.V. y Blanco López Korina. Providencias Precautorias Civil Dada Nueva Cuenta. 1 Acdo. en Cuadernillo. Núm. Exp. 416/2019 Bis. 1 Providencias. Banco Santander México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Reaco, S.A. de C.V. la Punta Out Doors, S.A. de C.V., Reacción Outdoors, S.A. de C.V., Álvarez Pintado Javier, Coufal Leaño Stephanie, Pm Expeditions, S.A. de C.V. y Fomento y Educación Ambiental, S.A. de C.V. Ejecutivo Mercantil Copias Simples. 2 Acdos. Núm. Exp. 688/2019 Tomo II. Bienes Programados, Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Granados Cano Elizabeth// Cuad. de Amp. 356/2024 Promov. por Elizabeth Granados Cano. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 56/2020. Cetelem S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Oyarzábal Fernández Saltiel Aníbal Alexis. Ejecutivo Mercantil Recibe Documentos Base. 1 Acdo. Núm. Exp. 1254/2023. Cleofas Mondragón María Joaquina vs. Alba Noriega Elizabeth Aurora. Controversias de Arrendamiento Civil Cedula Sin Diligenciar. 1 Acdo. Núm. Exp. 700/2023. Conde Lozada Lilia Tea vs. Gerardo de Jesús Rocha Díaz, su Sucesión. Ord. Civil Copias Certificadas, Vista a la Parte Contraria. 1 Acdo. Núm. Exp. 130/2016. Corporación Metropolitana de Arrendamientos, S.A. de C.V. vs. Guadalupe Flor Carreño Díaz. Ejecutivo Mercantil Dada Nueva Cuenta. 1 Acdo. Núm. Exp. 36/2015 Tomo II. Cuad. de Amparo 860/2023, Promov. por Víctor Manuel Hernández Pérez. Ord. Civil 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 860/2023. Díaz Contreras Clemente vs. Álvarez Sánchez Antonio. Ord. Civil Sent. Def. Ha Causado Ejecutoria. 1 Acdo. Núm. Exp. 690/2023. Escalante Mora Lilia Araceli vs. Guzmán Morales Luz María. Juris. Voluntaria Civil Turno. 1 Acdo. Núm. Exp. 322/2024. Fundación Mier y Pesado, Institución de Asistencia Privada vs. Obras Comerciales Tablaroca S.A. de C.V. Ord. Civil Trámite. 1 Acdo. Núm. Exp. 340/2023. Hipotecaria su Casita, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada vs. Miriam Jahel Cisneros Caballero. Especial Hipotecario Civil Trámite. 1 Acdo. Núm. Exp. 162/2012 Tomo II. HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable Identificado Con el Número F/233595 vs. Noriega Medina Francisco Javier. Especial Hipotecario Civil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 996/2017. HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria vs. Caro Pérez Alfonso. Esp. Hip. Turno. 1 Acdo. Núm. Exp. 548/2009. HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su Carácter de Fiduciario del Fideicomiso Irrevocable de Administración Fuente de Pago y Garantía, Identificado Con el Número F/258024 vs. Mario Martín Burgos Rosales. Especial Hipotecario Civil Turno. 1 Acdo. Núm. Exp. 1660/2011. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Los Trabajadores del Estado a Través de su Fondo de la Vivienda (Fovissste) vs. Aguilar López José Luis y Montiel López Sonia. Especial Hipotecario Civil Copias Certificadas, Vista a la Parte Contraria. 1 Acdo. Núm. Exp. 412/2022. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Los Trabajadores del Estado a Través de su Fondo de la Vivienda vs. Reza Real Patricia. Especial Hipotecario Civil Revoca Autorizaciones y Autoriza Nuevos. 1 Acdo. Núm. Exp. 294/2020. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores I N F O. N a V I T vs. Cerda Gómez Salvador y González Zúñiga Luz Elena. Especial Hipotecario Civil Sin Lugar a Acordar de Conformidad. 1 Acdo. Núm. Exp. 704/2018. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores I N F O. N a V I T vs. Rosa María Méndez Ortiz y Héctor Molina Magaña. Especial Hipotecario Civil Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 266/2014. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit vs. Fierros Fisher Ramón Edgardo. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 446/2024. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. VERÓNICA MORALES CHÁVEZ SECRETARÍA “B” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Almazán Correa Juana vs. Dávila Alvarado Linet Alexandra. Ejecutivo Mercantil Se Deja Sin Efectos Citación S. D. 1 Acdo. Núm. Exp. 994/2023. Arrendadora King, S.A. de C.V. vs. Sociedad Cooperativa de Autotransporte Miya, S. C. L. Ord. Mercantil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 1186/2017 Tomo II. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Lorenzo Mc Gregor Tejada. Especial Hipotecario Civil Sent. Interl. Queda Firme. 2 Acdos. Núm. Exp. 252/2017. Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Héctor Enrique Contreras Figueroa. Especial Hipotecario Civil Autorizaciones Notario. 1 Acdo. Núm. Exp. 304/2008 Tomo II. Banco Nacional de México, S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex vs. Pyasur S.A. de C.V. y Triturados y Concretos del Sureste S.A. de C.V. y Gordillo Domínguez Pablo Antonio y Distribuidora de Acero Comercial S.A. de C.V. y Gorsa Bienes Raíces S.A. de C.V. y Gordillo Domínguez José Luis. Especial Hipotecario Civil Puesta a Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 460/2023. Banco Santander México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Bermúdez Briones Jorge Iván. Ejecutivo Mercantil Recibe Documentos Base. 1 Acdo. Núm. Exp. 112/2024. SOLO CONSULTA 96 Juzgados De Lo Civil BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit vs. Juárez Delgado Érika Yadira. Ord. Civ. Llegada del Archivo. 1 Acdo. Núm. Exp. 1666/2010. Islas Martínez Noemí Teresa vs. Islas Martínez Patricia y Islas Vázquez Viridiana y Islas Martínez su Sucesión Leobardo. Ord. Civil Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 36/2023 Tomo II. Lgf Occidente S.A. de C.V. S. O. F. O. M. E. N. R vs. Cruz Medina Natali. Ejecutivo Mercantil Personería, por Autorizadas. 1 Acdo. Núm. Exp. 546/2023. Martínez Cruz Felipe y Martínez Cruz Guillermina y Martínez Cruz Ruth vs. Pérez de Alba su Sucesión Ventura y Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México. Ord. Civil Tramite. 1 Acdo. Núm. Exp. 260/2022. Martínez Valencia Norma Alicia vs. De la Cruz Ramos Raúl Alejandro. Ejecutivo Mercantil Recibe Documentos Base. 1 Acdo. Núm. Exp. 372/2024. Matouk Matouk José Luis vs. Uk Jae Lee y Myung Joo Lim. Controversias de Arrendamiento Civil Comparecencia Recibe Documentos. 1 Acdo. Núm. Exp. 358/2024. Méndez Rodríguez Martha vs. Manuela Olivares y Olivares (su Sucesión) También Llamada Baldomera Olivares y Olivares y/o Baldera Olivares de Jiménez Encarnación Jiménez Becerril (su Sucesión) Tasmbien Llamado José Encarnación Jiménez Becerril y/o Encarnación Jiménez y Julio Jiménez O. Ord. Civ. Dada Nueva Cuenta. 1 Acdo. Núm. Exp. 1230/2007. Pacheco Reyes Irma y Santillán Pacheco José Luis vs. Tovar Terán Luz del Carmen. Ejecutivo Mercantil Vista a la Actora. 1 Acdo. Núm. Exp. 570/2022 Tomo II. Presta Visión, S.A. de C.V. vs. Agroindustria Xomor, S.A. de C.V., Salvador Segura Pastrana, María Cruz Mancilla Valencia, Jaime Segura Pastrana y Araceli Leyva Carmona. Ejecc. de Garantías Otorgadas Mediante Prenda Sin Transmisión de Pos. y Fideicomiso de Garantía (Procedimiento Extrajudicial) Mercantil Trámite. 2 Acdos. Núm. Exp. 136/2018 Tomo III. Producción Social de Vivienda Carmen Serdán, A.C. vs. García Herrero Esteban y Sánchez Orozco Jéssica Esperanza. Ord. Civil Designando Notario. 1 Acdo. Núm. Exp. 64/2019. Sánchez Hernández Enrique vs. Robles Mayorga Adela y Ponce de León García Beatriz. Controversias de Arrendamiento Civil Autorizaciones. 2 Acdos. Núm. Exp. 658/2023. Secreto. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 392/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 400/2024. Segura Salazar Luis, Segura Rangel Eduardo, Segura Rangel Miguel, su Sucesión, Díaz Rodríguez Alfonso, Díaz Jiménez Adriana Laura, Carazo Cardona Sergio, Carazo Cardona Verónica, Alcaraz Soto Gonzalo, Lyl Soluciones Informáticas e Informacionales para Ciencias, S. C vs. Banca Mifel, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Mifel en su Carácter de Fiduciario de Los Fideicomisos Números 14682012, 14992012, 19252014, Flores Márquez Gabriel Ernesto, Abascal Álvarez Salvador, López Panadero Luis, Genera Destino, S.A. P. I. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada y Automatización de Servicios Productivos, S.A. de C.V. Ord. Civil Trámite. 1 Acdo. Núm. Exp. 662/2019 Tomo III. Urrutia y Méndez Luis Humberto su Sucesión vs. Irma Corral Alarcón y Anuncios Técnicos Moctezuma, S.A. de C.V. Ord. Civil Turno. 1 Acdo. Núm. Exp. 552/2014 Tomo III. Gm Capital Activo Inmobiliario, Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Rafael Medina González. Especial Hipotecario Civil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 806/2006 Tomo II. MAL PUBLICADOS Bryan Daniel Sánchez Santos vs. Beatriz Adriana de Leija Rodríguez. Especial Hipotecario Civil Se Reserva, Hasta Se Tengan a la Vista Los Autos. 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 96/2011 Bis. 2. AUDIENCIA Alvaraez Galván Luis Antonio y Chavarría Valadez Luis Damián y Cahavarria Álvarez Julián y Álvarez Valadez Isabella Vanesa vs. Pineda Suárez María del Pilar. Aud. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 1034/2023. Jueves 2 de mayo del 2024 TERCERO DE LO CIVIL SECRETARÍA “A” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aguirre Mier María Antonieta y Velz Carreón Jesús vs. Ramos Ramírez Zamora Engracia y Notario Público Titular de la Notaria 5 del Estado y Notario Público Titutlar de la Notaria 110 del Estado de Quintana Roo y Delegado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el Estado de Quintana Roo. Ord. Civil Puesta Dispo Oficios. 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 411/2024. Altbach Wrener Pedro vs. Benjamín Bravo Pérez. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2185/2021. Amico Cap Sapi de C.V. Sofom Enr vs. Inmobiliaria Industrial y de Sistemas S.A. de C.V. Ejecutivo Mercantil Acuerdo. 1 Acdo. en Cuaderno_Amparo_Dem. Núm. Exp. 2629/2021 Amparo 379/2024. Andrade Flores Fernando. Ord. Civil Acdo. Se Sobresee. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 695/2023 695/2023- II. Armenta Rojas Juan Manuel y Armenta Rojas José Alan vs. Armenta Navarro José Alfonso y Torres Pastrana Beatriz y C Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 701/2022. Autofinanciamiento México S.A. de C.V. vs. Geber Gregorio Camacho Ojeda y Elia Noemí Camacho Ojeda. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1419/2016. Autofinanciamiento México S.A. de C.V. vs. Luvia Mumenthey Sibaja, Severo García Contreras y Hobet Díaz Arellano. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1531/2016. Autofinanciamiento México S.A. de C.V. vs. Diodoro Vázquez Hernández y Ovidio Balcázar López. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1423/2015. Banco Covalto S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Servicios Avanzados en Medicina Integral S.A. de C.V. y Reveles Casas Carlos Gerardo. Providencias Precautorias Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 305/2024. Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte vs. Hernández Fragoso José Luis. Ejecutivo Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 181/2024. Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte vs. Morton Esparza Josué Roberto. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1221/2022. Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo vs. Cortez Morales Julián. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 237/2022. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Ch Mormont S.A. de C.V. Rubio Hernández Alfredo y Díaz Cabrera Edith Carmen. Ejecutivo Mercantil Acdo. Amparo 502/2024 - Viii. 1 Acdo. en Cuaderno_ Amparo_Dem. Núm. Exp. 153/2019 502/2024- Viii. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. González Herrera Julio Eugenio y Ramírez Guevara Ana Lilia. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 115/2022. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Jaime Arturo Mc Gregor Cámara y Blanca Estela Chávez Jiménez. Providencias Precautorias Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1185/2020. Bancoppel S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Artesanias Fdrik S.A. de C.V. y Corporativo del Norte Mafivaz S.A. de C.V. y Vázquez Herlanda Miguel. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 21/2024. Bienestar Patrimonial, Sociedad Anónima de Capital Variable, hoy su Cesionaria Brenda Yalid López Ureña vs. Arámburu Suárez Mauricio y Barrios Moyano Verónica. Especial Hipotecario Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 205/2023. Canelo Trujillo María Margarita vs. Islas Rosales Verónica Esperanza. Ejecutivo Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 3485/2021. Cisneros Salceda Juan vs. Larios Hernández Everardo y Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Cuidad de México. Ord. Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 727/2022. Emcofin S.A. de C.V. Sofom E. N. R vs. Rodríguez Juárez Ignacio. Ejecutivo Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 2747/2020. Fc Financial, S.A. de C.V., Sofom, E. R., Grupo Financiero Inbursa vs. 1. - Antonio Martínez Jiménez 2. - Isidro Camilo Manuel. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1073/2021. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. JESÚS JAVIER PAREDES VARELA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Fernández Arroyo Leopoldo vs. Orodñez Lobato Aarón. Ejecutivo Mercantil Desechamiento. 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 449/2024. Financiera Fortaleza S.A. de C.V. Sofom Enr vs. Jardón Ortega Israel Didier. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2557/2021. González Trejo Francisco Campos Castañeda José Luis Sánchez Tlapalamatl Araceli vs. Roberto Cortés González y Juan Bosco Sierra Achotegui. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 3785/2019. Granados Cerón Enedina y Olvera Bárcenas Felipe vs. Olvera Granados Sonia Herminia. Ord. Civil 4 Acdos. Núm. Exp. 57/2024. Grupo Marian Sapi S.A. de C.V. vs. Fabián Gregorio José Manuel. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 203/2024. Hernández Urube María Consuelo vs. Aguilar Ferrer Jorge y Martínez Calvo de Aguilar Lilia. Ord. Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 37/2024. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Los Trabajadores del Estado a Través de su Fondo de la Vivienda Fovissste vs. Macedo Wvences Fernando y Ramírez Carrillo Margarita. Especial Hipotecario Civil Desechamiento. 1 Acdo. Núm. Exp. 433/2024. International Vocal Training S.A. de C.V. vs. Alcocer Rodríguez Raúl Eduardo. Ord. Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 1195/2023. Jiménez Flores Faustino vs. Jiménez Flores Antonio y Tapia Balanzario Elisa. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 101/2022. Laiting S.A. de C.V. vs. Moderlamp S.A. de C.V. y Galico Bister Jack. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1593/2020. Lgf Occidente Sociedad Anónima de Capital Variable Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Lotfe Sesin Verónica Celina y Lotfe Sesin Emely y Lotfe Sesin Gisela Fátima y Lotfe Secin José Carlos. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1257/2023. López Olguín José Cristopher vs. Nolasco Cuadrado Alfonso y Grupo Constructor Marnol, S.A. de C.V. Ejecutivo Mercantil 3 Acdos. Núm. Exp. 2365/2020. Luna Rincón Ingrid Elizabeth vs. Valdez Fernández Luis Alfonso y López Estrada Araceli. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2991/2021. Martínez García Gerardo vs. Hernández Rojas Andrea Jackeline. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2415/2020. Medina Salazar, su Sucesión Salvadora vs. Colonia Moctezuma S.A. y Banco Fiduciario de México S.A. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 645/2022. Monroy Serrano Miguel Ángel vs. Luna Estrada Ernesto y Estrada Tapia María Enriqueta. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 35/2023. Ponce Fraga Juana Alejandra y Ponce Fraga Luis Javier vs. Leal Tovar Raúl Arturo. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 353/2022. Presta Dinero S.A. de C.V. vs. Godoy Tejada Itzel Mónica. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 935/2020. Préstamo Empresarial Oportuno S.A. Promotoras de Inversión de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Pérez García Janet Pérez García Brend Abigail. Ejecutivo Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 1429/2020. Reyes Ramírez Verónica Elizabeth y Alejo Hernández Marcos vs. Sánchez Núñez Santiago y Reyes Pérez Rafael. Ord. Civil Nombra Representante Común. 1 Acdo. Núm. Exp. 407/2024. Romero Juárez Laura vs. Romero Osnaya Juan. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 735/2023. Rosales Romero Víctor Manuel vs. Herman Franco Medina. Ejecutivo Mercantil Acdo. en Relación Al Amparo Quedo Firme el Auto que Tuvo por Cumplido el Amparo. 1 Acdo. Núm. Exp. 1659/2018. Rosales Romero Víctor Manuel vs. Herman Franco Medina. Ejecutivo Mercantil Acuerdo. 1 Acdo. en Cuaderno_Amparo_Dem. Núm. Exp. 1659/2018 775/2023. Rosas Fernández Edgar Enrique vs. Torres Ibarra José Víctor Manuel y Torres Quiroz Yolanda Abigail. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 67/2023. Sánchez Chávez Ernesto vs. Gutiérrez Ángel y Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 103/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 227/2024. Secreto. Providencias Precautorias Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 305/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 3657/2021. Secreto. Ejecutivo Mercantil Requerimiento Digital. 1 Acdo. Núm. Exp. 453/2024. Juzgados De Lo Civil 97 Secreto. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 53/2024. Secreto. Juris. Voluntaria Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 895/2023. Sistema de Crédito Automotriz S.A. de C.V. vs. García Villalvazo Lilia Mónica Benítez Granado Amador. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2933/2019 Bis. 2. Sistema de Crédito Automotriz S.A. de C.V. vs. Ruíz Gutiérrez Jesús Gregorio y Ruíz Ramírez Pedro. Ejecutivo Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 251/2023. Socafi, S.A. de C.V. vs. Santos Chávez Pedro y Guarneros Jarquín Roberto Emilio. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 633/2023. Ugarte Gaona Jaime Luis vs. Morales Tapia Guillermo. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 985/2022. Valadez García Francisco vs. Rangel Acosta Rigoberto y Rentería Romero María Teresa. Ord. Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 1233/2023. Vázquez Esquivel Rosalía Guadalupe vs. Álvarez Hernández Mónica. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2765/2021. Zeus Valores Inmuebles S. C vs. Jorge Rangel Ortiz. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1765/2018. Zúñiga Ramírez Raúl y Vázquez Marmolejo Clementina vs. González Martínez Damián y Arteaga Castillo de González Teresa. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 931/2023. De la Cruz Franco Cuauhtémoc vs. Jacob Quintero Cabañas. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1417/2017. AUDIENCIA Cañas Acar José Carlos y Estefan Mafud Sary del Carmen y Cañas Estefan Sary del Carmen y Cañas Estefan Xcaret y Cañas Estefan Valentina y Pavón Ríos Víctor Manuel vs. Fishleder Persovski Jorge y Montoya Peñuelas Thalpa Guadalupe y Cruz Villaseñor Jesús Adán y Operadora de Hospitales Ángeles S.A. de C.V. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 1011/2022. Villegas Enríquez Rosa María vs. Reyes Valencia Luis Eduardo. Aud. de Concil. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 941/2022. SENTENCIAS DEFINITIVAS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 NO PUBLICADOS Ramírez Alonso Carlos vs. Falcón de la Torre Ivonne Alejandra. Controversias de Arrendamiento Civil Sent. Def. no Publ. del 29Abril- 2024 1 Núm. Exp. 1087/2023 SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. ENRIQUE SAÚL HERNÁNDEZ ESPINOSA SECRETARÍA “B” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Aguilar Escobar Jorge Luis Gabriel vs. Macedo Núñez Lucía. Controversias de Arrendamiento Civil Acdo. Minuta. 1 Acdo. en Cuaderno_Amparo_Dem. Núm. Exp. 1320/2022 Amparo 601/2023- I. Asociación Religiosa Movimiento Iglesia Evangelica Pentecostes Independiente. Ord. Civil Desechamiento. 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 454/2024. Autofinanciamiento Automotriz S.A. de C.V. vs. Rodríguez Heredia Noé y Hernández Muñoz María de Lourdes. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2170/2019. Autofinanciamiento México S.A. de C.V. vs. Javier Abel Jaime Reséndiz, María del Carmen Luna Dorado y Claudia Peña Martínez. Ejecutivo Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 1076/2016. Banco Mercantil del Norte Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte vs. Transportes Rafagas del Golfo S.A. de C.V. y Abella García José y Eggleton Zúñiga Evelyn y Abella Eggleton Cristóbal. Vía de Apremio Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 284/2024. Banco Multiva S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Multiva vs. Nueva Subarrendadora Lomas Cantabria S.A. de C.V. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 416/2022. Banco Multiva, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Multiva vs. Ganadería el Valle de San Juan. Sociedad de Producción Rural de Responsabilidadad Limitada. y Garibay Gutiérrez Norma Patricia y Garibay Gutiérrez Juan Carlos y Garibay Gutiérrez Ana Karen. Providencias Precautorias Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 682/2023. Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. 1. - Schuberth Sur, S.A. de C.V. 2. - Ricardo Sánchez Zepeda. Ejecutivo Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 1788/2021. SOLO CONSULTA 98 Juzgados De Lo Civil BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Banco de México vs. Sánchez Vázquez Dagoberto. Oral Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 40/2022. Bautista Carrera Elizur vs. Cervantes Monterrubio Antonio su Suceison y-o. Antonio Gerardo Cervantes Monterrubio su Suceison y Paramo Magaña José María y Paramo Santoyo Manuel su Sucesión. Ord. Civil Prevención. 1 Acdo. Núm. Exp. 432/2024. Chavarría Brígido José Refugio Isidro vs. Méndez Díaz Alejandro. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 308/2023. Ci Banco Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Actuando en su Carácter de Fiduciaria en el Fideicomiso F/00385 vs. Pascual Sánchez José Santos y Flores Bonifacio. Ángeles. Vía de Apremio Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 46/2023. Corona Durán Jorge vs. Villegas López Edgar Geovani. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 792/2023. Cruz Martínez Armando vs. Cruz Martínez Laura. Medios Preparatorios Civil Requerimiento Digital. 1 Acdo. Núm. Exp. 446/2024. Daimler Financial Services México S de R.L. de C.V. vs. Segovia Montoya Rolando. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 974/2023. Flusistemas, S de R. L. de C.V. vs. Gh y Rt Construcciones, S.A. de C.V. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 262/2023. Gallegos Lara Freddy vs. Bienes Comunales de Amecameca. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2790/2021. Gómez Malagón J Guadalupe vs. Velázquez Vázquez Dayana Rosa. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 46/2022. Guerrero García Perla de María vs. López Escamilla Alejandro. Ejecutivo Mercantil 3 Acdos. Núm. Exp. 2962/2019. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC vs. Grupo R Operaciones Petroleras S.A. de C.V. y Garza Vargas José Ramiro. Ejecutivo Mercantil Acdo. en Relación Al Amparo Noampara Ni Protege Al Quejoso. 2 Acdos. en Cuaderno_Amparo_Dem. Núm. Exp. 150/2022 83/2024- III. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC vs. Grupo R Operaciones Petroleras S.A. de C.V. y Garza Vargas José Ramiro. Ejecutivo Mercantil Acdo. en Relación Al Amparo 83/2024 No Ampara Ni Protege Al Quejoso. 2 Acdos. Núm. Exp. 150/2022 Tomo III. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC vs. Grupo R Operaciones Petroleras S.A. de C.V. y Garza Vargas José Ramiro. Ejecutivo Mercantil Acuerdo. 1 Acdo. en Cuaderno_Amparo_Dem. Núm. Exp. 150/2022 Bis. 3 331/2024- I. HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC vs. Limón Cruz Jesús Iván. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 76/2024. Jiménez Rosales Jacinto y Jiménez Valencia Leonardo y Jiménez Valencia Zaira Yael vs. Cresta Narvarte S.A. de C.V. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 662/2023. López García José Ignacio vs. Andreka S.A. de C.V. Controversias de Arrendamiento Civil Acdo. Minuta. 1 Acdo. en Cuaderno_ Amparo_Act. Núm. Exp. 734/2023 347/2024- III. Lozano Olascoaga Adriana vs. Castilla Magnos Jaime. Juris. Voluntaria Civil Desechamiento. 1 Acdo. Núm. Exp. 322/2024. Operadora de Carteras Gamma Sapi de C.V. vs. González González José Luis y Dávalos de González Oralia. Vía de Apremio Civil Acdo. en Relación Al Amparo Se Concede la Susp. Def. 1 Acdo. Núm. Exp. 486/2022. Operadora de Carteras Gamma Sapi de C.V. vs. González González José Luis y Dávalos de González Oralia. Vía de Apremio Civil Acdo. Minuta. 4 Acdos. en Cuaderno_Amparo_Dem. Núm. Exp. 486/2022 430/2024- V. Pacheco Sánchez Luis Gustavo vs. Roldán Benavides Jorge Alberto. Ejecutivo Mercantil Acdo. Minuta. 1 Acdo. en Cuaderno_Amparo_ Dem. Núm. Exp. 4864/2019 544/2023. Pastrana Meza Erik Armando vs. Morales García Francisco Javier y Rizo Hernández Rocío. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 462/2022. Préstamos Felices en 15 Minutos S.A. de C.V. Sofom Enr vs. Cruz Aguilar José. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 2740/2021. Préstamos Felices en 15 Minutos S.A. de C.V. Sofom Enr vs. Hernández Domínguez Juana Eduwigis. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 908/2023. Rejon Ruíz de Velasco Ricardo Gerardo vs. Cct Concerta S.A. de C.V. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1176/2023. Salama Benelbaz Marcos vs. Villanueva Bolaños Leticia. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 3742/2019. Jueves 2 de mayo del 2024 Secreto. Ejecutivo Mercantil Admisorio. 1 Acdo. Núm. Exp. 444/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil Requerimiento Digital. 1 Acdo. Núm. Exp. 450/2024. Siembro Agrotech México Sapi de C.V. vs. Fabrica Agrícola Industrial S.A. de C.V. y López Peláez Miguel. Providencias Precautorias Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 2/2024. Vallejo Pineda Celestino vs. Balbino López Julia. Controversias de Arrendamiento Civil Admisorio. 1 Acdo. Núm. Exp. 406/2024. NO PUBLICADOS Secreto. Ejecutivo Mercantil Admisorio. 1 Acdo. Núm. Exp. 400/2024. AUDIENCIA González Aldana Laura Carolina vs. Vilchis Reyes María Laura y Gómez Hermosillo Marín Rogelio Alberto. Aud. Controversias de Arrendamiento Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 798/2023. Jiménez Rosales Jacinto y Jiménez Valencia Leonardo y Jiménez Valencia Zaira Yael vs. Cresta Narvarte S.A. de C.V. Aud. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 662/2023. SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. NANCY GARCÍA ESCOBAR CUARTO DE LO CIVIL SECRETARÍA “A” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Autofinanciamiento México S.A. de C.V. vs. Hernández Palero Juan Carlos y Tinoco Aviña Silvia Edith y Pérez Aceves Juan Carlos. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 663/2023. Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Importación y Comercialización Akm, S.A. de C.V. y Karam Gaytán Alfredo. Providencias Precautorias Mercantil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 389/2019. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte vs. Promotora de Sistemas de Información, S.A. P. I. de C.V. Ord. Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 1255/2022 Tomo III. Banco Nacional de México S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex vs. Navarro Portes José Ángel y Otra. Especial Hipotecario Civil Cuad. de Amp. 63/2023. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 1325/2019 63/2023 Marco Antonio Vázquezdiaz. Banco Santander (México), S.A., Instituto de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Alfaro Alfaro Benjamín Antonio y Alfaro Zelaya Luciano. Providencias Precautorias Civil E/ Legajo. 1 Acdo. Núm. Exp. 1/2018. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Martínez Torres Jorge Alfredo. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 323/2024. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Affinitas Medios de Pago Sapi de C.V. y Peinado Díaz Alfonso y Lebois Mateos Jacques Pierre. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 583/2023 Tomo II. Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Olguín Carrillo María del Rocío. Especial Hipotecario Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 231/2021. Barrera Caballero Adriana Leonor vs. Camacho Robles Ares. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1275/2023. BBVA Bancomer, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Campos Hernández Ulises Gustavo. Especial Hipotecario Civil Cuad. de Amp. 482/2024. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 1649/2011 482/2024 Promov. por Jesús Ariel Anzaldo Rangel. BBVA Bancomer, Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Arce Beltrán Omar Fernando. Especial Hipotecario Civil E/ Legajo. 2 Acdos. Núm. Exp. 161/2020. Bienes Programados, Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Ingenieros Civiles Sánchez Fuentes S.A. de C.V. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1063/2018. Canche Cime Luis Arturo vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 445/2020 Bis. 2 Tomo III. Carrera Pineda Raúl y Torres Pérez Javier vs. Lezama Bernal Marco Antonio y Mora Martínez Rita. Controversias de Arrendamiento Civil E. 2 Acdos. Núm. Exp. 1077/2022. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Carrillo Flores Esperanza su Sucesión vs. Aguilar Pérez J Socorro y García Uzcanga Pedro su Sucesión. Ord. Civil E. 2 Acdos. Núm. Exp. 907/2021 Tomo II. Castellanos Lozano Julia Antonieta vs. Gutiérrez Pichardo Antonio. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 885/2022. Cedillo Ramírez Sergio vs. Toledo Rosas Pilar y Olmedo Miguel y Olvera Concepción y López José de Jesús y Rosas Marcelina Rosas y Rosas Santa y Ávila de Los Santos Guadalupe. Juris. Voluntaria Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 167/2022. Central National Gottesman Europe, Gmbh vs. Consorcio Papelero Andromeda, S.A. de C.V. y José Bohórquez Romero. Ejecutivo Mercantil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 631/2016 Bis. 1 Tomo III. Cetelem, S.A. de C.V. Sofom E. R vs. Chávez Hernández Magdalena. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1367/2023. Chávez Godínez Cristina Manuela vs. Controladora de Activos Miles, S.A. P. I y Loizaga Piera Federico. Ord. Mercantil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 621/2019 Tomo II. Claudia Edith Vázquez Hernández. Ord. Civil Cuad. de Amp. 2807/2023. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 2807/2023 Cuad. de Amp. 2807/2023 Promov. por Claudia Edith Vázquez Hernández. Contreras Reyes José Luis vs. Contreras Reyes María del Pilar. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1353/2023. Escuela Cristóbal Colon A.C. vs. Trejo Castillo Sandra Stephany. Providencias Precautorias Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1043/2023. Fernando Andrade Flores. Ord. Civil Cuad. de Amp. 695/2023. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 695/2023 695/2023- II Promov. por Fernando Andrade Flores. Fregoso Pérez Fernando vs. Torres Flores María del Rosario. Actos Prejudiciales Civil E/ Legajo. 2 Acdos. Núm. Exp. 281/2023. García Velázquez Araceli vs. Domínguez Manzano María Esther. Ejecutivo Mercantil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 11/2024. Garzon Trinidad Francisco Joel vs. Gaytán García Ana Bertha. Controversias de Arrendamiento Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 341/2023. Gómez García Maye Genoveva, Gómez García Javier, Gómez García Roberto, Gómez Lara Mariana y Gómez Lara Javier Alejandro vs. Gómez García José Antnio su Sucesión, Téllez Andrade Luis Antonio, Morales Virgen Daniel Enrique, Camacho Basurto Julio César y Padilla & S. C. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1269/2022. González Larrainzar Francisco René vs. Arciniega Hernández Juan Carlos. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1105/2023. Guadarrama Pérez Ma. de Los Ángeles vs. Macías Saucedo Juana Adriana. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 185/2024. Guevara Orduña Dolores. Juris. Voluntaria Civil Cuad. de Exhorto. 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 405/2024 Cuad. de Exhorto. Guzmán López Isaac su Sucesión vs. Mayagoitia Orta Bricia Angélica y Mendoza Reséndiz Jorge. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 797/2023. Hernández Heranndez Sergio vs. Linares Figueroa Edgar y López Soto Geraldine. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1261/2023. Hernández Soto Ana Isabel vs. Macías Morales Víctor Armando y Hernández Tinoco Gabriela. Ord. Civil E. 2 Acdos. Núm. Exp. 543/2018 Tomo II. HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable F/253936 hoy su Cesionaria Karla Chávez Silva vs. Leal Guerrero Gerardo Quien También Acostumbra a Usar el Nombre de Gerardo Leal Gerero. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 477/2020 Cuad. de Amp. Promov. por Vicenta Alberto Benavides. HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable F/253936 hoy su Cesionaria Karla Chávez Silva vs. Leal Guerrero Gerardo Quien También Acostumbra a Usar el Nombre de Gerardo Leal Gerero. Especial Hipotecario Civil 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 477/2020 Cuad. de Amp. Promov. por Gerardo Leal Guerrero. Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas vs. Álvarez García Alberto y Mendoza Zúñiga María Esther. Especial Hipotecario Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 875/2019. Juzgados De Lo Civil 99 Instituto de Seguridad y Servicio Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas vs. Ventura Fiscal Pablo y Campechano Sinaca Adela. Especial Hipotecario Civil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 391/2023. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) vs. Muñoz Ramírez Mario Alberto. Especial Hipotecario Civil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 1149/2018. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infornavit) vs. Aldana García María Concepción Judith. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 687/2018. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit vs. González Camacho Mario y Escutia Flores Ma de la Luz. Especial Hipotecario Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 413/2022. Juárez Juárez Dolores y José Alfredo y Juárez Juárez Ana Lilia y Juárez Juárez Isaac Antonio y María Guadalupe vs. Juárez García Juan Irineo y Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad D Emexico. Ord. Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 1271/2023. Liberty Fianzas, S.A. de C.V. vs. Grafel, S.A. y Super Servicio Grangas, S.A. y Servicios Gasolineros, S.A. y Servicios Muvi, S.A. de C.V. Especial de Fianzas Mercantil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 429/2024. Luz López Miguel Ángel vs. Osornio Téllez Jorge Edgard su Sucesión. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 535/2020 Tomo II. Martínez Castro María Elena vs. Buleje William Viale. Controversias de Arrendamiento Civil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 447/2024. Medina Martínez Kathie vs. Flores Morales Carlos. Controversias de Arrendamiento Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 121/2024. Mexihom S.A. de C.V. vs. Ignacio Leal García. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 235/2021 Tomo VI. Mireles Estens Erasmo vs. Lara Ávalos Jesús y Pérez Navarrete María Elena. Ord. Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 909/2021. Nambo Juárez Herlinda vs. Rivera González Aislinn y González Alpizar Ma Teresa. Controversias de Arrendamiento Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 841/2023. Nieves Panamá Julia Yrosales Rivera Joaquín vs. Sánchez Torres Luis, Servicios Administrativos Accsa Sociedad Civil, Axxa Seguros S.A. de C.V. Ygrupo Nacional Provincial Sab. Ord. Civil E. 3 Acdos. Núm. Exp. 377/2021 Tomo III. P42 México, S.A. de C.V. vs. Dionisio Gómez Isaías. Ejecutivo Mercantil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 291/2024. Prida Servicios Corporativos, S.A. P. I de C.V. vs. Valma Corporativo en Comercio Exterior S.A. de C.V. Ord. Mercantil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 489/2019. Publiseg Sapi de C.V. Sofom Enr vs. González Sánchez Úrsula Itzel. Ejecutivo Mercantil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 1267/2022. Quere Thorent Alain Marcel vs. Activos Procova S.A. de C.V. Ord. Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 251/2023. Razo Zárate Juan Pablo vs. Hdi Seguros S.A. de C.V. Ord. Civil 3 Acdos. Núm. Exp. 791/2023 Tomo II. Rocío y Hernández Patiño Raúl y Hernández Patiño Edgar Iván vs. Alfonso y Hernández García Felicitos su Sucesión. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 719/2023. Rodríguez Valencia Luis Antonio vs. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Los Trabajadores del Estado. Ord. Civil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 271/2024. Sánchez Tepoz Luis Guillermo vs. Ramírez Zamora Juan Rafaelgarcia Fuentes Higinio Manuel. Ord. Civil Cuad. de Amp. 393/2024. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 1311/2019 393/2024 Cuad. de Amp. Promov. por Luis Guillermo Sánchez Tepoz. Scotiabank Inverlat, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero, Scotiabank Inverlat vs. Gallejos Azamar Stephanie. Especial Hipotecario Civil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 435/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 413/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 445/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil Nuevo Prev. (Digital). 1 Acdo. Núm. Exp. 451/2024. Sistema de Crédito Automotriz S.A. de C.V. vs. González Trinidad Aristeo y González Trinidad Norberto. Ejecutivo Mercantil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 691/2023. Sociedad Cooperativa de Consumo Pemex Scl vs. Vázquez Rodríguez Zenen y Llanes Cañedo Jesús Manuel. Ejecutivo Mercantil E. 1 Acdo. Núm. Exp. 827/2023. Sociedad Financiera Campesina Sociedad Anónima de Capital Variable Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad No Regulada vs. Alce del Bravo Spr de R. L. Garza García Ernesto, Palomo Luna Juan Eduviges y Treviño Adame Ana Isabel. Ejecutivo Mercantil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 541/2019. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA 100 Juzgados De Lo Civil BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Sólida Administradora de Portafolios S.A. de C.V., hoy su Causabiente Sólida Administradora de Portafolios, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada Grupo Financiero Banorte vs. Díaz Romero y Otra. Francisco Javier. Ord. Civil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 631/2004 Tomo III. Stm Financial Sociedad Anónima de Capital Variable Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada Grupo Financiero Inbursa antes Fc Financial Sociedad Anónima de Capital Variable Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada Grupo Financiero Inbursa vs. Martínez Jiménez Omar. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 809/2023. Suárez Olivas Martha Estela, Luis Gerardo Durán Suárez y Miguel Ángel Durán Suárez vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 449/2020 Tomo III. Toyota Financial Services México S.A. de C.V. vs. Rivas Molina Gilberto. Ejecutivo Mercantil Disposición. 1 Acdo. Núm. Exp. 385/2024. Unión de Crédito de Fomento para la Empresa, S.A. de C.V. vs. Florencia Casasola Pérez y Otros. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 831/2000 Tomo II. Valdés Aguilera Javier vs. Aguilar Lozada Maribel. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1337/2011 Tomo III Amparo. Valle Tena Arturo vs. Reynoso Ramírez Josefina y Otro. Ord. Civil Cuad. de Exh. Ced. 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 411/2024 Cuad. de Exhorto. De Toro Escalera Luis Manuel vs. Grupo Bulmar S.A. de C.V. Galeazzi Merlo Pedro Indaleciolaleazzi Merlo José Enriquegaleazzi Merlo Juan Manuelbbva Bancomer Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 949/2018 Bis. 1 Tomo II. AUDIENCIA Banco Nacional de México, S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex (Antes Banco Nacional de México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex- Accival, S.A. de C.V. ) En su Carácter de Mandatario de Sociedad Hipotecaria Federal S. N. C vs. Miguel Ángel Salgado Parra y Otra y Pérez Zea de Salgado Alejandra. Aud. de Remate Especial Hipotecario Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 607/2009 Tomo Dos. SENTENCIA INTERLOCUTORIA Banco Invex Sociedad Anónima Institución de Baznca Múltiple Invex Grupo Financiero Fiduciario como Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable de Administración Fuente de Pago y Garantía Identificado Con el Número F/1055 vs. Calva Bárcena José Alejandro También Conocido como Valva Bárcenas José Alejandro. Especial Hipotecario Civil Sent. Interl. de Remate 1 Núm. Exp. 339/2016 Jueves 2 de mayo del 2024 Banco Santander México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México vs. Hernández Ojeda Juan. Providencias Precautorias Mercantil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 394/2022. Banco Santander México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México vs. Colín Palacios Javier Alejandro. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1298/2023. Banco Ve por más Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Ve por más vs. Sfij Industrial S.A. de C.V., Inmobiliaria y Constructora Marmur S.A. de C.V., Martínez Siles Fernando Jesús (Quien También Acostumbra a Usar el Nombre de Martínez Siles Fernando) y Murillo Galicia Margarita. Ejecutivo Mercantil Cuad. de Amp. 150/2023. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 472/2019 Cuad. de Amp. 150/2023 Promov. por Margarita Murillo Galicia. BBVA Bancomer S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. Pérez Moreno Clara. Especial Hipotecario Civil Auto. 1 Acdo. Núm. Exp. 190/2017 Tomo II. BBVA Bancomer Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer por su Propio Derecho y como Causahabiente de Hipotecaria Nacional, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero BBVA Bancomer hoy su Cesionario Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. De Silva Filliol Gisele Aline, Tirza Lima Da Silva de Filliol Quien También Acostumbra Utilizar el Nombre de Tirza Lima Da Silva y Mario Francisco García Suárez. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1276/2019 Bis. 2 Tomo II. BBVA México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA México vs. Xpresship Logística S.A. de C.V. y Pérez Ireta Ernesto. Ejecutivo Mercantil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 794/2022. Bufete Valdor y Ayuzo S.A. de C.V. vs. Desarrollo Habitacionales Leira Sociedad Anónima de Capital Variable, Sánchez Zermeño Mario Ariel, Zermeño Macías Irma y BBVA Bancomer Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer Dirección Financiera. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 668/2018 Tomo IV. Cano Guerrero Hugo vs. Cano Guerrero Norma Elizabeth. Ord. Civil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 410/2024. Cetelem S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. López Flores Luis. Ejecutivo Mercantil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 286/2024. Cetelem S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Hernández Castillo Paloma. Ejecutivo Mercantil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 330/2024. Chen Qi vs. Rico de Dios José y González León de Rico Victoria Elizabeth. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 648/2022. Ci Banco Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple, en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Número F/00430 vs. Arista González Ana Bertha. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 710/2016. Convengamos todos S.A. de C.V. Sofom Enr vs. Magdalena del Refugio Luengas Arias y Otros. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1186/2018. Daimmler Financial Services México S de R.L. de C.V. vs. Arriaga Acosta Enrique Adrián. Ejecutivo Mercantil I. 2 Acdos. Núm. Exp. 932/2022. Dessetec Desarrollo de Sistemas Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Chávez García Jorge y Herrera Estrada Carolina. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 848/2019. Di + C Arquitectos Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Palacios Noyola Fulgencio y Granados Galicia Gloria Erendira. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1350/2019 Cuarto Tomo. Espinosa Mena Luis Eduardo vs. Espinosa Monroy Raúl Eduardo. Ord. Civil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 446/2024. Export Development Canada vs. Romade Leasing Dac y Transportes Aeromar S.A. de C.V. Ejecc. de Garantías Otorgadas Mediante Prenda Sin Transmisión de Pos. y Fideicomiso de Garantía (Procedimiento Extrajudicial) Mercantil Cuad. de Amp. 434/2024. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 58/2023 434/2024 Promov. por Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México. Freedom To Scale, S.A. de C.V. Sofom E. N. R vs. Artículos Selectos y Juegos Maxy S.A. de C.V. Providencias Precautorias Mercantil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 88/2024. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA LA SECRETARIA DE ACUERDOS M.L. LIC. ANA CELI GARCÍA ARELLANES SECRETARÍA “B” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Álvarez del Real José Carlos vs. Poseedor Poseedor. Ord. Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1082/2023. Ávila Juárez Teófilo su Sucesión y También Conocido como Ávila Juárez Juan su Sucesión vs. Álvarez González Braulia Janeth. Ord. Civil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 398/2023. Ayala Aviña María del Rosario y Gamboa Ayala Gerardo Isaac vs. Contreras Romero Érika Araceli. Controversias de Arrendamiento Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 648/2023. Banco Nacional de México, S.A., Grupo Financiero Banamex Accival, Cesionario de Solución de Activos Residenciales, S. de R. L. de C.V., hoy su Cesionario Fernando Pérez Carmona vs. Sergio Carrera Bolaños, su Sucesión. Especial Hipotecario Civil R mal Publ. del 30/04/2024. 1 Acdo. Núm. Exp. 248/2000 Tomo II. Banco Sabadell S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Operadora Lob S.A. de C.V. y Inmobiliaria Jasa S.A. de C.V. y Inmobiliaria Lob Sapi de C.V. y Agnesi Borrego Jaime y Agnesi Borrego Natalia y Borrego Hinojoza Hernández Bertha Elena. Ejecutivo Mercantil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 468/2022. Banco Santander México S.A. Ibm Grupo Financiero Santander México vs. Prime Fruit México S.A. de C.V., y Manrique Alcalá José Manuel y Martínez Silva Xóchitl. Vía de Apremio Civil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 570/2021 Bis. 1 Tomo II. SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Galicia Navarrete Estela vs. Trejo Galicia Zabdi Belén y Santa María Bravo Roberto Carlos. Ord. Civil R. 2 Acdos. Núm. Exp. 354/2023. García Tapia José Luis antes Cibanco S.A. de C.V. Institución de Banca Múltiple en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Número F00782 vs. Pérez Vega María Guadalupe. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 152/2017. Guaruma Constructora S.A. de C.V. vs. Salazar Torres Rafael Abdiu. Providencias Precautorias Mercantil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 1332/2023. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC vs. Centro Moderno de Valuación y Servicios Inmobiliarios S.A. de C.V. Ord. Civil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 1360/2022 Tomo II. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores hoy su Cesionario José de Jesús Álvarez Noyola vs. Meléndez García Ricardo F. y/o Ord. Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 822/2005 Bis. 1 Tomo II. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit vs. Mota Gutiérrez José Manuel. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1014/2023. Liberty Fianzas, S.A. de C.V. vs. Super Servicio Granjas, S.A. y Grafel, S.A. y Servicios Gasolineros, S.A. y Servicio Muvi, S.A. de C.V. Especial de Fianzas Mercantil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 428/2024. Licóna González José Luis (su Sucesión) vs. BBVA Bancomer, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer y Seguros BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Proced. Convencional Mercantil Mercantil 2 Acdos. Núm. Exp. 492/2020 Tomo II. Lugo Arriaga Luis Gonzalo vs. Grupo Apt Construcciones Vanguardistas S de R. L. de C.V., Pages Tuñon Alejandro Manuel y Tuñon Rodríguez María del Consuelo Susana su Sucesión por Conducto de su Albacea Leonardo Eugenio Pages Tuñon. Ord. Civil Cuad. de Amp. 357/2023. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 514/2019 D. C. 357/2023 Promov. por Luis Gonzalo Lugo Arriaga. Luna García Moisés Jesús Elías vs. Luna García Gregorio y Luna García Esteban Diego y Luna García Sergio y Luna García David Socorro y Luna García María Cristina y Luna García Wenceslao Alfonso. Ord. Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1228/2023. Martínez Esparza María Aline vs. Mata Guzmán Aurora. Ord. Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1010/2023. Martínez Vaca Alfonso Rubén vs. Correra Romero Sergio. Ord. Civil Cuad. de Amp. 403/2024- III. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 906/2021 403/2024- III Promov. por Alfonso Rubén Martínez Vaca. Nr Finance México S.A. de C.V. vs. Jiménez Hernández María Ángela. Ejecutivo Mercantil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1226/2022. Orozco Medina Adhara Amaranta vs. Consorcio del Pacífico Sur S.A. de C.V. Ord. Civil I. 1 Acdo. en Otros. Núm. Exp. 920/2015 Tomo II. Petroacidos S.A. de C.V. vs. Tpg Grupo Plaza S de R.L. De. Ord. Mercantil R. 2 Acdos. Núm. Exp. 260/2023. Recuperadora de Cartera Profit, Sociedad Anónima, Promotora de Inversión de Capital Variable hoy su Cesionario Martín Alejandro Aguilar Hernández vs. Fischer Talavera Bárbara. Especial Hipotecario Civil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 914/2005. Sánchez Lorenzo Jesús vs. Villaseñor Diez Thais y Vázquez Medina Samuel Alejandro. Controversias de Arrendamiento Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 366/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil Nuevo. 1 Acdo. Núm. Exp. 412/2024. Segovia Rodríguez Irma Arcelia y Conocida También como Irma Segovia Rodríguez vs. López Zúñiga Rufina Evelina y Chávez Rosas Carlos Alberto y Ramírez Martínez Juan Enrique y Uribe Romo Víctor Hugo. Ord. Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 642/2021 Tomo III. Sistema de Crédito Automotriz, S.A. de C.V. vs. Arias Farías Vicente. Ejecutivo Mercantil I. 1 Acdo. Núm. Exp. 1036/2023. Sociedad Hipotecaria Federal, Socieda Nacional de Crédito Institución de Banca de Desarrollo, en su Carácter de Fiduciario del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (Fovi) vs. Tadeo Felipe Rojas. Especial Hipotecario Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 274/2020. Soto Tapia Pedro vs. Tapia Ricarde Eloy su Sucesión. Ord. Civil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 176/2024. Te Derrito Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Altamirano González Roberto. Ejecutivo Mercantil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 1276/2023. Toyota Financial Services México S.A. de C.V. vs. Sánchez Meraz Alpacino. Ejecutivo Mercantil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 114/2024. Juzgados De Lo Civil 101 Tumatsa S.A. de C.V. vs. Chimalcalli S.A. de C.V. y Fernández Galván Esteban José. Ejecutivo Mercantil R. 1 Acdo. Núm. Exp. 774/2017 Tomo II. Vaqueiro Cabo Eduardo vs. Boullosa Oroso Jesús Santiago. Ejecutivo Mercantil Cuad. de Amp. 132/2023- Iv- Rg. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 742/2017 132/2023- VI Promov. por María del Pilar Barreiro López Tamien Conocida como María del Pilar Barrei. AUDIENCIA Byance y Asociados S.A. de C.V. vs. Ocan Construcciones e Ingeniería S.A. de C.V. y Contreras Rojas Ángel. Aud. No Punlicada del 29/09/2024 Medios Preparatorios Mercantil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 294/2022. Corrales Martínez Omar Candelario vs. Seguros Inbursa S.A. Grupo Financiero Inbursa. Aud. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 148/2024. Gómez Belmont Lucas Martín vs. Noeggerath Hernández Cristina. R Controversias de Arrendamiento Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 1244/2023. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) vs. Murcia Hernández Silvia y Arriaga Samayoa Néstor. Aud. Incidental mal Publ. del 29 de Abril del 2024 Especial Hipotecario Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 1188/2017. López López Isabel vs. Mondragón Olivares Héctor. Aud. Incidental Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 898/2019 Bis. 3 Tomo IV. Saynes Knape Leif Julián vs. Caja de Ahorro de Los Miembros de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores A.C. Ord. Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 1100/2023. MAL PUBLICADOS Alvarado Rodríguez Hugo Alfredo vs. Yépez Correa Jazmín Nayeli y Carrasco González Raúl. Aud. Vía de Apremio Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 294/2023. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) vs. Murcia Hernández Silvia y Arriaga Samayoa Néstor. Aud. Incidental Especial Hipotecario Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 1188/2017. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. RAÚL CALVA BALDERRAMA QUINTO DE LO CIVIL SECRETARÍA “A” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Administradora Fome 2, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable vs. Delia Esther Gastélum López. Especial Hipotecario Civil Hace Manifestaciones. 1 Acdo. Núm. Exp. 291/2023. Aguilar Álvarez y de Alba Javier Bernardo vs. Zerecero Hidalgo Rosalina. Ejecutivo Civil Solicita Copias. 1 Acdo. Núm. Exp. 325/2024. Arias González Víctor Manuel su Sucesión vs. Gómez Stauder Marco Antonio. Ord. Civil Razon Recoge Edictos. 1 Acdo. Núm. Exp. 967/2023. Aseguradora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta vs. Rengen Energy Solutions, S.A. de C.V. y Rengen Field Services, S.A. de C.V. y Grupo Sauco, S.A. de C.V. y Famscolari, S.A. de C.V. y Rengen, S.A. de C.V. y Scolari Romero Óscar Arturo. Ejecutivo Civil Exhibe Pago de Copias. 7 Acdos. Núm. Exp. 1181/2022. Aseguradora Insurgentes, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta vs. Centro de Ingeniería Alexander, S.A. de C.V. y Sani Roter, S.A. de C.V., y Sani Rootter de México, S.A. de C.V. Ejecutivo Civil Razon Recoge Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 55/2023. Autofinanciamiento Automotriz S.A. de C.V. vs. Rojas Rodiles Magaly. Ejecutivo Civil Expedientillo. 1 Acdo. Núm. Exp. 765/2022. Autofinanciamiento México, S.A. de C.V. vs. Espinoza López Martha Liliana y Otros. Ejecutivo Mercantil de Nuevo Exhorto. 1 Acdo. Núm. Exp. 2687/2019. Banco Actinver S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Actinver en Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso de Administración Número F 4879 vs. Inmobiliaria Interceramic S.A. de C.V. Controversias de Arrendamiento Civil Enterado. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 763/2023 Amparo 466/2024 y su Acumulado 467/2024. Benítez David Platanares vs. Nolasco Molina Pedro Pablo. Ejecutivo Civil Vista Extemporanea. 1 Acdo. Núm. Exp. 699/2022. SOLO CONSULTA 102 Juzgados De Lo Civil BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Bojorges Rodríguez Juan Rafael vs. Zepeda Martínez Mónica. Ord. Civil Oficios de Localización. 1 Acdo. Núm. Exp. 173/2024. Carrichi Hernández Balbino vs. Carrichi Hernández Placida y Godínez Carrichi Beatriz. Ord. Civil Admisorio. 1 Acdo. Núm. Exp. 409/2024. Condominio Elefante 118 Asociación Civil vs. León Velarde Marco Aurelio. Ord. Civil Dada. 1 Acdo. Núm. Exp. 589/2023. Condominio Elefante 118 Asociación Civil vs. León Velarde Marco Aurelio. Ord. Civil Informe Previo. 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 589/2023 Amparo 535/2024- V. Condominio Elefante 118 Asociación Civil vs. León Velarde Marco Aurelio. Ord. Civil Informe Previo. 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 589/2023 Amparo 86/2024- VI. Emcofin, S.A. de C.V. Sofom Enr vs. Gómez Flores Jesús Rodrigo. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil de Nuevo Exhorto. 1 Acdo. Núm. Exp. 3981/2019 Tomo II. Figueroa Rodríguez Carlos vs. Cortés Perea Araceli Hilda. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil Nuevo Dom. para Emplazar. 1 Acdo. Núm. Exp. 2959/2021. González González Paola vs. Quinto Rivas Ludwig Beethoven. Controversias de Arrendamiento Civil de Nuevo Cedula. 1 Acdo. Núm. Exp. 335/2024. Gorostiga Paula Cecilia vs. Monroy Razo César y Herrera Ríos Silvestre. Ejecutivo Civil Correo a la Oficialia. 3 Acdos. Núm. Exp. 1233/2023. Gracia Flores Claudia y Gracia Flores Adriana vs. Inmobiliaria Pachuca S.A. de C.V. y Jiménez González Guadalupe. Nul. de Juic. Concluido Civil Contesta Agravios Actor. 4 Acdos. Núm. Exp. 289/2022 Tercer Tomo. Hernández López Yuriria vs. Riera Méndez Álvaro. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil Oficio del Banco. 1 Acdo. Núm. Exp. 2965/2019 Segundo Tomo. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit vs. Báez Águila Jorge. Especial Hipotecario Civil Se Reconoce Personalidad. 1 Acdo. Núm. Exp. 899/2023. Ion Financiera Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Guzmán Nuño Ernesto. Especial Hipotecario Civil Solicita Documentos. 1 Acdo. Núm. Exp. 371/2023. Ion Financiera Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Pérez Torres Lourdes Liliana. Especial Hipotecario Civil Exhibe Pago de Copias. 1 Acdo. Núm. Exp. 1103/2022. Luis Zunzunnegui Alejandro Enrique vs. Almeralla Saavedra Gabriel. Ejecutivo Mercantil Minuta de Correo. 1 Acdo. Núm. Exp. 4965/2019. Morales Pimentel Armando René vs. Luis Hugo Valle Reyes. Ejecutivo Mercantil Cedula Diligenciada. 1 Acdo. Núm. Exp. 1419/2015. Núñez Pesquera Jorge vs. Mueve- Yierra de Celaya S.A. de C.V. y Otros. Ord. Civil Exh. Incompetencia. 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 459/2024. Olvera María Concepción García vs. Castillo Vargas José Luis. Ord. Civil Razon Recoge Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 1279/2022. Pimentel Sánchez Érika vs. Bobadilla Herrera Naxeli Celeste. Ejecutivo Civil Razon Entrega de Documentos. 1 Acdo. Núm. Exp. 221/2022. Presta Dinero S.A. de C.V. vs. Aguilar Zubieta Armando Allan. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil de Nuevo Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 935/2020. Publicidad Carca S.C. vs. Abad Ribot María Cecilia y Abad Ribot María Eugenia y Notario Público 160 del Estado de México. Controversias de Arrendamiento Civil Sicor. 1 Acdo. Núm. Exp. 135/2024. Resortes y Partes S.A. de C.V. vs. Fundación Mexicana para la Innovación y Transferencia de Teconologia en la Pequeña y Mediana Empresa Funtec. Ord. Civil Pasa a Sent. Definitiva. 1 Acdo. Núm. Exp. 1307/2023. Rocha González Armando Daniel vs. Ramírez Velasco José David. Ejecutivo Civil Oficio del Ine. 1 Acdo. Núm. Exp. 3817/2021. Rosas González Jorge Juan vs. Ortiz Viilleda Edna Magnally. Ord. Civil Minuta de Correo. 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 351/2000 Expedientillo. Ruíz García Samuel su Sucesión vs. Dirección de Negocios Con Rentabilidad y Orden S.A. de C.V. y Industrias Alfatek S de R.L. de C.V. Ejecutivo Civil Razon Recoge Edictos. 1 Acdo. Núm. Exp. 887/2022. Jueves 2 de mayo del 2024 Ruíz Urdanivia vs. Fernando Arturo Hernández Cota. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil Razon Recoge Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 1283/2019. Sada Pedroza Leticia vs. Bermúdez Oriard Juana María del Carmen. Ejecutivo Civil Solicita Copias. 1 Acdo. Núm. Exp. 711/2022 Tomo II. Secreto. Ejecutivo Civil Razon Recoge Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 1159/2023. Secreto. Ejecutivo Civil Estese a Constancias. 1 Acdo. Núm. Exp. 1265/2023. Secreto. Providencias Precautorias Civil Correo de la Cnbv. 1 Acdo. Núm. Exp. 263/2024. Secreto. Ejecutivo Civil Razon Recoge Oficio. 1 Acdo. Núm. Exp. 295/2024. Secreto. Ejecutivo Civil Puesta a Disposición Exhorto. 1 Acdo. Núm. Exp. 401/2024. Secreto. Ejecutivo Civil Admisorio. 1 Acdo. Núm. Exp. 417/2024. Secreto. Ejecutivo Civil Admisorio. 1 Acdo. Núm. Exp. 451/2024. Sistema Único de Autofinanciamiento S.A. de C.V. vs. Guevara Rivera Alberto. Ejecutivo Civil Razon de Notificado. 1 Acdo. Núm. Exp. 1259/2022. Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo en su Carácter de Fiduciario Sustituto de Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda vs. Agustina Guadalupe Segundo Sánchez. Oral Paz Civil Autorización. 1 Acdo. Núm. Exp. 4633/2019. Torres Hernández Miguel Ángel y Magdaleno Camacho José Iván vs. Sánchez Alvarado Mariana. Ord. Civil Cesión de Derechos. 2 Acdos. Núm. Exp. 105/2023. Torres Luevano Blanca Estela vs. Gonzales Tapia Alfonso. Ejecutivo Civil Minuta de Correo. 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 5/1993 Expedientillo. Torrescano Flores María Aurelia vs. Afianzadora Fiducia S a de C V y Solución Productiva S a de C V y/os. Ord. Civil Se Devuelve Exh. Sin Diligenciar. 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 457/2024. Trejo González Víctor vs. Rojas Chávez Edgar Enrique. Controversias de Arrendamiento Civil Hace Manifestaciones. 1 Acdo. Núm. Exp. 419/2023. Vfs México, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada vs. Guzmán López Basilio. Ejecutivo Civil Se Previene. 1 Acdo. Núm. Exp. 455/2024. Victoria Ramírez Roberto Carlos vs. Beatriz Barajas Ruíz. Ejecutivo Mercantil Precise Escrito. 1 Acdo. Núm. Exp. 935/2012 Segundo Tomo. Yáñez Vilchis Luis Jorge vs. Banco Nacional de México, S.A., Integrante del Grupo Financiero Banamex. Ord. Mercantil Pasa a Sent. Interlocutoria. 1 Acdo. Núm. Exp. 1033/2004 Segundo Tomo del Principal. AUDIENCIA Michan Amiga Jaime vs. Mejía Delgado Elvia Marcela. Aud. Medios Medios Preparatorios Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 397/2024. Nadro, S.A. P. I de C.V. vs. González Cruz Mario y Meza Martínez Regina. Pasa a Sent. Def. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 1651/2021. SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. ARTURO CAMACHO DE LA O SOLO CONSULTA SECRETARÍA “B” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Autofinanciamiento Automotriz, S.A. de C.V. vs. Bautista Rocandio Guillermo, Flores Gómez Esteban y Tapia Ramírez Felíx Víctor. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 4934/2019. Ballesteros Luna Mario vs. Gildardo Torres Reyna y Otros. Oral Paz Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 652/2007 Tomo II. Banca Afirme Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Afirme Grupo Financiero vs. Gabriel García Gregorio. Ejecutivo Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 464/2023. Banco Autofín México, S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Nájera Acosta Alán. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 5038/2019. Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte vs. Vega Faba Managment S.A. de C.V., Faba Beaumont María Gladys. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 3782/2019 Tomo II. Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Banco del Bajo S.A. Institución de Banca Múltiple vs. Gdr Super Madereria Guerrero S.A. de C.V. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil Audiencia. 1 Acdo. Núm. Exp. 3150/2019 Segundo Tomo. Basila Yoma Claudia vs. Ochoa Hernández Arturo. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 3748/2021. Caballero Chang Patricia Mercedes su Sucesión vs. Álvarez Ferrer María Josefina. Ejecutivo Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 176/2024. Carlon García Carlos Alberto vs. Óscar Abdón Jiménez Pacheco y Gabriela Ruíz Trujillo, Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1646/2019. Cetelem S.A. de C.V. Sofom Er vs. Basto Rodríguez Lizetha Jaquelíne. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 724/2020 Expedientillo. Cetelem S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Alavez Aguayo Josué Roberto. Ejecutivo Civil 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 484/2022 Expedientillo. Cetelem S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada vs. Omar Cabrera Moreno. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 934/2021 Expedientillo. Condominio Tepic Número 77 vs. Marisa Zaba Ethel. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 922/2021. Disi Operaciones Empresariales Sapi de C.V. Sofom Enr vs. Ceres Fresh Exports S. P. R. de R. L. S. y Palma Jiménez Adrián y Rico Castro Jesús Ángel. Providencias Precautorias Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1248/2023. Estrada Rangel Ernestina su Sucesión vs. Estrada Rangel José y Estrada Ortiz Claudia y Estrada Ortiz Samantha y Ortiz Galván Guadalupe. Ord. Civil 4 Acdos. Núm. Exp. 328/2024. Financiera Fortaleza S.A. de C.V. Sofom Enr vs. Gómez Morales Magdalena. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 3146/2021. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable F/243264 vs. Maldonado Pérez Evi. Vía de Apremio Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 440/2024. HSBC México Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable de Administración Identificado Con el Número F262757 vs. Martínez Navarrete José Antonio. Vía de Apremio Civil 3 Acdos. Núm. Exp. 538/2023. Javelina Constuction Inc. S.A. de C.V. vs. Construobras de la Garza, S.A. de C.V. Ejecutivo Mercantil Audiencia. 1 Acdo. Núm. Exp. 5362/2019. Key Business Process Solutions S.A. de C.V. vs. Sistemas de Información Monarch de Chihuahua S.A. de C.V. Edson Arturo Zataray Barragán. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 1768/2020. López Cruz Amador Amando vs. Ruíz Cruz Alma Verónica y Ruíz Dávila Miguel y Ruíz Cruz Jesús Israel. Ord. Civil Aud. Previa. 1 Acdo. Núm. Exp. 798/2023. Maravilla Moreno Ismael vs. Rojas Molina Elizabeth y Molina Villanueva María Teresa. Especial Hipotecario Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 950/2022. María Ximena Patin Chaux y Alfredo Sámano Fernández vs. Francisco Javier Guzmán Giraud Quien También Acostumbra a Usar el Nombre de Francisco Guzmán Giraud María del Carmen Villanueva Gutiérrez vs. Qujoso:Alfredo Sámano Fernández y María Ximena Patin Chaux. Ord. Civil Amparo. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 1180/2022 Amparo 7/2023. Nadro, S.A. P. I. de C.V. vs. Alejandro Blanco Urzua y Yanelly Nava Vargas. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 674/2021. Narváez Araujo Jorge Alejandro. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 214/2024 Amparo 214/2024- II. Presta Dinero S.A. de C.V. vs. Olmedo Quintos Mario Ranulfo. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1010/2021. Reséndiz Ibáñez Hilaria vs. Reséndiz Ibáñez Martín. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 778/2023. Rodríguez Meléndez Rosalba vs. Registro Público Ce la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México y López Mendieta Francisco. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 46/2024. Ruíz Andrade Janet Fernanda vs. Seguros Banorte S.A. de C.V. Grupo Financiero Banorte. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 4/2024. Juzgados De Lo Civil 103 Salgado Rocha Rafael Joaquín. y Nieva Torres Maday vs. Rafael Mulia Álvarez y María de Los Angéles Zamudio Moyle. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 862/2013 Amparo 169/2023. Sánchez Mondragón Leopoldo vs. Gv Systems S.A. de C.V. y Cruz Ramírez María del Carmen. Controversias de Arrendamiento Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 452/2024. Sánchez Rodríguez Jelvin y Siu Palomar Gabriela Irene vs. Aponte Álvarez Arturo Israel. Ord. Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 438/2024. Sánchez Valle Jesús Antonio y Sánchez Escobar José Antonio vs. Sánchez Escobar David Alejandro. Providencias Precautorias Civil 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 744/2023 Expedientillo. Scotiabank Inverlat S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Scotiabank Inverlat vs. Núñez Carrillo Erik Iván. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1020/2023. Secreto. Ejecutivo Cuantía Menor Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 220/2020. Secreto. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 3386/2021. Secreto. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 980/2021. Silva Fragoso Isaías su Sucesión vs. Ramírez Mora María Fátima. Ejecutivo Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 280/2024. Tapia González Angélica y Tapia González Erik vs. Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civil 4 Acdos. Núm. Exp. 1034/2023 Tomo II. Toyota Financial Services México S.A. de C.V. vs. Joel y Caballero Tapia Ydolina Lidia. Ejecutivo Civil 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 424/2022 Expedientillo. Toyota Financial Services México S.A. de C.V. vs. Marta Olivia Gaxiola Ceballos. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 2386/2021. Toyota Financial Services México S.A. de C.V. vs. Reyes Hernández Rafael. Ejecutivo Civil 1 Acdo. en Expedientillo. Núm. Exp. 1212/2022 Expedientillo. La Fama Montañesa Fabrica de Hilados y Tejidos de Algodón S.A. vs. Martínez Gama Pablo Enrique y Fernández Godard María de Los Ángeles y Quien También Utiliza el Nombre de María de Los Ángeles Fernández Godard de Martínez Gama y Martínez Gama Fernández Enrique y Ci Banco Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple en su Carácter de Fiduciaria del Fideicomiso Wb Residencial a Cib/2490y como Fiduciaria del Fideicomiso Cib/2381. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 280/2023 Bis. 1 Tomo III. SENTENCIAS DEFINITIVAS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 Condominio Insurgentes vs. Condominio Insurgentes Sociedad Anónima. Vía Ejecutiva Cuantía Menor Civil Sent. Def. 1 Núm. Exp. 2216/2020 SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. LUIS FERNANDO SANTES TERRONES SEXTO DE LO CIVIL SECRETARÍA “A” ACUERDOS DEL 30 DE ABRIL DEL 2024 SOLO CONSULTA Álvarez de la Llave Edgar Guillermo vs. Alejandro Alarcón Romero. Ejecutivo Mercantil Tomo III. 2 Acdos. Núm. Exp. 625/2014 Tercer Tomo. Arrendadora y Factor Banorte, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Banorte vs. Rubén Esteban Hernández Carbajal. Especial Hipotecario Civil D. 1 Acdo. Núm. Exp. 423/2001 Tomo II. Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, antes Fincasa Hipotecaria S.A. de C. V, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad Regulada Ixe Grupo Financiero vs. Alejandro Gutiérrez Hernández. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 25/2006 Segundo Tomo. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Marco Antonio de Jesús Salazar Castan. Ord. Civil D. 1 Acdo. Núm. Exp. 881/2008 Tomo II. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. José Francisco Freyre Quintana y Roxana Tovar Alatriste. Especial Hipotecario Civil Tomo II. 1 Acdo. Núm. Exp. 777/2013 Segundo Tomo. 104 Juzgados De Lo Civil BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte vs. Arriaga Alegría Ricardo y Banda Bautista Adriana. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 573/2021. Banco Nacional del Ejército Fuerza Aérea y Armada, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo vs. Marcial Chamorro Rojas y Teresa Castillo Rojas. Especial Hipotecario Civil D. 1 Acdo. Núm. Exp. 913/2013 Continuación del Tomo I. Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo vs. Edgar Uriel Sifuentes Guevara. Especial Hipotecario Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 85/2015. Camacho Ramírez María Luisa vs. Castillo Ruano Margarita. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 967/2022. Castillo Balderas Miguel Ángel y Sánchez Ramírez Arturo y Pérez Rodríguez Roberto José Armando vs. Muñoz Torres Arturo. Ord. Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 69/2024. Centro Modular de Poliestireno Sociedad Anónima de Capital Variable vs. Grupo Andasa S.A. de C.V. Ejecutivo Civil Expdllo. D. 1 Acdo. Núm. Exp. 1147/2022. Centro Profesional de Seguridad Privada S.A. de C.V. vs. Romero Estrada Florencia María y Romero Estrada Rafael. Ord. Civil Prevención. 1 Acdo. Núm. Exp. 441/2024. Cervantez Chávez Enrique vs. García Villa María Maribel. Juris. Voluntaria Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 305/2024. Ckd Activos 8 Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable vs. Olguín Olague Julio César. Juris. Voluntaria Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 281/2024. Contreras Arvizu Mireya vs. Lucía Rosario Llaca y Ocharan y Manuel Llaca González. Ord. Civ. Expdllo. D. 1 Acdo. Núm. Exp. 427/2011. Diseños y Construcciones Hermosa Provincia S.A. de C.V. vs. Ica, Construcción Urbana S, a de C, V, hoy Ingenieros Civiles Asociados S.A. de C.V. Ord. Mercantil. 1 Acdo. Núm. Exp. 441/2015 Tomo II. Estrada Rodríguez Emelia y y/o Estrada Rodríguez María Emelia su Sucesión vs. Santa Olalla Piñon Francisco Javier y Santa Olalla Gutiérrez Bryan. Ord. Civil 2 Acdos. Núm. Exp. 1147/2023. Faustino Toribio Borja vs. Ochoa Armendáriz Delfino Rafael. Especial Hipotecario Civil Cuad. de Amparo. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 1201/2019 Amparo 1949/2022 Quejoso Faustino Roribio Borja. Faustino Toribio Borja vs. Ochoa Armendáriz Delfino Rafael. Especial Hipotecario Civil Tomo IV Cumpl. Ejec. 1 Acdo. Núm. Exp. 1201/2019 Tomo IV. Gallardo Palacios María Eliud vs. Banco Azteca Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Dirección Fiduciaria y Banco Azteca Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple. Ord. Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 811/2023. González Muciño Ulises vs. Imelda Mariana Cortés Fuentes. Ejecutivo Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 587/2018. Gorinstein Jinich Vicky vs. Raymundo González Suárez. Ord. Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 621/2015. Guerrero Ríos Óscar vs. Ríos Ornelas Helida Consuelo y También Identificada como Elida Consuelo Ríos Ornelas y Fumagali Fernández Carlos Arturo su Sucesión y C Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 283/2024. Gutiérrez Olvera Jesús Alejandro vs. Pgjdf. Ord. Civil Cuad. de Amparo. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 293/2006 Amparo 212/2023- VIII Quejoso Directora General de Asuntos Jcos de la Fiscalía General de la Repúblic. Hnos. Carrlo, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable vs. Cortés Sanvicente Alfredo Laurencio y López Nieto Lucía. Especial Hipotecario Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 55/2002 Continuación Tomo I. Hogar para Ancianos Matías Romero Iap vs. Constructora y Promotora Valladolid, S.A. de C.V. Ord. Civil Tomo II. 1 Acdo. Núm. Exp. 217/2019 Segundo Tomo. HSBC México S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria en su Carácter de Fiduciario en el Fideicomiso No F234036 vs. Sanabria Gutiérrez Edgardo Antonio y Díaz de León Salaz Lilia. Juris. Voluntaria Civil D. 1 Acdo. Núm. Exp. 407/2024. Ingeniería Crediticia S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad No Regulada vs. Fonte Santa S.A. de C.V., Potacobas S.A. de C.V., José Vilas Durán, José Cerdeira Vilas, Luis Cortizo Iglesias. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 805/2015 Tomo II. Jueves 2 de mayo del 2024 Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Los Trabajadores del Estado (Issste) a Través de su Fondo de la Vivienda vs. Yaneth Baldos Gutiérrez. Ord. Civil Expdllo. D. 1 Acdo. Núm. Exp. 747/2012. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) vs. Gómez Jocome César Javier. Vía de Apremio Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 321/2023. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) vs. Mazariego Escobar Xochith. Proced. Convencional Mercantil Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 405/2018. López Rocha Luis Ángel vs. Mario Flores Morales, su Sucesión y Florinda Puig Bravo, su Sucesión. Especial Hipotecario Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 1291/1996 Tomo II. López Sánchez Miguel Ángel vs. María Mercedes Lara Díaz y Gilberto Francisco Méndez García. Proced. Convencional Mercantil Civil D. 1 Acdo. en Tercería. Núm. Exp. 987/2019 Terc. de Octavio Joseph Navarro Valdez. Maciel López Jesús y León Becerra Óscar y Trinidad García Javier y Flores Salvador Ramón Liandro vs. Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y Fiscalía de Investigación de Delitos en Materia de Trata de Personas de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 713/2023. Maciel López Jesús y León Becerra Óscar y Trinidad García Javier y Flores Salvador Ramón Liandro vs. Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y Fiscalía de Investigación de Delitos en Materia de Trata de Personas de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Ord. Civil Cuad. de Amparo. 2 Acdos. en Amparo. Núm. Exp. 713/2023 Amparo 456/2024- III Quejoso Fiscaliageneral de Justicia de la Ciudad de México. Montes Rivera Felipe y Mondragón de la Cruz Laura vs. Axa Seguros, S.A. de C.V. y Comisión Federal de Electricidad. y Cfe Distribución. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1145/2023. Pérez Cobián Bertha vs. Google México y/o Editora la Prensa S.A. de C.V., y/o Dirección General del Periódico Denominado Poder Edomex y/o Procuraduria General de Justicia del Estado de México. Ord. Civil Expdllo. D. 1 Acdo. Núm. Exp. 679/2015 Tomo II. Peña Cardozo María Guadalupe Salome vs. Señores Lourdes Poblano Sánchez y Ángel Toledo Castillo, Dirección General de Reguralización Territorial, Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Ord. Civil Tomo II. 1 Acdo. Núm. Exp. 909/2015 Segundo Tomo. Picazo Sánchez Leticia vs. Puerta Alameda Administración Fase III. Ord. Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 487/2023. Proyectos Adamantine, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada vs. Hernández Álvarez Edith Eunice. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 903/2018. Ramírez Tenorio José Dante vs. Camacho Ornelas Juan Carlos. Vía de Apremio Civil. 1 Acdo. Núm. Exp. 227/2024. Rodríguez Gómez Víctor Hugo vs. Díaz Sánchez Antonio y Sánchez Vargas Julieta. Juris. Voluntaria Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1285/2023. Secreto. Ejecutivo Civil Desecha. 1 Acdo. Núm. Exp. 413/2024. Secreto. Ejecutivo Civil Req Virt. 1 Acdo. Núm. Exp. 443/2024. Secreto. Ejecutivo Mercantil D. 1 Acdo. Núm. Exp. 625/2022. Secreto. Ejecutivo Mercantil. 2 Acdos. Núm. Exp. 653/2020. Sistema de Crédito Automotriz Sociedad Anónima de Capital Variable vs. José Flavio Valencia Abogados Sociedad Civil y Covaliu Fleishman Dan Horia. Ord. Civil Cuad. de Amparo. 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 5/2022 Amparo Número 364/2023- I Quejoso Radiomovil Dipsa Sociedad Anónima de Capital Variable. Sistema de Crédito Automotriz Sociedad Anónima de Capital Variable vs. José Flavio Valencia Abogados Sociedad Civil y Covaliu Fleishman Dan Horia. Ord. Civil Tomo II. 1 Acdo. Núm. Exp. 5/2022 Segundo Tomo. Socafi S.A. de C.V. vs. Pérez Salinas Francisco y Pérez López Francisco. Ejecutivo Civil Expdllo. 1 Acdo. Núm. Exp. 763/2023. Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su Carácter de Fiduciario Sustituto del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario Ala Vivienda (Fovi) vs. Gabriela Hernández Arroyo de García y Juan Carlos García Sánchez. Especial Hipotecario Civil D. 1 Acdo. Núm. Exp. 453/2016. Wigley Corporation México, S.A. de C.V. vs. Elara Comunicaciones, S.A. P. I. de C.V. Ord. Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 879/2019 Segundo Tomo. NO PUBLICADOS SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA SOLO CONSULTA Jueves 2 de mayo del 2024 BOLETÍN JUDICIAL No. 76 Comercializadora Pharmaceutica Compharma, S.A. de C.V. vs. Intercontinental de Medicamentos, S.A. de C.V. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 173/2021. Secreto. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 351/2024. Suárez Mendoza Celedonia vs. Alvarado Ramos Francisco y Alvarado Aguilar Ignacio y Ramos de Alvarado Juana. Ord. Civil Prevención. 1 Acdo. Núm. Exp. 435/2024. AUDIENCIA Bustamante Peralta María del Carmen, También Conocida como María del Carmen Bustamante Peralta y Bustamante Peralta Patricia Aída vs. Muñoz Ramírez Margarita, Valadez Urbano Silvia, Huerta Valadez Marco y Nochebuena Salgado Vicente Luis. Aud. de Desahogo de Pruebs. Especial Hipotecario Civil. 1 Audiencia. Núm. Exp. 1081/2018 Tercer Tomo. Juzgados De Lo Civil 105 Bavines García Margarita vs. González Rayón Vda. de Gavines Emma, Cruz González Jorge Abraham, Cruz González Jonathan Emanuel. Ord. Civil 1 Acdo. en Amparo. Núm. Exp. 380/2021 Amparo 527/2024 Quejoso Raúl Prez de la Cruz. BBVA Bancomer, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer vs. César Gabriel Roque Fernández. Especial Hipotecario Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 796/2015 Tomo II. Cano Anaya Mariana Tazlin su Sucesión y Cano Rodríguez Alfredo y Cano Anaya Jorge Eduardo vs. Fideicomiso de Administración y Fuente de Pago Número 1936 Denominado Fondo Nacional de Infraestructura Constituido en el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C. en Calidad de Institución Fiduciaria y Guzmán Martínez Nicolás y Grupo Nacional Provincial Sab y Axa Seguros S.A. de C.V. y Qualitas Compañía de Seguros S.A. de C.V. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 758/2021 Tomo II. Cesionaria de Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte vs. Vázquez Reséndiz Alejandro. Exhortos Civil 1 Acdo. en Exhorto. Núm. Exp. 448/2024 Raúl Roberto Zúñiga Reyes. Cetelem, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada vs. Castillo Álvarez Gerardo. Ejecutivo Mercantil 1 Acdo. Núm. Exp. 384/2024. Creal Arrendamiento S.A. de C.V. vs. Axotla Bahena Víctor Mauricio, Quintanar Nova Gabriel. Proced. Convencional Mercantil Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 298/2021 Cuad. de Apelación. Crédito Oportuno, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada vs. Vitamez, S.A. de C.V. y Villalobos Serna Margarito. Proced. Convencional Mercantil Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1046/2019. Dirección en Operación de Sistemas Novedosos S.A. de C.V. vs. El Economista Grupo Editorial S.A. de C.V. Ord. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 722/2023. Figueroa Gómez Eduardo su Sucesión vs. Ramírez González José Antonio y Cardoso Negrete Miguel y Pizarro Navarro Sasha Yadira y Scotiabank Inveralta S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Scotiabank Inverlat y y Otros. Ord. Civil 4 Acdos. Núm. Exp. 238/2024. Gobierno del Distrito Federal vs. Hugo Aldave Larios y Margarita Riovalle Tenorio. Extinción de Domi. Civil 1 Acdo. Núm. Exp. 1052/2016.

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